1. Universidad católica de Temuco
Facultad de Educación
Pedagogía en Educación Básica con Mención
Fundamentos de la Educación Básica
CATASTROS LEYES
Y DECRETOS
Nombre: Priscila Melillan Zavala
Profesora: María Elena Mellado
Ayudante: Omayra Muñoz Mora
2. Leyes Decretos y
fechas de
promulgación.
Descripción previa Características
LEY-18956
FECHA: 31-DIC-
1987
REESTRUCTURA EL MINISTERIO DE
EDUCACION PÚBLICA.
El Ministerio de Educación es la
Secretaría de Estado encargada de
fomentar el desarrollo de la
educación en todos sus niveles;
asegurar a toda la población el acceso
a la educación básica; estimular la
investigación científica y tecnológica
y la creación artística, y la protección
e incremento del patrimonio cultural
de la Nación. (leychile.cl)
Ley 18681
FECHA: 08-MAR-
1990
ESTABLECE NORMAS COMPLEMENTARIAS
DE ADMINISTRACION FINANCIERA, DE
INCIDENCIA PRESUPUESTARIA Y
PERSONAL.
Los contribuyentes que de acuerdo
con las normas generales de la Ley
sobre Impuesto a la Renta, declaren
sus rentas efectivas, determinadas
mediante contabilidad completa y
tributen conforme a las normas del
impuesto de primera categoría así
como también los contribuyentes del
Impuesto Global Complementario,
que declaren igual tipo de rentas,
podrán descontar de sus respectivos
impuestos las sumas donadas a
Universidades e Institutos
Profesionales estatales y particulares
reconocidos por el Estado, siempre
que éstas se encuentren comprendidas
en la declaración
respectiva.(leychile.cl)
Ley 19287
FECHA: 04-FEB-
1994
MODIFICA LEY 18.591 Y ESTABLECE
NORMAS SOBRE FONDOS SOLIDARIOS DE
CREDITO UNIVERSITARIO.
Créase un fondo solidario de crédito
universitario para cada una de las
instituciones de educación superior
que reciben aporte del Estado con
arreglo al artículo 1° del decreto con
fuerza de ley N° 4, del Ministerio de
Educación, de 1981. Dicho fondo
será asignado en dominio a las
instituciones antes referidas, con las
limitaciones que esta ley
establece.(leychile.cl)
Ley 20027
FECHA: 11-JUN-
ESTABLECE NORMAS PARA EL
FINANCIAMIENTO DE ESTUDIOS DE
Créase la Comisión Administradora
del
3. 2005 EDUCACION SUPERIOR. Sistema de Créditos para Estudios
Superiores, cuyo objetivo es definir
y evaluar políticas para el desarrollo e
implementación de instrumentos de
financiamiento para estudios de
educación superior; celebrar los
convenios con entidades públicas o
privadas, nacionales o extranjeras,
necesarios para su puesta en marcha,
y administrar el sistema de créditos
de educación superior con garantía
estatal.(ley chile.cl)
Ley 20.129
FECHA: 17-NOV-
2006
ESTABLECE UN SISTEMA NACIONAL DE
ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA
EDUCACION SUPERIOR.
a) De información, que tendrá por
objeto la identificación, recolección y
difusión de los antecedentes
necesarios para la gestión del
sistema, y la información pública.
b) De licenciamiento de
instituciones nuevas de educación
superior que se realizará en
conformidad a lo dispuesto en la ley
Nº 18.962, Orgánica Constitucional
de Enseñanza.
c) De acreditación institucional,
que consistirá en el proceso de
análisis de los mecanismos existentes
al interior de las instituciones
autónomas de educación superior
para asegurar su calidad,
considerando tanto la existencia de
dichos mecanismos, como su
aplicación y resultados.
d) De acreditación de carreras o
programas, que consistirá en el
proceso de verificación de la calidad
de las carreras o programas ofrecidos
por las instituciones autónomas de
educación superior, en función de sus
propósitos declarados y de los
criterios establecidos por las
respectivas comunidades académicas
y profesionales.(leychile.cl)
Ley 20529
FECHA: 27-AGO-
2011
SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO
DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
PARVULARIA, BÁSICA
Es deber del Estado propender a
asegurar una educación de calidad en
sus distintos niveles. Para dar
4. Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN. cumplimiento a dicha responsabilidad
créase y regúlase un Sistema
Nacional de Aseguramiento de la
Calidad de la Educación Parvularia,
Básica y Media, en adelante el
"Sistema". El Sistema tendrá por
objeto, asimismo, propender a
asegurar la equidad,
entendida como que todos los
alumnos tengan las mismas
oportunidades de recibir una
educación de calidad.(leychile.cl)
Ley 20.422
FECHA: 10-FEB-
2010.
