2. Es todo acto de fuerza que cause daño, dolor o
sufrimiento físico en las personas agredidas,
cualquiera sea el medio empleado y sus
consecuencias”. Dicho acto tiene la intencionalidad
de lastimar u ocasionar dolor, daño o sufrimiento
físico a quien se agrede.
VIOLENCIA FÍSICA
3. Es aquella donde se ejerce “perjuicio en la salud
mental por actos de perturbación, amenaza,
manipulación, chantaje, humillación, aislamiento,
vigilancia, hostigamiento o control de creencias,
decisiones o acciones” (COIP, 2013).
VIOLENCIA PSICOLÓGICA
4. La violencia psicológica incluye el maltrato verbal (insultos,
gritos, apodos, burlas, comentarios peyorativos o
discriminatorios, groserías, sarcasmos, etiquetamientos) y el
maltrato emocional (manipulación, humillación, amenazas,
difusión de rumores, culpar, ofender). En muchos casos, es
difícil detectar si otras formas o tipos de violencia se han
ejercido, ya que no siempre presenta evidencias físicas y
visibles.
VIOLENCIA PSICOLÓGICA
5. La Organización Mundial de la Salud (OMS) define la
violencia sexual como “todo acto sexual, la tentativa de
consumar un acto sexual, los comentarios o
insinuaciones sexuales no deseados, o las acciones
para comercializar o utilizar de cualquier otro modo la
sexualidad de una persona mediante coacción por otra
persona, independientemente de la relación de esta
con la víctima, en cualquier ámbito, incluidos el hogar y
el lugar de trabajo”.
VIOLENCIA SEXUAL
8. CASO 1
“Desde inicios del año lectivo 2017-2018 ha comenzado a
molestarle, primero ha sabido decirle que estaba bonita, en un
programa mi hija fue con un vestido y el licenciado le ha dicho
“que tal te verías sin ese vestido”, en una ocasión con otros
compañeros han solicitado al profesor que les envié un trabajo
pero ha dicho que mi hija se quede sola en la tarde. El día jueves
25 de enero del 2018 a 09h00 mi hija ha llegado a la Plaza
Grande donde tenían una presentación de teatro y ha saludo con
un compañero con un beso en la mejilla y el licenciado le ha
dicho que porque a él también no le saluda así, mi hija no le ha
hecho caso y el licenciado le ha dicho “si no te portas así de linda
conmigo, vas a bajar en notas”
9. CASO 2
“El profesor les llama a las dos estudiantes y les dice que quiere
tomarles unas fotos porque se va a ir a España y quiere un
recuerdo, las estudiantes aceptan pero el profesor les dice que
no con calentador sino cuando vengan con falda, (…) las
estudiantes vienen con falda, el profesor las busca y les dice que
ya para tomarles las fotos, las estudiantes le dicen que bueno
pero con el grupo, a lo que el profesor responde que no que solo
quiere con ellas por que ellas son lindas, que vamos a la terraza,
ahí les tomo las fotos porque esas faldas están muy bajitas hay
que tomarse más sexis.”
10. El ……., docente de …….., ha proyectado
una imagen de un hombre en dibujo
bailando en un tubo en donde se saca la
ropa hasta quedar desnudo y al final en un
corazón digita el nombre de un estudiante
pregunta el docente el nombre del
estudiante más vago del paralelo y pone un
corazón eso mira el niño y llora
CASO 3
11. La docente solicita a los estudiantes que los copiados
de su asignatura durante la clase se los copie en un
cuaderno de “borrador” y que posteriormente dichos
copiados se los transcriba a otro cuaderno “limpio”
Una de sus estudiantes olvidó llevar al aula de clase el
cuaderno “borrador” por lo que para evitar quedarse
sin los copiados, en esa única clase, copió en el
cuaderno “limpio”.
La docente se percató e inmediatamente procedió a
arrancar la hoja del cuaderno de la referida estudiante
CASO 4
12. Durante el desarrollo de una de las clases, el docente
realiza preguntas a los estudiantes, quienes
responden de diferente manera, unos correcta y otros
incorrectamente a estos últimos el docente les dice
que si no estudian mejor buscarás qué hacer anda
trabaja y ayuda a tus padres.; ante lo cual una
estudiante sonríe. La reacción del docente es
manifestarle “te ríes como tonta”
CASO 5
13. La Lic. realizó una evaluación el día martes
de esta semana, en donde su hija saco una
calificación de 8, en ese momento la
docente ha manifestado que no se merece
esa calificación y que le va a tomar otra
evaluación delante de todos sus
compañeros
CASO 6
14. CASO 7
Eres una vaga no sirves para nada tu
mamá viene bien arreglada y tu nada
15. CASO 8
“según manifestaron de manera verbal y escrita
los padres del menor presuntamente maltratado,
nunca se dieron cuenta y a través del Centro
Psicológico “REEDUCAR” que aplica un test
proyectivo en el cual comenta de manera verbal
el niño que se le castiga, se le pega y es jalado
de la oreja.”
