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DE POLÍTICAS
PÚBLICAS
RESUMEN
EJECUTIVO
Centro de Implementación
de Políticas Públicas para
la Equidad y el Crecimiento
C
on el desarrollo de las nuevas tecnolo-
gías, la disponibilidad de la información
pública aumentó en forma sustancial.
En la actualidad, los Estados producen y ponen
a disposición del público una gran cantidad de
información. Sin embargo, los datos publicados
no siempre son suficientes ni están completos, y
solo representan una pequeña parte de la infor-
mación producida por el Estado.
Además, la información debería estar disponible
sin necesidad de que las personas tengan que so-
licitarla a la autoridad pública. Para reducir esta
brecha entre lo que existe y lo que es accesible,
es fundamental que los organismos públicos
adopten una actitud proactiva y que publi-
quen la información de manera completa, en
un tiempo razonable y en formatos abiertos,
según los estándares de open data (accesibili-
dad, reusabilidad, no discriminación y sosteni-
bilidad).
Este documento presenta los resultados del aná-
lisis de las políticas de acceso a la información
y datos abiertos implementadas por los poderes
judiciales de la Argentina, Chile y Uruguay. De
la investigación se desprende que los poderes
judiciales de los tres países (1) incrementaron
la cantidad y calidad de los datos publicados en
sus páginas de internet, pero aún no publican la
información en formatos abiertos; (2) decidieron
publicar más información como parte de una
política de transparencia activa más que por
una cuestión de rendición de cuentas o de mejo-
ra de la gestión judicial; (3) deberían utilizar sis-
temáticamente los datos para elaborar su políti-
ca y rendir cuentas a la ciudadanía, y (4) deberían
implementar la publicación de datos a través de
formatos totalmente abiertos que promuevan
su reutilización.
Recomendaciones para implementar
una política de datos abiertos en el
Poder Judicial
Sandra Elena | Ana Pichón Rivière
ÁREA DE INSTITUCIONES
Y GESTIÓN PÚBLICA
Programa de Justicia y Transparencia
Mayo 2014 Recomendación
133
D C2 Acceso a la información y datos
abiertos
El acceso a la información pública es un dere-
cho humano fundamental, reconocido en nu-
merosos tratados internacionales: su objetivo
es garantizar la disponibilidad, conocimiento y
transmisión de la información que genera el Es-
tado; su ejercicio potencia el desarrollo de los de-
rechos civiles, la transparencia y la rendición de
cuentas de los funcionarios, y fomenta el debate
público e informado para evitar la corrupción
y los abusos por parte de los poderes estatales.
Por eso, una gestión pública eficaz debe basar
sus deciones en datos objetivos y de calidad.
Una nueva faceta del acceso a la informa-
ción es la tendencia a publicar datos en forma-
tos abiertos (open data1
), para que la sociedad
pueda acceder a la información y sea capaz de
reutilizarla para diferentes fines, como cruzar
bases de datos para generar nueva información
o potenciar su utilidad al hacerla más compresi-
ble y dinámica.
Ventajas de los datos abiertos
”Data” es cualquier tipo de información en cual-
quier formato, como documentos, bases de da-
tos, transcripciones y grabaciones audio/visua-
les (Sunlight, 2014). Por publicación “abierta” de
data se entiende “(1) la publicación proactiva
de información; (2) siendo la internet el medio
principal para su difusión; (3) la disponibilidad
de información para el acceso y re utilización sin
cargo y; (4) la disponibilidad de información en
formatos legibles por máquinas para facilitar la
re utilización a través de computadoras”2
(Prin-
ce, 2013).
La información es un bien público y puede
ser un insumo para diversas actividades, pro-
yectos y usos que pueden diferir de los que el
gobierno previó cuando liberó la información
(Tauberer, 2012). Además, el acceso a datos en
1 “Más que camino a la transparencia, el Open Data como
componente esencial del Gobierno Abierto debe ser un camino
a la rendición de cuentas, por lo que los incentivos estatales a
la transparencia deben estar respaldados por mecanismos de
enforcement. Crear agencias de Gobierno Abierto sin poder de
obligatoriedad en la publicación de los datos, puede terminar en
el voluntarismo político de actores o instituciones (…). El prin-
cipio de la transparencia se transforma en un ideal incompleto si
no existen agencias o instituciones con capacidad de sancionar
y obligar a la rendición de cuentas. Como explica Jonathan Fox
(2008: 174), “este supuesto [la transparencia] confunde lo nor-
mativo (lo que nuestros valores democráticos nos hacen desear)
con lo analítico (lo que las ciencias sociales nos permiten afir-
mar). Si el poder de la transparencia se deriva en el `poder de la
vergüenza´, su influencia sobre verdaderos sinvergüenzas puede
ser muy limitada. Resulta que la transparencia es necesaria pero
lejos de suficiente para construir la rendición de cuentas”.
2 ”una primera y simple aproximación, como una práctica (…)
basada en la idea de que los datos o información creados por las
Administraciones Públicas pertenecen a la sociedad (…) Acote-
mos su definición a la mera idea de que determinados datos
estén disponibles o accesibles para o por cualquier persona u or-
ganización sin ninguna restricción de uso (de patentes, derechos
de autor, copyright y otras formas de protección legal), aunque
con algunas posibles limitaciones de reutilización mediante
licencias especiales”.
formatos abiertos aumenta la credibilidad en
las instituciones, promueve la transparencia y
fomenta la rendición de cuentas.
Contar con información en formatos accesi-
bles y reutilizables colabora también con la for-
mación ciudadana. A su vez, posibilita que los
gobiernos sean más eficaces y mejora el proceso
de formulación de políticas públicas de calidad,
porque abrir la información permite que los
ciudadanos conozcan los procesos de toma de
decisiones, además de las causas y los factores
que influyen en una resolución. Así, se integra a
la ciudadanía durante el proceso y no solo en la
resolución final. Esto aumenta la legitimidad de
las acciones adoptadas e incrementa los niveles
de cumplimiento (Naser, 2012).
Publicar información contribuye con el de-
sarrollo de la transparencia y la disminución de
la corrupción, porque permite el control ciuda-
dano. La publicidad trae luz sobre aspectos
que normalmente se mantienen a oscuros y
promueve:
•	 La innovación y nuevas actividades
económicas.
•	 El aumento de la confianza en el gobierno,
a través del conocimiento de las políticas
públicas, su ejecución y sus resultados.
•	 La construcción colaborativa de políticas
entre Estado y particulares, que tiende a
reducir los costos en la implementación y
elevar los niveles de cumplimiento.
•	 El fortalecimiento de los mecanismos de
participación y colaboración. 	
Es importante resaltar que para que todas
estas ventajas efectivamente sean una reali-
dad es esencial capacitar y formar sobre el uso
de la información. “La mera apertura de datos
no cambia la realidad, se necesita hacer de ma-
nera conjunta un trabajo de “sensibilización,
concientización, capacitación y estimulación
a los diferentes actores involucrados en la utili-
zación de estos datos, estos actores son las per-
sonas, otras instituciones públicas y el sector
privado” (Naser, 2012).
La importancia de los datos en
manos del Poder Judicial
El diseño y la implementación de una política
de datos abiertos en los distintos poderes judi-
ciales resultan fundamentales desde, al menos,
tres puntos de vista. Por un lado, el acceso a la
información es un derecho humano fundamen-
tal, necesario para el desarrollo de los derechos
civiles de los ciudadanos; además, el acceso a
los datos permite el monitoreo ciudadano a los
datos
información
bien público
D C3poderes judiciales y promueve la rendición de
cuentas; por último, desde la perspectiva de la
gestión judicial y el diseño de políticas, la pro-
ducción, la recopilación y la disponibilidad de
datos en un formato que se pueda utilizar y reu-
tilizar permiten tomar decisiones para mejorar
el diseño de las políticas públicas judiciales ba-
sadas en evidencia.
