Cuadro comparativo el daño, la Culpa y los efectos auxiliares de las obligaci...
Cuadro comparativo¡
1. Universidad Fermín Toro
Vice-Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Autora:
Johanna González C.I. V- 15.884.590
Materia:
Derecho Civil Obligaciones
Docente:
Dra. Daily Colmenarez
2. LA CULPA
-Viola una obligación preexistente.
-Conducta incorrecta del deudor
Causa prejuicio a un interés
jurídicamente tutelado
DERIVA DE: ABARCA
-Incumplimiento culposo del agente
-Incumplimiento definitivo, total o
parcial.
-Cumplimiento tardío de la obligación
-La afección de tipo psíquico, moral,
espiritual o emocional
-Disminución de tipo económico o
patrimonial
Tanto el dolo (intención)
como la culpa propiamente
dicha (negligencia e
imprudencia)
3. El daño debe ser determinado
o determinable
El daño debe ser cierto, actual
El daño debe lesionar un
derecho de la víctima.
El daño no debe haber sido
reparado
Toda persona debe abstenerse
de todo fraude.
Toda persona debe abstenerse
de toda contra personas y cosas
Toda persona debe ejercer la
debida vigilancia sobre personas
o cosas que estén bajo su guarda.
Toda persona debe abstenerse
de actividades para la cual no
tenga la habilidad, pericia o
competencia.
EL DAÑO LA CULPA
4. LA ACCIÓN PAULIANA LA ACCIÓN OBLICUA
Procede contra el tercero que
adquiere derechos a título
gratuito o mediante actos
fraudulentos del deudor
insolvente
Procede en los casos de un
deudor inactivo que es
negligente en el ejercicio de sus
derechos y acciones contra sus
deudores.
Los demás acreedores se
aprovechan y benefician del
ejercicio de la acción, ya que
concurren con el acreedor
demandante en le cobro de sus
créditos
El acreedor actúa en nombre
propio pero ejerce un derecho
propio conferido por el
legislador.
solo se beneficia el acreedor
que la intenta, aprovechándose
él solo del bien recuperado
El acreedor actúa en nombre
propio pero ejerce un derecho
ajeno, el de su deudor
5. LA ACCIÓN PAULIANA LA ACCIÓN OBLICUA
Supone necesariamente del
dolo, es decir, el fraude en que
intervienen el deudor y el
tercero
No requiere necesariamente
el dolo, pues ese no ejercer
los derechos, puede ser
hecho solo culposamente.
Es necesario que el crédito del
acreedor sea anterior en fecha
al acto fraudulento
Es indiferente que el crédito
del acreedor sea anterior o
posterior en fecha al del
deudor.
persigue la disolución o
revocación de actos
fraudulentos efectuados por
el deudor
persigue el ejercicio de los
derechos y acciones de un
deudor inactivo en el
ejercicio de los mismos