16. CASO 9
“La otra vez al niño (…) la docente le preguntó trajiste la tarea,
y el niño contestó que no, como que le había levantado la voz,
pero no le alzó la voz duro y de ahí la licenciada le dijo ven acá
y pídeme perdón de rodillas” el niño hizo lo que la profesora le
pidió, y como dijo bajito la docente le pide que diga más fuerte
y de ahí ya le mandó a sentar. - La niña dice: “hoy día la
licenciada le mandó una nota a (…), porque estaba cerrando
una puerta de la tarde pero no se estaba cogiendo nada y la
señorita le dijo la próxima que vuelvas a topar eso te doy en las
manos no importa así chilles hasta que aprendas a no coger
las cosas ajenas”.
17. CASO 10
(…) a la primera hora de clases de la asignatura de Cultura Física, los
estudiantes del 3° BGU “A” nos concentraron en la cancha de básquet,
varios compañeros estábamos con el calentador del uniforme, por lo que se
enojó la profesora, y ordenó que nos acostáramos en el césped de la cancha
de futbol y nos arrastráramos hasta la mitad de la misma, me acosté en
césped y al sentir la humedad y el frio me levanté y le manifesté a la
profesora que por el dolor que sentía en las articulaciones no podía realizar
la actividad dispuesta y le dije “si no me cree llame a mi madre”, la maestra
me contesto “no me importa haz lo que te digo, tu eres la que agredió a
una chica el día de ayer y encima te haces la víctima”; le pedí que me
explique a que se refiere de lo sucedido el día de ayer sin darme
contestación, luego la maestra buscó su mochila de donde sacó una
botella con agua y me lanzo a la cara y parte superior del cuerpo
empapándome; luego salí de la cancha llorando y la profesora me dijo
“quien te dio permiso” ignoré su orden y me dirigí al teléfono público para
llamar a m representante
18. CASO 11
“El Inspector le ha venido regalando una cola,
en otra ocasión unos chifles, un día estando
tras de la inspección por la ventada el
licenciado le ha dicho que es bonita lo que le
hecho sentir mal a mi hija”
19. CASO 12
“La profesora le ha tomado fuertemente del
brazo y le ha causado daño ancándole las
uñas en el brazo de mi hijo, mi hijo no me
contó yo le ví porque al salir del baño se
notaban las huellas de la agresión de la que h
sido objeto mi hijo”
20. CASO 13
“El profesor se acerca a mi hija y le dice que
quiere ser novio, luego en clase frente a todos
los estudiantes dice que juguemos a que él
licenciado es el papá y mi hija es la mamá y
que todos los demás niños son sus hijos, lo
que le ha hecho sentir mal a mi hija, desde ese
día no quiere ir a la escuela porque dice que
no quiere ser novia y que no quiere tener hijos”
21. CASO 14
“La niña refiere que la profesora le ha dicho
que le va a pegar, pero la docente manifiesta
que hay un mal entendido que nunca fue la
atención agredirle que la niña estuvo inquieta y
que le dijo que por favor se siente porque sino
le va a pegar con la goma en el asiento”
22. CASO 15
“El licenciado …….. Se me acercó y me dijo
majita linda eres bonita mi amor no digas esas
palabras a mí no me gusta que me diga así si
yo hago algo solo que me rete y no me esté
diciendo nada más ni que mi amor ni bonita a
mi no me gusta”
23. CASO 16
“El Docente de la asignatura de Educción
Física ………. Ha enviado un mensaje de
WhatsApp que dice: señorita ………. Tiene
05 en el parcial, mándeme una foto sin ropa
para pasarle con 7 de lo contrario se queda
a supletorio”
24. Bueno yo me voy
el que no entrega tiene cero
Siéntate bien
pareces abuela
Apuren
yo no soy desocupada
para esperarles tanto
les voy a poner un
examen cargado
pero sin r
Si sigue así conmigo no va
a pasar el año
No se cómo
pasaron el año
Ya deja de ser vago
hijo dedícate vas a
perder el año
Generación de porquería”Un ratito un ratito
yo no tengo cuatro manos
25. “1. Los Estados Partes adoptarán todas las medidas
legislativas, administrativas, sociales y educativas
apropiadas para proteger al niño contra toda forma de
perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato
negligente, malos tratos o explotación, incluido el
abuso sexual (…).”