LEY QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES E
INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON
DISCAPACIDAD.
El objeto de esta ley es asegurar el
derecho a la igualdad de
oportunidades de las personas con
discapacidad, con el fin de obtener su
plena inclusión social, asegurando el
disfrute de sus derechos y eliminando
cualquier forma de discriminación
fundada en la
discapacidad.(mineduc.cl)
Ley 20.201
FECHA: 31-JUL-
2007.
MODIFICA EL DFL Nº 2, DE 1998, DE
EDUCACION, SOBRE SUBVENCIONES A
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES Y
OTROS CUERPOS LEGALES.
Fija normas para determinar los
alumnos con necesidades educativas
especiales que serán beneficiarios de
las subvenciones para la educación
especial.(leychile.cl)
Ley 18.962
FECHA: 21-FEB-
2006.
LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE
ENSEÑANZA.
La presente Ley Orgánica
Constitucional fija los requisitos
mínimos que deberán cumplir los
niveles de enseñanza básica y
enseñanza media y asimismo regula
el deber del Estado de velar por su
cumplimiento. Del mismo modo
norma el proceso de reconocimiento
oficial de los establecimientos
educacionales de todo
nivel.(leychile.cl)
Ley 20370
FECHA: 12-SEP-
2009.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN. La presente ley regula los derechos y
deberes de los integrantes de la
comunidad educativa; fija los
requisitos mínimos que deberán
exigirse en cada uno de los niveles de
educación parvularia, básica y media;
regula el deber del Estado de velar
por su cumplimiento, y establece los
requisitos y el proceso para el
5. reconocimiento oficial de los
establecimientos e instituciones
educacionales de todo nivel, con el
objetivo de tener un sistema
educativo caracterizado por la
equidad y calidad de su
servicio.(leychile.cl)
LEY 20572
FECHA: 04-02-
2012
REPROGRAMACIÓN DE CRÉDITOS
UNIVERSITARIOS.
modificaciones a la ley Nº 19.287,
que modifica la ley Nº 18.591 y
establece normas sobre Fondos
Solidarios de Crédito
Universitario.(leychile.cl)
Ley: 20.501
FECHA:
CALIDAD Y EQUIDAD DE LA EDUCACIÓN. En el ámbito administrativo:
Organizar, supervisar y evaluar el
trabajo de los docentes y del personal
regido por la ley Nº 19.464.
Decreto n°: 12
FECHA :
16.05.2006
APRUEBA REGLAMENTO PARA LA
EJECUCION DEL PROGRAMA DE
ALFABETIZACION DIGITAL.
El "Programa de Fortalecimiento de
la Estrategia Digital de Chile" tiene
como propósito de contribuir a una
mayor y mejor participación de Chile
en la era digital, aumentando el
acceso y el uso de las tecnologías de
la Información y Comunicación
(Tics) como factor de desarrollo.
(leychile.cl)
DECRETO N°:138
FECHA:04.05.2006
REGLAMENTA EL INCISO 2º DEL ARTICULO
3º DE LA LEY Nº 17.301, SOBRE JARDINES
INFANTILES COMUNITARIOS.
Son Jardines Infantiles Comunitarios,
para los efectos del artículo 3º inciso
2º de la Ley Nº 17.301, aquellos
establecimientos que atienden a un
grupo reducido de párvulos, de modo
heterogéneo u homogéneo, producto
de una iniciativa
comunitaria.(leychile.cl)
DECRETO:
FECHA:
06.05.2006
REGLAMENTA PAGO DE LA SUBVENCION
ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 9 BIS DEL
DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1998.
