- ¿Qué es la mediación?
- Procedimientos
- Designación de mediadores.
- Revisión de reglamentos de mediación/conciliación internacional (CCI, CIADI, ICDR)
- Características del mediador. ¿Imparcialidad? ¿Conocimiento técnico o científico del fondo de la controversia?
- Habilidades negociadoras del mediador.
- El mediador ¿debe ser abogado? ¿Necesidad, conveniencia o inconveniencia?
- Confidencialidad de la mediación
- Ejecución del acuerdo alcanzado por las partes. Mediación independiente vs. Mediación institucional.
- Acuerdo alcanzado antes del arbitraje o de la constitución del Tribunal Arbitral vs. Acuerdo alcanzado una vez iniciado el arbitraje y constituido el tribunal arbitral.
- Conversación del acuerdo a laudo arbitral. Revisión de reglamentos internacionales, y reglamentos locales en Venezuela
Negociación y Mediación como Medios Alternativos de Resolución de Controversias
1. Pedro A. Jedlicka - 28 de Abril de 2022
Negociación y Mediación
como Medios Alternativos de Resolución de Controversias
2. Artículo 91. De la Mediación.
Se entenderá por mediación el
mecanismo por el cual las
partes en conflicto buscan
llegar a un acuerdo bajo la
asesoría de un mediador.
Artículo 1. El Reglamento [de
Mediación] prevé el
nombramiento de un tercero
neutral (el “Mediador”) para
que asista a las partes en la
resolución de su controversia.
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3. CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 258. La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los
jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal,
directa y secreta , conforme a la ley.
La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera
otros medios alternativos para la solución de con ictos.
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5. Mediación Negociación
Asistida
Contribuye a la
Comunicación
efectiva
Acuerdo entre las
partes
Permite explorar
intereses
Ayuda a buscar
criterios objetivos
Las partes disponen
del proceso
Es breve y
económico
Es con
fi
dencial
Contribuye a
preservar o mejorar
las relaciones
Ayuda a producir
soluciones
creativas
Las partes
controlan el
resultado
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8. Procedimiento
Laboral
El mediador será el Juez de
Sustanciación, Mediación y
Ejecución
Mediación
Institucional
Artículo 5.4 Reglamento CEDCA
- Designado por las partes, en la audiencia
de designación del conciliador.
- De no haber acuerdo entre las partes,
designa el Directorio del CEDCA
Artículo 91 Reglamento CACC
- Designa el Comité Ejecutivo, a partir de la
lista de mediadores (salvo acuerdo en
contrario).
- Las postulaciones que hagan las partes
deben someterse a la aprobación del Comité
Ejecutivo
Mediación
Ad Hoc
Las partes de
fi
nen
voluntariamente el procedimiento
de designación
Procedimiento de mediación
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9. Procedimiento
Laboral
El mediador será el Juez de
Sustanciación, Mediación y
Ejecución
Mediación
Institucional
Artículo 5.4 Reglamento CEDCA
- Designado por las partes, en la audiencia
de designación del conciliador.
- De no haber acuerdo entre las partes,
designa el Directorio del CEDCA
Artículo 91 Reglamento CACC
- Designa el Comité Ejecutivo, a partir de la
lista de mediadores (salvo acuerdo en
contrario).
- Las postulaciones que hagan las partes
deben someterse a la aprobación del Comité
Ejecutivo
Mediación
Ad Hoc
Las partes de
fi
nen
voluntariamente el procedimiento
de designación
Procedimiento de mediación
DESIGNACIÓN DE
MEDIADOR
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10. - COMISIÓN DE CONCILIACIÓN
Procedimiento de mediación
DESIGNACIÓN DE
MEDIADOR
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Mediación
Institucional
Las partes determinarán el número de
conciliadores, y los designarán. Podrá
ser un conciliador único o un número
impar de miembros de la comisión.
A falta de acuerdo, aplicará la Regla 2
de las Reglas Procesales Aplicables a
los Procedimientos de Conciliación del
CIADI. Esta regla de
fi
ne el
procedimiento de designación.
Luego de 90 días sin que se
constituya la Comisión, se podrá
solicitar la designación al Consejo
Administrativo del CIADI
11. Mediación
MEDIADOR
¿Imparcialidad?
Artículo 6 Reglamento CEDCA
(Imparcialidad requerida, salvo acuerdo en
contrario)
Artículo 99 Reglamento CACC
(No requerida. Pero el mediador queda
inhabilitado para ser árbitro de la controversia
o apoderado/asesor de alguna de las partes)
¿Conocimiento
técnico o
cientí
fi
co?
