2. Componentes:
1.- DOLO = conocimiento y voluntad de realizar el verbo
descrito en la norma penal.
2.- IMPRUDENCIA= falta al deber de cuidado o debida
diligencia
Concepciones generales del dolo:
1.- Teoría de la voluntad: el elemento central del dolo es la
voluntad del autor para producir el resultado lesivo,
2.- Teoría de la representación: el elemento central del
dolo es el conocimiento del autor en la producción del
resultado lesivo.
TIPO SUBJETIVO
3. Clases de Dolo:
1.- Intencional = el autor tuvo la intención de producir el
resultado lesivo.
Ejemplo: A desea envenenar a B, que es su esposa, y pone un
veneno en el vaso que la misma utiliza todas las mañanas
para beberse un jugo de naranja en el desayuno. B lo ingiere
y muere.
2.- Directo= el autor no dirige su acción al resultado lesivo, pero
sabe que es una consecuencia necesaria de su conducta.
Ejemplo: A desea envenenar a B, quien es su esposa, para ello
le hecha veneno al jugo que la misma acostumbra preparar
para ella y sus hijos. B muere conjuntamente con sus hijos al
ingerir el jugo envenenado.
TIPO SUBJETIVO
4. Clases de Dolo:
3.- Eventual = representa la producción del
resultado como probable, sin alcanzar grado de
certeza, y aún así lo lleva a cabo.
Se diferencia de la imprudencia consciente,
porque el autor dejaría de actuar si supiese con
seguridad que el resultado lesivo iba a
producirse.
Ejemplo: A asume que si dispara al tabaco que
sostiene B en la boca, podría pegarle el tiro al
mismo, y aún así lo realiza.
TIPO SUBJETIVO
5. Significado:
- Creencia errónea de no producción de un resultado lesivo,
- Equivale a la terminología culpa, utilizada doctrinalmente;
- Es el desconocimiento acerca de las consecuencias lesivas de la
conducta;
- Es una falta del deber de cuidado o debida diligencia;
- Proviene de la previsibilidad objetiva, es decir, resulta posible
prever el resultado lesivo de la conducta;
Aplicación en el Código Penal Dominicano:
- Homicidio y lesiones = arts.319-321
- Ayuda a evasión de prisioneros = arts-238-240;
- Desfalco = art.170; y
- Incendio = art.458.
TIPO SUBJETIVO - IMPRUDENCIA
6. Tipos de imprudencia:
a.- Consciente = el autor tiene conocimiento de la posibilidad del resultado
lesivo, pero la descarta con la expectativa de que no se dará;
Ejemplo: A práctica tiro al blanco con una flecha dirigida a una manzana
encima de la cabeza de B, a quien ha entrenado previamente; el día de la
exhibición en público, B se enferma, y A decide elegir a C, quien es una
persona inexperta del público, con la esperanza de que la misma seguirá
sus instrucciones; A tira la flecha a la manzana sostenida por C en la
cabeza, esta se mueve y le impacta en la frente, al la misma moverse al
ponerse sumamente nerviosa.
Ejemplo: A es enfermera y atiende en el hospital a B, quien le solicita que le
inyecte un medicamento que otro paciente le entrego para bajarle la
presión, ya que tiene síntomas de ello; inmediatamente A la inyecta -sin
ningún procedimiento previo- comienza B a sufrir de taquicardia severa,
muriendo a los pocos minutos. El médico legista certifico que B murió por
cardiopatía severa, al ingerir un medicamento para la presión sin sufrir de
hipertensión arterial.
