Presentación para el Foro No a la 058. Organizado por padres y representantes merideños en el marco de la Consulta sobre la Calidad Educativa, el 28 de mayo de 2014, en el auditorio del Colegio de Médicos. Mérida
Resolución 058 y actuación del docente democrático
1. RESOLUCIÓN 058 Y
ACTUACIÓN DEL
DOCENTE DEMOCRÁTICO
Julio Alexander Parra Maldonado
Mérida, 28 de mayo de 2014
2. Antecedentes
1999. Constituyente educativa. Nunca se
hicieron públicos resultados ni conclusiones
de la misma.
2002. Inicio de la discusión de una nueva
Ley Orgánica de Educación. Proceso que
duró años estancados, sin acuerdo y que
terminó con la imposición de una ley muy
distinta a la que se discutió, aprobada en la
Asamblea Nacional en agosto de 2009.
3. Antecedentes
2004. Discusión curricular. Se establecieron
unas líneas curriculares, papeles y documentos
dispersos, que quisieron concretarse en el
Currículo Nacional Bolivariano, y cuya
aplicación fue rechazada por el entonces
presidente en el año 2008.
Recordemos que se basó en principios que
fueron rechazados conjuntamente a la
reforma constitucional el 2 de diciembre de
2007.
4. Antecedentes
2009. Aprobación de la Ley Orgánica de
Educación en la Asamblea Nacional, sin
consenso, por imposición del gobierno nacional.
Fue ampliamente rechazada por sectores
sociales, políticos y gremiales del país.
Aún así contempla la libertad de pensamiento,
respeto a los derechos humanos, promoción de
principios democráticos, prohibición de
propaganda partidista.
No está por encima de la Constitución.
5. 16 de octubre 2012
Resolución 058 publicada en
Gaceta Oficial Gaceta
Oficial N° 40.02
Normativa y procedimiento
para el funcionamiento del
Consejo Educativo
7. Nace bajo la tutela del Plan
Nacional Simón Bolívar (2006-
2012) o reconocido por el
gobierno como el primer plan
socialista de la nación.
8. Era para "buscar la solución de problemas y la
formación para la nueva ciudadanía, para la
participación protagónica y la democracia
profunda".
No se ha definido en ningún instrumento que
es la “nueva ciudadanía” y la “democracia
profunda”, es lógico suponer que responden a
las orientaciones ideológicas y políticas del
gobierno del momento; con la característica
imposición y pretendido control político que
ello supone.
9. Genera una distorsión de la gestión escolar,
con la incorporación de nuevos actores no
vinculados de forma directa a la escuela, así
como el “igualitarismo “ en la toma de
decisiones escolares, que particularmente
llama la atención en la administración de la
institución y las acciones pedagógicas,
didácticas y académicas.
10. Estas funciones han sido responsabilidad del
personal profesional, especializado, formado y
encargado para ello: directivos y docentes.
Bajo la supervisión del Ministerio de Educación
y las políticas públicas en la materia del Estado
Venezolano.
¿Dónde queda la autoridad de maestros y
directivos de la escuela? (Ya debilitada como
están la mayoría de las instituciones del
Estado).
11. La crítica ha sido pública y notoria: grupos de
ciudadanos, partidos políticos, investigadores,
gremios docentes, asociaciones de educación
privada, comunidad académica, autoridades
universitarias, asociaciones de padres.
No ha hay enmiendas, correcciones, ni
atención a reclamos o sugerencias.
Se ha rechazado o descartado cualquier
cuestionamiento jurídico por tribunales,
incluyendo elTSJ.
12. Hoy nada queda fuera del contexto político de
incertidumbre, desconfianza y falta de
acuerdos nacionales para la conducción del
país; y mucho menos la decisión en torno al
diseño, planificación y aplicación del sistema
educativo que queremos como nación, como
Estado Nacional.
Al no haber acuerdo en torno al país que
queremos, no puede haber propuestas en torno
al sistema educativo que necesitamos.
14. Educar ¿Para qué?Y valdría la pena
preguntarse dónde vamos a realizar el
esfuerzo mayor:
¿Socialismo? ¿Democracia?
¿Autoritarismo? ¿Derechos humanos?
Conocer el marco jurídico vigente: Leer y
conocer la Constitución Nacional,
especialmente los artículos 102, 103 y 104.
15. Leer en su totalidad la Ley
Orgánica de Educación, donde
encontrará que se mantienen
avances democráticos, y donde
también hay pretensiones de
introducir criterios con
intenciones políticas partidistas.
16. Revisar, conocer y hacer valer los
derechos y deberes de los docentes
establecidos en el Reglamento del
Ejercicio de la Profesión Docente (2000) y
las Contrataciones Colectivas del
magisterio venezolano.
El gobierno irrespeta la carrera docente y
no siempre cumple con los compromisos
laborales del educador.
17. Formar, y no solo enseñar, al estudiante
para la convivencia democrática.
Además de favorecer el aprendizaje
ciudadano para el trabajo y su desarrollo
personal. Nunca para proyectos políticos
partidistas, grupos de poder o personas
en particular.
18. El educador no debe realizar política
partidista en las instituciones
educativas.
Debe cumplir su papel de guía,
orientador, facilitador y formador pero
apegado al principio democrático de
aceptación de distintas corrientes del
pensamiento universal, siempre que no
inciten al odio, discriminación o la
intolerancia.
19. No debemos aupar, apoyar o aceptar en las
instituciones escolares autoritarismos ni
represiones.
Las ideas de Simón Bolívar o Simón
Rodríguez siempre impulsaron el valor de
ciudadanos libres, no de sumisión a las
autoridades.
En la escuela y el liceo se implementan
proyectos de aprendizaje y proyectos
pedagógicos, no control político para los
docentes o estudiantes.
20. Impulsar y apoyar la evaluación de
credenciales y capacidades para la
incorporación de nuevos docentes y los
concursos de ascensos para elección de
directivos, donde prevalezcan los méritos y
experiencia, y no aspectos de ninguna otra
índole.
Mucho menos compromisos partidistas o de
grupos particulares.
21. El educador debe retomar su liderazgo social,
especialmente en el plantel y la comunidad.
Su papel en la escuela es de asumir las
responsabilidades de la conducción
pedagógica , curricular y académica. No debe
permitir que personas no preparadas par ello
intenten imponer criterios partidistas o
grupales.
Debe estar presente en los espacios
decisorios que se convoquen en la escuela, y
hacer valer su voz y criterios educativos
democráticos
22. “La educación es un derecho humano y un
deber social fundamental, es democrática,
gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá
como función indeclinable y de máximo
interés en todos sus niveles y modalidades,
y como instrumento del conocimiento
científico, humanístico y tecnológico al
servicio de la sociedad. La educación es un
servicio público y está fundamentada en el
respeto a todas las corrientes del
pensamiento…” art. 102 Constitución Nacional
23. Referencias para ampliar el tema
Carvajal, Leonardo (2009) Manual del Docente
Democrático. Universidad Católica Andrés Bello.
Disponible en
http://w2.ucab.edu.ve/tl_files/CIFH/archivos%20pdf/
noticias/Manual_del_Docente-
Red_de_educadores_%281%29.pdf
Observatorio Educativo deVenezuela. Disponible en
https://observatorioeducativo.wordpress.com/
Sindicato de losTrabajadores de la Educación del
Estado Mérida SINDITEM FENATEV. Disponible en
http://sinditem.wordpress.com/