Artículo 8 Reglamento CEDCA
(Reconocida competencia del proceso de
conciliación o del derecho)
Artículo 91 Reglamento CACC
(Designación del mediador atendiendo a la
especialidad del con
fl
icto)
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12. ¿Abogado?
Comprensión de
los intereses
(negocio) de las
partes
Capacidad para
analizar el
con
fl
icto y
promover la
negociación y
comunicación
entre las partes
Conocimiento
jurídico para
determinar la
legalidad y
viabilidad del
acuerdo
Mediación MEDIADOR No es necesario
¿Es conveniente?
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15. MEDIADOR
Identi
fi
cación de
intereses (negocio)
de las partes
Lograr un ánimo de cooperación y con anza
Asegurar que las percepciones y puntos de
vista de las partes sean escuchados y
considerados
Ayudar a las partes a desarrollar su
habilidad para comunicarse
Reducer la tensión del con
fl
icto
Imagen tomada de:
https://medium.com/an-idea-for-you/8-ways-
to-improve-your-focus-bf7c691413
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16. MEDIADOR
El con
fl
icto proporciona la información necesaria
Capacidad para
analizar el con
fl
icto
Permite de
fi
nir la estrategia de gestión y el
método para su resolución
Los elementos que permiten resolver el con icto,
están en el con
fl
icto mismo
El mediador debe “leer” el con
fl
icto
Imagen tomada de:
https://emyode.com/en/blog/step-back-analysis/
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17. MEDIADOR
Las relaciones humanas no
se dan en un único plano,
sino en tres:
Capacidad para
analizar el con
fl
icto
INTELIGENCIA VOLUNTAD
EMOCIONES Y
SENTIMIENTOS
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18. MEDIADOR
Capacidad para
analizar el con
fl
icto
INTELIGENCIA VOLUNTAD
EMOCIONES Y
SENTIMIENTOS
ACUERDOS Y
DESACUERDOS
ACTITUD
POSITIVA O
NEGATIVA
TRATO
AMISTOSO U
HOSTIL
Los con
fl
ictos
también se presentan
en tres planos
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19. MEDIADOR
Capacidad para
analizar el con
fl
icto
INTELIGENCIA VOLUNTAD
EMOCIONES Y
SENTIMIENTOS
ACUERDOS Y
DESACUERDOS
ACTITUD
POSITIVA O
NEGATIVA
TRATO
AMISTOSO U
HOSTIL
Los con
fl
ictos
también se presentan
en tres planos
Un mediador efectivo
determina en qué
plano se genera mayor
tensión. A partir de ahí
de
fi
ne estrategias
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21. Promueve la
comunicación
MEDIADOR
Asegurar que las percepciones y puntos de
vista de las partes sean escuchados y
considerados
Ayudar a las partes a desarrollar su
habilidad para comunicarse
Reducer la tensión del con
fl
icto
Imagen tomada de:
https://hr.cornell.edu/professional-
development/performance
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22. Promueve la
comunicación
MEDIADOR
Diálogo en lugar de debate
Escuchar activamente
Cuidar e interpretar el lenguaje:
• Verbal
• Corporal
• Vocal
Separar las personas del
problema
Asegurar que las percepciones y puntos de
vista de las partes sean escuchados y
considerados
Ayudar a las partes a desarrollar su
habilidad para comunicarse
Reducer la tensión del con
fl
icto
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26. Contribuye a
generar soluciones
creativas
MEDIADOR
Objetivo: Lograr un
acuerdo razonable y
justo
Busca múltiples opciones a partir de los intereses
¿Hace sugerencias? / ¿Propone resultados?
Evita cali
fi
caciones
Propone tormentas de ideas
Imagen tomada de:
https://zapier.com/blog/brainstorming/
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28. Criterios Objetivos
Actividad Probatoria
MEDIADOR
Identi
fi
car criterios externos objetivos
que permitan medir la posibilidad de
alcanzar acuerdos
Procurar que las partes utilicen
estándares legítimos para que
nadie se sienta utilizado
Imagen tomada de:
https://www.idlawcenter.com/faqs/evidence-you-
need-when-
fi
ling-your-va-disability-claim.cfm
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29. Criterios Objetivos
Actividad Probatoria
MEDIADOR
Identi
fi
car criterios externos objetivos
que permitan medir la posibilidad de
alcanzar acuerdos
Procurar que las partes utilicen
estándares legítimos para que
nadie se sienta utilizado
Valor de mercado
Costos
Precedentes
Leyes aplicables
Costumbre
Criterio cientí
fi
co
Reciprocidad
Trato equitativo
E
fi
ciencia
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30. Regla 22. Funciones de la Comisión [de Conciliación]
… (3) La Comisión, a
fi
n de obtener información que pueda capacitarla para
desempeñar sus funciones, podrá, en cualquier etapa del procedimiento:
(a) solicitar, de cualquiera de las partes, explicaciones orales, documentos y otra clase
de información;
(b) solicitar pruebas de otras personas; y
(c) con el consentimiento de la parte pertinente, visitar cualquier lugar vinculado con la
diferencia o realizar indaga- ciones en el mismo, siempre que las partes puedan
participar en tales visitas e indagaciones.