La información y la estadística judicial son
instrumentos fundamentales e indispensables
para materializar cambios o mejoras, y para po-
sibilitar la modernización de la Justicia (Pastor,
2005). Si no se cuenta con información confia-
ble y completa, no es posible identificar con
exactitud las causas de la lentitud y baja cali-
dad de servicio de justicia.
El acceso a la información sobre la gestión de
los tribunales, sus recursos y sus sentencias per-
mite a la sociedad conocer su funcionamiento.
Este contacto con la sociedad tiene dos conse-
cuencias fundamentales. Por un lado, una ciu-
dadanía informada puede ejercer funciones de
control social. Por el otro, la información “acer-
ca” el Poder Judicial a la sociedad: permite una
mayor comprensión y confianza en el accionar
judicial.
¿Qué son los datos abiertos y
qué datos debería publicar el
Poder Judicial?
Sobre la base de la definición del Open Data for-
mulada por Handbook y Open Definition (Open
Knowledge Foundation, 2012), se entiende que
las características distintivas de un formato
abierto son:
•	 Accesibilidad. La información generada
por el Poder Judicial debe estar disponible
como un todo, a un costo de reproducción
razonable y preferentemente disponible
para su descarga desde internet.
•	 No discriminación. No debe haber
discriminación en términos de esfuerzo,
personas o grupos para utilizar, reutilizar
y redistribuir la información. El acceso a
la información no debe estar restringido a
determinados usos ni sujeto a copyright.
•	 Reusabilidad. Los datos deben estar en
formatos que permitan su reutilización,
redistribución e integración a otros datos,
para facilitar el uso interactivo de la
información.
•	 Sostenibilidad. Es particularmente
relevante para considerar si los beneficios
de una actividad o programa pueden
continuar en el tiempo, más allá de quien
los implemente. Los datos en las páginas
web deben mantenerse actualizados;
se debe conservar una periodicidad de
actualización y contar con procesos
estandarizados sobre los formatos de
publicación.
Datos abiertos en los poderes
judiciales de la Argentina, Chile
y Uruguay3
En el nivel regional, los países de América Lati-
na atraviesan diferentes etapas de desarrollo de
las políticas de apertura de datos. Sin embargo,
en general se presta aún muy poca atención a
las políticas de datos en el Poder Judicial y a su
relación con el Estado de Derecho. Tampoco se
suele realizar un análisis sistemático y compa-
rativo del estado y contribuciones de iniciativas
de publicidad de datos, o si estas se condicen con
las características de datos abiertos.
En este contexto, CIPPEC analizó la política
de acceso y difusión de la información de los
Poderes Judiciales de la Argentina, Chile y Uru-
guay, para conocer si existe una política de da-
tos abiertos, cuál fue su impacto y los usos que
se dieron a la información publicada por los po-
deres judiciales. El estudio se propuso identifi-
car los impactos emergentes de las iniciativas de
open data en el poder judicial de los tres países
investigados.
La estrategia metodológica estuvo estruc-
turada en cuatro capas:
1) La descriptiva: donde se compilan y siste-
matizan datos cuantitativos y cualitativos re-
lativos a las iniciativas de transparencia en los
países analizados para contextualizar el estado
de la gobernanza en este tema en la región.
2) La diagnóstica: donde se observan si los re-
sultados encontrados constituyen datos abier-
tos y se compara el avance en los distintos esce-
narios. Aquí se exponen los resultados por país
con base en la herramienta desarrollada como
matriz de relevamiento o checklist. Dicha ma-
triz de medición de la información judicial siste-
matiza datos relativos a:
•	 Resoluciones judiciales: todas las
sentencias deberían ser publicadas.
Las sentencias son las decisiones de
un tribunal que ponen fin a un caso.
También deberían publicarse otras
resoluciones judiciales que finalizan o son
relevantes para la resolución de procesos
3 Para este estudio se consideraron los Poderes Judiciales
nacionales de cada país. Vale hacer la aclaración que Argentina,
es un país federal, a diferencia de los otros dos casos. En Argen-
tina coexisten 24 jurisdicciones sub nacionales y la jurisdicción
Nacional y Federal. Esta última fue la jurisdicción considerada en
esta investigación.
estadísticas
judiciales
sentencias
D C4 y aquellas que ordenan su archivo.
•	 Estadísticas. El conjunto de datos
cuantitativos, en particular los referidos
a la gestión de los tribunales. Aquí se
incluyen las estadísticas sobre casos
ingresados en un año, casos resueltos en
un año, carga de trabajo por juez (casos
registrados más pendientes al inicio
del periodo), tasa de crecimiento de los
casos registrados (entre años, semestres,
trimestres, etc.), distribución de los
asuntos registrados por tipo de materia
(o subsidiariamente procedimiento), tasa
de congestión (casos registrados en el año
más los pendientes al inicio del periodo,
dividido por el número de asuntos
resueltos durante el año).
•	 Información presupuestaria. Toda la
información relativa a la asignación
presupuestaria del Poder Judicial y a su
ejecución.
3) La analítica: donde se califican los resulta-
dos por país en relación a los criterios definidos
para “datos abiertos” (no discriminación, accesi-
bilidad, sostenibilidad y reusabilidad) para res-
ponder si la información publicada constituye o
no datos abiertos.
4) La prospectiva: donde se sugieren recomen-
daciones con base en desafíos y oportunidades
para fortalecer el enfoque de datos abiertos en
función de los contextos reales de desarrollo.
El estudio combinó a) la revisión de infor-
mación disponible sobre los tres países, b) la
recolección de información a través de visitas a
las páginas web de los poderes judiciales y c) en-
trevistas a actores clave como productores de
información (funcionarios de los poderes judi-
ciales), intermediarios y usuarios de la informa-
ción (expertos, académicos, periodistas y miem-
bros de organizaciones de la sociedad civil).
Resultados de la investigación
por país
El gráfico 1 muestra los resultados obtenidos
por los poderes judiciales de Chile, la Argentina
y Uruguay con respecto a la apertura de datos.
La escala de puntuación posible se extiende de
0 a 120,5. Aquí, es importante aclarar que esta
medición se refiere a la apertura de datos y no
a su calidad.
En general, los tres países incrementaron
sus esfuerzos para mejorar la accesibilidad a
datos judiciales: crearon portales de datos, pu-
sieron a disposición pequeños data sets con es-
tadísticas, incrementaron la cantidad de senten-
cias disponibles en línea y mejoraron el diseño
de sus páginas web.
Gráfico 1.
Datos abiertos en el Poder Judicial, por
país (2014)
96,25 95,9
80,87
0
20
40
60
80
100
120
Chile Argentina Uruguay
Puntos
Fuente: CIPPEC.
Chile obtuvo el primer lugar, porque impul-
sa una política a nivel país de transparencia
y publicidad de la información que se extien-
de a los tres poderes del Estado4
. Por su parte,
el Poder Judicial chileno impulsa acciones para
aumentar su transparencia. El 100% de los fun-
cionarios y los usuarios entrevistados conside-
raron que los últimos años fueron positivos en
cuanto a la información publicada y al desarro-
llo de una política de transparencia.
El Poder Judicial chileno publica las senten-
cias, la información presupuestaria y las esta-
dísticas. Sin embargo, los formatos no son libres
y es necesario contar con el software indicado.
Por otra parte, Chile cuenta con una importante
limitación en lo que refiere a reusabilidad, por-
que la Corporación Administrativa del Poder
Judicial autoriza a utilizar, imprimir, reproducir
y almacenar la información contenida en el sitio
solo para fines personales o académicos, lo que
excluye otros usos relevantes, como el comer-
cial.
Los funcionarios chilenos manifestaron co-
nocer el concepto de datos abiertos y conside-
ran que la información publicada cumple con
los requisitos necesarios para ser “abierta”. Por
el contrario, si bien el 100% de los usuarios co-
nocía el concepto de datos abiertos, no consi-
deró que la información publicada se encuadre
dentro de este concepto.
Por su parte, la Argentina obtuvo el segun-
do lugar, con un puntaje muy cercano a Chile.
