Yo, JESUS EVELIS CALDERA MEDINA, titular de la cedula de identidad Nº V-
19.640.106, venezolano mayor de edad, domiciliado en esta Ciudad de Barquisimeto
del Estado Lara y hábil, DECLARO: Que por la cantidad de QUINIENTOS
SETENTA MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 570.000.000) que a mi entera
satisfacción tengo recibida, doy en venta, pura y simple, perfecta e irrevocable, a la
ciudadana KATYUSKA THAIRY OROPEZA OJEDA, mayor de edad, titular de la
cedula de identidad Nº V- 18.653. 901, venezolana, soltera, de este mismo domicilio
y también hábil, un Inmueble de mi exclusiva propiedad, consistente en un
Apartamento que es parte del Edificio “E” de la Segunda Etapa del Conjunto
Residencial Parque Las Amapolas, construido sobre la Parcela A-C, Urbanización
Parque real, situado en jurisdicción del Municipio Iribarren, Parroquia divina
pastora, Estado Lara. Dicho Apartamento esta señalado con el Nº 46-67, esta
ubicado en la Planta Tipo 4 del Edificio E, cuya área es de setenta y tres metros
cuadrados con ochenta y cuatro centímetros cuadraos, (73,84 Mts ), consta de un (1)
recibo comedor, tres (3) dormitorios, dos (2) baños, una (1) cocina-oficios y tres (3)
espacios para closets; le corresponde un puesto de estacionamiento señalado con el
mismo numero del Apartamento; esta alinderado así: SUROESTE: Con fachada
principal del Edificio, con vista a la plaza central de esta Segunda Etapa del
Conjunto: NOROESTE: Con fachada lateral derecha del Edificio: NORESTE: Con
muro que lo separa del Apartamento Nº 43-A, SURESTE: Con hall del Séptimo Piso
del Edificio; y le corresponde un porcentaje de condominio de Uno punto setenta y
cinco milésimas por ciento (1.075%) ; cuyas demás características se encuentras
especificadas en los Documentos de Condominio General al Conjunto Residencial
Parque Las Amapolas y Particular a la Segunda Etapa del Conjunto y Aclaratoria al
Primero, los cuales la Compradora declara conocer y se encuentran registrados en la
Oficina Subalterna de Registro Púbico del Distrito Libertador, Estado Lara, en fecha
20 de Abril de 1.985, bajo el Nº 21, Tomo 4, Protocolo 8º , Trimestre 1º, el 21 de
Noviembre de 1.985, bajo el Nº 41, Tomo 16, Protocolo 1º, Trimestre 4º del citado
año, y Aclaratoria al Primero registrado en la Oficina de Registro en fecha 17 de
Junio de 1.985, bajo Nº 9, Tomo 20, Protocolo 1º, Trimestre 2º del citado año. Esta
venta se hace bajo el Régimen de Propiedad Horizontal, a cuyas normas debe
someterse la Compradora. Hubo la propiedad de este Inmueble por compra que de
él hicimos conforme a documento registrado en la Oficina Subalterna de Registro
Publico del Distrito Libertador del Estado Lara, en fecha 20 de marzo del 2016, bajo
el Nº 21, Folio Ciento Cuarenta y Ocho (148) al Folio Ciento Cincuenta y Tres (153)
Protocolo 1º, Tomo Vigésimo Segundo, Trimestre 4º del citado año. Con el
otorgante de este documento, trasmito a la Compradora la plena propiedad,
posesión, y dominio del Inmueble vendido, libre de todo gravámen, con los usos,
costumbres y servidumbres que por la Ley o Titulo anteriores le correspondan,
obligándome al saneamiento legal. Y yo, KATYUSKA THAIRY OROPEZA
OJEDA, ya identificada, acepto la venta que mediante este documento se me hace,
en los términos aquí establecidos y me comprometo a cumplir con todas y cada una
de las disposiciones contenidas en los documentos de Condominio antes citados, los
cuales declaro conocer. En fé de lo cual, así lo decidimos, otorgamos y firmamos
ante el ciudadano Registrador Subalterno y testigos, hoy en fecha de su
protocolización.