El documento describe el procedimiento legal de partición en Venezuela. La partición pone fin a una comunidad de bienes mediante la atribución de bienes individuales o porciones indivisas a cada copropietario. El procedimiento incluye la presentación de una demanda, la citación de los copropietarios, el nombramiento de un partidor para dividir los bienes, la revisión de la partición propuesta, y la aprobación final de la partición por un tribunal.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Infografía
Procedimiento de Partición
Apellidos y Nombres
Freddy José Gutiérrez Narváez
Cédula de identidad
V- 7.327.571
Barquisimeto, 2020
2. La partición: causa de cesación de comunidad
producida por pluralidad de copropietarios;
mediante atribución a cada uno de bienes
singulares o porciones indivisas en pago o
satisfacción de sus cuotas.
Cod. Civil – Art. 768. A nadie puede
obligarse a permanecer en comunidad y
siempre puede cualquiera de los
partícipes demandar la partición.
Citación y comparecencia
(forma de juicio ordinario)
Art.. 344 CPC.
20 días para comparecer.
Si de los recaudos presentados el juez
deduce la existencia de otro u otros
condominios, ordenara de oficio su
citación
Libelo
CPC. Art. 777. Libelo debe expresar: Titulo
que origina la comunidad - Nombre de los
condominios - Proporcionen que deben
dividirse los bienes
Efectos de la
comparecencia en el lapso
de emplazamiento
Supuesto 2
Contradice dominio común de
algún bien (Art. 780 CPC.).
Se sustanciar y decide por tramites
de procedimiento ordinario.
Situación procesal anterior no
impide división de bienes con
condominio no contradicho (Art.
780. CPC.)
Supuesto 1
No hay oposición a partición ni discusión
del carácter o cuota de interesados y
demanda se apoya en instrumento
fehaciente que acredite existencia de
comunidad (Art. 778. CPC)
Juez emplaza a partes para
nombramiento de partidor, en el 10 día
siguiente (Art. 788. CPC)
Nombramiento del Partidor
Será nombrado por mayoría absoluta
de persona y haberes.
De lo contrario si no hay mayoría el
Juez convoca a interesados para uno
de 5 días siguientes (Art. 778. CPC.)
El partidor será nombrado por los
asistentes al acto. (Art. 778. CPC.)
Si ningún comparece el juez hace el
nombramiento.
Supuesto 3
Se discute carácter de cuota de
interesados (Art. 780. CPC.)
Se emplazara a partes para nombrar
partidor (Art. 778. CPC.)
Se sustancia y decide por tramites de
procedimiento ordinario.
Resuelto el juicio, se emplaza a partes
para nombramiento de partidor. (Art.
780. COC.)
El partidor presentara al
tribunal, por escrito, las dudas
que tuviere, y estas se
resolverán oyendo a los
interesados si se creyere
necesario (Art. 784. CPC.)
El juez podrá apremiar al
partidor para el cumplimiento
de su cargo. (Art. 782. CPC.)
Presentada la partición los
interesados procederán a
revisión en el termino de los
10 días siguientes (Art. 785.
CPC.)
Si interesados oponen reparos leves
a partición y que el Juez encuentre
fundados, ordena que el partidor
haga rectificaciones o correcciones
convenientes, y hecho así aprobara
la partición (Art. 786. CPC.)
Si interesados oponen reparos graves juez
emplaza a interesados y partidor para
reunión: (Art. 787 CPC.)
Si se llega a un acuerdo en ella, la
aprobara.
Si no hay acuerdo el Juez decide sobre
reparos dentro de 10 días siguientes.
Decisión del Tribunal
sobre reparos graves
(10 días)
Apelación en ambos
Efectos
(Art. 787. CPC.)
PROCEDIMIENTO DE PARTICIÓN Comunidad Hereditaria
Comunidad Conyugal
Copropiedad