En un esfuerzo por mejorar la transparencia,
el Poder Judicial aumentó la publicidad de la
información en formatos reutilizables y accesi-
bles. En la actualidad, publica su información es-
tadística en HTML y en data sets, lo que facilita
su uso. Además, el Poder Judicial argentino creó
el Centro de Información Judicial, cuyo portal
4 Esta política se enmarca en la Ley 20.285, de Transparencia de
la Función Pública y de Acceso a la Información de la Admin-
istración del Estado. Entre otras medidas, esta Ley instaura el
Consejo para la Transparencia.
accesibilidad
calidad
D C5mantiene información actualizada y accesible.
Este cambio hacia una mayor transparencia
fue resaltado por los funcionarios entrevistados,
que entendieron que en los últimos años se hizo
un esfuerzo por aumentar la transparencia que
es valorado como positivo de manera unánime.
Los usuarios de la información judicial entrevis-
tados también consideraron que el cambio fue
positivo. Sin embargo, el 100% de los usuarios y
el 75% de los funcionarios consideró que el Po-
der Judicial debería producir y publicar más
información, e incluir la difusión de manera
ordenada y sistematizada de las declaraciones
juradas de bienes de los jueces, la información
sobre la duración de los procesos, los currículum
vitae de los jueces concursantes y las filmacio-
nes de los concursos, entre otras cuestiones5
.
En la Argentina, la información se publica
en formatos de licencias pagas y no libres. Otra
desventaja es que la publicación de la informa-
ción presupuestaria y de las sentencias se hace
en formato PDF, lo que muchas veces dificulta
su reutilización. Esta fue una observación co-
mún entre los usuarios entrevistados, quienes
entienden que es necesario mejorar el forma-
to de publicación y ampliar el uso de formatos
abiertos y hojas de cálculo.
De los funcionarios entrevistados, el 75% no
conocía el concepto de datos abiertos y un 25%
expresó conocerlo pero de manera parcial. En
consecuencia, no pudieron valorar si los datos
publicados encuadran dentro del concepto de
datos abiertos. Por el contrario, el 100% de los
usuarios argentinos afirmó conocer el concep-
to de datos abiertos. El 80% coincidió en que la
información publicada por el Poder Judicial no
encuadra dentro de este concepto; el 20% res-
tante sostuvo que lo hace parcialmente, ya que
la información puede ser reutilizada.
Por último, Uruguay obtuvo el puntaje más
bajo. Si bien el 100% de los usuarios y funcio-
narios entrevistados consideró que el Poder
Judicial debería producir más datos de los que
actualmente publica, tanto funcionarios como
usuarios entendieron que en los últimos años se
generó un cambio positivo en la forma en la que
el Poder Judicial pone a disposición sus datos.
Al igual que en Chile y la Argentina, Uruguay
no publica la información en formatos abiertos
sino que utiliza formatos de licencias pagas, lo
que limita el acceso a las personas que cuentan
con ese programa.
Un factor interesante para el análisis de la
situación uruguaya es que los usuarios entrevis-
tados no estaban familiarizados con el concepto
de datos abiertos. El 66% de los entrevistados
expresó no conocerlo; el 34% restante declaró
conocerlo parcialmente y no consideró que la
información publicada se encuadre dentro de
5 Los currículums vitae de los candidatos a jueces se encuen-
tran publicados en la sección de la Comisión de Selección de
Magistrados del Consejo en el sitio del Poder Judicial de la
Nación. Sin embargo, los usuarios encuestados manifestaron que
ellos no estaban disponibles lo que pone de manifiesto su difícil
accesibilidad.
él. En el caso de los funcionarios, el 50% declaró
no conocerlo y, si bien los restantes tenían una
noción de lo que implica, no pudieron definirlo.
Resultados de la investigación
según las dimensiones de datos
abiertos
Para conocer si la información publicada puede
ser considerada como un dato abierto, se anali-
zaron los resultados obtenidos en las siguientes
dimensiones no discriminación, accesibilidad,
sostenibilidad y reusabilidad (ver gráfico 2).
Gráfico 2.
Datos abiertos en los poderes judiciales.
Puntajes obtenidos por la Argentina,
Chile y Uruguay según dimensión (2014)
En relación con el estándar de no discrimi-
nación, los resultados fueron positivos para los
tres países. La única falencia que presentan está
en las licencias de uso de los programas infor-
máticos, ya que la información se publica a tra-
vés de programas que utilizan licencias pagas y
no libres, aunque de uso común. Esto limita sus-
tancialmente el acceso y, por ende, la apertura
de los datos.
En lo que refiere a accesibilidad, los tres paí-
ses obtuvieron un puntaje similar, muy cercano
al máximo posible. El mayor problema que se
detecta es que los datos no siempre están com-
pletos, sobre todo en lo que refiere a las estadís-
ticas judiciales.
Con respecto a la sostenibilidad, los tres
países tienen información actualizada, con un
año de antigüedad como máximo. Los mejores
puntajes fueron para Chile y la Argentina, que
obtuvieron un resultado similar (19 y 18 puntos,
respectivamente) y a una distancia considerable
de Uruguay (10 puntos). Esa diferencia entre los
tres países surge porque Uruguay no tiene una
normativa específica que regule la publicación
de datos en el Poder Judicial. Por el contrario,
la Argentina y Chile tienen una normativa es-
pecífica para publicar las sentencias y los datos
17,5
18,38
19,25
21
13,13
19,25
20,13
21
15,75
10,5
19,25
21
Reusabilidad
Sostenibilidad
Accesibilidad
No discriminación
Argentina Chile Uruguay
Fuente: CIPPEC.
reusabilidad
sostenibilidad
no
discriminación
D C6 estadísticos y presupuestarios. Esta normativa
está publicada en la web.
En cuanto a la reusabilidad, la Argentina
alcanzó el mayor puntaje (17 puntos), seguido
por Uruguay (15 puntos) y Chile (13 puntos). Las
principales dificultades están en los formatos
utilizados para publicar la información, que
no permiten su exportación o requieren cono-
cimientos técnicos para hacerlo. En este aspec-
to, se destaca la limitación de Chile, que autoriza
el uso de la información solo para fines persona-
les o académicos.
A pesar de los resultados puntuales, es im-
portante resaltar el esfuerzo proactivo que
cada país realiza para publicar la información
y hacerla accesible. Esto queda demostrado por
el resultado de la dimensión no discriminación,
que fue la que obtuvo el puntaje más alto en la
ponderación de todas las dimensiones, seguida
por accesibilidad.
Hallazgos
Los tres países crearon un ámbito propicio
para desarrollar una política de datos abier-
tos. Sin embargo, la información no cumple
aún con todos los requisitos para convertirse
en un dato abierto. Entre otros factores, porque
la política de open data en el Poder Judicial no
puede producirse “por derrame”, como conse-
cuencia de la adopción de este tipo de políticas
en el ámbito de los poderes ejecutivos. Aunque
la existencia de una política de open data en
otros poderes mejora las posibilidades de que
exista, la convicción y la voluntad de los actores
judiciales son las que impulsarán las mejoras
más profundas en la disponibilidad de datos.
La investigación muestra también que de las
tres categorías en que impacta el uso de datos
abiertos (transparencia y rendición de cuentas;
innovación y desarrollo económico, e inclusión
y empoderamiento) solo se lograron impactos
emergentes en transparencia. En cambio, los
resultados de la investigación no demostraron
que se haya logrado impactar en la innovación,
en la gestión o en el acceso a la Justicia. Esto se
debe, en parte, a que la publicacion proactiva de
datos fue implementada por una creencia en la
obligación de transparentar el servicio de justi-
cia, más que por motivos de eficiencia. Esto lleva
a que los datos no se utilicen sistemáticamente
para el diseño de políticas judiciales de calidad
ni para la rendición de cuentas a la sociedad.