CONVENCIÓN SOBRE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
Art. 19
26. Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas
(…) 3. El derecho a la integridad personal, que
incluye:
a) La integridad física, psíquica, moral y sexual.
b) b) Una vida libre de violencia en el ámbito
público y privado. El Estado adoptará las
medidas necesarias para prevenir, eliminar y
sancionar toda forma de violencia, en especial
la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y
adolescentes,.(…)
CONSTITUCIÓN
27. “Art. 233.- Ninguna servidora ni servidor público
estará exento de responsabilidades por los actos
realizados en el ejercicio de sus funciones, o por
sus omisiones, y serán responsables
administrativa, civil y penalmente (…)”
CONSTITUCIÓN
28. “Art. 347.- Será responsabilidad del Estado: (…)6.
Erradicar todas las formas de violencia en el
sistema educativo y velar por la integridad física,
psicológica y sexual de las estudiantes y los
estudiantes. (…)”
CONSTITUCIÓN
29. “Art. 19.- Sanciones por violación de derechos.-
Las violaciones a los derechos de los niños, niñas
y adolescentes serán sancionadas en la forma
prescrita en este Código y más leyes, sin perjuicio
de la reparación que corresponda como
consecuencia de la responsabilidad civil.”
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
30. CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 14
“Aplicación e interpretación más favorable al niño,
niña y adolescente.- Ninguna autoridad judicial o
administrativa podrá invocar falta o insuficiencia de
norma o procedimiento expreso para justificar la
violación o desconocimiento de los derechos de los
niños, niñas y adolescentes. Las normas del
ordenamiento jurídico, las cláusulas y estipulaciones
de los actos y contratos en que intervengan niños,
niñas o adolescentes, o que se refieran a ellos,
deben interpretarse de acuerdo al principio del
interés superior del niño”
31. CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 17
“Deber jurídico de denunciar.- Toda persona, incluidas las
autoridades judiciales y administrativas, que por cualquier
medio tenga conocimiento de ¡a violación de un derecho del
niño, niña o adolescente, está obligada a denunciarla ante la
autoridad competente, en un plazo máximo de cuarenta y
ocho horas. ”
32. “Art. 40.- Medidas disciplinarias.- La práctica
docente y la disciplina en los planteles educativos
respetarán los derechos y garantías de los niños,
niñas y adolescentes; excluirán toda forma de
abuso, maltrato y desvalorización, por tanto,
cualquier forma de castigo cruel, inhumano y
degradante.”
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
33. CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 50
“Derecho a la integridad personal.- Los
niños, niñas y adolescentes tienen
derecho a que se respete su integridad
personal, física, psicológica, cultural,
afectiva y sexual. No podrán ser sometidos
a torturas, tratos crueles y degradantes”
34. CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 51
b) Su dignidad, autoestima, honra, reputación e imag
en propia Deberá proporcionárseles relaciones de ca
lidez y buen trato fundamentadas en el reconocimien
to de su dignidad y el respeto a las diferencia
35. CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 67
El maltrato es institucional cuando lo comete un servidor
de una institución pública o privada, como resultado de la
aplicación de reglamentos, prácticas administrativas o
pedagógicas aceptadas expresa o tácitamente por la
institución; y cuando sus autoridades lo han conocido y
no han adoptado las medidas para prevenirlo, hacerlo
cesar, remediarlo y sancionarlo de manera inmediata
36. CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Art. 72
El maltrato es institucional cuando lo comete un servidor
de una institución pública o privada, como resultado de la
aplicación de reglamentos, prácticas administrativas o
pedagógicas aceptadas expresa o tácitamente por la
institución; y cuando sus autoridades lo han conocido y
no han adoptado las medidas para prevenirlo, hacerlo
cesar, remediarlo y sancionarlo de manera inmediata
37. “Art. 76.- Prácticas culturales de maltrato.- No se admitirá
como justificación de las prácticas a las que se refiere este
capítulo, ni de atenuación para efecto de establecer las
responsabilidades consiguientes, la alegación de que
constituyen métodos formativos o que son prácticas
culturales tradicionales”
CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
38. “Art. 3.- Fines de la educación.- Son fines de la educación:
(…) m. La protección y el apoyo a las y los estudiantes en
casos de violencia, maltrato, explotación sexual y de
cualquier tipo de abuso; el fomento de sus capacidades,
derechos y mecanismos de denuncia y exigibilidad; el
combate contra la negligencia que permita o provoque tales
situaciones; (…)”
LOEI
39. “Art. 6.- Obligaciones.- La principal obligación del Estado es
el cumplimiento pleno, permanente y progresivo de los
derechos y garantías constitucionales en materia educativa,
y de los principios y fines establecidos en esta Ley. El Estado
tiene las siguientes obligaciones adicionales: (…) h.
