Se entiende por estándar una descripción de características mínimas o deseables como ideales o metas relativas a actores insumos, currículo, procesos (como liderazgo, estrategias didácticas, las actividades del Consejo Técnico, o resultados (como niveles de desempeño en exámenes estandarizados por los estudiantes, nivel de satisfacción de expectativas) que se establecen de manera formal como mínimo aceptable, como ejemplo de buena práctica o modelo por costumbre, por normas o por autoridades.
2.
Se entiende por estándar una descripción de
características mínimas o deseables como ideales o metas
relativas a actores insumos, currículo, procesos (como
liderazgo, estrategias didácticas, las actividades del
Consejo Técnico, o resultados (como niveles de
desempeño en exámenes estandarizados por los
estudiantes, nivel de satisfacción de expectativas) que se
establecen de manera formal como mínimo aceptable,
como ejemplo de buena práctica o modelo por costumbre,
por normas o por autoridades.
3.
Para lograr esa garantía los
estándares deben ser públicos,
explícitos y lo más claros posible.
4.
Nuestra sociedad
claramente espera que
los estudiantes adquieran
y demuestren un alto nivel
de conocimientos y
habilidades que les
permita transformarse en
participantes plenos de
nuestra sociedad y de los
futuros mercados
laborales.
Claudia Tamassia señala:
5. Los criterios elementales de desempeño
institucional de la escuela, son tipos ideales
que deben desarrollarse bajo condiciones
generales, que sugieren como descriptivos
del tipo de conocimiento, comportamiento,
habilidad o destreza considerados
deseables para un estudiante, los docentes
o toda una escuela, en el marco de las
normas y regulaciones de un sistema
educativo.
6.
A. La dirección escolar.
B. El desempeño colectivo del
equipo docente.
C. La gestión del aprendizaje.
D. El funcionamiento de los
órganos oficiales de apoyo.
E. La participación de los
padres de familia.
Para las escuelas de educación básica se han
identificado cinco ámbitos como los relevantes
para impulsar la mejora:
7.
LA DIRECCIÓN ESCOLAR: Liderazgo eficaz, Clima escolar,
Responsabilidad y compromiso, Decisiones y visión compartidas,
Planeación institucional, Autoevaluación, Rendición de cuentas,
Redes escolares.
DESEMPEÑO COLECTIVO: Formación profesional del profesor
desde la escuela, Planeación compartida.
GESTIÓN DEL APRENDIZAJE: Prioridad del aprendizaje.
Compromiso del alumno con su propio aprendizaje, Atención a todos
los alumnos.
ORGANOS DE APOYO A LA ESCUELA: Consejo técnico escolar,
consejo escolar de participación social.
PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD ESCOLAR Y PADRES DE
FAMILIA: Incorporación de la académica de los padres a la escuela,
Apoyo directo de los padres en los aprendizajes de los alumnos.
8. ACUERDO NÚMERO 716 POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS
LINEAMIENTOS PARA LA CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DE LOS CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
EN LA EDUCACIÓN
TÍTULO V
DEL CONSEJO ESCOLAR
Capítulo I
Del Consejo Escolar de Participación Social
Artículo 33.- La autoridad escolar hará lo conducente para
que en cada escuela pública de educación básica se constituya
y opere un Consejo Escolar de Participación Social.
¿Quiénes integran el Consejo Escolar de Participación
Social?
9. ¿Qué le compete a este consejo?
a) Conocerá el calendario escolar, las
metas educativas y el avance de las
actividades escolares.
b) Conocerá y dará seguimiento de
las acciones que realicen.
c) Conocerá de las acciones
educativas y de prevención.
d) Sensibilizará a la comunidad,
mediante la divulgación de material
que prevenga la comisión de delitos
en agravio de las y los educandos.
e) Tomará nota de los resultados de
las evaluaciones que realicen las
autoridades educativas.
10. f) Propiciará la colaboración de
maestros y padres de familia.
g) Podrá proponer estímulos y
reconocimientos de carácter social a
alumnos, maestros, directivos y
empleados de la escuela.
h) Estimulará, promoverá y
apoyará actividades extraescolares.
i) Llevará a cabo las acciones de
participación, coordinación y
difusión para la protección civil y la
emergencia escolar.
j) Alentará el interés familiar y
comunitario por el desempeño del
educando.
11. k) Opinará en asuntos pedagógicos y en temas que permitan
la salvaguarda del libre desarrollo de la personalidad,
integridad y derechos humanos de las y los educandos;
l) Contribuirá a reducir las condiciones sociales adversas que
influyan en la educación;
m) Respaldará las labores cotidianas de la escuela;
n) Apoyará el funcionamiento del Consejo Técnico Escolar;
o) Vigilará el cumplimiento de la normalidad mínima en el
funcionamiento del centro escolar;
12. p) Vigilará el cumplimiento de la normatividad que en materia
de alimentos expida la autoridad competente;
q) Elaborará y presentará a la comunidad educativa un
informe anual de sus actividades,
r) Registrará y apoyará el funcionamiento de los Comités que
se establezcan para la promoción de programas específicos;
s) Fomentará el respeto entre los miembros de la comunidad
educativa
t) En general, podrá realizar actividades en beneficio de la
propia escuela.
13. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
CAPITULO VII
DE LA PARTICIPACION SOCIAL EN LA EDUCACION
Sección 1.- De los padres de familia
Artículo 65.- Son derechos de quienes ejercen la patria potestad o la
tutela….
Artículo 66.- Son obligaciones de quienes ejercen la patria
potestad o la tutela……
Artículo 67.- Las asociaciones de padres de familia tendrán por
objeto…..
Sección 2.- De los consejos de participación social
Artículo 68.- Las autoridades educativas promoverán...
Artículo 69.- Será responsabilidad de la autoridad de cada escuela…
Artículo 70.- En cada municipio operará un consejo municipal…..
Artículo 71.- En cada entidad federativa funcionará un consejo…..
Artículo 72.- La Secretaría promoverá el establecimiento….
Artículo 73.- La abstención de los Consejos de Participación social…..
14. PARA REFLEXIONAR.-
-¿QUÉ ÁMBITOS SE CONSIDERAN PARA LOS ESTÁNDARES PARA
LA GESTIÓN ESCOLAR?
-¿DE CUÁNTOS ESTÁNDARES SE COMPONEN LOS ÁMBITOS?
-¿QUÉ ESTÁNDARES CORRESPONDEN AL ÁMBITO DE
DIRECCIÓN?
-¿A QUÉ ÁMBITO CORRESPONDEN LOS ESTÁNDARES:
INCORPORACIÓN DE LA ACADÉMICA DE LOS PADRES A LA
ESCUELA, APOYO DIRECTO DE LOS PADRES EN LOS
APRENDIZAJES DE LOS ALUMNOS.
-¿EN QUÉ RADICA LA IMPORTANCIA DE LA CREACIÓN DE LOS
CONSEJOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL?
-¿QUIÉNES PUEDEN SER INTEGRANTES DEL CONSEJO DE
PARTICIPACIÓN SOCIAL?
-¿HASTA QUE GRADO, EL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN
SOCIAL SE PUEDE INVOLUCRAR EN ASUNTOS PEDAGÓGICOS?
-¿QUÉ ASPECTOS FUNDAMENTAN LA RELACIÓN ESCUELA,
FAMILIA Y COMUNIDAD?
-¿CUÁL ES LA RELACIÓN DEL TRABAJO COLABORATIVO DE CADA
INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD ESCOLAR?