Los establecimientos de educación
especial que atienden alumnos con
discapacidad visual, auditiva o con
multidéficit, y que, de acuerdo con
sus necesidades educativas especiales
deban ser atendidos en cursos de no
más de ocho alumnos, podrán
percibir por ellos un incremento de la
subvención establecida en el artículo
9º del D.F.L. Nº 2 de 1998, de
Educación, de 2,00 Unidad
Subvención Educacional (U.S.E.) y
6. de 2,51 Unidad de Subvención
Educacional (U.S.E.) si se
encontraren adscritos al sistema de
Jornada Escolar Completa Diurna,
incremento que se pagará conforme
con las normas establecidas para
pagar los montos de subvención
señalados en el artículo 9º del mismo
cuerpo legal.(leychile.cl)
DECRETO N°: 265
FECHA:04.12.2006
ESTABLECE NORMAS QUE REGULAN EL
PROGRAMA DE BECAS PRESIDENTE DE LA
REPUBLICA.
Artículo 1º.- Se entenderá por Beca
Presidente de la República, en
adelante la Beca, el beneficio
pecuniario de libre disposición, para
alumnos de educación media y
superior reconocidas por el Estado,
concedido para la mantención de
quienes cumplan con las exigencias
académicas y socioeconómicas
requeridas, establecidas en el
presente decreto. Los beneficios
otorgados no constituirán
remuneración ni renta. Asimismo, se
financiarán en las mismas
condiciones y requisitos 120 becas
para alumnos de la educación media.
Estas becas se denominarán Beca
Cámara de Diputados. (leychile.cl)
Decreto n°:1398
Fecha:10-OCT-
2006
ESTABLECE PROCEDIMIENTOS PARA
OTORGAR LICENCIA DE ENSENANZA
BASICA Y CERTIFICADO DE COMPETENCIAS
A LOS ALUMNOS CON DISCAPACIDAD DE
LAS ESCUELAS ESPECIALES Y
ESTABLECIMIENTOS CON INTEGRAC16N
ESCOLAR, OPCION 3 Y 4 DEL ARTICULO 12
DEL DECRETO SUPREMO DE EDUCAC16N N°
1 DE 1998.
El Objetivo General de la Política de
la Educación Especial es hacer
efectivo el derecho a la educación, a
la igualdad de oportunidades, a la
participación y a la no discriminación
de las personas que presentan
necesidades educativas especiales,
garantizando su pleno acceso,
integración y progreso en el sistema
educativo.(leychile.cl)
Ley. 20.213
Fecha:10.09.2007
CONCEDE INCENTIVO VINCULADO A LA
EVALUACIÓN INTEGRAL DE LA CALIDAD
DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA Y OTROS
BENEFICIOS PARA EL PERSONAL DE LA
JUNTA NACIONAL DE JARDINES
INFANTILES.
Incentivo anual al desempeño para
los funcionarios de la Junta Nacional
de Jardines Infantiles de planta y a
contrata, El proceso de Evaluación
Integral de la Calidad de la
Educación Parvularia se efectuará
cada dos años, etc. (opech.cl)
Ley:20184
Fecha: 23.06.2007
FACULTA LA DESIGNACION DE
ADMINISTRADOR PROVISIONAL EN
El Subsecretario de Educación podrá
ordenar, mediante resolución
7. ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES
SUBVENCIONADOS EN CASOS QUE INDICA.
fundada, con el objeto de asegurar el
adecuado funcionamiento de dicho
establecimiento y la continuidad del
servicio educativo sólo hasta el
término del año laboral docente en
curso.(Opech.cl)
Decreto: 1718
Fecha: 03-OCT-
2011
DETERMINA LAS FECHAS EN QUE SE
DEBERÁN CUMPLIR LOS REQUISITOS DE
EDAD DE INGRESO A LA EDUCACIÓN
BÁSICA Y MEDIA REGULAR Y LA FECHA
QUE SE CONSIDERARÁ PARA EL INGRESO
AL PRIMER Y SEGUNDO NIVEL DE
TRANSICIÓN DE LA EDUCACIÓN
PARVULARIA.
El presente decreto determina la
fecha en que se entenderán cumplidos
los requisitos de edad de ingreso a la
educación básica y media regular.
(leychile.cl)
Decreto: 999
Fecha: 03-SEP-
2009
APRUEBA PLAN Y PROGRAMAS DE ESTUDIO
DE FORMACIÓN EN OFICIOS PARA LA
EDUCACIÓN BÁSICA DE ADULTOS.
