sistema tributario boliviano en el contexto actual
Análisis de tipo penal
1. Universidad Fermin Toro
Escuela de derecho
Araure estado portuguesa
Análisis de Tipo Penal
Alumna:
Neismar Katiusca González Castillo
CI: 26.674.198
2. Análisis
Lesiones: una lesión comprende todo aquel daño el cual es causado hacia una
persona, puede ser de tipo físico o mental, y estas tienen una sub división la cual
se encuentra en los daños gravísimos, graves, menos graves, leves y levísimos. El
físico ocurre cuando una persona lesiona a otra en el momento en que esta decide
realizar algún tipo de acción perjudicial para la integridad física de la misma. Por
otra parte la mental se refiere a esos daños que pueden perjudicar el ego o la salud
mental de la misma.
Por ejemplo: En el caso físico tenemos una persona que intenta matar a otra usando
un objeto contundente como una pala esta cae al piso inconsciente, el atacante se
retira de la zona pensando que la persona a la cual agredió está muerta, a pesar de
esto ser un homicidio frustrado la intención de matar es la misma.
En el caso mental tenemos: una persona que difama o hiere psicológicamente a
una persona de forma intencional a atreves de acoso burlas o mofas eh incluso
dándole las herramientas necesarias para que esta persona termine con su vida,
las cuales pueden perjudicar a tal grado de la incitación al suicidio.
El Homicidio y las Lesiones Realizadas en Defensa de los Bienes Diurnos y
Nocturnos
En el código penal no solamente se consagra la legitima defensa para la
preservación de la vida de la víctima sino que también se provee el derecho de
proteger los bienes inmuebles que posee una persona este mecanismo de defensa
consiste no solo en la preservación de la vida de la víctima sino también de sus
propio bienes así que en caso de ser necesaria el uso de la fuerza para repeler al
victimario este puede agredir causar lesiones y hasta la muerte en caso de ser
necesario.
La Naturaleza Jurídica de la Acción Penal de cada uno de los tipos de lesiones
Cuando hablamos de tipos de lesiones encontramos que esta tienen distintas
ramificaciones dependiendo de la gravedad de las mismas por eso en nuestro C.P
encontramos distintas penas para distintos tipos de lesiones dependiendo de que
tanto afecten el correcto desenvolvimiento de la víctima a futuro, por eso nos
encontramos con que el Código Penal a partir del Capítulo II nos habla de las
lesiones personales y de los distintos tipos de penas que estos acarrean todo esto
se encuentra tipificado:
Lesiones Calificadas; Art. 418° C.P.
3. Lesiones Agravadas; Art. 418° C.P.
Lesiones atenuadas; Arts. 421° y 424° C.P.
Lesiones Menos Graves Art. 413
Lesiones gravísimas, art. 414 C.P.
Lesiones graves, art. 415 C.P.
Lesiones leves, art. 416 C.P.
Lesiones levísimas, art. 417 C.P.
El Bien Jurídico Tutelado de las Lesiones
Cuando hacemos referencia al bien jurídico tutelado de las lesiones estamos
hablando del daño físico o mental que es causado a una persona, debido a que una
lesión causada hacia una persona se puede ver desembocado en la incapacidad
que una lesión puede causar, porque a pesar de que una persona atente contra la
integridad física de otra en la búsqueda de causarle a esta la muerte y sea frustrado
no significa que esta persona salga ilesa de dicha agresión pudiendo tener
consecuencias catastróficas para el normal desenvolvimiento de la vida de la
víctima.
¿Podrían tener cada uno de los tipos penales, formas Inacabadas de delitos?
Si podrían porque al iniciar una acción en contra de una persona esta puede o no
de desembocar en una acción perjudicial para la víctima, esto se deber a que el
victimario está atentando contra la integridad física que tiene una persona, por lo
tanto solo iniciar una acción perjudicial para una persona, a pesar de no tener el
resultado deseado por el victimario sigue siendo un atentado a su integridad física.
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