1. 1. concepto de contrato laboral y/o contrato de trabajo
2. clasificación de los contratos laborales
3. obligaciones y derechos de los trabajadores
4. periodo de prueba de los trabajadores
5. representantes del empleador
6. suspensión del contrato de trabajo
7. sanciones disciplinarias a los trabajadores
RESPUESTAS
1 La definición del contrato laboral la encontramos en el numeral primero del
artículo 22 del código sustantivo del trabajo:
«Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar
un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada
dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración.
2 Existen 6 tipos de contrato laboral para el contexto colombiano,
cada contrato tiene unas características y beneficios diferentes.
Contrato a Término Fijo.
Contrato a término indefinido.
Contrato de Obra o labor.
Contrato civil por prestación de servicios.
Contrato de aprendizaje.
Contrato ocasional de trabajo
3 Obligaciones de los trabajadores: Procurar el cuidado integral de su salud
Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud
Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa
Informar oportunamente al empleador o contratante acerca de los peligros y
riesgos latentes en su sitio de trabajo
Participar en actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo
definido en el plan de capacitación del SG-SST
Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del Sistema Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST
2. Derechos de los trabajadores: Uno de los derechos fundamentales que el
Estado reconoce es la igualdad de las personas; el artículo 10 del Código
Sustantivo del Trabajo señala que "Todos los trabajadores y trabajadoras son
iguales ante la ley
Un trabajo digno. En la Constitución de Colombia especifican que todas las
personas tienen derecho a un trabajo en condiciones justas y dignas que fomenten
el buen desempeño laboral de los trabajadores en un ambiente laboral agradable.
Vacaciones. Según el contrato de trabajo firmado por el empleado, este tendrá
derecho a tomarse un descanso remunerado por cada año de trabajo que servirá
de descanso para luego retomar sus actividades laborales.
Permisos por enfermedad o incapacidad médica. Tomando en cuenta los
acuerdos pautados en el contrato de trabajo, la empresa o el empleador permitirá
que el trabajador se tome unos días de descanso, bien sea por una enfermedad o
un accidente
Prestaciones sociales. Uno de los derechos que por ley le pertenece a los
trabajadores es el pago adicional de prestaciones sociales
Pensión. Según la modalidad de trabajo de la empresa y lo expuesto en el
contrato de trabajo, el empleador debe asegurarse de que las cotizaciones del
trabajador se realicen, de modo que cuando cumpla con la edad reglamentaria en
Colombia, reciba su pensión.
Ajustes de sueldo. Las empresas deben acatar los incrementos obligatorios del
salario mínimo.
Contrato laboral. Existen empresas que realizan un contrato laboral verbal,
mientras que hay otras compañías que hacen contratos laborales escritos
Beneficios para las mujeres embarazadas. La ley colombiana no permite que
las empleadas puedan ser despedidas de su trabajo mientras estén embarazadas,
incluso, durante las primeras 18 semanas después del nacimiento del bebé, Al
respecto, el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo aclara que "Ninguna
trabajadora podrá ser despedida por motivo de embarazo o lactancia sin la
autorización previa del Ministerio del Trabajo que avale a una justa causa".
Además, en el artículo 237 del mismo Código, las embarazadas tienen derecho a
un descanso remunerado durante la lactancia: "el empleador está en la obligación
de conceder a la trabajadora dos descansos, de treinta (30) minutos cada uno,
dentro de la jornada para amamantar a su hijo, sin descuento alguno en el salario
por dicho concepto, durante los primeros seis (6) meses de edad"
4 El período de prueba no puede exceder de dos (2) meses. En los contratos de
trabajo a término fijo cuya duración sea inferior a un (1) año el período de
3. prueba no podrá ser superior a la quinta parte del término inicialmente pactado
para el respectivo contrato, sin que pueda exceder de dos meses.
5 Son representantes del empleador las personas que ejercen funciones de
dirección o administración, como por ejemplo, los directores, gerentes,
administradores y liquidadores.
6 Suspensión del contrato de trabajo por detención preventiva del trabajador. Dice
el numeral 6 del artículo 52 del código sustantivo del trabajo: «Por detención
preventiva del trabajador o por arresto correccional que no exceda de ocho (8)
días por cuya causa no justifique la extinción del contrato.
7 El empleador puede imponer una serie de sanciones disciplinarias al trabajador
según el tipo de falta en que incurra, y las sanciones puede ser de tres tipos:
amonestaciones, multas y suspensión.
La amonestación es un llamado de atención que se hace al trabajador cuando
incurre en una falta, y puede ser un simple llamado de atención verbal, o un
llamado de atención escrita con copia a la hoja de vida.
Las multas que se pueden imponer al trabajador están reguladas por el al
artículo 113 del código sustantivo del trabajo, bajo las siguientes condiciones Sólo
se pueden imponer multa por retrasos o faltar al trabajo.
El monto de la multa que se imponga no puede exceder la quinta parte (20%) de
un día de salario.
Las multas se pueden descontar del salario del trabajador.
El empleador puede descontar del sueldo el tiempo no trabajado que origina la
multa.
El dinero de las multas debe destinarse exclusivamente para regalos y premios a
los trabajadores del establecimiento.
La suspensión del contrato de trabajo es una de las sanciones disciplinarias
que se pueden imponer al trabajador, de acuerdo al artículo 112 del código
sustantivo del trabajo.