1. 1
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
SISTEMA DE EDUCACION A DISTANCIA (SEDUBA)
CENTRO REGIONAL DE APOYO TECNOLÓGICO
CARRERA: DERECHO
ASIGNATURA: ARBITRAJE COMERCIAL
LA CESACIÓN DEL TRIBUNAL ARBITRAL
Y EL RECURSO DE NULIDAD
FACILITADOR:
JOSE MALO
CHARALLAVE, DICIEMBRE 2019
PARTICIPANTE:
MARIANA SALAZAR
2. 2
ARBITRAJE COMERCIAL
El contenido y fundamento del arbitraje comercial se relaciona con
un conjunto de instituciones que pueden servir para justificar su
naturaleza, su existencia, su fundamentación partiendo del conjunto de
componentes integradores que justifican desde las ciencias jurídicas la
existencia de esta institución de trascendencia.
3. 3
ARBITRAJE COMERCIAL
Los mecanismos comentados, el arbitraje es el medio que ha
dado lugar a un mayor número de corrientes en torno a su
naturaleza jurídica. Su estudio ha transcurrido desde el extremo de
considerarlo un proceso de carácter jurisdiccional debido a la
similitud que existe entre la actividad del árbitro y la del juez, hasta
el extremo opuesto de calificarlo como un contrato.
5. Es decir
Por tanto, en materia arbitral, la voluntad de las partes
tienen especial relevancia debido a que:
El principio de la Autonomía de la Voluntad de las
partes implica sometimiento a lo acordado como si se
tratase de la ley misma.
Las partes pueden modificar parcialmente el
procedimiento o complementarlo.
6. Por tanto:
No deben lesionarse los principios de libertad,
flexibilidad, privacidad, idoneidad, celeridad,
igualdad, audiencia y contradicción, además de
las materias excluidas de arbitraje
La ley 1770 es supletoria a la voluntad de las
partes.
7. DE LA SUPLETORIEDAD DEL CC Y CPC
El Tribunal Arbitral podrá aplicar
supletoriamente las normas del CC y del CPC
cuando:
i) Las partes
ii) El Reglamento
iii) O el propio tribunal
No hayan previsto un tratamiento específico
(Art. 97).