Erradicar todas las formas de violencia en el sistema
educativo y velar por la integridad física, psicológica y sexual
de los integrantes de las instituciones educativas, con
particular énfasis en las y los estudiantes; (…)”
LOEI
40. “Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los
siguientes derechos: (…)
c. Ser tratado con justicia, dignidad, sin discriminación, con
respeto a su diversidad individual, cultural, sexual y
lingüística, a sus convicciones ideológicas, políticas y
religiosas, y a sus derechos y libertades fundamentales
garantizados en la Constitución de la República, tratados e
instrumentos internacionales vigentes y la Ley;
LOEI
ESTUDIANTES
41. “Art. 7.- Derechos.- Las y los estudiantes tienen los
siguientes derechos: (…);
i. Ser protegidos contra todo tipo de violencia en las
instituciones educativas, así como a denunciar ante las
autoridades e instituciones competentes cualquier violación a
sus derechos fundamentales o garantías constitucionales,
cualquier acción u omisión que atente contra la dignidad e
integridad física, sicológica o sexual de la persona; a ejercer
su derecho a la protección; (…)”
LOEI
ESTUDIANTES
42. “Art. 11.- Obligaciones.- Las y los docentes tienen las
siguientes obligaciones:
a) Cumplir con las disposiciones de la Constitución de la
República, la Ley y sus reglamentos inherentes a la
educación; a. Cumplir con las disposiciones de la
Constitución de la República, la Ley y sus reglamentos
inherentes a la educación;
LOEI
DOCENTES
43. “Art. 11.- Obligaciones.- Las y los docentes tienen las
siguientes obligaciones:
l. Promover en los espacios educativos una cultura de
respeto a la diversidad y de erradicación de concepciones y
prácticas de las distintas manifestaciones de discriminación
así como de violencia contra cualquiera de los actores de la
comunidad educativa, preservando además el interés de
quienes aprenden sin anteponer sus intereses particulares;
(…)”
LOEI
DOCENTES
44. “Art. 11.- Obligaciones.- Las y los docentes tienen las
siguientes obligaciones: (…)
s. Respetar y proteger la integridad física, psicológica y
sexual de las y los estudiantes, y denunciar cualquier
afectación ante las autoridades judiciales y administrativas
competentes. (…)”
LOEI
DOCENTES
45. h. Permitir o incentivar el uso de medios, cualquiera que
estos sean, que pudieran convertirse en acciones
atentatorias contra la dignidad de las niñas, niños y
adolescentes; (…)
LOEI
PROHIBICIONES
m. Incentivar, promover o provocar, por cualquier vía, la
discriminación contra las personas, el racismo, la xenofobia,
el sexismo y cualquier forma de agresión o violencia dentro
de los establecimientos educativos. Ningún motivo justificará
estas acciones;
46. n. Incentivar, promover o provocar por cualquier vía dentro
de los establecimientos educativos acciones que atenten
contra la dignidad de la persona; (…)
LOEI
PROHIBICIONES
u. Vulnerar los derechos humanos de los educandos
previstos en la Constitución de la República, en esta Ley, en
el Código de la Niñez y la Adolescencia y en los acuerdos y
tratados internacionales de derechos de las niñas, niños y
adolescentes; (...);”
47. aa. Cometer infracciones de acoso, abuso, violencia sexual u
otros delitos sexuales; (...)”
LOEI
PROHINICIONES
48.
49.
50.
51.
52. ACUERDO Nro. MINEDUC-2017-00052-A
"Artículo 4.- Infracciones de tipo sexual.- Se entenderá como
infracciones de violencia sexual a todas aquellas tipificadas en
forma expresa en los artículo 92, 100 y del 166 al 175 del
Código Orgánico Integral Penal (COIP), así como las definidas
en el artículo 354 del Reglamento General a la Ley Orgánica de
Educación Intercultural; y, en el Código de la Niñez y
Adolescencia. Aspectos que serán tomados en cuenta para los
denuncias y actuaciones tanto judiciales como administrativas.”