Los poderes judiciales publican datos, pero
la publicación de datos per se -ya sea en for-
matos abiertos o cerrados- no garantiza que la
información cumpla con la calidad, cantidad y
periodicidad necesarias. Es decir que, a pesar de
los esfuerzos realizados, aún se evidencia una
falta de adecuación entre la oferta y la demanda
de datos judiciales.
Recomendaciones para
implementar una política de
datos abiertos en el Poder
Judicial
A continuación se proponen recomendaciones
diferenciadas por niveles para diseñar e imple-
mentar una política de datos abiertos en el Po-
der Judicial.
1. Sensibilización de actores judiciales y
usuarios
Las cortes supremas, los consejos de la magis-
tratura y los órganos de transparencia deberán:
•	 Promover un cambio cultural en el
Poder Judicial, orientado a la apertura y
transparencia de su actuar. Esto puede
lograrse a partir de un claro liderazgo de
la autoridad superior en este sentido, la
capacitación de los recursos humanos,
la separación entre las funciones
administrativas y jurisdiccionales en las
cortes, entre otros.
•	 	Generar espacios de trabajo conjunto
entre el Poder Judicial y la sociedad civil
para diseñar en conjunto políticas de
acceso a la información y datos abiertos.
Uno de los elementos distintivos del
gobierno abierto y de los datos abiertos en
la participación real de la sociedad civil en
el diseño e implementación de políticas.
Por ello, esta debe estar incorporada
desde el inicio en el proceso de toma de
decisiones.
•	 	Promover el debate de leyes de datos
abiertos. Estas constituyen una
oportunidad para actualizar y mejorar
el acceso a la información que ya
se encuentra publicada y permiten
especificar los nuevos conjuntos de datos
y los registros que se deben publicar
(Sunlight, 2014).
•	 Complementar las políticas de datos
abiertos con los sistemas de publicación
de la información ya existentes. Construir
sobre la base de estos precedentes puede
ayudar a fortalecer las políticas de datos
abiertos e identificar nuevos nichos
donde puedan desarrollarse políticas de
este tipo.
•	 Incorporar en los planes de capacitación
judiciales cursos de de datos abiertos
y acceso a la información pública, su
transparencia
rendición de
cuentas
D C7aporte a la construcción democrática y al
empoderamiento de la ciudadanía.
•	 Promover mesas de trabajo entre los
tres poderes del Estado para trabajar en
conjunto sobre procesos de apertura de
datos, portales de datos públicos, etc.
2. Implementación de políticas de datos
abiertos
•	 Definir la publicación programada de
información en formatos abiertos. No se
necesita que toda la información y los
data sets se publiquen al mismo tiempo.
Se recomienda comenzar de a poco, con
los más pequeños y sencillos, de manera
de convertirlo en un proceso constante e
innovador que incluya la apertura de lo
existente, y de la nueva información que
se vayan creando.
•	 Generar espacios de trabajo periódicos
con potenciales usuarios e intermediarios
de datos para conocer en profundidad
qué datos y en qué formatos son más
útiles. El contacto con los intermediarios
es esencial, ya que un gran número de
datos no llegarán a los usuarios finales
directamente, sino a través de estos
intermediarios que incluyen, por ejemplo,
los medios de comunicación, ONG
especializadas en temas de justicia y/o
apertura de datos, y universidades, entre
tros actores6
.
•	 El Poder Judicial debe realizar talleres
de debate con usuarios e intermediarios
de la sociedad civil para que junto a los
técnicos del poder judicial se debata
qué datos deben publicarse, con qué
desagregación y periodicidad y en qué
formatos. En estos talleres
6 Los intermediarios son personas e instituciones que toman los
datos y los transforman para ser presentados de una manera más
sencilla y atractiva (Open Knowledge Foundation, 2012).
 deben participar además, autoridades con
el poder suficiente para tomar decisiones.
3. Monitoreo y evaluación de las políticas
de datos abiertos
•	 Diseñar mecanismos de planificación
estratégica que incluyan metodologías
de planificación, monitoreo y evaluación,
herramientas claves de análisis que
retroalimentan el proceso de toma de
decisiones para mejorar de la gestión
judicial.
•	 Implementar métodos de monitoreo
del desempeño de los distintos aspectos
para comparar el desarrollo. Elaborar
indicadores que permitan la comparación
en el tiempo. Las dimensiones más
relevantes para construir sistemas
de indicadores de desempeño son:
actividades, resultados entregados, los
efectos y el impacto de las políticas de
datos abiertos.
•	 Desarrollar una política de evaluación
de largo plazo que esté dirigida a generar
información para la toma de decisiones
sobre aspectos clave como la utilidad de
los datos que se publican, las políticas
para mejorar la transparencia y la
rendición de cuentas, entre otros aspectos
clave.
En conclusión, los poderes judiciales de la
Argentina, Chile y Uruguay avanzaron en ha-
cer pública su información. Y aunque sus da-
tos aún no son accesibles en formatos abiertos,
existe un contexto favorable para implementar
en el corto plazo medidas concretas que permi-
tan implementar una política de datos abiertos
para los poderes judiciales.
sensibilización
implementación
evaluación
D C8 Bibliografía
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D C9
Si desea citar este documento: Elena, S. y Pichón Rivière, A. (mayo de 2014).
Recomendaciones para implementar una política de datos abiertos en el
Poder Judicial. Documento de Políticas Públicas / Recomendación N°133.
Buenos Aires: CIPPEC.
Para uso online agradecemos usar el hipervínculo al documento original
en la web de CIPPEC.
Las publicaciones de CIPPEC son gratuitas y se pueden
descargar en www.cippec.org.
CIPPEC alienta el uso y divulgación de sus producciones sin
fines comerciales.
Acerca de las autoras
Sandra Elena: directora del Programa de Justicia y Transparencia de
CIPPEC. Abogada (UBA, Argentina), Licenciada en Ciencias Políticas (Uni-
versidad del Salvador, Argentina). Magíster en Estudios Legales Internacio-
nales (American University, EEUU).
Ana Pichón Rivière: coordinadora del Programa de Justicia y Transparen-
cia de CIPPEC. Abogada (Universidad de Buenos Aires). Candidata a magís-
ter en Administración y Políticas Públicas (Universidad de San Andrés).
Las autoras agradecen la colaboración del Programa de Incidencia, Monito-
reo y Evaluación de CIPPEC. También agradecen los aportes de Ana Belén
Ruival y Gisela Ferrari.
La opinión de las
autoras no refleja
necesariamente la
posición de todos los
miembros de CIPPEC
en el tema analizado.
Este trabajo se realizó gracias al apoyo de World Wide
Web Foundation, a través del proyecto de investigación
“Explorando los Impactos emergentes de los datos abiertos
en los países en desarrollo”, (donación 107075) del Centro de
Investigaciones para el Desarrollo Internacional de Canadá
(IDRC).
CIPPEC (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y
el Crecimiento) es una organización independiente, apartidaria y sin fines de
lucro que trabaja por un Estado justo, democrático y eficiente que mejore la
vidadelaspersonas.Paraelloconcentrasusesfuerzosenanalizarypromover
políticas públicas que fomenten la equidad y el crecimiento en la Argentina.
Su desafío es traducir en acciones concretas las mejores ideas que surjan
en las áreas de Desarrollo Social, Desarrollo Económico, e Instituciones y
Gestión Pública a través de los programas de Educación, Salud, Protección
Social, Política Fiscal, Integración Global, Justicia, Transparencia, Política y
Gestión de Gobierno, Incidencia, Monitoreo y Evaluación, y Desarrollo Local
info@cippec.org
Con los Documentos de Recomendación de Políticas Públicas, CIPPEC
acerca a funcionarios, legisladores, periodistas, miembros de organizaciones
de la sociedad civil y a la ciudadanía en general un análisis que sintetiza los
principales diagnósticos y tomas de posición pública sobre un problema o
una situación que afecta al país, y presenta recomendaciones propias.
Estos documentos buscan mejorar el proceso de toma de decisiones en
aquellos temas que ya forman parte de la agenda pública o bien lograr que
problemas hasta el momento dejados de lado sean visibilizados y considera-
dos por los tomadores de decisiones.