Los Programas de Formación en
Oficios para la Educación Básica de
Adultos podrán impartirse en todos
los establecimientos que ofrezcan
educación de adultos, con carácter de
optativo para el alumno o
alumna.(leychile.cl)
Decreto n°: 257
Fecha: 19-AGO-
2009
ESTABLECE OBJETIVOS FUNDAMENTALES Y
CONTENIDOS MÍNIMOS OBLIGATORIOS
PARA LA EDUCACIÓN DE ADULTOS Y FIJA
NORMAS GENERALES PARA SU APLICACIÓN
Y DEROGA DECRETO SUPREMO Nº 239, DE
2004, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y SUS
MODIFICACIONES EN LA FORMA QUE
SEÑALA.
Niveles de Educación de Adultos: En
la Educación Básica: - Primer
Nivel: 1º a 4º año de Educación
Básica regular; - Segundo Nivel: 5º y
6º año de Educación Básica regular;
y - Tercer Nivel: 7º y 8º año de
Educación Básica regular.
En la Educación Media
Humanístico-Científica: - Primer
Nivel: 1º y 2º año de Educación
Media regular; y - Segundo Nivel: 3º
y 4º año de Educación Media
regular. En la Educación Media
Técnico-Profesional: - Primer
Nivel: 1º y 2º año de Educación
Media regular; - Segundo Nivel: 3º
año de Educación Media regular; y -
Tercer Nivel: 4º año de Educación
Media regular. Entre otros. (ley
chile.cl)
Decreto n°:81
Fecha: 14-JUN-
2004
REGLAMENTA PROGRAMA DE
FORTALECIMIENTO DEL APRENDIZAJE DEL
IDIOMA INGLES EN LA ENSEÑANZA BASICA
Y MEDIA DE LOS ESTABLECIMIENTOS
EDUCACIONALES REGIDOS POR EL
La educación del siglo XXI tiene la
responsabilidad ineludible de incluir
en su currículum y estrategias
formativas el desarrollo de nuevas
competencias que hoy son claves
8. DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 2, DE 1998,
DEL MINISTERIO DE EDUCACION Y POR EL
DECRETO LEY Nº 3.166, DE 1980.
para mejorar la vida cultural, social y
laboral de los jóvenes como es el
aprendizaje de un idioma extranjero.
(leychile.cl)
Decreto n°:4
Fecha: 22-MAR-
2001
REGLAMENTA PROGRAMA DE EDUCACION
BASICA RURAL.
El Programa de Educación Básica
Rural atiende principalmente a los
estudiantes de escuelas de educación
básica, con cursos de multigrado, uni,
bi, o tri docentes, en jornada escolar
completa, ubicadas en zonas rurales
aisladas donde la pobreza es una
condición generalizada, con graves
riesgos de deserción del sistema
educativa. (leychile.cl)
Decreto n°: 88
exento
Fecha: 31-MAR-
2000
APRUEBA PROCEDIMIENTO DE
EVALUACION PARA NIVEL DE ENSEÑANZA
BASICA EN PROGRAMA DE NIVELACION DE
COMPETENCIAS LABORALES.
En el marco del Programa Especial
de Educación Básica para
Trabajadores, con fecha 26 de agosto
de 1999, se suscribió un Convenio
entre el Ministerio de Educación, el
Ministerio del Trabajo y Previsión
Social y el Fondo de Solidaridad de
Inversión Social, Fosis, destinado a
implementar y desarrollar el
Programa de Nivelación de
Competencias Laborales y que fue
aprobado por resolución exenta Nº
8538, de Educación, de
1999.(leychile.cl)
Decreto n°:18
exento
Fecha: 16-MAR-
1985
APRUEBA UNIDADES DIDACTICAS PARA
EDUCACION DE TRANSITO EN EDUCACION
PARVULARIA, ENSEÑANZA GENERAL
BASICA Y ENSEÑANZA MEDIA.
Dadas las características psicológicas
de los niños de 5 años es necesario
incluir en los planes de trabajo de la
educación parvularia actividades
relacionadas con la educación
vial; Que, es notoria la falta de
hábitos y conocimientos de normas
elementales para un comportamiento
adecuado y responsable en la vía
pública de los escolares de Enseñanza
Básica y Media.(leychile.cl)