1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
PARTICIPANTE: FRANCISCO VALBUENA
C.I. 20430687
ASIGNATURA:DERECHO CONSTITUCIONAL
SECCION: SAIA (C)
BARQUISIMETO, octubre de 2016.
2. TIPOS CONCEPTO DIFERENCIACION
DERECHO DE LA FAMILIA
Se regula a la familia como asociación
natural de la sociedad y como el espacio
fundamental para el desarrollo integral de
las personas, de igual forma, estipula que
los niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a vivir, ser criados o criadas y a
desarrollarse en el seno de su familia de
origen
En el derecho a la familia se protege a
esta de manera global para su total
desarrollo dentro de la sociedad, nace la
garantía cuando la ley establece distinto
deberes y derechos para los padres,
madres o para quienes en ese momento
este ejerciendo la autoridad sobre esta,
por otra parte la garantía establece el libre
desenvolvimiento de los niños dentro de
la sociedad y de su senos familiar es aquí
donde se encuentra la diferencia, la
garantía es algo personal y el derecho es
algo global.
GARANTÍAS DE FAMILIAS
Tiene como garantía la protección al
padre, a la madre, o a quienes ejerzan la
jefatura de la familia Otra garantía se
refiere a la obligación que prescribe el
Estado de que el desarrollo de los niños y
adolescentes deberá realizarse en el seno
de la familia Y finalmente se establece
como una garantía a favor de los menores
la adopción.
3. DERECHOS POLÍTICOS
Se reconoce de manera expresa el
derecho de participación libre de los
ciudadanos en los asuntos públicos,
directamente o por medio de sus
representantes elegidos o elegidas. De
igual forma, se consagra al sufragio
como un derecho, siendo este el mas
importante.
Los derechos políticos son
expresados a través del voto y a través
de la libre participación de los
ciudadanos en los procesos
electorales debido a esto se protege al
voto como la máxima garantía de la
validez electoral, sin embargo se
diferencia en que la garantía protege
todos aquellos resultados electorales y
es aquí donde se tiene que hacer
cumplir todos los procedimientos para
poder llegar a tener una elección libre
y democrática, en los derechos
políticos no existen una garantía total
de respeto a los resultados y es por
eso que en CRBV nace la garantía de
los derechos para que distinto partidos
políticos respete la decisión del
pueblo.
GARANTÍA DE LOS
DERECHOS POLÍTICOS
Tiene como garantía la protección del
derecho al sufragio, en elecciones
nacionales, regionales y locales
respetando los resultados del partido
político que haya resultado ganador se
protege de igual manera el derecho a la
protesta pacifica siendo los órganos del
estados en materia de defensa los
garantes de que se cumplan estos
procesos bajo la normas establecidas en
la constitución.
4. DERECHOS DE LOS
PUEBLOS INDÍGENAS
El estado reconocerá la existencia de
los pueblos y comunidades indígenas,
su organización social, política y
económica su cultura usos y
costumbres idiomas y religiones así
como su habita y los derechos de sus
tierras de manera ancestral y
tradicional respetando su forma de
vida.
La máxima diferencia entre los
derecho del pueblo indígenas y sus
garantías es que el estado no debe
lesionar la integridad cultural, social y
económica de estos en el momento
que desee realizar algún
aprovechamiento de la habita de esto,
y es aquí donde nace la garantía de
que si el estado desea realizar esto
debe consultarle a los pueblos
indígenas y ellos tomara la decisión.
GARANTÍAS DE LOS
DERECHO DE LOS
PUEBLOS INDÍGENAS
Las Garantías que la constitución ofrece
a los pueblos indígenas es que el
aprovechamiento de los recursos
naturales en los hábitats indígenas por
parte del Estado se hará sin lesionar la
integridad cultural, social y económica de
los mismos e igualmente esta obligado a
consultarles cuando vaya a intervenir en
sus hábitats .
5. DERECHO CULTURAL
Se regula el derecho de la creación
cultural, se regula la efectiva emisión,
recepción y circulación de la
información cultural, estableciendo un
deber a los medios de comunicación
de difundir los valores tradicionales.
En el derecho a la cultura el estado
protege la efectiva emisión y recepción
de toda aquella informaciones y acto
culturales a nivel nacional, pero no
garantiza el derecho del autor y es aquí
donde nace la diferencia, porque la
garantía de este derecho es que toda
producción y divulgación de diferente
obras culturales, creativas, libros,
peliculas será reconocidas netamente
a la persona que la creo es decir, se
respeta el derecho de autor.
GARANTÍA DEL DERECHO
CULTURAL
Tiene como garantía de que la invención,
producción y divulgación de la obra
creativa, científica, tecnológica y
humanística
6. DERECHOS CIVILES
Es una regulación progresiva que
establece normas y principios
contenidos en tratados internacionales
suscritos y ratificados por la republica
en materia de los derechos con su
fundamento principal el derecho a la
vida.
Los derechos civiles son de ámbito
internacional, principalmente protegen
el derecho a la vida, pero esto no
asegura que se cumplan todas las
normativas establecidas dentro de
ellos, se diferencia de la garantía en
que aquí se protege de manera global
al ser humano, puesto que si no se
respalda esto puede ocasionar una
sanción.
GARANTÍAS DE LO
DERECHOS CIVILES
Tiene como garantía la protección de los
derecho de las personas a su integridad
física, psíquica y moral tan como su
libertad de expresión sin censura alguna
7. DERECHOS
AMBIENTALES
Es el conjunto de normas jurídicas
que regulan la acción del hombre en la
naturaleza y el uso de sus recursos
naturales, y le fija el límite de su
intervención y modificación, para
evitar su deterioro o degradación
irreversible.
En los derechos ambientales el
estado protege la acción del hombre
dentro de la naturaleza, pero nace la
garantía cuando crea la ley orgánica
penal del ambiente con esto se
estipularan toda aquellas penas para
las persona que de manera directa
ataque o destruyan el ambiente
GARANTÍA DE LOS
DERECHOS
AMBIENTALES
El estado garantizara una política de
ordenación del territorio entendiendo a la
realidad ecológica y geográfica creando
una ley orgánica para su fiel cumplimiento
8. DERECHO ECONÓMICO Se regula la libertad económica de
igual manera se prohíbe los
monopolios establece que la
especulación, el acaparamiento, la
usura, la cartelización y otros delitos
conexos, serán penados severamente
de acuerdo con lo establecido en la ley.
Los derechos económicos engloban
toda aquellas libertades económicas
del país prohibiendo todo aquellos
actos ilícitos como por ejemplo la
monopolización pero esto no es
garante de que se cumpla la justa de
distribución de la riqueza a nivel
nacional, regional y local es por eso
que se debe garantizar esto derechos
económicos para proteger la actividad
comercial de la persona natural o
jurídica protegiendo así tanto al
comprador como al consumidor de
cualquier especulación en los precios
a la venta.
GARANTÍA DE LOS
DERECHOS
ECONÓMICOS
Se garantiza la iniciativa privada y justa
distribución de la riqueza, también se
garantiza la limitación de los monopolios y
el abuso de la posición de dominio
establece la garantía a la información
sobre los productos, no engañosa y los
mecanismos para la defensa al
consumidor.