1. procedimiento especial en los juicios contra el Presidente de la República
Es un procedimiento especial en los juicios contra el presidente de la república,
según lo establecido en el artículo 379 una vez que se pretenda enjuiciar al
presidente o altos funcionarios del estado para el antejuicio de mérito el tribunal
supremo de justicia realizara una audienciaoral y publica en un periodo de 30 días
siguientes paraque el imputado de respuesta de la querella,posteriormente una vez
iniciada la audiencia el fiscal general de la republica la querella explicara
seguidamente en 5 días se dará respuesta si hay ,merito.
La suspensión e inhabilitación de los funcionarios públicos
. En el lapso que dure el proceso para los juicios de estos altos funcionarios
del estado quedaran suspendidos he inhabilitados de los cargos que ocupan
Órgano jurisdiccional competente para conocer del ante juicio de mérito para el
enjuiciamiento del Presidente de la República y altos funcionarios del Estado.
El órgano jurisdiccional paraconocer ante juiciode méritopara el enjuiciamientodel Presidente
de la República y altos funcionarios del Estado. Es el Tribunal supremo de justicia con previa
autorización de la asamblea nacional
Funcionario competente para presentar querella contra esos altos funcionarios
El funcionario competente para presentar querella es el fiscal general de la republica ante el
tribunal supremo de justicia
Funcionario competente para presentar querella contra esos altos funcionarios
El funcionario competente para presentar querella es el fiscal general de la republica ante el
tribunal supremo de justicia
Técnicas de interpretación de la doctrina y los criterios jurisprudencia
sala constitucional sentencia numero 1330 20 de junio del 2002 Magistrado ponente Jesús Eduardo Romero utiliza
como técnica de interpretación ante este procedimiento el articulo 26 de la constitución que expresa que todos
persona tiene derecho a todos los órganos de administración de justicia.
2. Glosario de palabras Querellas: es la denuncia. Acción penal. La ejerce el estado a
través del Ministerio público. Delito: es una acción u omisión típicamente antijurídica,
imputable, culpable y punible
El procedimiento en los delitos de acción dependiente de instancia de parte agraviada Este
procedimiento. . Se refiere a que la víctima debe presentar la acusación ante el tribunal
competente, de lo contrario se declarara desistido el procedimiento, ya que esta accion es a
instancia de parte, es decir la victima.
Auxilio judicial. Es cuando la victima pretende constituirse en acusador privado solicita al juez de
control, que ordene la práctica de una investigación preliminar para recabar elementos de
convicción
Legitimación. Le corresponde solo a la persona natural o jurídica que la calidad de victima podrá
presentar querella.
Legitimación. Le corresponde solo a la persona natural o jurídica que la calidad de victima podrá
presentar querella.