TIPO SUBJETIVO - IMPRUDENCIA
7. Tipos de imprudencia:
b.- Inconsciente = el autor no tiene conocimiento de la
posibilidad del resultado lesivo, si bien debía haberlo
tenido, y con ello, evitarlo;
Ejemplo: A es vecina de B, quien le solicita que le
recomiende un medicamento para la diabetes, porque
todos los días siente que tiene la boca amarga y está
orinando mucho. A le entrega el medicamento que ella
toma para dicha enfermedad (diabetes mellitus 2. El
mismo día que B recibe la medicación de A, C tiene que
llevarla urgente a emergencias en donde el médico
tratante refiere luego que B murió por haberle bajado
demasiado la glicemia.
TIPO SUBJETIVO - IMPRUDENCIA
8. Supuestos del deber de cuidado:
a.- existe un deber básico de omitir acciones peligrosas;
b.- el derecho establece un margen de riesgo permitido; y
c.- el derecho plantea normas de cuidado que exigen un deber de
preparación e información previa.
Estadios gravedad de la imprudencia:
a) Temeraria = el autor infringe un deber de cuidado en una medida
inusualmente alta;
b) Grave = el autor infringe un deber de cuidado de diligencia
propia de un hombre medio;
c) Leve = el autor infringe un deber especial superior de cuidado de
un hombre medio;
d) Levísima = el autor infringió un deber de diligencia extraordinaria
exigible al más capacitado de los ciudadanos.
TIPO SUBJETIVO - IMPRUDENCIA
9. Preterintencionalidad:
El autor quiere producir dolosamente un determinado
resultado lesivo, pero termina por producir un resultado
lesivo más grave.
- Esta configurado en el artículo 319 del CPD.
Ejemplo: A quiere darle un pedrada a B en la espalda, para
vengarse de la que le había lanzado a él, la cual lo había
dejado inconsciente. A realiza la acción contra B, y B
muere de la pedrada, producto de la intensidad y el
lugar donde le impacto (en la frente).
TIPO SUBJETIVO - IMPRUDENCIA
10. - Es el desconocimiento de algún(os) elemento(s) del tipo.
Tipos de error:
a.- Vencible o evitable:
- existe un desconocimiento evitable o imprudente de
algún (os) elemento del tipo.
- vulnera el deber de cuidado o debida diligencia;
- se condena al autor por delito imprudente.
Ejemplo: Pedro acostumbra a dejar su arma de fuego
descargada en su casa. Su hijo teniendo conocimiento de
ello, la toma para darle un susto a su hermana, la cual
acababa de llegar del extranjero. Dicho hijo dispara la
referida arma e hiere a su hermana.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO
11. Tipos de error:
b.- Invencible o inevitable:
- Desconocimiento inevitable por existir un caso fortuito;
- Es impune el autor del delito, por no solo no haber tenido la intención de
producir el resultado lesivo, sino también porque no infringió el deber de
debida diligencia o cuidado.
Ejemplo: Un farmacéutico vende un producto muy recomendado por los
médicos a María para tratar la hipertensión arterial que la misma padece, el
cual nunca ha producido resultados secundarios a pacientes diabéticos.
María después de dos horas de consumir el producto vendido por el
farmacéutico, hace una gravedad de su enfermedad, subiéndole la
diabetes, conjuntamente con la hipertensión, muriendo a los pocos días. El
laboratorio que produce el indicado medicamento, emitió una nota pública
indicando que nunca se probo con personas diabéticas, pero que como
nunca había tenido efectos secundario en contra de las mismas se sugirió
su uso.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO
12. Tipos de error:
1.- Error en los elementos descriptivos y normativos del tipo:
- Descriptivos = objetos, hechos, circunstancias fácticas propias de la
realidad exterior, aprehensibles por los sentidos.
- Normativos = aluden a una realidad determinada de manera abstracta por
normas sociales o jurídicas.
Ejemplo: A es mago y va a practicar en un almacén muy concurrido donde deja
sus artefactos un truco consistente en introducir espadas filosas dentro de
una caja elaborada para tales fines, habiéndola dejado días antes
preparada para dicho acto. B es herido por A mientras realizaba el truco
referido, ya que por curiosidad se introdujo en la indicada caja, al resbalarse
en ella.