* 2006 CIADI - Reglas procesales aplicables a los procedimientos de conciliación (Reglas de conciliación).
Criterios Objetivos
Actividad Probatoria
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31. Mediación
Imagen tomada de:
https://icsid.worldbank.org/services/mediation-conciliation/convention/process/overview
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32. Mediación
La mediación es
con
fi
dencial
Artículo 8.5 Reglamento CEDCA
Todas las actuaciones realizadas durante la conciliación tendrán
carácter con
fi
dencial. En consecuencia, ninguna de las partes
podrá invocar en ningún proceso, ya sea arbitral o judicial, o
ante cualquier otra autoridad, las consideraciones,
declaraciones, admisiones de hechos u ofertas de avenencia,
realizadas
Artículo 99. Reglamento CACC
Tanto los mediadores como las partes que participen en una mediación,
deberán mantener la debida reserva y lo que en ella se ventile, no incidirá en
procesos subsiguientes. El mediador queda inhabilitado para actuar en
cualquier proceso judicial o arbitral relacionado con la desavenencia objeto
de la mediación, ya sea como árbitro, ya sea como apoderado o asesor de
alguna de las partes. Asimismo, las partes se comprometen a no citar al
mediador como testigo en dichos procesos.
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33. Mediación
La mediación es
con
fi
dencial
M-12 - ICDR INTERNATIONAL MEDIATION RULES
… con
fi
dential information disclosed to a mediator by the parties
or by other participants in the course of the mediation shall not
be divulged by the mediator. The mediator shall maintain the
con
fi
dentiality of all information obtained in the mediation,
and all records, reports, or other documents received by a
mediator while serving in that capacity shall be con dential.
The mediator shall not be compelled to divulge such records
or to testify in regard to the mediation in any adversary
proceeding or judicial forum.
The parties shall maintain the con
fi
dentiality of the mediation
and shall not rely on, or introduce as evidence in any arbitral,
judicial, or other proceeding the following, unless agreed to by
the parties or required by applicable law
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34. Mediación
La mediación es
con
fi
dencial
ARTÍCULO 9 - REGLAMENTO DE MEDIACIÓN DE LA CCI
Salvo que sea exigido por el derecho aplicable y en ausencia de un
acuerdo contrario entre las partes, ninguna parte podrá presentar
como elemento de prueba en un proceso judicial, arbitral o
similar:
a) ningún documento, declaración o comunicación presentado
por otra parte o por el Mediador en o para el Procedimiento, salvo
que pueda obtenerse de forma independiente por la parte
interesada en presentarlo en un proceso judicial, arbitral o similar;
b) ninguna opinión expresada o sugerencia formulada por
cualquiera de las partes durante el Procedimiento respecto de la
controversia o de una posible resolución de la controversia;
c) ningún reconocimiento realizado por otra parte durante el
Procedimiento;
d) ninguna opinión expresada o propuesta formulada por el
Mediador en el marco del Procedimiento; o
e) el hecho de que durante el Procedimiento una de las partes
haya manifestado su disposición a aceptar una propuesta de
resolución.
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36. Mediación
Acuerdo entre las
partes
¿ES VINCULANTE?
CONTRACTUAL
HOMOLOGACIÓN
(En sede judicial)
CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
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37. Artículo 133. En la audiencia preliminar el Juez de Sustanciación,
Mediación y Ejecución deberá, personalmente, mediar y conciliar las
posiciones de las partes, tratando con la mayor diligencia que éstas pongan
fi
n a la controversia, a través de los medios de autocomposición
procesal. Si esta mediación es positiva, el Juez dará por concluido el
proceso, mediante sentencia en forma oral, que dictará de inmediato,
homologando el acuerdo de las partes, la cual reducirá en acta y tendrá
efecto de cosa juzgada.
Ley Orgánica Procesal del Trabajo
HOMOLOGACIÓN
(En sede judicial)
Acuerdo entre las
partes
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38. Mediación
Acuerdo entre las
partes
¿ES VINCULANTE?
