Este documento analiza si los Consejos Comunales de Gobierno en Colombia conservan el espíritu constitucional. Explica que los consejos comunales permiten la participación ciudadana y coordinación entre los niveles nacional, departamental y municipal de gobierno. No obstante, señala que sólo se ha cumplido el 11% de los compromisos adquiridos y que el Presidente a veces impone su agenda sobre gobernadores y alcaldes. Finalmente, concluye que los consejos cumplen el espíritu constitucional al abrir espacios de participación y
1. MBA- GESTION PÚBLICA
Profesor: Oscar Pardo
INFORME ESPECIAL
CONSEJOS COMUNALES DE GOBIERNO:
LA RELACION POLITICA DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
GOBERNADORES Y ALCALDES EN LOS CONSEJOS COMUNALES
¿Se conserva el espíritu constitucional o no?
Por:
Inocencio Meléndez Julio
Carlos Alberto Alfonso Correa
Guillermo Fino Serrano.
El presente artículo que versa sobre las relaciones políticas entre el Presidente de la República,
Gobernadores y Alcaldes en el escenario de los consejos comunales, se estructura en tres partes
a saber: 1. El Presidencialismo constitucional en Colombia y las funciones de Jefe de Estado,
Jefe de Gobierno, Suprema Autoridad Administrativa y estilos de gobierno; 2. Los Consejos
Comunales como escenario del Estado Comunitario concebido por el estilo de gobierno del
Presidente Alvaro Uribe Vélez; 3. La relación política entre el Presidente Alvaro Uribe Vélez,
gobernadores, alcaldes y comunidad en los consejos comunales. Finalmente, señalaremos a
manera de conclusión nuestra posición sobre la efectiva o no efectiva conservación del espíritu
constitucional en los consejos comunales.
2. CONSEJOS COMUNALES DE GOBIERNO
¿Se conserva el espíritu constitucional o no?
1. El Presidencialismo constitucional en Colombia y las funciones de Jefe de Estado,
Jefe de Gobierno, Suprema Autoridad Administrativa y estilos de Gobierno en el marco
del Estado social, democrático, participativo y constitucional de Derecho.
El Estado colombiano, de conformidad con el artículo 1 de la Constitución Política concibió un
Estado social de derecho, democrático, participativo y pluralista. Lo anterior, señala con carácter
imperativo el deber de los gobernantes de formular e implementar sus políticas públicas, así
como la de ejecutar sus planes de desarrollo con la participación de todas las personas a través de
los distintos mecanismos de participación democrática, de tal manera que la gestión pública debe
orientarse a partir de las necesidades de los ciudadanos, lo cual implica que ésta podrá ser más
eficaz si es posible escuchar a los miembros de las comunidades de manera directa.
Igualmente, observamos que la misma disposición constitucional erige a Colombia en forma de
República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, fundada en el
respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en
la prevalencia del interés general, enmarcando como fines esenciales del Estado el servir a la
comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las
decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;
defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia
pacífica y la vigencia de un orden justo, bajo un Estado Presidencialista, lo cual indica que el
Presidente de la República es Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad
Administrativa, por cuanto se ocupa directamente del manejo de las relaciones internacionales, es
supremo director de la planeación nacional, responsable del manejo de la economía y del orden
público. Así mismo, con la intervención del Congreso de la República tiene la función de fijar las
políticas nacionales y sectoriales, con la colaboración de los ministros que se encargan de
coordinar los entes nacionales y territoriales ejecutores de dichas políticas de salud, educación,
saneamiento básico, vivienda, recreación y deportes, seguridad ciudadana, etc.
De allí, que el Presidente de la República como responsable de la formulación, implementación y
ejecución del Plan Nacional de Desarrollo (PND), cuenta con las herramientas constitucionales y
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legales para diseñarlo, implementarlo, ejecutarlo, controlarlo y evaluarlo. Se trata en este caso de
un estilo muy particular de quien otrora fuera el Gobernador de Antioquia, quien con éxito
desarrolló los Consejos Comunales de Gobierno en ese departamento, donde además de
implementar el modelo de un Estado comunitario, consideró y considera que es la mejor manera
de gobernar de frente a las necesidades y problemas de las comunidades, concentrándose en las
siete estrategias de equidad social contenidas en el PND del Gobierno del Señor Presidente
Álvaro Uribe Vélez.
2. Los Consejos Comunales como escenario del Estado Comunitario concebido por el
estilo de Gobierno del Presidente Alvaro Uribe Vélez
El Presidente Uribe ha sido coherente con su estilo de Gobierno, en tanto cuando fue
Gobernador de Antioquia concibió los consejos comunales como espacios para coordinar las
acciones de tres niveles de gobierno: el nacional, el departamental y el municipal. Así que nada
podrá decirse, sobre un fin distinto a un estilo de gobierno, pues no se lo inventó para hacer
campaña a favor del referendo, como tampoco para la reelección presidencial, como quiera que
su propósito principal es estudiar los diagnósticos de las diferentes regiones sobre las distintas
políticas sectoriales.
En los consejos comunales participan de una parte, el Presidente, los ministros invitados,
viceministros y funcionarios del nivel directivo, directores de departamentos administrativos,
directores de establecimientos públicos, superintendentes, funcionarios del orden territorial,
gobernadores, alcaldes, secretarios de despacho, autoridades religiosas, concejales, diputados,
congresistas, representantes de las ONG’s, directivos de las universidades públicas, juntas de
acción comunal, representantes del sector privado de la región y líderes comunitarios, entre otros.