Ejemplo: Michael entra a un supermercado dejando parqueado su carro toyota
corolla, azul oscuro. Rafael quien también entra al mismo negocio, parquea
un vehículo con las mismas descripciones que las de Michael; al salir
Michael se monta en “su vehículo”, dirigiéndose a su casa, que es donde se
percata que no era el suyo, pero que abrió el equivocado con su llave.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO
13. Tipos de error:
2.- Error sobre la dirección causal:
2.a.- Objeto de ataque = el autor confunde (erra en la identidad) el
objeto o persona de ataque, dirigiendo su acción contra un objeto
distinto al que pretendía, debido a su confusión.
Ejemplo: A desea matar al Presidente de su país, el cual siempre
asiste los jueves a las 8:0pm, a un local ubicado en una zona
exclusiva a escuchar a su hija que es artista dramática. Ese día que
esta esperando A afuera, se presenta un show en donde hay un
imitador del Presidente, hasta con una vestimenta idéntica a la de
él; cuando termina el acto, el imitador sale del local y A
confundiéndolo con el Presidente le dispara y lo mata.
- A sería condenado por homicidio imprudente vencible contra el
imitador.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO
14. Tipos de error:
2.b.- Sobre el curso causal:
El sujeto erra sobre la dirección del curso causal. Lo cual determina
la necesidad de determinar si el resultado lesivo pretendido es o no
imputable al dolo del autor.
1.- Puede excluir la imputación del resultado:
Ejemplo: A hiere a B de una puñalada para matarlo, siendo ingresado
al hospital con condiciones estables; a las 2 horas al centro médico
entra C enojado con su doctor, el cual está atendido a B en esos
momentos, disparándole al galeno, quien en principio estaba de
espaldas, y al escuchar un llamado de advertencia se tira al suelo,
siendo B impactado por el disparo de C, muriendo
instantáneamente.
- La muerte de B no le es imputable a A como homicidio doloso
consumado, sino que le es imputado la puñalada inferida a B, es
decir, golpes y heridas.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO
15. Tipos de error:
2.- No excluye la imputación de los resultados lesivos:
Ejemplo: A sumerge a b en una bañera con la finalidad de ahogarlo, antes
de ocurrir esto, B muere por un infarto, producido por las altas
emociones que originaron su inmersión en la bañera;
3.- Aberratio ictus = el curso causal termina por dirigirse a un sujeto distinto
al previsto.
Ejemplo: Caso anterior sobre exclusión de imputación de resultado.
3.a.- Teoría de la equivalencia típica = es un homicidio doloso consumado,
porque C quería matar al doctor, por ello, no tiene influencia en el dolo,
por la equivalencia típica de los objetos de ataque;
3.b.- Teoría de la concreción (Roxin)= C sería condenado por homicidio
imprudente del paciente del doctor en concurso ideal con tentativa de
homicidio doloso.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO
16. Tipos de error:
4.- Desviaciones del nexo o curso causal:
4.1.- Consumación anticipada = el resultado lesivo se produce antes de lo
esperado.
Ejemplo: A desea matar a B, a través del ahogamiento en una bañera, lo cual
realiza, pero B muere de un infarto en ese momento, continuando A en su
acción, al desconocer que B había muerto.
4.2.- Dolus generalis = el autor en la creencia errónea de haber causado el
resultado perseguido con una primera acción, sin saberlo lo causa
realmente con la segunda.
Ejemplo:
A discute con B y lo empuja dándose este un golpe en la cabeza perdiendo el
conocimiento; A pensando que B murió a consecuencia del golpe, lo
transporta dentro del baúl de su vehículo cerrado por espacio de dos horas,
tirándolo a un zafacón de basura. El médico legista al practicarle la autopsia
a B, constata que el mismo murio asfixiado.
TIPO SUBJETIVO – ERROR DE TIPO