HOMOLOGACIÓN
(En sede judicial)
CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
CONTRACTUAL
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39. Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Mediación
independiente
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
VS
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40. Artículo 11.2 En caso de haberse logrado la
conciliación en un proceso de conciliación
independiente, o antes de la instalación del Tribunal
Arbitral, el acuerdo de conciliación será transformado
en Laudo salvo disposición en contrario de las partes.
A tales efectos, se designará como árbitro único al
conciliador del caso. El Secretario Ejecutivo asistirá al
conciliador en la redacción del laudo arbitral.
Conversión a laudo por el Mediador,
designado como árbitro
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
* 2013 Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje CEDCA
Mediación
independiente
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41. Canon IV
H. Es apropiado que un árbitro sugiera que ellas discutan la
posibilidad de llegar a un acuerdo con respecto al caso … un árbitro
no debe estar presente ni participar de ninguna otra manera en
las discusiones para resolver la disputa, a menos que las partes
así lo requieran. Un árbitro no debe ejercer ningún tipo de presión
sobre ninguna de las partes para que esta llegue a un acuerdo.
Nada en este código tiene la intención de evitar que una
persona actúe como mediador o conciliador de una disputa en
la que haya sido designado como árbitro, si así lo requieren
todas las partes.
Código de Ética
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
* 2013 Código de Ética CEDCA
Mediación
independiente
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42. Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Conversión a laudo por el Mediador,
designado como árbitro
Article 14. Con
fi
rmation of a Settlement
Agreement in an Arbitral Award
In case of settlement, the parties may, subject
to the consent of the Mediator, agree to
appoint the Mediator as an Arbitrator and
request him/her to con
fi
rm the settlement
agreement in an arbitral award.
* 2014 Mediation Rules of the Arbitration Institute of the Stockholm Chamber of
Commerce
Mediación
independiente
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43. Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Mediación
independiente
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
VS
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44. Artículo 30. Transacción
Si, durante las actuaciones arbitrales, las
partes llegan a una transacción que resuelva
el litigio, el tribunal arbitral dará por terminadas
las actuaciones y, si lo piden ambas partes y el
tribunal arbitral no se opone, hará constar la
transacción en forma de laudo arbitral en los
términos convenidos por las partes.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
* 2006 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional
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45. Artículo 30. Transacción
2) … se hará constar en él que se trata de un
laudo. Este laudo tiene la misma naturaleza
y efecto que cualquier otro laudo dictado
sobre el fondo del litigio.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
* 2006 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional
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46. Artículo 99. … El mediador queda
inhabilitado para actuar en cualquier
proceso judicial o arbitral relacionado con la
desavenencia objeto de la mediación, ya sea
como árbitro, ya sea como apoderado o
asesor de alguna de las partes. Asimismo,
las partes se comprometen a no citar al
mediador como testigo en dichos procesos.
Mediador
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Árbitro
=
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
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47. Artículo 67. … Si las partes llegan a un
acuerdo en el transcurso del procedimiento
arbitral, se dejará constancia de este
hecho en un Laudo, el cual se dictará
tomando en cuenta lo acordado por las
partes.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
48. Artículo 33 - Reglamento de Arbitraje CCI. Laudo por
acuerdo de las partes:
Si las partes llegan a un arreglo después que el
expediente haya sido entregado al tribunal arbitral de
conformidad con lo previsto en el Artículo 16, se dejará
constancia de dicho arreglo en un laudo por acuerdo
de las partes, siempre y cuando las partes así lo hayan
solicitado y el tribunal arbitral esté de acuerdo con
dictarlo.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
49. Artículo 11.3 En caso de haberse logrado la
conciliación dentro de un proceso arbitral luego
de haberse instalado el Tribunal Arbitral, el
conciliador, salvo acuerdo en contrario de las
partes, presentará el acta de conciliación al
tribunal para que le dé forma de laudo.
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A
LAUDO ARBITRAL
* 2013 Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje CEDCA
Una vez iniciado el
procedimiento
arbitral (y constituido
el Tribunal Arbitral)
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
50. Mediación Negociación
Asistida
Contribuye a la
Comunicación
efectiva
Acuerdo entre las
partes
Permite explorar
intereses
Ayuda a buscar
criterios objetivos
Las partes disponen
del proceso
Es breve y
económico
Es con
fi
dencial
Contribuye a
preservar o mejorar
las relaciones
Ayuda a producir
soluciones
creativas
Las partes
controlan el
resultado
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
51. Pedro A. Jedlicka - 28 de Abril de 2022
Negociación y Mediación
como Medios Alternativos de Resolución de Controversias