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Negociación y Mediación
como Medios Alternativos de Resolución de Controversias
Artículo 91. De la Mediación.
Se entenderá por mediación el
mecanismo por el cual las
partes en conflicto buscan
llegar a un acuerdo bajo la
asesoría de un mediador.
Artículo 1. El Reglamento [de
Mediación] prevé el
nombramiento de un tercero
neutral (el “Mediador”) para
que asista a las partes en la
resolución de su controversia.
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
CONSTITUCIÓN DE LA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Artículo 258. La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los
jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal,
directa y secreta , conforme a la ley.
La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera
otros medios alternativos para la solución de con ictos.
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación
Negociación


Asistida
Acuerdo entre las
partes
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación Negociación


Asistida
Contribuye a la 

Comunicación
efectiva
Acuerdo entre las
partes
Permite explorar
intereses
Ayuda a buscar
criterios objetivos
Las partes disponen
del proceso
Es breve y
económico
Es con
fi
dencial
Contribuye a
preservar o mejorar
las relaciones
Ayuda a producir
soluciones
creativas
Las partes
controlan el
resultado
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Negociación


Asistida
Procedimiento de mediación
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Negociación


Asistida
ACUERDO DE
MEDIACIÓN
DESIGNACIÓN DE
MEDIADOR
SOLICITUD DE
MEDIACIÓN
DEFINICIÓN DE
PROCEDIMIENTO
AUDIENCIAS DE
MEDIACIÓN
CONCLUSIÓN
Procedimiento de mediación
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Procedimiento

Laboral
El mediador será el Juez de
Sustanciación, Mediación y
Ejecución
Mediación

Institucional
Artículo 5.4 Reglamento CEDCA

- Designado por las partes, en la audiencia
de designación del conciliador.

- De no haber acuerdo entre las partes,
designa el Directorio del CEDCA
Artículo 91 Reglamento CACC

- Designa el Comité Ejecutivo, a partir de la
lista de mediadores (salvo acuerdo en
contrario).

- Las postulaciones que hagan las partes
deben someterse a la aprobación del Comité
Ejecutivo
Mediación

Ad Hoc
Las partes de
fi
nen
voluntariamente el procedimiento
de designación
Procedimiento de mediación
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
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Laboral
El mediador será el Juez de
Sustanciación, Mediación y
Ejecución
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Institucional
Artículo 5.4 Reglamento CEDCA

- Designado por las partes, en la audiencia
de designación del conciliador.

- De no haber acuerdo entre las partes,
designa el Directorio del CEDCA
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- Designa el Comité Ejecutivo, a partir de la
lista de mediadores (salvo acuerdo en
contrario).

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deben someterse a la aprobación del Comité
Ejecutivo
Mediación

Ad Hoc
Las partes de
fi
nen
voluntariamente el procedimiento
de designación
Procedimiento de mediación
DESIGNACIÓN DE
MEDIADOR
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- COMISIÓN DE CONCILIACIÓN
Procedimiento de mediación
DESIGNACIÓN DE
MEDIADOR
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Mediación

Institucional
Las partes determinarán el número de
conciliadores, y los designarán. Podrá
ser un conciliador único o un número
impar de miembros de la comisión.
A falta de acuerdo, aplicará la Regla 2
de las Reglas Procesales Aplicables a
los Procedimientos de Conciliación del
CIADI. Esta regla de
fi
ne el
procedimiento de designación.
Luego de 90 días sin que se
constituya la Comisión, se podrá
solicitar la designación al Consejo
Administrativo del CIADI
Mediación
MEDIADOR
¿Imparcialidad?
Artículo 6 Reglamento CEDCA

(Imparcialidad requerida, salvo acuerdo en
contrario)
Artículo 99 Reglamento CACC

(No requerida. Pero el mediador queda
inhabilitado para ser árbitro de la controversia
o apoderado/asesor de alguna de las partes)
¿Conocimiento
técnico o
cientí
fi
co?
Artículo 8 Reglamento CEDCA

(Reconocida competencia del proceso de
conciliación o del derecho)
Artículo 91 Reglamento CACC

(Designación del mediador atendiendo a la
especialidad del con
fl
icto)
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
¿Abogado?
Comprensión de
los intereses
(negocio) de las
partes
Capacidad para
analizar el
con
fl
icto y
promover la
negociación y
comunicación
entre las partes
Conocimiento
jurídico para
determinar la
legalidad y
viabilidad del
acuerdo
Mediación MEDIADOR No es necesario 

¿Es conveniente?
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Mediación
Negociación


Asistida
MEDIADOR
¿Cuál es el alcance 

de su función?
¿Límites?
Acuerdo entre las
partes
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
MEDIADOR
Identi
fi
cación de
intereses (negocio)
de las partes
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
MEDIADOR
Identi
fi
cación de
intereses (negocio)
de las partes
Lograr un ánimo de cooperación y con anza
Asegurar que las percepciones y puntos de
vista de las partes sean escuchados y
considerados
Ayudar a las partes a desarrollar su
habilidad para comunicarse
Reducer la tensión del con
fl
icto
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to-improve-your-focus-bf7c691413
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MEDIADOR
El con
fl
icto proporciona la información necesaria
Capacidad para
analizar el con
fl
icto
Permite de
fi
nir la estrategia de gestión y el
método para su resolución
Los elementos que permiten resolver el con icto,
están en el con
fl
icto mismo
El mediador debe “leer” el con
fl
icto
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Las relaciones humanas no
se dan en un único plano,
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fl
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INTELIGENCIA VOLUNTAD
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MEDIADOR
Capacidad para
analizar el con
fl
icto
INTELIGENCIA VOLUNTAD
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ACUERDOS Y
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ACTITUD
POSITIVA O
NEGATIVA
TRATO
AMISTOSO U
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Los con
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también se presentan
en tres planos
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MEDIADOR
Capacidad para
analizar el con
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POSITIVA O
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TRATO
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Un mediador efectivo
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Asegurar que las percepciones y puntos de
vista de las partes sean escuchados y
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Ayudar a las partes a desarrollar su
habilidad para comunicarse
Reducer la tensión del con
fl
icto
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Promueve la
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MEDIADOR
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Asegurar que las percepciones y puntos de
vista de las partes sean escuchados y
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Ayudar a las partes a desarrollar su
habilidad para comunicarse
Reducer la tensión del con
fl
icto
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Contribuye a
generar soluciones
creativas
MEDIADOR
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Contribuye a
generar soluciones
creativas
MEDIADOR
Objetivo: Lograr un
acuerdo razonable y
justo
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Contribuye a
generar soluciones
creativas
MEDIADOR
Objetivo: Lograr un
acuerdo razonable y
justo
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Contribuye a
generar soluciones
creativas
MEDIADOR
Objetivo: Lograr un
acuerdo razonable y
justo
Busca múltiples opciones a partir de los intereses
¿Hace sugerencias? / ¿Propone resultados?
Evita cali
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Actividad Probatoria
MEDIADOR
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Criterios Objetivos


Actividad Probatoria
MEDIADOR
Identi
fi
car criterios externos objetivos
que permitan medir la posibilidad de
alcanzar acuerdos
Procurar que las partes utilicen
estándares legítimos para que
nadie se sienta utilizado
Imagen tomada de: 

https://www.idlawcenter.com/faqs/evidence-you-
need-when-
fi
ling-your-va-disability-claim.cfm
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Criterios Objetivos


Actividad Probatoria
MEDIADOR
Identi
fi
car criterios externos objetivos
que permitan medir la posibilidad de
alcanzar acuerdos
Procurar que las partes utilicen
estándares legítimos para que
nadie se sienta utilizado
Valor de mercado

Costos

Precedentes

Leyes aplicables

Costumbre

Criterio cientí
fi
co

Reciprocidad

Trato equitativo

E
fi
ciencia
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Regla 22. Funciones de la Comisión [de Conciliación]
… (3) La Comisión, a
fi
n de obtener información que pueda capacitarla para
desempeñar sus funciones, podrá, en cualquier etapa del procedimiento: 

(a)  solicitar, de cualquiera de las partes, explicaciones orales, documentos y otra clase
de información; 

(b)  solicitar pruebas de otras personas; y 

(c)  con el consentimiento de la parte pertinente, visitar cualquier lugar vinculado con la
diferencia o realizar indaga- ciones en el mismo, siempre que las partes puedan
participar en tales visitas e indagaciones. 

* 2006 CIADI - Reglas procesales aplicables a los procedimientos de conciliación (Reglas de conciliación).
Criterios Objetivos


Actividad Probatoria
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Mediación
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https://icsid.worldbank.org/services/mediation-conciliation/convention/process/overview
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Mediación
La mediación es
con
fi
dencial
Artículo 8.5 Reglamento CEDCA
Todas las actuaciones realizadas durante la conciliación tendrán
carácter con
fi
dencial. En consecuencia, ninguna de las partes
podrá invocar en ningún proceso, ya sea arbitral o judicial, o
ante cualquier otra autoridad, las consideraciones,
declaraciones, admisiones de hechos u ofertas de avenencia,
realizadas
Artículo 99. Reglamento CACC
Tanto los mediadores como las partes que participen en una mediación,
deberán mantener la debida reserva y lo que en ella se ventile, no incidirá en
procesos subsiguientes. El mediador queda inhabilitado para actuar en
cualquier proceso judicial o arbitral relacionado con la desavenencia objeto
de la mediación, ya sea como árbitro, ya sea como apoderado o asesor de
alguna de las partes. Asimismo, las partes se comprometen a no citar al
mediador como testigo en dichos procesos. 

Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación
La mediación es
con
fi
dencial
M-12 - ICDR INTERNATIONAL MEDIATION RULES
… con
fi
dential information disclosed to a mediator by the parties
or by other participants in the course of the mediation shall not
be divulged by the mediator. The mediator shall maintain the
con
fi
dentiality of all information obtained in the mediation,
and all records, reports, or other documents received by a
mediator while serving in that capacity shall be con dential.

The mediator shall not be compelled to divulge such records
or to testify in regard to the mediation in any adversary
proceeding or judicial forum. 

The parties shall maintain the con
fi
dentiality of the mediation
and shall not rely on, or introduce as evidence in any arbitral,
judicial, or other proceeding the following, unless agreed to by
the parties or required by applicable law 

Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación
La mediación es
con
fi
dencial
ARTÍCULO 9 - REGLAMENTO DE MEDIACIÓN DE LA CCI
Salvo que sea exigido por el derecho aplicable y en ausencia de un
acuerdo contrario entre las partes, ninguna parte podrá presentar
como elemento de prueba en un proceso judicial, arbitral o
similar: 

a)  ningún documento, declaración o comunicación presentado
por otra parte o por el Mediador en o para el Procedimiento, salvo
que pueda obtenerse de forma independiente por la parte
interesada en presentarlo en un proceso judicial, arbitral o similar; 

b)  ninguna opinión expresada o sugerencia formulada por
cualquiera de las partes durante el Procedimiento respecto de la
controversia o de una posible resolución de la controversia; 

c)  ningún reconocimiento realizado por otra parte durante el
Procedimiento; 

d)  ninguna opinión expresada o propuesta formulada por el
Mediador en el marco del Procedimiento; o 

e)  el hecho de que durante el Procedimiento una de las partes
haya manifestado su disposición a aceptar una propuesta de
resolución. 

Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación
Acuerdo entre las
partes
¿ES VINCULANTE?
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Mediación
Acuerdo entre las
partes
¿ES VINCULANTE?
CONTRACTUAL
HOMOLOGACIÓN

(En sede judicial)
CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
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Artículo 133. En la audiencia preliminar el Juez de Sustanciación,
Mediación y Ejecución deberá, personalmente, mediar y conciliar las
posiciones de las partes, tratando con la mayor diligencia que éstas pongan
fi
n a la controversia, a través de los medios de autocomposición
procesal. Si esta mediación es positiva, el Juez dará por concluido el
proceso, mediante sentencia en forma oral, que dictará de inmediato,
homologando el acuerdo de las partes, la cual reducirá en acta y tendrá
efecto de cosa juzgada.
Ley Orgánica Procesal del Trabajo
HOMOLOGACIÓN

(En sede judicial)
Acuerdo entre las
partes
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación
Acuerdo entre las
partes
¿ES VINCULANTE?
HOMOLOGACIÓN

(En sede judicial)
CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
CONTRACTUAL
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Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Mediación 

independiente
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
VS
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Artículo 11.2 En caso de haberse logrado la
conciliación en un proceso de conciliación
independiente, o antes de la instalación del Tribunal
Arbitral, el acuerdo de conciliación será transformado
en Laudo salvo disposición en contrario de las partes.
A tales efectos, se designará como árbitro único al
conciliador del caso. El Secretario Ejecutivo asistirá al
conciliador en la redacción del laudo arbitral.
Conversión a laudo por el Mediador,
designado como árbitro
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
* 2013 Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje CEDCA
Mediación 

independiente
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Canon IV
H. Es apropiado que un árbitro sugiera que ellas discutan la
posibilidad de llegar a un acuerdo con respecto al caso … un árbitro
no debe estar presente ni participar de ninguna otra manera en
las discusiones para resolver la disputa, a menos que las partes
así lo requieran. Un árbitro no debe ejercer ningún tipo de presión
sobre ninguna de las partes para que esta llegue a un acuerdo. 

Nada en este código tiene la intención de evitar que una
persona actúe como mediador o conciliador de una disputa en
la que haya sido designado como árbitro, si así lo requieren
todas las partes. 

Código de Ética
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
* 2013 Código de Ética CEDCA
Mediación 

independiente
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Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Conversión a laudo por el Mediador,
designado como árbitro
Article 14. Con
fi
rmation of a Settlement
Agreement in an Arbitral Award

In case of settlement, the parties may, subject
to the consent of the Mediator, agree to
appoint the Mediator as an Arbitrator and
request him/her to con
fi
rm the settlement
agreement in an arbitral award.
* 2014 Mediation Rules of the Arbitration Institute of the Stockholm Chamber of
Commerce
Mediación 

independiente
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Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Mediación 

independiente
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
VS
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Artículo 30. Transacción 

Si, durante las actuaciones arbitrales, las
partes llegan a una transacción que resuelva
el litigio, el tribunal arbitral dará por terminadas
las actuaciones y, si lo piden ambas partes y el
tribunal arbitral no se opone, hará constar la
transacción en forma de laudo arbitral en los
términos convenidos por las partes.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
* 2006 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional
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Artículo 30. Transacción 

2) … se hará constar en él que se trata de un
laudo. Este laudo tiene la misma naturaleza
y efecto que cualquier otro laudo dictado
sobre el fondo del litigio.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
* 2006 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional
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Artículo 99. … El mediador queda
inhabilitado para actuar en cualquier
proceso judicial o arbitral relacionado con la
desavenencia objeto de la mediación, ya sea
como árbitro, ya sea como apoderado o
asesor de alguna de las partes. Asimismo,
las partes se comprometen a no citar al
mediador como testigo en dichos procesos. 

Mediador
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Árbitro
=
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
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Artículo 67. … Si las partes llegan a un
acuerdo en el transcurso del procedimiento
arbitral, se dejará constancia de este
hecho en un Laudo, el cual se dictará
tomando en cuenta lo acordado por las
partes.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
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Artículo 33 - Reglamento de Arbitraje CCI. Laudo por
acuerdo de las partes:
Si las partes llegan a un arreglo después que el
expediente haya sido entregado al tribunal arbitral de
conformidad con lo previsto en el Artículo 16, se dejará
constancia de dicho arreglo en un laudo por acuerdo
de las partes, siempre y cuando las partes así lo hayan
solicitado y el tribunal arbitral esté de acuerdo con
dictarlo.
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
Una vez iniciado el procedimiento
arbitral (y constituido el Tribunal
Arbitral)
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Artículo 11.3 En caso de haberse logrado la
conciliación dentro de un proceso arbitral luego
de haberse instalado el Tribunal Arbitral, el
conciliador, salvo acuerdo en contrario de las
partes, presentará el acta de conciliación al
tribunal para que le dé forma de laudo.
Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral
Acuerdo entre las
partes CONVERSIÓN A 

LAUDO ARBITRAL
* 2013 Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje CEDCA
Una vez iniciado el
procedimiento
arbitral (y constituido
el Tribunal Arbitral)
Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
Mediación Negociación


Asistida
Contribuye a la 

Comunicación
efectiva
Acuerdo entre las
partes
Permite explorar
intereses
Ayuda a buscar
criterios objetivos
Las partes disponen
del proceso
Es breve y
económico
Es con
fi
dencial
Contribuye a
preservar o mejorar
las relaciones
Ayuda a producir
soluciones
creativas
Las partes
controlan el
resultado
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Negociación y Mediación
como Medios Alternativos de Resolución de Controversias

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Negociación y Mediación como Medios Alternativos de Resolución de Controversias

