2. La transacción
• Las partes haciéndose concesiones reciprocas,
deciden sobre algún asunto dudoso o litigioso,
evitando el pleito que podría promoverse o
finalizado el qué está iniciado.
• Tiene valor de cosa juzgada.
3. • Debe contener la renuncia de las partes a
cualquier acción que tenga una contra otra
sobre el objeto de dicha transacción. art.1303.
cód. civil.
4. • Debe hacerse por escrito bajo sanción de
nulidad o por petición al juez que conoce el
litigio. art. 1304 cód. civil.
• Solo derechos patrimoniales pueden ser
objeto de transaccion. art.1305 cód. civil.
5. puede transigir
• Sobre la responsabilidad civil que provenga de
delito. art. 1306 cód. civil.
• Los representantes de ausentes o incapaces
con aprobación del juez, quien oirá al
ministerio publico y al consejo de familia
cuando lo haya y estime conveniente.art.1307
cód. civil.
6. • Si la obligación dudosa o litigiosa fuera nula, la
transacción adolecerá de nulidad. Si fuere
anulable y las partes conociendo el vicio; la
celebran, tiene validez la transacción.art 1308
cód. civil.
7. • Si la cuestión dudosa o litigiosa versara sobre
nulidad o anulabilidad de la obligación y las
partes así lo manifestaran expresamente, la
transacción será valida. art 1309 cód. civil.
8. • La transacción es indivisible y si alguna de sus
estipulaciones fuese nula o se anulase, queda
sin efecto, salvo pacto en contrario, en tal caso
se restablecen las garantías otorgadas por las
partes pero no las prestadas por terceros. art
1310 cód. civil.
9. • Cuando las partes se sirven de la suerte para
dirimir cuestiones, ello produce los efectos de
la transacción y le son aplicables las reglas de
este titulo. art 1311 cód. civil.
10. • La transacción judicial se ejecuta de la misma
manera que la sentencia y la extrajudicial, en
la via ejecutiva. art 1312 cód. civil.