El Estilo del Presidente se ha caracterizado, por asignar responsabilidades a los Ministros y
Viceministros y proponer tareas a los gobernadores y alcaldes locales, sobre asuntos propios de la
agenda definida para cada consejo comunal. En estos consejos comunales, se ventilan asuntos
públicos de interés para las regiones, en los que el Presidente evidencia su liderazgo y se
constituyen en el presidente del punto de encuentro entre diferentes actores de la política pública,
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en donde el fin es dar soluciones concertadas y efectivas a los asuntos agendados en dichos
consejos.
Sin embargo, se ha podido constatar que los asuntos y/o acuerdos que son tratados en los
consejos, presentan altos niveles de ineficacia, como quiera que según cifras de la Presidencia de
la República sólo se han resulto el 11% de los compromisos adquiridos por parte del Presidente
en el seno de dichas deliberaciones, teniendo en cuenta que un alto número de tales promesas
son inviables no sólo financieramente, sino social y políticamente.
Los consejos comunales, acercan las autoridades a los ciudadanos de las diferentes regiones,
fortalecen las prioridades de estas regiones en la agenda nacional y evitan los frecuentes
desplazamientos de las autoridades locales a Bogotá para visitar a Ministros y funcionarios del
gobierno nacional para conseguir recursos para solucionar problemas de sus comunidades.
Igualmente, reducen las distancias entre gobierno nacional y el ciudadano, así como
intermediarios innecesarios, que en ocasiones son focos de corrupción, como quiera que para los
mandatarios locales los consejos son espacios democráticos y participativos, entendidos como
mecanismos novedoso de participación ciudadana que rompen con un esquema de orden y
jerarquía al que se había acostumbrado todo el alto gobierno en el pasado.
3. La relación política entre el Presidente Alvaro Uribe Vélez, Gobernadores, Alcaldes y
comunidad en los Consejos Comunales.
Las relaciones políticas entre Alvaro Uribe, los Gobernadores y alcaldes son lideradas por el
Presidente de la República, donde oficia como un moderador de las discusiones y como un
facilitador de los acuerdos que se pretenden lograr. Con base en el tema de que se trate, las
relaciones tienen giros diferentes, pues en ocasiones se observa al Presidente al lado de los
Alcaldes y gobernadores, sobre todo en los temas de orden público, tal vez porque en esta
materia el Presidente oficia como máxima autoridad del orden público en el país, y para estos
efectos los burgomaestres territoriales son agentes suyos. En otras materias como el manejo del
medio ambiente, salud, educación, vivienda, servicios públicos, se evidencia en muchas ocasiones
contradicciones entre el Presidente y los gobernadores y alcaldes, en donde de frente a la
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comunidad el Presidente no sólo regaña en público a sus ministros y demás funcionarios, sino
que pretende imponerle algunos asuntos o soluciones a los gobernadores y alcaldes, quienes en
públicos le manifiestan sus desavenencias. Es importante destacar que el rol del presidente en
estos Consejos es básicamente de control político, mientras que el rol de los gobernadores es de
coordinadores y/o facilitadotes de los procesos, y el rol de los alcaldes es de operadores y
ejecutores de las decisiones y políticas adoptadas en los Consejos Comunales.
Vale la pena resaltar que los consejos comunitarios son un componente importante de
credibilidad política, lo que nos conduce a pensar que seguramente este estilo sea reproducido
por futuros Presidentes de la República, como quiera que venden la idea de transparencia en el
manejo de los asuntos públicos y en la toma de decisiones, lo cual genera un impacto
exclusivamente político.
Finalmente, debemos reconocer que el Presidente de la República en estos consejos comunales le
ha impuesto a los gobernadores y alcaldes la agenda, objetivos, metas y ritmo de trabajo que ha
generado en la comunidad la impresión que es el Presidente el único que puede resolver y dar
línea a los mandatarios locales para solucionar los problemas de las regiones, dando a entender
que los gobernantes locales no tienen la capacidad y competencia suficiente para hacer lo mismo.
Conclusión: nuestra posición sobre la efectiva o no efectiva conservación del espíritu
constitucional en los consejos comunales.
Creemos que en los consejos comunales sí se cumple con el espíritu constitucional, como quiera
que Colombia ha demostrado con éstos ser un Estado social de derecho, descentralizado,
participativo y democrático, en tanto se abren altos niveles de participación ciudadana en
concertación con las autoridades públicas en la toma de decisiones, bajo la dirección del
Presidente que asume directamente su función de coordinador de las políticas nacionales,
conduciendo a la consolidación de la unidad nacional con criterios de redistribución y equidad
regional como lo señala el postulado constitucional de lo social, pues finalmente somos un
Estado unitario cuyo jefe de Estado y de gobierno se ocupa con criterio de coordinación,
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6. CONSEJOS COMUNALES DE GOBIERNO
¿Se conserva el espíritu constitucional o no?
cofinanciación y subsidiariedad de las políticas del Estado en procura de un crecimiento y
desarrollo económico para la nación en la prevalencia del interés general.
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cofinanciación y subsidiariedad de las políticas del Estado en procura de un crecimiento y
desarrollo económico para la nación en la prevalencia del interés general.
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