2. CLASIFICACION DE LOS BIENES MUEBLES Las cosas muebles son las que pueden trasladarse de un lugar a otro sin cambio o deterioro en la substancia muebles por naturaleza y muebles por anticipación
3. MUEBLES POR NATURALEZA Muebles por naturaleza. Son los bienes muebles propiamente tales, las que por su esencia misma calzan en la definición antes dicha, Se dividen en semovientes y cosas inanimadas. Son semovientes las cosas corporales muebles que pueden trasladarse de un lugar a otro moviéndose a si mismas
4. MUEBLES POR ANTICIPACIÓN Son aquellos bienes inmuebles por naturaleza, por adhesión o por destinación que, para el efecto de constituir un derecho sobre ellas a favor de otra persona distinta que el dueño, se reputan muebles aun antes de su separación del inmueble de que forman parte o al cual adhieren o al que están permanentemente destinadas para su uso, cultivo o beneficio.
7. COSAS CONSUMIBLES Y COSAS NO CONSUMIBLES Consumibilidad objetiva. Son objetivamente consumibles las cosas que, en razón de sus caracteres específicos se destruyen natural o civilmente por el primer uso. La destrucción natural importa el desaparecimiento físico o la alteración de la substancia de la cosa. La destrucción civil se traduce en la enajenación del objeto.
8. La distinción entre cosas consumibles y cosas no consumibles ofrece interés en los actos y derechos que solo facultan el uso, goce o disfrute de una cosa y no su disposición; no pueden ellos recaer sobre cosas consumibles.
9. Consumibilidadsubjetiva Son subjetivamente consumibles las cosas que se consideran desde el punto de vista de su valor pecuniario y cuyo primer uso importa enajenación en razón del destino a que se encuentran afectadas. Las cosas subjetivamente consumibles pueden o no ser al mismo tiempo objetivamente consumibles. los libros de una librería, los automóviles nuevos de una agencia son sólo subjetivamente consumibles, pues el destino de todas esas cosas, dentro del patrimonio del comerciante, es el de ser vendidas, enajenadas
10. COSAS FUNGIBLES Y COSAS NO FUNGIBLES La palabra fungible proviene del verbo fungor, que además de consumir, significa ocuparse en algo, desempeñar un cargo, funcionar; en este sentido denota la aptitud de una cosa para sustituir a otra, desempeñar sus mismas funciones en razón de la equivalencia de ambas