ACUERDO Nro. MINEDUC-MINEDUC-2018-00015-A
53. Artículo 7
DENUNCIAANTE LA FISCALÍA
Quién? La máxima autoridad
Cuándo? Inmediatamente de conocido el hecho
Por qué? Artículos 277 y 422 del COIP
Qué documento puede acompañar? Informe del DECE.
A quién más comunica? Al Distrito
ACUERDO Nro. MINEDUC-2017-00052-A
54. Toda autoridad o directivo de un establecimiento
educativo, docente o personal administrativo,
estudiante o cualquier otra persona que tuviere
conocimiento de algún acto de acoso u
hostigamiento sexual en perjuicio de uno o más
estudiantes, tendrá la obligación de denunciar al
presunto hostigador ante la Junta Distrital de
Resolución de Conflictos. El incumplimiento de
esta disposición debe ser
considerada como falta grave y debe sujetarse a
las sanciones previstas en el presente reglamento
ART. 355
DEBER DE DENUNCIAR.
55. Artículo 422 No. 3
DEBER DE DENUNCIAR
OBLIGADOS POR EXPRESO MANDATO DE LA LEY
Las o los directores, educadores u otras
personas responsables de instituciones
educativas, por presuntos delitos cometidos
en dichos centros.
CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
56. CÓDIGO ORGÁNICO INTEGRAL PENAL
ARTÍCULO 277
OMISIÓN DE DENUNCIA
La persona que en calidad de servidora o
servidor público y en función de su cargo,
conozca de algún hecho que pueda configurar
una infracción y no lo ponga inmediatamente
en conocimiento de la autoridad, será
sancionada con pena privativa de libertad de
quince a treinta días.
57. REVICTIMIZACIÓN
ART. 13
Las autoridades de los establecimientos
educativos, así como del Ministerio de
Educación, que conociere de la presunta
infracción de tipo sexual, obligatoriamente
deberán evitar la revictimización de los
menores involucrados. Se entenderá por
revictimización cualquier acción que
reproduzca el hecho de la violencia sexual de
la que el agraviado haya sido víctima
ACUERDO Nro. MINEDUC-2017-00052-A
58. ACOSO SEXUAL
ARTÍCULO 166
La persona que solicite algún acto de
naturaleza sexual, para sí o para un tercero,
prevaliéndose de situación de autoridad
laboral, docente, religiosa o similar, sea tutora
o tutor, curadora o curador, ministros de culto,
profesional de la educación
COIP
59. Para efectos de la sanción disciplinaria, se
entiende por acoso u hostigamiento sexual en
el ámbito educativo, sin perjuicio de lo
determinado en el Código Penal y en el
Código de la Niñez y Adolescencia, toda
conducta con un contenido sexual que se
realizare aislada o reiteradamente, escrita o
verbal, gestual o física.
REGLAMENTO GENERAL A LA LOEI
Acoso sexual
Art. 354
60. SE CONSIDERAN LAS SIGUIENTES
CONDUCTAS O MANIFESTACIONES:
1. Requerimiento de favores sexuales que
implicaren el ofrecimiento, por parte de un
docente, directivo o administrativo, dirigido a
mejorar la condición académica de un estudiante
a cambio de cualquier favor de carácter sexual;
2. Amenazas implícitas o expresas, físicas o
morales, de daños y castigos, referidas a la
situación actual o futura del estudiante, que se
pudieren evitar si se concedieren favores de
carácter sexual;
61. 3. Utilización de palabras escritas u orales de
naturaleza o connotación sexual, dirigidas a
uno o más estudiantes de manera específica o
individual;
4. Mostrar imágenes con contenido sexual,
constantes en fotos, películas, revistas u otros
medios que se alejen del propósito educativo;
5. Mostrar imágenes pornográficas, constantes en
fotos, películas, revistas u otros medios;
SE CONSIDERAN LAS SIGUIENTES
CONDUCTAS O MANIFESTACIONES:
62. 6. Realización de gestos, ademanes o
cualquier otra conducta no verbal de
naturaleza o connotación sexual; y,
7. Acercamientos corporales y otros
contactos físicos de naturaleza o
connotación sexual.
SE CONSIDERAN LAS SIGUIENTES
CONDUCTAS O MANIFESTACIONES: