1. FUNDACION UNIVERSITARIA JUAN DE CASTELLANOS
FACULTAD DE DERECHO Y RELACIONES INTERNACIONALES
Diego Mauricio Higuera Jiménez, Ph.D.
Nombre: ________________________________________Código: _____________
1. Frente a los efectos temporales de las sentencias de nulidad, se evidencia que
existen los efectos ex-nunc y ex – tunc, los cuales se diferencian el uno del otro
en:
a. Que los efectos ex-nunc es para vicios absolutos en la contratación estatal y
los efectos ex-tunc es para vicios relativos subsanables.
b. Que los efectos ex-tunc es sólo para sentencias de nulidad simple y los
efectos ex-nunc para sentencias de nulidad de un acto administrativo
particular.
c. Que los efectos ex-tunc son de carácter retroactivos y los efectos ex-nunc
son a partir de que se declara la nulidad
d. Que los efectos ex-nunc tienen su nulidad en el origen y los efectos ex-tunc
son a partir del día siguiente de la declaratoria de nulidad del acto.
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2. El Presidente de la República promueve un referendo en el cual se pretende
hacer la promoción e incorporación automática a la carrera administrativa para
los funcionarios públicos que se hayan desempeñado en los dos últimos años
en provisionalidad. Su opinión como jurista es consultada frente al tema y
considera frente al caso que
a. El Presidente de la República está en toda su facultad de promover iniciativas
de ésta índole.
b. Se evidencia un caso de sustitución de la Constitución al violar las reglas de
la carrera administrativa y diversos postulados constitucionales.
c. Tiene plena viabilidad el referendo, pues es la expresión popular soberana
la que debe primar en asuntos de relevancia constitucional.
d. Se puede demandar la nulidad por inconstitucionalidad ante el Consejo de
Estado por ser una norma de la Rama Ejecutiva.
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3. Frente al tema de construcción de líneas jurisprudenciales y su metodología, la
forma correcta para la construcción de dichas líneas consiste en:
a. Buscar la sentencia fundacional, delimitar plenamente el tema de estudio y
buscar las demás sentencias de relevancia hasta obtener la última sentencia
relevante del caso bajo estudio.
b. Buscar la sentencia que sirva de punto arquimédico, realizar la ingeniería de
reversa y finalmente encontrar el nicho citacional.
c. Buscar la sentencia de mayor relevancia en el tema, encontrar las sentencias
de hito consolidadoras y finalmente encontrar la sentencia arquimédica.
d. Encontrar la sentencia unificadora de línea, analizar las diversas sentencias
hito y hallar la sentencia fundadora de línea.
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4. Una serie de sentencias del Consejo de Estado establece un precedente sólido,
basado en el Código Contencioso Administrativo (Decreto 01 de 1984), estando
vigente al día de hoy la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). El nuevo código contradice
el precedente que aún usa el Consejo de Estado; usted como juez administrativo
debe resolver un caso en el cual se puede usar el precedente fijado por el
Consejo de Estado y decide:
a. Acatar el precedente fijado por el Consejo de Estado, por consolidarse como
doctrina jurisprudencial.
b. Apartarse del precedente por considerarlo inconstitucional, haciendo uso de
la excepción de inconstitucionalidad.
c. Seguir el precedente, al ser el Consejo de Estado el tribunal supremo de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa.
d. Apartarse del precedente, argumentando que la base de dicho precedente
es una norma derogada.
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5. Los magistrados de la Corte Constitucional Colombiana son elegidos por el
Senado de la República, de sendas ternas enviadas por
a. 3 por el Presidente de la República, 3 por el Consejo Superior de la
Judicatura, 3 por el Consejo de Estado.
b. 3 por la Cámara de Representantes, 3 por el Fiscal General de la Nación, 3
por la Corte Suprema de Justicia.
c. 3 por el Presidente de la República, 3 por la Corte Suprema de Justicia, 3
por el Consejo de Estado.
d. 3 por la Corte Suprema de Justicia, 3 por el Consejo Superior de la
Judicatura, 3 por el Consejo de Estado.
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6. Por regla general, las acciones de tutela tienen efectos únicamente para las
partes implicadas en dicha acción. Cuando la Corte Constitucional realiza la
revisión de acciones de tutela, en su parte resolutiva, en ocasiones establece
efectos inter comunis, dichos efectos consisten en
a. Que los efectos se extiendan a quienes promuevan acciones populares en
una temática similar a la de la acción de tutela.
b. Que los efectos se extiendan a aquellas personas que no promovieron
acciones de tutela, pero se vean afectadas por una situación igual o similar
a la de la tutela fallada.
c. Que los efectos se extiendan a todas las personas dentro del territorio
nacional.
d. Que los efectos se extiendan a todas las personas, a partir de la constitución
de dicha sentencia de tutela.
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7. El término que tiene la Corte Constitucional para la resolución de las acciones
de inconstitucionalidad es de
3. a. 8 meses
b. 4 meses
c. 12 meses
d. 6 meses
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8. Un alcalde de una importante ciudad capital del país es apartado de su cargo
por una decisión proferida por un órgano administrativo sancionador. La Corte
Constitucional al realizar el análisis de dicha decisión, usando el bloque de
constitucionalidad, debe decidir
a. Realizar una excepción por inconstitucional, al tratarse de un acto
administrativo ejecutoriado.
b. Realizar un control de convencionalidad indirecto, pues sólo los jueces por
medio de sentencias pueden separar servidores públicos nombrados por
elección popular.
c. Realizar un control de constitucionalidad concreto, pues considera que viola
la Constitución.
d. Realizar un control automático de constitucionalidad, al evidenciar una
sustitución de la Constitución.
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9. La Corte Constitucional es la encargada de resolver las acciones de
inconstitucionalidad y las revisiones de las acciones de tutela. ¿Cómo se realiza
la distribución de los magistrados para la resolución de acciones de
inconstitucionalidad y la revisión de tutelas?
a. En Sala Plena de 9 magistrados para acciones de tutela y en salas de
revisión de 4 magistrados para acciones de inconstitucionalidad.
b. En Sala Plena de 9 magistrados para acciones de inconstitucionalidad y en
salas de revisión de 3 magistrados para revisiones de tutela.
c. En Sala de gobierno de 9 magistrados para acciones de inconstitucionalidad
y en salas de revisión de 2 magistrados para acciones de
inconstitucionalidad.
d. En Sala Plena de 10 magistrados para acciones de inconstitucionalidad y en
salas de revisión de 3 magistrados para revisiones de tutela.
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10. El Presidente de la República decreta un estado de excepción debido a una
grave crisis del sistema pensional, que amenaza el equilibrio fiscal del estado.
La Corte Constitucional al realizar el respectivo control constitucional debe fallar
a. Admitiendo el estado de excepción de manera condicionada, pues debe
presentar incidente de impacto fiscal.
b. Rechazando el estado de excepción, pues no tiene facultad constitucional
para realizar estados de excepción.
c. Rechazando el estado de excepción, pues dicha crisis no tiene el carácter
de excepcional.
d. Admitiendo el estado de excepción, pues debe primar el bienestar general, y
además el estado de excepción es transitorio y no viola la Constitución.
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11. Un juez de la República emite una decisión sin haberse posesionado y nombrado
como autoridad de la Rama Judicial. El cliente acude a su oficina de abogado y
le pide su asesoría, a lo cual usted le recomendaría
a. Presentar una acción de nulidad, por expedirse una providencia sin la debida
competencia.
b. Presentar una acción de tutela por la configuración de una vía de hecho, en
el criterio de defecto orgánico por falta de competencia.
c. Presentar una acción de tutela contra providencia judicial por defecto
procedimental.
d. Presentar una acción de nulidad y restablecimiento del derecho.
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12. La aclaración de voto de los magistrados en una sentencia, consiste
esencialmente en
a. La manifestación de disentimiento parcial del magistrado, frente a ciertas
partes motivas de la sentencia, más no de su parte resolutiva, y sus razones
y argumentos para tomar dicha decisión.
b. La manifestación de disentimiento total del magistrado, frente a la parte
motiva y resolutiva de la sentencia, y sus argumentos y razones en derecho
de la decisión de apartarse.
c. La aclaración del magistrado de estar en desacuerdo con la decisión por
cuestiones políticas y sociales.
d. La decisión de apartarse totalmente de la decisión adoptada, al considerar
que la tesis empleada no resuelve el asunto bajo estudio.
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13. Un Juez de la República es acusado de no realizar la implementación de la tutela
judicial efectiva en sus procesos. Usted como asesor del juez, le recomendaría
argumentar en sus descargos
a. Reenviar los expedientes a la Corte Constitucional para la revisión de la
tutela.
b. Presentar públicamente sus argumentos, los expedientes y cumplir con el
requisito de publicidad.
c. Demostrar con evidencias que se cumplió con el acceso a la administración
de justicia y se resolvió de fondo y en los términos señalados.
d. Fundamentar que cumple con sus obligaciones como juez, de acuerdo a lo
señalado por el Consejo Superior de la Judicatura.
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14. La diferencia entre los efectos inter pares e inter partes radica esencialmente en
a. Que los efectos inter pares son cuando la sentencia se extiende a aquellos
en situaciones de vulneración similares, y los efectos inter partes es
únicamente para aquellos involucrados en la acción constitucional.
5. b. Que los efectos inter partes pueden extenderse provisionalmente mientras
se cumpla con la ejecutoriedad del fallo, y el efecto inter pares es únicamente
para aquellos involucrados en el proceso.
c. Que los efectos inter pares obligan a vincular a todos aquellos que afecte la
decisión, y los efectos inter partes únicamente obliga a las partes iniciales en
el proceso.
d. Que los efectos inter partes únicamente vinculan a quienes promovieron la
acción y los efectos inter pares hacen vinculante la decisión a otros jueces
de la república.
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