1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
CÁTEDRA: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
CONTRATACIÓN INTERNACIONAL
Nombre y Apellido:
Wilder Guzmán Sánchez Sequera
Prof. Emily Ramírez
Derecho Internacional Privado
2015/AI - SAIA B
2. CONTRATACIÓN INTERNACIONAL
Los países han intentado llegar a acuerdos y aunar esfuerzos, sobre
todo entre los que se encuentran en un mismo ámbito geográfico, esto ha
propiciado la creación de mercados supranacionales, así como también la
realización de una serie de acuerdos, tratados y organizaciones que
intentan normalizar, agilizar y aunar criterios en la relación entre los
distintos países que intervienen en el ámbito internacional
La Convención Interamericana sobre Derecho Aplicable a los
Contratos Internacionales (CIDACI), (ratificada por Venezuela en 1995),
establece en su Artículo 1, que dicha Convención determina el Derecho
aplicable a los contratos internacionales, entendiéndose a un contrato
como internacional si las partes del mismo tienen su residencia habitual o
su establecimiento en Estados Partes diferentes, o si el contrato tiene
contactos objetivos con más de un Estado Parte.
El Fondo Monetario Internacional tiene como objetivo conseguir
una estabilización de las paridades y de los tipos de cambio de las
monedas de los países integrantes; así también intenta conseguir que se
asegure la liquidez internacional que permita un sistema multinacional de
pagos.
El Banco Mundial, tiene como fin ayudar a la reconstrucción y
fomento de los territorios de los países miembros, facilitando la inversión
de capital, la reconversión de los medios de producción, así como
3. estimular el desarrollo de los medios de producción y de los recursos de
los países subdesarrollados.
El acuerdo General sobre Aranceles y Comercio, analiza la
elevación del nivel de vida. El aprovechamiento de los recursos
mundiales, el fomento de la producción y de intercambios internacionales
y la consecución del pleno empleo.
Organización Mundial del Comercio (OMC), tiene como función,
implementar acuerdos multilaterales sobre comercio, actuar como foro
multilateral de negociaciones, garantizar los acuerdos multilaterales, en
caso de disputas, y cooperar con otras instituciones relacionadas con la
política económica mundial.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE), se plantea lograr la mayor expansión posible de la economía y
del empleo, y contribuir a una sana expansión económica de los países
miembros y del comercio mundial sobre una base multilateral y no
discriminatoria; actualmente son integrantes de esta organización la
práctica totalidad de los países desarrollados del mundo, y se encarga de
asesorar y dar asistencia técnica a sus Estados miembros, así como de
aplicar tipos de interés mínimos a los créditos de exportación.
En cuanto a la Doctrina y Jurisprudencia (Vertientes de los
Contratos Internacionales). Los contratos internacionales pueden ser
vistos desde dos ópticas una desde el punto de vista jurídico, que es
cuando se supone la existencia o presencia de un elemento extranjero en
4. la relación contractual, tomando para ello la nacionalidad, domicilio de
las partes contratantes, así como el lugar de su celebración o ejecución
del contrato.
En cuanto a la Legislación Venezolana, el artículo 1133 del Código
Civil del 82 dispone que: “El Contrato es una convención entre dos o más
personas para constituir, reglar, transmitir, modificar o extinguir entre
ellas un vínculo jurídico”.