Por medio de sus publicaciones, CIPPEC aspira a enriquecer el debate pú-
blico en la Argentina con el objetivo de mejorar el diseño, la implementación
y el impacto de las políticas públicas, promover el diálogo democrático y
fortalecer las instituciones.
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Recomendaciones para implementar una política de datos abiertos en el poder judicial

  • 1. DOCDOCUMENTO DE POLÍTICAS PÚBLICAS RESUMEN EJECUTIVO Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento C on el desarrollo de las nuevas tecnolo- gías, la disponibilidad de la información pública aumentó en forma sustancial. En la actualidad, los Estados producen y ponen a disposición del público una gran cantidad de información. Sin embargo, los datos publicados no siempre son suficientes ni están completos, y solo representan una pequeña parte de la infor- mación producida por el Estado. Además, la información debería estar disponible sin necesidad de que las personas tengan que so- licitarla a la autoridad pública. Para reducir esta brecha entre lo que existe y lo que es accesible, es fundamental que los organismos públicos adopten una actitud proactiva y que publi- quen la información de manera completa, en un tiempo razonable y en formatos abiertos, según los estándares de open data (accesibili- dad, reusabilidad, no discriminación y sosteni- bilidad). Este documento presenta los resultados del aná- lisis de las políticas de acceso a la información y datos abiertos implementadas por los poderes judiciales de la Argentina, Chile y Uruguay. De la investigación se desprende que los poderes judiciales de los tres países (1) incrementaron la cantidad y calidad de los datos publicados en sus páginas de internet, pero aún no publican la información en formatos abiertos; (2) decidieron publicar más información como parte de una política de transparencia activa más que por una cuestión de rendición de cuentas o de mejo- ra de la gestión judicial; (3) deberían utilizar sis- temáticamente los datos para elaborar su políti- ca y rendir cuentas a la ciudadanía, y (4) deberían implementar la publicación de datos a través de formatos totalmente abiertos que promuevan su reutilización. Recomendaciones para implementar una política de datos abiertos en el Poder Judicial Sandra Elena | Ana Pichón Rivière ÁREA DE INSTITUCIONES Y GESTIÓN PÚBLICA Programa de Justicia y Transparencia Mayo 2014 Recomendación 133
  • 2. D C2 Acceso a la información y datos abiertos El acceso a la información pública es un dere- cho humano fundamental, reconocido en nu- merosos tratados internacionales: su objetivo es garantizar la disponibilidad, conocimiento y transmisión de la información que genera el Es- tado; su ejercicio potencia el desarrollo de los de- rechos civiles, la transparencia y la rendición de cuentas de los funcionarios, y fomenta el debate público e informado para evitar la corrupción y los abusos por parte de los poderes estatales. Por eso, una gestión pública eficaz debe basar sus deciones en datos objetivos y de calidad. Una nueva faceta del acceso a la informa- ción es la tendencia a publicar datos en forma- tos abiertos (open data1 ), para que la sociedad pueda acceder a la información y sea capaz de reutilizarla para diferentes fines, como cruzar bases de datos para generar nueva información o potenciar su utilidad al hacerla más compresi- ble y dinámica. Ventajas de los datos abiertos ”Data” es cualquier tipo de información en cual- quier formato, como documentos, bases de da- tos, transcripciones y grabaciones audio/visua- les (Sunlight, 2014). Por publicación “abierta” de data se entiende “(1) la publicación proactiva de información; (2) siendo la internet el medio principal para su difusión; (3) la disponibilidad de información para el acceso y re utilización sin cargo y; (4) la disponibilidad de información en formatos legibles por máquinas para facilitar la re utilización a través de computadoras”2 (Prin- ce, 2013). La información es un bien público y puede ser un insumo para diversas actividades, pro- yectos y usos que pueden diferir de los que el gobierno previó cuando liberó la información (Tauberer, 2012). Además, el acceso a datos en 1 “Más que camino a la transparencia, el Open Data como componente esencial del Gobierno Abierto debe ser un camino a la rendición de cuentas, por lo que los incentivos estatales a la transparencia deben estar respaldados por mecanismos de enforcement. Crear agencias de Gobierno Abierto sin poder de obligatoriedad en la publicación de los datos, puede terminar en el voluntarismo político de actores o instituciones (…). El prin- cipio de la transparencia se transforma en un ideal incompleto si no existen agencias o instituciones con capacidad de sancionar y obligar a la rendición de cuentas. Como explica Jonathan Fox (2008: 174), “este supuesto [la transparencia] confunde lo nor- mativo (lo que nuestros valores democráticos nos hacen desear) con lo analítico (lo que las ciencias sociales nos permiten afir- mar). Si el poder de la transparencia se deriva en el `poder de la vergüenza´, su influencia sobre verdaderos sinvergüenzas puede ser muy limitada. Resulta que la transparencia es necesaria pero lejos de suficiente para construir la rendición de cuentas”. 2 ”una primera y simple aproximación, como una práctica (…) basada en la idea de que los datos o información creados por las Administraciones Públicas pertenecen a la sociedad (…) Acote- mos su definición a la mera idea de que determinados datos estén disponibles o accesibles para o por cualquier persona u or- ganización sin ninguna restricción de uso (de patentes, derechos de autor, copyright y otras formas de protección legal), aunque con algunas posibles limitaciones de reutilización mediante licencias especiales”. formatos abiertos aumenta la credibilidad en las instituciones, promueve la transparencia y fomenta la rendición de cuentas. Contar con información en formatos accesi- bles y reutilizables colabora también con la for- mación ciudadana. A su vez, posibilita que los gobiernos sean más eficaces y mejora el proceso de formulación de políticas públicas de calidad, porque abrir la información permite que los ciudadanos conozcan los procesos de toma de decisiones, además de las causas y los factores que influyen en una resolución. Así, se integra a la ciudadanía durante el proceso y no solo en la resolución final. Esto aumenta la legitimidad de las acciones adoptadas e incrementa los niveles de cumplimiento (Naser, 2012). Publicar información contribuye con el de- sarrollo de la transparencia y la disminución de la corrupción, porque permite el control ciuda- dano. La publicidad trae luz sobre aspectos que normalmente se mantienen a oscuros y promueve: • La innovación y nuevas actividades económicas. • El aumento de la confianza en el gobierno, a través del conocimiento de las políticas públicas, su ejecución y sus resultados. • La construcción colaborativa de políticas entre Estado y particulares, que tiende a reducir los costos en la implementación y elevar los niveles de cumplimiento. • El fortalecimiento de los mecanismos de participación y colaboración. Es importante resaltar que para que todas estas ventajas efectivamente sean una reali- dad es esencial capacitar y formar sobre el uso de la información. “La mera apertura de datos no cambia la realidad, se necesita hacer de ma- nera conjunta un trabajo de “sensibilización, concientización, capacitación y estimulación a los diferentes actores involucrados en la utili- zación de estos datos, estos actores son las per- sonas, otras instituciones públicas y el sector privado” (Naser, 2012). La importancia de los datos en manos del Poder Judicial El diseño y la implementación de una política de datos abiertos en los distintos poderes judi- ciales resultan fundamentales desde, al menos, tres puntos de vista. Por un lado, el acceso a la información es un derecho humano fundamen- tal, necesario para el desarrollo de los derechos civiles de los ciudadanos; además, el acceso a los datos permite el monitoreo ciudadano a los datos información bien público
