Instituto Academia de Formación Jurídica Simón Rodríguez
“Enseñanza Jurídica que transforma vidas”.
Somos una institución de Educación de Adultos, que germina legalmente el 17 de Julio del Año 2014, siendo registrada en el Ministerio del Poder Popular Para las Relaciones Interiores y Justicia, Servicio Autónomo de Registros y Notarias y ante los órganos educativos del Estado Venezolano, entre los que destacan el INCES y el Ministerio del Poder Popular para la Educación, dedicada a la formación de los futuros profesionales en el derecho en su fase incipiente, preparándolo para entender, comprender y desarrollar exitosamente su futura profesión y mejorar las habilidades y destrezas de profesionales que ya estén en su ejercicio profesional.
Estamos ubicados en la Ciudad de Maracay Estado Aragua – Venezuela
www.iafjsr.com.ve
6. Debe hacer llegar al TribunalDebe hacer llegar al Tribunal
correctamentecorrectamente EL MENSAJEEL MENSAJE
que pretende transmitir.que pretende transmitir.
Debe ser capaz de dar una versiónDebe ser capaz de dar una versión
fidedigna sobre los hechos con unafidedigna sobre los hechos con una
INTERPRETACIÓN ADECUADAINTERPRETACIÓN ADECUADA
Y JUSTA…Y JUSTA…
Debe tener la habilidad deDebe tener la habilidad de
desarrollar unadesarrollar una
ARGUMENTACIÓN PROPIAARGUMENTACIÓN PROPIA
para el desahogo de la prueba.para el desahogo de la prueba.
NARRAR= PERSUADIRNARRAR= PERSUADIR
ARGUMENTAR= PROBARARGUMENTAR= PROBAR
7.
8. Tener la capacidad de afrontar respuestas inesperadas
de los testigos, maniobras de la contraparte,
observaciones del Tribunal o la aparición de nueva
información.
9.
10.
11. ACEPTACIÒN DEL DEBATE
ORDEN EN EL DEBATE
RESPETO A LA DIGNIDAD
HUMANA
FALIBILIDAD Y FLEXIBILIDAD
FALIBILIDAD: Facultad que tiene toda persona de equivocarse.
15. LA TEORIA DEL CASO
El correcto inicio de cualquier proceso (formal), implica que elEl correcto inicio de cualquier proceso (formal), implica que el FISCALFISCAL yy
elel DEFENSORDEFENSOR deben comenzar por establecer su teoría del caso.deben comenzar por establecer su teoría del caso.
16. Planteamiento que la ACUSACIÓNACUSACIÓN ò LALA
DEFENSADEFENSA hacen sobre los hechos
penalmente relevantes, las pruebas que
lo sustentan y los fundamentos jurídicos
que los apoyan. (punto/vista).
Se presenta en el Alegato Inicial como
una HISTORIAHISTORIA que RECONSTRUYE LOSRECONSTRUYE LOS
HECHOSHECHOS con propósitos persuasivos
hacia el Juzgador, buscando encontrar
la verdad procesal o formal.
17. En otras palabras…………….
Es NUESTRA VERSIÓNNUESTRA VERSIÓN
acerca de los que “realmente ocurrió” ò
el punto de vista desde el cual queremos
que el tribunal mire y procese la prueba
que presentamos.
18. Desde el primer momento en que las
partes tienen conocimiento de los
hechos, deben comenzar a establecer
sus hipótesis, en la Investigación
PREPARATORIAPREPARATORIA, las partes pueden
manejarse con hipótesis, pero para la
Etapa INTERMEDIAINTERMEDIA y el
JUZGAMIENTOJUZGAMIENTO ya deben contar con
una TEORÍA DEL CASO.TEORÍA DEL CASO.
21. 3.3.
2.2.
1.1.
Proposiciones que tienen porProposiciones que tienen por
finalidad reconstruir los hechos.finalidad reconstruir los hechos.
(NUESTRA VERSIÓN)
Configurada por la que resultaConfigurada por la que resulta
aplicable a los hechos. (TIPICIDADaplicable a los hechos. (TIPICIDAD
DEL DELITO)DEL DELITO)
Conformada por los elementos queConformada por los elementos que
pueden acreditar las proposicionespueden acreditar las proposiciones
fácticas.fácticas.
Elem.
JURIDICO
Elem.
PROBATORIO
Elem. FACTICO
22. Acreditan hechos concretos que
no inciden en mi teoría del caso.
Acreditan la teoría de la
contraparte.
Debo desvirtuar, desacreditar y
convertirlos en hechos positivos.
Acreditan mi teoría del caso
HECHOS POSITIVOS
HECHOS
NEGATIVOS
HECHOS
INAMOVIBLES
23. La elaboración de la teoría del caso exige típicamente:
REVISAR LOS ELEMENTOS DE LAS ALEGACIONES DE CADA
PARTE; determinar los hechos claves que han sido
controvertidos y que, en consecuencia, están en disputa y los
testigos y evidencia material de que nuestra contraparte se
puede servir en apoyo de su versión en ello, así como la
evidencia de que dispondremos para apoyar nuestra propia
versión; investigar todo posible incidente relativo a la
legalidad de las pruebas obtenidas.
26. • La construcción de la teoría del caso, no se crea en la etapa del
juicio oral, sino que se empieza a construir desde el inicio del
proceso penal, es decir desde la fase de la investigación.
• El planteamiento de la teoría del caso se realiza desde:
- MP la acusación y alegatos de apertura (declaración)
- Defensa contestación a la acusación y alegatos de apertura
(declaración)