1. República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Barquisimeto_Septiembre.2014
2. Instituciones Generales No Incluidas en la Ley de Derecho Internacional Privado
Puede darse cuando se le da competencia al propio ordenamiento jurídico remitente
El reenvío ha sido clasificado de
El
Reenvió
En todos los sistemas jurídicos hay reglas de conflicto que dan lugar necesariamente a la aplicación de Leyes extranjeras, estos son conflictos de competencias positivas, en el sentido de que un factor de conexión incluido en una norma de nuestro derecho material le da competencia a un ordenamiento jurídico extranjero y este se declara competente
El cual constituye una limitación a la aplicación de la Ley extranjera porque muchos sistemas legislativos lo rechazan expresamente, y otros lo aceptan limitadamente
Primer Grado
Cuandounordenamientojurídicoincompetentedacompetenciaaotroordenamientojurídicoextranjero,yéste, igualmenteincompetente,lodevuelveporsuregladeconexiónalquehizolaremisión
Segundo Grado
Cuandounordenamientojurídicoledacompetenciaaunalegislaciónextranjerayestaúltima,declaradaincompetente,loremitealalegislacióndeuntercerEstado
Tercer Grado
Cuandoseledacompetenciaaunacuartalegislaciónyasísucesivamente.