  • 1. Pedro A. Jedlicka - 28 de Abril de 2022 Negociación y Mediación como Medios Alternativos de Resolución de Controversias
  • 2. Artículo 91. De la Mediación. Se entenderá por mediación el mecanismo por el cual las partes en conflicto buscan llegar a un acuerdo bajo la asesoría de un mediador. Artículo 1. El Reglamento [de Mediación] prevé el nombramiento de un tercero neutral (el “Mediador”) para que asista a las partes en la resolución de su controversia. Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 3. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Artículo 258. La ley organizará la justicia de paz en las comunidades. Los jueces o juezas de paz serán elegidos o elegidas por votación universal, directa y secreta , conforme a la ley. La ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de con ictos. Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 4. Mediación Negociación Asistida Acuerdo entre las partes Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 5. Mediación Negociación Asistida Contribuye a la Comunicación efectiva Acuerdo entre las partes Permite explorar intereses Ayuda a buscar criterios objetivos Las partes disponen del proceso Es breve y económico Es con fi dencial Contribuye a preservar o mejorar las relaciones Ayuda a producir soluciones creativas Las partes controlan el resultado Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 6. Negociación Asistida Procedimiento de mediación Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 7. Negociación Asistida ACUERDO DE MEDIACIÓN DESIGNACIÓN DE MEDIADOR SOLICITUD DE MEDIACIÓN DEFINICIÓN DE PROCEDIMIENTO AUDIENCIAS DE MEDIACIÓN CONCLUSIÓN Procedimiento de mediación Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 8. Procedimiento Laboral El mediador será el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución Mediación Institucional Artículo 5.4 Reglamento CEDCA - Designado por las partes, en la audiencia de designación del conciliador. - De no haber acuerdo entre las partes, designa el Directorio del CEDCA Artículo 91 Reglamento CACC - Designa el Comité Ejecutivo, a partir de la lista de mediadores (salvo acuerdo en contrario). - Las postulaciones que hagan las partes deben someterse a la aprobación del Comité Ejecutivo Mediación Ad Hoc Las partes de fi nen voluntariamente el procedimiento de designación Procedimiento de mediación Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 9. Procedimiento Laboral El mediador será el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución Mediación Institucional Artículo 5.4 Reglamento CEDCA - Designado por las partes, en la audiencia de designación del conciliador. - De no haber acuerdo entre las partes, designa el Directorio del CEDCA Artículo 91 Reglamento CACC - Designa el Comité Ejecutivo, a partir de la lista de mediadores (salvo acuerdo en contrario). - Las postulaciones que hagan las partes deben someterse a la aprobación del Comité Ejecutivo Mediación Ad Hoc Las partes de fi nen voluntariamente el procedimiento de designación Procedimiento de mediación DESIGNACIÓN DE MEDIADOR Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 10. - COMISIÓN DE CONCILIACIÓN Procedimiento de mediación DESIGNACIÓN DE MEDIADOR Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados Mediación Institucional Las partes determinarán el número de conciliadores, y los designarán. Podrá ser un conciliador único o un número impar de miembros de la comisión. A falta de acuerdo, aplicará la Regla 2 de las Reglas Procesales Aplicables a los Procedimientos de Conciliación del CIADI. Esta regla de fi ne el procedimiento de designación. Luego de 90 días sin que se constituya la Comisión, se podrá solicitar la designación al Consejo Administrativo del CIADI
  • 11. Mediación MEDIADOR ¿Imparcialidad? Artículo 6 Reglamento CEDCA (Imparcialidad requerida, salvo acuerdo en contrario) Artículo 99 Reglamento CACC (No requerida. Pero el mediador queda inhabilitado para ser árbitro de la controversia o apoderado/asesor de alguna de las partes) ¿Conocimiento técnico o cientí fi co? Artículo 8 Reglamento CEDCA (Reconocida competencia del proceso de conciliación o del derecho) Artículo 91 Reglamento CACC (Designación del mediador atendiendo a la especialidad del con fl icto) Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 12. ¿Abogado? Comprensión de los intereses (negocio) de las partes Capacidad para analizar el con fl icto y promover la negociación y comunicación entre las partes Conocimiento jurídico para determinar la legalidad y viabilidad del acuerdo Mediación MEDIADOR No es necesario ¿Es conveniente? Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 13. Mediación Negociación Asistida MEDIADOR ¿Cuál es el alcance de su función? ¿Límites? Acuerdo entre las partes Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 14. MEDIADOR Identi fi cación de intereses (negocio) de las partes Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 15. MEDIADOR Identi fi cación de intereses (negocio) de las partes Lograr un ánimo de cooperación y con anza Asegurar que las percepciones y puntos de vista de las partes sean escuchados y considerados Ayudar a las partes a desarrollar su habilidad para comunicarse Reducer la tensión del con fl icto Imagen tomada de: https://medium.com/an-idea-for-you/8-ways- to-improve-your-focus-bf7c691413 Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 16. MEDIADOR El con fl icto proporciona la información necesaria Capacidad para analizar el con fl icto Permite de fi nir la estrategia de gestión y el método para su resolución Los elementos que permiten resolver el con icto, están en el con fl icto mismo El mediador debe “leer” el con fl icto Imagen tomada de: https://emyode.com/en/blog/step-back-analysis/ Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 17. MEDIADOR Las relaciones humanas no se dan en un único plano, sino en tres: Capacidad para analizar el con fl icto INTELIGENCIA VOLUNTAD EMOCIONES Y SENTIMIENTOS Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 18. MEDIADOR Capacidad para analizar el con fl icto INTELIGENCIA VOLUNTAD EMOCIONES Y SENTIMIENTOS ACUERDOS Y DESACUERDOS ACTITUD POSITIVA O NEGATIVA TRATO AMISTOSO U HOSTIL Los con fl ictos también se presentan en tres planos Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 19. MEDIADOR Capacidad para analizar el con fl icto INTELIGENCIA VOLUNTAD EMOCIONES Y SENTIMIENTOS ACUERDOS Y DESACUERDOS ACTITUD POSITIVA O NEGATIVA TRATO AMISTOSO U HOSTIL Los con fl ictos también se presentan en tres planos Un mediador efectivo determina en qué plano se genera mayor tensión. A partir de ahí de fi ne estrategias Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 20. Promueve la comunicación MEDIADOR Imagen tomada de: https://hr.cornell.edu/professional- development/performance Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 21. Promueve la comunicación MEDIADOR Asegurar que las percepciones y puntos de vista de las partes sean escuchados y considerados Ayudar a las partes a desarrollar su habilidad para comunicarse Reducer la tensión del con fl icto Imagen tomada de: https://hr.cornell.edu/professional- development/performance Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 22. Promueve la comunicación MEDIADOR Diálogo en lugar de debate Escuchar activamente Cuidar e interpretar el lenguaje: • Verbal • Corporal • Vocal Separar las personas del problema Asegurar que las percepciones y puntos de vista de las partes sean escuchados y considerados Ayudar a las partes a desarrollar su habilidad para comunicarse Reducer la tensión del con fl icto Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 23. Contribuye a generar soluciones creativas MEDIADOR Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 24. Contribuye a generar soluciones creativas MEDIADOR Objetivo: Lograr un acuerdo razonable y justo Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 25. Contribuye a generar soluciones creativas MEDIADOR Objetivo: Lograr un acuerdo razonable y justo Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 26. Contribuye a generar soluciones creativas MEDIADOR Objetivo: Lograr un acuerdo razonable y justo Busca múltiples opciones a partir de los intereses ¿Hace sugerencias? / ¿Propone resultados? Evita cali fi caciones Propone tormentas de ideas Imagen tomada de: https://zapier.com/blog/brainstorming/ Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 27. Criterios Objetivos Actividad Probatoria MEDIADOR Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 28. Criterios Objetivos Actividad Probatoria MEDIADOR Identi fi car criterios externos objetivos que permitan medir la posibilidad de alcanzar acuerdos Procurar que las partes utilicen estándares legítimos para que nadie se sienta utilizado Imagen tomada de: https://www.idlawcenter.com/faqs/evidence-you- need-when- fi ling-your-va-disability-claim.cfm Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 29. Criterios Objetivos Actividad Probatoria MEDIADOR Identi fi car criterios externos objetivos que permitan medir la posibilidad de alcanzar acuerdos Procurar que las partes utilicen estándares legítimos para que nadie se sienta utilizado Valor de mercado Costos Precedentes Leyes aplicables Costumbre Criterio cientí fi co Reciprocidad Trato equitativo E fi ciencia Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 30. Regla 22. Funciones de la Comisión [de Conciliación] … (3) La Comisión, a fi n de obtener información que pueda capacitarla para desempeñar sus funciones, podrá, en cualquier etapa del procedimiento: (a)  solicitar, de cualquiera de las partes, explicaciones orales, documentos y otra clase de información; (b)  solicitar pruebas de otras personas; y (c)  con el consentimiento de la parte pertinente, visitar cualquier lugar vinculado con la diferencia o realizar indaga- ciones en el mismo, siempre que las partes puedan participar en tales visitas e indagaciones. 