  • 3. D C3poderes judiciales y promueve la rendición de cuentas; por último, desde la perspectiva de la gestión judicial y el diseño de políticas, la pro- ducción, la recopilación y la disponibilidad de datos en un formato que se pueda utilizar y reu- tilizar permiten tomar decisiones para mejorar el diseño de las políticas públicas judiciales ba- sadas en evidencia. La información y la estadística judicial son instrumentos fundamentales e indispensables para materializar cambios o mejoras, y para po- sibilitar la modernización de la Justicia (Pastor, 2005). Si no se cuenta con información confia- ble y completa, no es posible identificar con exactitud las causas de la lentitud y baja cali- dad de servicio de justicia. El acceso a la información sobre la gestión de los tribunales, sus recursos y sus sentencias per- mite a la sociedad conocer su funcionamiento. Este contacto con la sociedad tiene dos conse- cuencias fundamentales. Por un lado, una ciu- dadanía informada puede ejercer funciones de control social. Por el otro, la información “acer- ca” el Poder Judicial a la sociedad: permite una mayor comprensión y confianza en el accionar judicial. ¿Qué son los datos abiertos y qué datos debería publicar el Poder Judicial? Sobre la base de la definición del Open Data for- mulada por Handbook y Open Definition (Open Knowledge Foundation, 2012), se entiende que las características distintivas de un formato abierto son: • Accesibilidad. La información generada por el Poder Judicial debe estar disponible como un todo, a un costo de reproducción razonable y preferentemente disponible para su descarga desde internet. • No discriminación. No debe haber discriminación en términos de esfuerzo, personas o grupos para utilizar, reutilizar y redistribuir la información. El acceso a la información no debe estar restringido a determinados usos ni sujeto a copyright. • Reusabilidad. Los datos deben estar en formatos que permitan su reutilización, redistribución e integración a otros datos, para facilitar el uso interactivo de la información. • Sostenibilidad. Es particularmente relevante para considerar si los beneficios de una actividad o programa pueden continuar en el tiempo, más allá de quien los implemente. Los datos en las páginas web deben mantenerse actualizados; se debe conservar una periodicidad de actualización y contar con procesos estandarizados sobre los formatos de publicación. Datos abiertos en los poderes judiciales de la Argentina, Chile y Uruguay3 En el nivel regional, los países de América Lati- na atraviesan diferentes etapas de desarrollo de las políticas de apertura de datos. Sin embargo, en general se presta aún muy poca atención a las políticas de datos en el Poder Judicial y a su relación con el Estado de Derecho. Tampoco se suele realizar un análisis sistemático y compa- rativo del estado y contribuciones de iniciativas de publicidad de datos, o si estas se condicen con las características de datos abiertos. En este contexto, CIPPEC analizó la política de acceso y difusión de la información de los Poderes Judiciales de la Argentina, Chile y Uru- guay, para conocer si existe una política de da- tos abiertos, cuál fue su impacto y los usos que se dieron a la información publicada por los po- deres judiciales. El estudio se propuso identifi- car los impactos emergentes de las iniciativas de open data en el poder judicial de los tres países investigados. La estrategia metodológica estuvo estruc- turada en cuatro capas: 1) La descriptiva: donde se compilan y siste- matizan datos cuantitativos y cualitativos re- lativos a las iniciativas de transparencia en los países analizados para contextualizar el estado de la gobernanza en este tema en la región. 2) La diagnóstica: donde se observan si los re- sultados encontrados constituyen datos abier- tos y se compara el avance en los distintos esce- narios. Aquí se exponen los resultados por país con base en la herramienta desarrollada como matriz de relevamiento o checklist. Dicha ma- triz de medición de la información judicial siste- matiza datos relativos a: • Resoluciones judiciales: todas las sentencias deberían ser publicadas. Las sentencias son las decisiones de un tribunal que ponen fin a un caso. También deberían publicarse otras resoluciones judiciales que finalizan o son relevantes para la resolución de procesos 3 Para este estudio se consideraron los Poderes Judiciales nacionales de cada país. Vale hacer la aclaración que Argentina, es un país federal, a diferencia de los otros dos casos. En Argen- tina coexisten 24 jurisdicciones sub nacionales y la jurisdicción Nacional y Federal. Esta última fue la jurisdicción considerada en esta investigación. estadísticas judiciales sentencias
  • 4. D C4 y aquellas que ordenan su archivo. • Estadísticas. El conjunto de datos cuantitativos, en particular los referidos a la gestión de los tribunales. Aquí se incluyen las estadísticas sobre casos ingresados en un año, casos resueltos en un año, carga de trabajo por juez (casos registrados más pendientes al inicio del periodo), tasa de crecimiento de los casos registrados (entre años, semestres, trimestres, etc.), distribución de los asuntos registrados por tipo de materia (o subsidiariamente procedimiento), tasa de congestión (casos registrados en el año más los pendientes al inicio del periodo, dividido por el número de asuntos resueltos durante el año). • Información presupuestaria. Toda la información relativa a la asignación presupuestaria del Poder Judicial y a su ejecución. 3) La analítica: donde se califican los resulta- dos por país en relación a los criterios definidos para “datos abiertos” (no discriminación, accesi- bilidad, sostenibilidad y reusabilidad) para res- ponder si la información publicada constituye o no datos abiertos. 4) La prospectiva: donde se sugieren recomen- daciones con base en desafíos y oportunidades para fortalecer el enfoque de datos abiertos en función de los contextos reales de desarrollo. El estudio combinó a) la revisión de infor- mación disponible sobre los tres países, b) la recolección de información a través de visitas a las páginas web de los poderes judiciales y c) en- trevistas a actores clave como productores de información (funcionarios de los poderes judi- ciales), intermediarios y usuarios de la informa- ción (expertos, académicos, periodistas y miem- bros de organizaciones de la sociedad civil). Resultados de la investigación por país El gráfico 1 muestra los resultados obtenidos por los poderes judiciales de Chile, la Argentina y Uruguay con respecto a la apertura de datos. La escala de puntuación posible se extiende de 0 a 120,5. Aquí, es importante aclarar que esta medición se refiere a la apertura de datos y no a su calidad. En general, los tres países incrementaron sus esfuerzos para mejorar la accesibilidad a datos judiciales: crearon portales de datos, pu- sieron a disposición pequeños data sets con es- tadísticas, incrementaron la cantidad de senten- cias disponibles en línea y mejoraron el diseño de sus páginas web. Gráfico 1. Datos abiertos en el Poder Judicial, por país (2014) 96,25 95,9 80,87 0 20 40 60 80 100 120 Chile Argentina Uruguay Puntos Fuente: CIPPEC. Chile obtuvo el primer lugar, porque impul- sa una política a nivel país de transparencia y publicidad de la información que se extien- de a los tres poderes del Estado4 . Por su parte, el Poder Judicial chileno impulsa acciones para aumentar su transparencia. El 100% de los fun- cionarios y los usuarios entrevistados conside- raron que los últimos años fueron positivos en cuanto a la información publicada y al desarro- llo de una política de transparencia. El Poder Judicial chileno publica las senten- cias, la información presupuestaria y las esta- dísticas. Sin embargo, los formatos no son libres y es necesario contar con el software indicado. Por otra parte, Chile cuenta con una importante limitación en lo que refiere a reusabilidad, por- que la Corporación Administrativa del Poder Judicial autoriza a utilizar, imprimir, reproducir y almacenar la información contenida en el sitio solo para fines personales o académicos, lo que excluye otros usos relevantes, como el comer- cial. Los funcionarios chilenos manifestaron co- nocer el concepto de datos abiertos y conside- ran que la información publicada cumple con los requisitos necesarios para ser “abierta”. Por el contrario, si bien el 100% de los usuarios co- nocía el concepto de datos abiertos, no consi- deró que la información publicada se encuadre dentro de este concepto. Por su parte, la Argentina obtuvo el segun- do lugar, con un puntaje muy cercano a Chile. En un esfuerzo por mejorar la transparencia, el Poder Judicial aumentó la publicidad de la información en formatos reutilizables y accesi- bles. En la actualidad, publica su información es- tadística en HTML y en data sets, lo que facilita su uso. Además, el Poder Judicial argentino creó el Centro de Información Judicial, cuyo portal 4 Esta política se enmarca en la Ley 20.285, de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Admin- istración del Estado. Entre otras medidas, esta Ley instaura el Consejo para la Transparencia. accesibilidad calidad
