1. La trabajadora embarazada goza de una protección laboral reforzada conocida como fuero de maternidad, por lo que su contrato no puede darse por terminado durante el embarazo ni los tres meses posteriores al parto, a menos que el empleador obtenga previamente la autorización del Inspector de Trabajo alegando justa causa.
2. Si la trabajadora renuncia de manera voluntaria y libre, su renuncia es válida y el contrato puede darse por terminado, pero el empleador debe asegurarse