 * 2006 CIADI - Reglas procesales aplicables a los procedimientos de conciliación (Reglas de conciliación). Criterios Objetivos Actividad Probatoria Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 31. Mediación Imagen tomada de: https://icsid.worldbank.org/services/mediation-conciliation/convention/process/overview Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 32. Mediación La mediación es con fi dencial Artículo 8.5 Reglamento CEDCA Todas las actuaciones realizadas durante la conciliación tendrán carácter con fi dencial. En consecuencia, ninguna de las partes podrá invocar en ningún proceso, ya sea arbitral o judicial, o ante cualquier otra autoridad, las consideraciones, declaraciones, admisiones de hechos u ofertas de avenencia, realizadas Artículo 99. Reglamento CACC Tanto los mediadores como las partes que participen en una mediación, deberán mantener la debida reserva y lo que en ella se ventile, no incidirá en procesos subsiguientes. El mediador queda inhabilitado para actuar en cualquier proceso judicial o arbitral relacionado con la desavenencia objeto de la mediación, ya sea como árbitro, ya sea como apoderado o asesor de alguna de las partes. Asimismo, las partes se comprometen a no citar al mediador como testigo en dichos procesos. Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 33. Mediación La mediación es con fi dencial M-12 - ICDR INTERNATIONAL MEDIATION RULES … con fi dential information disclosed to a mediator by the parties or by other participants in the course of the mediation shall not be divulged by the mediator. The mediator shall maintain the con fi dentiality of all information obtained in the mediation, and all records, reports, or other documents received by a mediator while serving in that capacity shall be con dential. The mediator shall not be compelled to divulge such records or to testify in regard to the mediation in any adversary proceeding or judicial forum. The parties shall maintain the con fi dentiality of the mediation and shall not rely on, or introduce as evidence in any arbitral, judicial, or other proceeding the following, unless agreed to by the parties or required by applicable law 
 Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 34. Mediación La mediación es con fi dencial ARTÍCULO 9 - REGLAMENTO DE MEDIACIÓN DE LA CCI Salvo que sea exigido por el derecho aplicable y en ausencia de un acuerdo contrario entre las partes, ninguna parte podrá presentar como elemento de prueba en un proceso judicial, arbitral o similar: a)  ningún documento, declaración o comunicación presentado por otra parte o por el Mediador en o para el Procedimiento, salvo que pueda obtenerse de forma independiente por la parte interesada en presentarlo en un proceso judicial, arbitral o similar; b)  ninguna opinión expresada o sugerencia formulada por cualquiera de las partes durante el Procedimiento respecto de la controversia o de una posible resolución de la controversia; c)  ningún reconocimiento realizado por otra parte durante el Procedimiento; d)  ninguna opinión expresada o propuesta formulada por el Mediador en el marco del Procedimiento; o e)  el hecho de que durante el Procedimiento una de las partes haya manifestado su disposición a aceptar una propuesta de resolución. 
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  • 35. Mediación Acuerdo entre las partes ¿ES VINCULANTE? Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 36. Mediación Acuerdo entre las partes ¿ES VINCULANTE? CONTRACTUAL HOMOLOGACIÓN (En sede judicial) CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 37. Artículo 133. En la audiencia preliminar el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución deberá, personalmente, mediar y conciliar las posiciones de las partes, tratando con la mayor diligencia que éstas pongan fi n a la controversia, a través de los medios de autocomposición procesal. Si esta mediación es positiva, el Juez dará por concluido el proceso, mediante sentencia en forma oral, que dictará de inmediato, homologando el acuerdo de las partes, la cual reducirá en acta y tendrá efecto de cosa juzgada. Ley Orgánica Procesal del Trabajo HOMOLOGACIÓN (En sede judicial) Acuerdo entre las partes Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 38. Mediación Acuerdo entre las partes ¿ES VINCULANTE? HOMOLOGACIÓN (En sede judicial) CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL CONTRACTUAL Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 39. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Mediación independiente Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) VS Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 40. Artículo 11.2 En caso de haberse logrado la conciliación en un proceso de conciliación independiente, o antes de la instalación del Tribunal Arbitral, el acuerdo de conciliación será transformado en Laudo salvo disposición en contrario de las partes. A tales efectos, se designará como árbitro único al conciliador del caso. El Secretario Ejecutivo asistirá al conciliador en la redacción del laudo arbitral. Conversión a laudo por el Mediador, designado como árbitro Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL * 2013 Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje CEDCA Mediación independiente Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 41. Canon IV H. Es apropiado que un árbitro sugiera que ellas discutan la posibilidad de llegar a un acuerdo con respecto al caso … un árbitro no debe estar presente ni participar de ninguna otra manera en las discusiones para resolver la disputa, a menos que las partes así lo requieran. Un árbitro no debe ejercer ningún tipo de presión sobre ninguna de las partes para que esta llegue a un acuerdo. Nada en este código tiene la intención de evitar que una persona actúe como mediador o conciliador de una disputa en la que haya sido designado como árbitro, si así lo requieren todas las partes. Código de Ética Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL * 2013 Código de Ética CEDCA Mediación independiente Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 42. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Conversión a laudo por el Mediador, designado como árbitro Article 14. Con fi rmation of a Settlement Agreement in an Arbitral Award
 In case of settlement, the parties may, subject to the consent of the Mediator, agree to appoint the Mediator as an Arbitrator and request him/her to con fi rm the settlement agreement in an arbitral award. * 2014 Mediation Rules of the Arbitration Institute of the Stockholm Chamber of Commerce Mediación independiente Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 43. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Mediación independiente Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) VS Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 44. Artículo 30. Transacción Si, durante las actuaciones arbitrales, las partes llegan a una transacción que resuelva el litigio, el tribunal arbitral dará por terminadas las actuaciones y, si lo piden ambas partes y el tribunal arbitral no se opone, hará constar la transacción en forma de laudo arbitral en los términos convenidos por las partes. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral * 2006 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 45. Artículo 30. Transacción 2) … se hará constar en él que se trata de un laudo. Este laudo tiene la misma naturaleza y efecto que cualquier otro laudo dictado sobre el fondo del litigio. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral * 2006 Ley Modelo de la CNUDMI sobre Arbitraje Comercial Internacional Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 46. Artículo 99. … El mediador queda inhabilitado para actuar en cualquier proceso judicial o arbitral relacionado con la desavenencia objeto de la mediación, ya sea como árbitro, ya sea como apoderado o asesor de alguna de las partes. Asimismo, las partes se comprometen a no citar al mediador como testigo en dichos procesos. Mediador Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Árbitro = Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 47. Artículo 67. … Si las partes llegan a un acuerdo en el transcurso del procedimiento arbitral, se dejará constancia de este hecho en un Laudo, el cual se dictará tomando en cuenta lo acordado por las partes. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 48. Artículo 33 - Reglamento de Arbitraje CCI. Laudo por acuerdo de las partes: Si las partes llegan a un arreglo después que el expediente haya sido entregado al tribunal arbitral de conformidad con lo previsto en el Artículo 16, se dejará constancia de dicho arreglo en un laudo por acuerdo de las partes, siempre y cuando las partes así lo hayan solicitado y el tribunal arbitral esté de acuerdo con dictarlo. Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 49. Artículo 11.3 En caso de haberse logrado la conciliación dentro de un proceso arbitral luego de haberse instalado el Tribunal Arbitral, el conciliador, salvo acuerdo en contrario de las partes, presentará el acta de conciliación al tribunal para que le dé forma de laudo. Conversión a laudo por el Tribunal Arbitral Acuerdo entre las partes CONVERSIÓN A LAUDO ARBITRAL * 2013 Reglamento del Centro Empresarial de Conciliación y Arbitraje CEDCA Una vez iniciado el procedimiento arbitral (y constituido el Tribunal Arbitral) Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 50. Mediación Negociación Asistida Contribuye a la Comunicación efectiva Acuerdo entre las partes Permite explorar intereses Ayuda a buscar criterios objetivos Las partes disponen del proceso Es breve y económico Es con fi dencial Contribuye a preservar o mejorar las relaciones Ayuda a producir soluciones creativas Las partes controlan el resultado Pedro A. Jedlicka - Prohibida su reproducción. Derechos reservados
  • 51. Pedro A. Jedlicka - 28 de Abril de 2022 Negociación y Mediación como Medios Alternativos de Resolución de Controversias