  • 5. D C5mantiene información actualizada y accesible. Este cambio hacia una mayor transparencia fue resaltado por los funcionarios entrevistados, que entendieron que en los últimos años se hizo un esfuerzo por aumentar la transparencia que es valorado como positivo de manera unánime. Los usuarios de la información judicial entrevis- tados también consideraron que el cambio fue positivo. Sin embargo, el 100% de los usuarios y el 75% de los funcionarios consideró que el Po- der Judicial debería producir y publicar más información, e incluir la difusión de manera ordenada y sistematizada de las declaraciones juradas de bienes de los jueces, la información sobre la duración de los procesos, los currículum vitae de los jueces concursantes y las filmacio- nes de los concursos, entre otras cuestiones5 . En la Argentina, la información se publica en formatos de licencias pagas y no libres. Otra desventaja es que la publicación de la informa- ción presupuestaria y de las sentencias se hace en formato PDF, lo que muchas veces dificulta su reutilización. Esta fue una observación co- mún entre los usuarios entrevistados, quienes entienden que es necesario mejorar el forma- to de publicación y ampliar el uso de formatos abiertos y hojas de cálculo. De los funcionarios entrevistados, el 75% no conocía el concepto de datos abiertos y un 25% expresó conocerlo pero de manera parcial. En consecuencia, no pudieron valorar si los datos publicados encuadran dentro del concepto de datos abiertos. Por el contrario, el 100% de los usuarios argentinos afirmó conocer el concep- to de datos abiertos. El 80% coincidió en que la información publicada por el Poder Judicial no encuadra dentro de este concepto; el 20% res- tante sostuvo que lo hace parcialmente, ya que la información puede ser reutilizada. Por último, Uruguay obtuvo el puntaje más bajo. Si bien el 100% de los usuarios y funcio- narios entrevistados consideró que el Poder Judicial debería producir más datos de los que actualmente publica, tanto funcionarios como usuarios entendieron que en los últimos años se generó un cambio positivo en la forma en la que el Poder Judicial pone a disposición sus datos. Al igual que en Chile y la Argentina, Uruguay no publica la información en formatos abiertos sino que utiliza formatos de licencias pagas, lo que limita el acceso a las personas que cuentan con ese programa. Un factor interesante para el análisis de la situación uruguaya es que los usuarios entrevis- tados no estaban familiarizados con el concepto de datos abiertos. El 66% de los entrevistados expresó no conocerlo; el 34% restante declaró conocerlo parcialmente y no consideró que la información publicada se encuadre dentro de 5 Los currículums vitae de los candidatos a jueces se encuen- tran publicados en la sección de la Comisión de Selección de Magistrados del Consejo en el sitio del Poder Judicial de la Nación. Sin embargo, los usuarios encuestados manifestaron que ellos no estaban disponibles lo que pone de manifiesto su difícil accesibilidad. él. En el caso de los funcionarios, el 50% declaró no conocerlo y, si bien los restantes tenían una noción de lo que implica, no pudieron definirlo. Resultados de la investigación según las dimensiones de datos abiertos Para conocer si la información publicada puede ser considerada como un dato abierto, se anali- zaron los resultados obtenidos en las siguientes dimensiones no discriminación, accesibilidad, sostenibilidad y reusabilidad (ver gráfico 2). Gráfico 2. Datos abiertos en los poderes judiciales. Puntajes obtenidos por la Argentina, Chile y Uruguay según dimensión (2014) En relación con el estándar de no discrimi- nación, los resultados fueron positivos para los tres países. La única falencia que presentan está en las licencias de uso de los programas infor- máticos, ya que la información se publica a tra- vés de programas que utilizan licencias pagas y no libres, aunque de uso común. Esto limita sus- tancialmente el acceso y, por ende, la apertura de los datos. En lo que refiere a accesibilidad, los tres paí- ses obtuvieron un puntaje similar, muy cercano al máximo posible. El mayor problema que se detecta es que los datos no siempre están com- pletos, sobre todo en lo que refiere a las estadís- ticas judiciales. Con respecto a la sostenibilidad, los tres países tienen información actualizada, con un año de antigüedad como máximo. Los mejores puntajes fueron para Chile y la Argentina, que obtuvieron un resultado similar (19 y 18 puntos, respectivamente) y a una distancia considerable de Uruguay (10 puntos). Esa diferencia entre los tres países surge porque Uruguay no tiene una normativa específica que regule la publicación de datos en el Poder Judicial. Por el contrario, la Argentina y Chile tienen una normativa es- pecífica para publicar las sentencias y los datos 17,5 18,38 19,25 21 13,13 19,25 20,13 21 15,75 10,5 19,25 21 Reusabilidad Sostenibilidad Accesibilidad No discriminación Argentina Chile Uruguay Fuente: CIPPEC. reusabilidad sostenibilidad no discriminación
  • 6. D C6 estadísticos y presupuestarios. Esta normativa está publicada en la web. En cuanto a la reusabilidad, la Argentina alcanzó el mayor puntaje (17 puntos), seguido por Uruguay (15 puntos) y Chile (13 puntos). Las principales dificultades están en los formatos utilizados para publicar la información, que no permiten su exportación o requieren cono- cimientos técnicos para hacerlo. En este aspec- to, se destaca la limitación de Chile, que autoriza el uso de la información solo para fines persona- les o académicos. A pesar de los resultados puntuales, es im- portante resaltar el esfuerzo proactivo que cada país realiza para publicar la información y hacerla accesible. Esto queda demostrado por el resultado de la dimensión no discriminación, que fue la que obtuvo el puntaje más alto en la ponderación de todas las dimensiones, seguida por accesibilidad. Hallazgos Los tres países crearon un ámbito propicio para desarrollar una política de datos abier- tos. Sin embargo, la información no cumple aún con todos los requisitos para convertirse en un dato abierto. Entre otros factores, porque la política de open data en el Poder Judicial no puede producirse “por derrame”, como conse- cuencia de la adopción de este tipo de políticas en el ámbito de los poderes ejecutivos. Aunque la existencia de una política de open data en otros poderes mejora las posibilidades de que exista, la convicción y la voluntad de los actores judiciales son las que impulsarán las mejoras más profundas en la disponibilidad de datos. La investigación muestra también que de las tres categorías en que impacta el uso de datos abiertos (transparencia y rendición de cuentas; innovación y desarrollo económico, e inclusión y empoderamiento) solo se lograron impactos emergentes en transparencia. En cambio, los resultados de la investigación no demostraron que se haya logrado impactar en la innovación, en la gestión o en el acceso a la Justicia. Esto se debe, en parte, a que la publicacion proactiva de datos fue implementada por una creencia en la obligación de transparentar el servicio de justi- cia, más que por motivos de eficiencia. Esto lleva a que los datos no se utilicen sistemáticamente para el diseño de políticas judiciales de calidad ni para la rendición de cuentas a la sociedad. Los poderes judiciales publican datos, pero la publicación de datos per se -ya sea en for- matos abiertos o cerrados- no garantiza que la información cumpla con la calidad, cantidad y periodicidad necesarias. Es decir que, a pesar de los esfuerzos realizados, aún se evidencia una falta de adecuación entre la oferta y la demanda de datos judiciales. Recomendaciones para implementar una política de datos abiertos en el Poder Judicial A continuación se proponen recomendaciones diferenciadas por niveles para diseñar e imple- mentar una política de datos abiertos en el Po- der Judicial. 1. Sensibilización de actores judiciales y usuarios Las cortes supremas, los consejos de la magis- tratura y los órganos de transparencia deberán: • Promover un cambio cultural en el Poder Judicial, orientado a la apertura y transparencia de su actuar. Esto puede lograrse a partir de un claro liderazgo de la autoridad superior en este sentido, la capacitación de los recursos humanos, la separación entre las funciones administrativas y jurisdiccionales en las cortes, entre otros. • Generar espacios de trabajo conjunto entre el Poder Judicial y la sociedad civil para diseñar en conjunto políticas de acceso a la información y datos abiertos. Uno de los elementos distintivos del gobierno abierto y de los datos abiertos en la participación real de la sociedad civil en el diseño e implementación de políticas. Por ello, esta debe estar incorporada desde el inicio en el proceso de toma de decisiones. • Promover el debate de leyes de datos abiertos. Estas constituyen una oportunidad para actualizar y mejorar el acceso a la información que ya se encuentra publicada y permiten especificar los nuevos conjuntos de datos y los registros que se deben publicar (Sunlight, 2014). • Complementar las políticas de datos abiertos con los sistemas de publicación de la información ya existentes. Construir sobre la base de estos precedentes puede ayudar a fortalecer las políticas de datos abiertos e identificar nuevos nichos donde puedan desarrollarse políticas de este tipo. • Incorporar en los planes de capacitación judiciales cursos de de datos abiertos y acceso a la información pública, su transparencia rendición de cuentas
