1. CEUSS VIRTUAL
7.17. LAS FACULTADES EXCLUSIVAS DE LAS
CÁMARAS
Art. 74.- Facultades exclusivas de la cámara de Diputados.
I. Expedir el Bando Solemne.
V. Declarar si ha o no lugar a proceder contra los servidores públicos.
VII. Derogado 28 de Diciembre de 1982.
2. CEUSS VIRTUAL
Art. 76.- Son facultades exclusivas del Senado:
I. Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales
que el Presidente de la República y el Secretario de Despacho correspondiente rindan al
Congreso.
Además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que el Ejecutivo
Federal suscriba, así como la decisión de terminar, denunciar, suspender, modificar, enmendar,
retirar reservas y formular declaraciones interpretativas sobre los mismos.
II. Ratificación de nombramientos que el mismo funcionario haga del Procurador General de la
República, Embajadores, Cónsules, etc.
III. Autorización de la salida de tropas nacionales fuera de los límites del país.
3. CEUSS VIRTUAL
FACULTAD DEL SENADO PARA DECLARAR DESAPARECIDOS LOS PODERES DE UN ESTADO
Y DESIGNAR GOBERNADOR PROVISIONAL.
V. Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de un Estado, que es
llegado el caso de nombrarle un Gobernador provisional, quien convocará a elecciones conforme a
las leyes constitucionales del mismo Estado.
VI. resolver las cuestiones políticas que surjan entre los poderes de un Estado cuando alguno de
ellos ocurra con ese fin señalado.
4. CEUSS VIRTUAL
BASES PARA DISTRIBUIR ENTRE LAS CÁMARAS LAS FACULTADES EXCLUSIVAS.
IX. Nombrar y remover al Jefe del D.F.
Art. 105.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá en los términos que señale la ley
reglamentaria, de los asuntos siguientes:
a). La federación y un Estado o el Distrito Federal.
b). La Federación y un municipio.
c). El Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión; aquél y cualquiera de las cámaras de éste o, en su
caso, la Comisión permanente, sean como órganos federales o del Distrito Federal.
5. CEUSS VIRTUAL
d). Un Estado y otro.
e). UN Estado y el Distrito Federal.
f ). El Distrito Federal y un municipio.
g). Dos municipios de diversos Estados.