  • 7. D C7aporte a la construcción democrática y al empoderamiento de la ciudadanía. • Promover mesas de trabajo entre los tres poderes del Estado para trabajar en conjunto sobre procesos de apertura de datos, portales de datos públicos, etc. 2. Implementación de políticas de datos abiertos • Definir la publicación programada de información en formatos abiertos. No se necesita que toda la información y los data sets se publiquen al mismo tiempo. Se recomienda comenzar de a poco, con los más pequeños y sencillos, de manera de convertirlo en un proceso constante e innovador que incluya la apertura de lo existente, y de la nueva información que se vayan creando. • Generar espacios de trabajo periódicos con potenciales usuarios e intermediarios de datos para conocer en profundidad qué datos y en qué formatos son más útiles. El contacto con los intermediarios es esencial, ya que un gran número de datos no llegarán a los usuarios finales directamente, sino a través de estos intermediarios que incluyen, por ejemplo, los medios de comunicación, ONG especializadas en temas de justicia y/o apertura de datos, y universidades, entre tros actores6 . • El Poder Judicial debe realizar talleres de debate con usuarios e intermediarios de la sociedad civil para que junto a los técnicos del poder judicial se debata qué datos deben publicarse, con qué desagregación y periodicidad y en qué formatos. En estos talleres 6 Los intermediarios son personas e instituciones que toman los datos y los transforman para ser presentados de una manera más sencilla y atractiva (Open Knowledge Foundation, 2012). deben participar además, autoridades con el poder suficiente para tomar decisiones. 3. Monitoreo y evaluación de las políticas de datos abiertos • Diseñar mecanismos de planificación estratégica que incluyan metodologías de planificación, monitoreo y evaluación, herramientas claves de análisis que retroalimentan el proceso de toma de decisiones para mejorar de la gestión judicial. • Implementar métodos de monitoreo del desempeño de los distintos aspectos para comparar el desarrollo. Elaborar indicadores que permitan la comparación en el tiempo. Las dimensiones más relevantes para construir sistemas de indicadores de desempeño son: actividades, resultados entregados, los efectos y el impacto de las políticas de datos abiertos. • Desarrollar una política de evaluación de largo plazo que esté dirigida a generar información para la toma de decisiones sobre aspectos clave como la utilidad de los datos que se publican, las políticas para mejorar la transparencia y la rendición de cuentas, entre otros aspectos clave. En conclusión, los poderes judiciales de la Argentina, Chile y Uruguay avanzaron en ha- cer pública su información. Y aunque sus da- tos aún no son accesibles en formatos abiertos, existe un contexto favorable para implementar en el corto plazo medidas concretas que permi- tan implementar una política de datos abiertos para los poderes judiciales. sensibilización implementación evaluación
  • 8. D C8 Bibliografía Open definition http://opendefinition.org/od/ Open Data Handbook. Open Knowledge Foundation. 2012 BID. (2012). Gobierno abierto y transparencia focalizada. (N. D. Vieyra, Ed.) Naser, A. y. (2012). Datos abiertos: Un nuevo desafío para los gobiernos de la región. CEPAL , 15. OKF, O. K. (s.f.). Open Knowledge Foundation. Recuperado el 2013, de http://okfn.org/opendata/ Pastor, S. (2005). Cifrar y Descifrar Volumen 1: Manual para generar, recopilar, difundir y homolo- gar estadísticas e indicadores judiciales. Chile: CEJA. Prince, A. y. (2013 ). Las fuentes conceptuales del Gobierno Abierto y el Open Data. Telos: Cuadernos de comunicación e innovaciónNº. 94. Sunlight, F. (s.f.). Sunlight Foundation. Recuperado en Enero del 2014, de http://sunlightfoundation. com/opendataguidelines/ Tauberer, J. (2012). opengovdata.io. Recuperado el 2014, de opengovdata.io: http://opengovdata. io/2012-02/page/1/big-data-meets-open-government
  • 9. D C9 Si desea citar este documento: Elena, S. y Pichón Rivière, A. (mayo de 2014). Recomendaciones para implementar una política de datos abiertos en el Poder Judicial. Documento de Políticas Públicas / Recomendación N°133. Buenos Aires: CIPPEC. Para uso online agradecemos usar el hipervínculo al documento original en la web de CIPPEC. Las publicaciones de CIPPEC son gratuitas y se pueden descargar en www.cippec.org. CIPPEC alienta el uso y divulgación de sus producciones sin fines comerciales. Acerca de las autoras Sandra Elena: directora del Programa de Justicia y Transparencia de CIPPEC. Abogada (UBA, Argentina), Licenciada en Ciencias Políticas (Uni- versidad del Salvador, Argentina). Magíster en Estudios Legales Internacio- nales (American University, EEUU). Ana Pichón Rivière: coordinadora del Programa de Justicia y Transparen- cia de CIPPEC. Abogada (Universidad de Buenos Aires). Candidata a magís- ter en Administración y Políticas Públicas (Universidad de San Andrés). Las autoras agradecen la colaboración del Programa de Incidencia, Monito- reo y Evaluación de CIPPEC. También agradecen los aportes de Ana Belén Ruival y Gisela Ferrari. La opinión de las autoras no refleja necesariamente la posición de todos los miembros de CIPPEC en el tema analizado. Este trabajo se realizó gracias al apoyo de World Wide Web Foundation, a través del proyecto de investigación “Explorando los Impactos emergentes de los datos abiertos en los países en desarrollo”, (donación 107075) del Centro de Investigaciones para el Desarrollo Internacional de Canadá (IDRC).
  • 10. CIPPEC (Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento) es una organización independiente, apartidaria y sin fines de lucro que trabaja por un Estado justo, democrático y eficiente que mejore la vidadelaspersonas.Paraelloconcentrasusesfuerzosenanalizarypromover políticas públicas que fomenten la equidad y el crecimiento en la Argentina. Su desafío es traducir en acciones concretas las mejores ideas que surjan en las áreas de Desarrollo Social, Desarrollo Económico, e Instituciones y Gestión Pública a través de los programas de Educación, Salud, Protección Social, Política Fiscal, Integración Global, Justicia, Transparencia, Política y Gestión de Gobierno, Incidencia, Monitoreo y Evaluación, y Desarrollo Local info@cippec.org Con los Documentos de Recomendación de Políticas Públicas, CIPPEC acerca a funcionarios, legisladores, periodistas, miembros de organizaciones de la sociedad civil y a la ciudadanía en general un análisis que sintetiza los principales diagnósticos y tomas de posición pública sobre un problema o una situación que afecta al país, y presenta recomendaciones propias. Estos documentos buscan mejorar el proceso de toma de decisiones en aquellos temas que ya forman parte de la agenda pública o bien lograr que problemas hasta el momento dejados de lado sean visibilizados y considera- dos por los tomadores de decisiones. Por medio de sus publicaciones, CIPPEC aspira a enriquecer el debate pú- blico en la Argentina con el objetivo de mejorar el diseño, la implementación y el impacto de las políticas públicas, promover el diálogo democrático y fortalecer las instituciones. DOCUMENTOS DE RECOMENDACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS