SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 37
Curso ''Estrategia Penal (ADP 1-2015)''
Módulo I
Diseño de Estrategias en Función de los
Diferentes Tipos penales
Docentes:
Licdo. Samuel Lemar Reinoso de la Cruz;
Licdo. Cristino Lara Cordero;
Licdo. Cristian Jesús Cabrera Heredia;
Licdo. José Altagracia Fis Batista;
Licdo. Pablo José Ventura Muñoz.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Esta obra está bajo una
Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional
Estudio de los Atentados Contra la
Integridad Física y Psíquica de las Personas
El Código Penal resguarda un conjunto de tipos que pretende
resguardar la integridad física y psíquica de las personas, antes
calificados como infracciones contra la honestidad, entre los
cuales se observan las agresiones y violaciones sexuales y otros
tipos relacionados.
En este renglón también estudiamos lo referente a los
atentados preterintencionales contra la integridad, que el código
vigente lo resguarda como Golpes y Heridas voluntarios no
calificados homicidios, incluyendo la violencia doméstica y de
género.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La Violencia Intrafamiliar o Doméstica
La violencia doméstica es todo patrón de conducta asociado a una
situación de ejercicio desigual de poder que se manifiesta en el
uso de la violencia física, psicológica, patrimonial y/o económica
o sexual dentro de la relación familiar.
Comprende todos aquellos actos violentos, desde el empleo de la
fuerza física, hasta el acoso, hostigamiento o la intimidación,
que se producen en el seno de un hogar y que perpetra, por lo
menos, a un miembro de la familia.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
El Cód. Penal en su artículo 309-2 dispone:
Así mismo el texto del art. 119 de la recién derogada ley 550-14
dispone:
Del texto de los artículos anteriores se observa que uno de los
elementos que constituyen este tipo penal es la acción, es decir,
que para que este tipo quede constituido es necesario por parte
del agente activo que haya realizado un movimiento sea de tipo
físico o verbal capaz de producir un daño físico o psicológica.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Tal acción debe ser dirigido en contra de un miembro de la familia,
considerando como parte de la familia a cualquier persona que
haya tenido algún tipo de relación consanguínea, matrimonio,
convivencia o ex convivencia, o que haya procreado algún
descendiente.
Además esta acción deberá ser dirigida sobre la persona o sobre los
bienes de la persona que constituye el sujeto pasivo.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Son Causas que Agravan Este Tipo Penal
 Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre
albergado el cónyuge, ex–cónyuge, conviviente o ex – conviviente,
o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de
violencia;
 Cuando se causare grave daño corporal a la persona;
 Cuando el agresor portare arma en circunstancias tales que no
conlleven la intención de matar o mutilar;
 Cuando la violencia se ejerciere en presencia de niños, niñas y
adolescentes;
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
 Cuando se acompañen de amenazas de muerte o destrucción
de bienes;
 Cuando se restrinja la libertad por cualquier causa que fuere;
 Cuando se cometiere la violación después de haberse dictado
orden de protección a favor de la víctima;
 Si se indujere, incitare u obligare a la persona, hombre o
mujer, a intoxicarse con bebidas alcohólicas o embriagantes,
o drogarse con sustancias controladas o con cualquier medio
o sustancia que altere la voluntad de las personas.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La Violencia de Género
La violencia de género es un tipo de violencia física o psicológica
ejercida contra cualquier persona sobre la base de su sexo o
género que impacta de manera negativa su identidad y bienestar
social, físico y/o psicológico.
El término es utilizado para distinguir la violencia común de
aquella que se dirige a individuos o grupos sobre la base de su
género.
Ésta presenta distintas manifestaciones e incluye, de acuerdo al
Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer,
actos que causan sufrimiento o daño, amenazas, coerción u otra
privación de libertades. Estos actos provienen de la vida social y
política, entre los que se encuentran la propia familia, la
escuela, la Iglesia, entre otras.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Nuestra norma penal no distingue este delito en función de un
tipo generalizado, sino que sectoriza su radio de aplicación
exclusivamente hacia la protección del ser femenino, así se
pronuncia el artículo 309-1 del C.P.D. y el art. 123 de la ley 550-
14, quien establece:
“Constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta,
pública o privada, en razón de su género, que causa daño o
sufrimiento físico, sexual o psicológica a la mujer, mediante el
empleo de fuerza física o violencia (psicológica, verbal)
intimación o persecución”.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Conforme al texto antes transcrito, el bien jurídico a proteger es
la integridad física y psíquica del ser humano femenino, el cual
se materializa por cualquier acción física o conducta, siempre
que la misma cause un agravio de esta misma naturaleza e
infringido motivado por el hecho exclusivo de que al ser contra
quien va dirigido es una mujer.
Esto permite interpretaciones de tipo gramatical, pues, permite
plantear la tesis (y esto conforme al principio de interpretación
que se prescribe en el artículo 25 del Cód. Proc. Penal) debe
considerarse que este tipo delictivo no se materializa cuando la
persona lesionada sea una niña, no obstante, pertenezca al
género femenino.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Los Elementos Relevantes que Constituyen Este tipo
son:
 Que la acción sea dirigida contra una mujer;
 Que sea motivada únicamente en su género;
 Se trata de un acto o acción por parte del agente;
 La acción debe causar daños físicos o psíquicos o de
naturaleza sexual;
 Se materializa a través del empleo de violencia.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Sanciones
 Sanciones aplicable a la violencia contra la mujer;
 Sanciones aplicable a la violencia domestica;
 Sanciones aplicable a la violencia domestica agravada.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Golpes y Heridas Voluntarios no
Calificados Homicidios
 Las heridas son lesiones que generan la pérdida de continuidad
en la integridad de los tejidos blandos.
 Por tejidos blandos entendemos piel, músculo, tejido
subcutáneo, órganos blandos, tendones, nervios, entre otros.
 Las heridas son lesiones fáciles de distinguir, se caracterizan
porque interesan la integridad de la piel y se producen con
instrumentos cortantes, punzantes o contundentes; su
clasificación dependerá del objeto que la produce, a saber:
 Las heridas cortantes o incisivas son aquellas que rasgan la piel
producidas por un objeto cortante o filoso.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Los golpes, son lesiones producto de la acción violenta sobre el
cuerpo, con objeto de superficie impactante, sin punta ni filo
y con un peso capaz de producir daño.
Son las impresiones casi siempre seguida por equimosis
producidas por piedras, garrotes, manoplas y cualquier otro
cuerpo duro, siempre que su empleo produzca una impresión
en el tejido humano.
Las penetrantes, son aquellas producidas por un objeto fino y
puntiagudo, que además del desgarro de la piel, penetra en
ella, es el caso de las heridas producidas por proyectiles, por
puñales, punzones y otros instrumentos de la misma
naturaleza.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
El artículo 309 del C.P.D., dispone: “El que voluntariamente
infiere heridas, diere golpes, cometiere actos de violencia o
vías de hecho, si de ellos resultare al agraviado (a) una
enfermedad o imposibilidad de dedicarse al trabajo durante
más de…” esta descripción normativa tipifica la conducta de
este tipo penal, describiéndolo como una acción reprochable,
antijurídica y sancionable conforme a la magnitud de las
lesiones causadas y conforme a la naturaleza del agente y la
persona lesionada.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Los Elementos de los Golpes y las Heridas
Al igual que el homicidio los elementos de este tipo penal son
de carácter objetivos y subjetivos.
Entre los primeros se distingue por la descripción de la
conducta prohibida en la norma penal (ya sea por acción u
omisión), estando constituida por la actividad dirigida de causar
impresiones o desgarramiento del tejido humano; y por el
resultado que es, precisamente, lesionar el cuerpo de una
persona.
Entre los elementos subjetivos se encuentran:
El dolo y la imprudencia.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Para el profesor Artagnan, los elementos que conforman
este tipo penal son:
 El hecho de producir los golpes, las heridas y vías de hecho,
que se materializa con la acción voluntaria o involuntaria
realizada por el agente que tipifica el hecho antijurídico y
sancionable, se trata de un acto voluntario para causar el
tipo analizado;
 El segundo elemento lo constituye la enfermedad o
imposibilidad de dedicarse al trabajo por un tiempo
determinado a causa de la acción dolosa o culposa que
efectuó el agente;
 Y el tercer elemento lo constituye la intención, es decir el
acto voluntario por parte del agente que tipifica el tipo
analizado.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Respecto a la violencia y vías de hechos, la ley no establece
como se materializa o cuales cosas constituyen estos tipos
penales; empero, la doctrina distingue como violencia el hecho
de haber impresionado vivamente a un individuo sin importar si
ha sido alcanzado (a), es el caso de que se ha disparado un arma
o haberle tirado piedra a una persona, no importa si el tiro o la
piedra impactó, lo que se distingue es un asunto meramente
subjetivo, pues dependerá siempre de que si el individuo se
impactó con la acción que le fue dirigida.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La jurisprudencia ha establecido en varias ocasiones que no
existe diferencia entre la violencia y vía de hecho, de tal
modo que emplea estos términos como sinónimos, y aunque
toda violencia constituye vías de hecho, no todas las vías de
hecho constituyen violencias, golpes o heridas.
Por ello es necesario establecer que las vías de hecho es toda
acción que tienda a transgredir el estado psíquico de la
persona; es todo patrón de conducta que tiene como finalizar
causar daño psicológico a la persona bajo el empleo de
improperio verbales, o actos que no constituyen golpes o
heridas.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Clasificación de las Heridas
Las heridas puede ser:
 Punzantes: Causadas por objetos puntiagudos (clavos, agujas,
anzuelos, etc.).
 Cortantes: Causadas por objetos afilados (vidrios, cuchillos, latas,
etc.)
 Punzocortantes: Causadas por objetos puntiagudos y filosos
(puñales, tijeras, cuchillos, hueso fracturado, etc.).
 Abrasiones: Raspones, causadas por fricción o rozamiento de la
piel con superficies duras.
 Laceraciones: Lesiones producidas por objetos de bordes dentados,
generan desgarros del tejido y los bordes de las heridas se
presentan irregulares.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
 Avulsivas: Lesión con desgarra, separa y destruye el tejido,
suele presentar una hemorragia abundante.
 Amputación: Pérdida de un fragmento o una extremidad.
 Contusas: Son producidas por la resistencia que ejerce el
hueso ante un golpe (de puño, piedras, palos, etc.).
 Magulladuras: Heridas cerradas generadas por golpes. Se
divisan como una mancha de color morado.
 Aplastamiento: Pueden generar fracturas, hemorragias
externas e internas abundantes, y lesión de órganos.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Las Circunstancias Agravantes de Esta
Infracción son:
 Según el tiempo de curación de la Victima;
 La premeditación;
 Según las Condiciones Subjetivas del Agente;
 Según la calidad de la Victima.-
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Las Eximentes de Responsabilidad Penal
Las eximentes de responsabilidad penal son hechos previstos y
limitativos enunciados por la ley, que tiene por efecto abolir
completamente la pena, o determinar una rebaja del mínimo
fijado por la ley.
La ley 550-14 instituye un conjunto de circunstancias que
eximen al responsable de la acción típica.
Nuestra norma penal exime de responsabilidad penal a los
homicidios, las heridas y los golpes, si de parte del ofendido
han precedido inmediatamente provocación, amenazas o
violencias graves.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Del texto del art. 15 se observa que: “No se podrá imputar a
quien, al momento de cometer la infracción, está afectado de
alguna perturbación síquica o trastorno mental que anule por
completo su discernimiento o el control de sus actos. En estos
casos, el tribunal solamente podrá ordenar una medida de
seguridad, según lo dispone el Código Procesal Penal”.
Así mismo, cuando el agente activo obra bajo una fuerza, acto
reflejo o constreñimiento que no se puede imputar la acción.
La doctrina y la ley 550-14 disponen que cuando se trata de un
error invencible que recae sobre uno de los elementos del tipo
penal no es imputable; mientras el error de tipo vencible
equivale a imprudencia.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
De igual forma no se podrá imputar una acción u omisión
incriminada a quien por error de prohibición o de derecho
invencible ha creído que actuaba conforme a la ley.
En el tipo de castración, si bien no se permite la eximente de
responsabilidad, el legislador considera excusable, siempre que
haya sido inmediatamente provocado por ultraje violento hecho
a la honestidad.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Las Circunstancias Atenuantes
Son atenuaciones judiciales otorgadas arbitrariamente por
el juez, según la cual se puede bajar las penas dentro de los
límites fijados por el legislador.
Su admisión ha sido delegada a los jueces, las cuales deben
ser sustentadas conforme al principio de la sana crítica para
la apreciación de las circunstancias que tipificó el hecho
imputado y la participación o conducta del agente.
Las circunstancias atenuantes son de carácter personal, en
consecuencia un juez puede aplicarla a un cómplice y
negársela al autor y viceversa.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
El art. 60 de la ley 550-14 dispone que: “El tribunal podrá
reducir o sustituir las penas aplicables si la infracción se
sanciona con una pena no mayor a los diez años de prisión. En
este caso, el tribunal podrá eximir o reducir la pena conforme a
los criterios establecidos en el Código Procesal Penal”.
Por su parte el artículo 339 de C.P.P., consagra los criterios
para la determinación de la pena, los cuales pueden dar lugar a
producir la aplicación de una pena mínima, perdonarla o
suspenderla total o parcialmente, siempre que tales elementos
sean favorable a la persona enjuiciada, de donde se desprende
una compatibilidad con las disposiciones del artículo 463 del
Código Penal antes estudiado.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Los Crímenes y Delitos de Naturaleza
Sexual
La agresión sexual. Es toda acción sexual cometida con
violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa o engaño. (art.
330 C.P.D.)
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La Agresión Sexual
Estructura y características particulares.
a) Elemento objetivo:
1.- Un acto de naturaleza sexual.
(“que el hecho de abrir una ventana, rasgar una ropa de cama
y obligar a la querellante a que le abra la puerta y se
desnude es un atentado inequívoco de connotación sexual”
SCJ, Sentencia No. 35, del 16 de septiembre del 2009.)
2. Con violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa o
engaño.
b) Elemento subjetivo.
1.- Que haya sido con intención.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Las Circunstancias Agravantes
de la Agresión Sexual
Se agrava cuando es cometida en contra de una persona
particularmente vulnerable en razón de:
 Una enfermedad, una discapacidad, una deficiencia física o estado
de gravidez;
 Con amenaza de uso de arma;
 Por un ascendiente legítimo, natural o adoptivo de la víctima;
 Por una persona que tiene autoridad sobre ella;
 Por dos o más autores o cómplices;
 Por una persona que ha abusado de la autoridad que le confieren
sus funciones;
 Cuando ha ocasionado heridas o lesiones.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La violación sexual. Es todo acto de penetración sexual, de
cualquier naturaleza, que sea cometido contra una persona
mediante violencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa. (art.
331 C.P.D.)
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La Violación Sexual
Estructura y características particulares.
a) Elemento objetivo:
1.- Un acto de penetración sexual.
2. Con violencia, constreñimiento, amenaza, o sorpresa.
b) Elemento subjetivo:
1.- Que haya sido con intención.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
La Tentativa en la Violación Sexual
“para que la tentativa de violación sexual o agresión sexual, sea
condenable como el crimen mismo, al tenor de lo dispuesto por el
artículo 2 del Código Penal Dominicano, deben manifestarse dos
situaciones: 1) Que haya un principio de ejecución, el cual debe
entenderse como toda actuación del imputado tendente a doblegar
la voluntad de la víctima por medio de la fuerza o mediante
maniobras ostensibles de tal naturaleza que no dejen duda alguna
sobre el propósito que se persigue de mantener relaciones íntimas
o sexuales, aun cuando las mismas no lleguen a consumarse, ya sea
por la intervención directa de alguien, por dificultades
presentadas para su materialización o por la tenaz resistencia de
la víctima; 2) Cuando el imputado, pese de haber efectuado todo
cuanto estaba a su alcance para consumar el hecho, no logra su
propósito por causas ajenas a su voluntad”;  (SCJ, Sentencia No.
45, del 30 de julio del 2008).
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Las Circunstancias Agravantes de la
Violación Sexual
1. Se agrava cuando es cometida en contra de una persona
particularmente vulnerable en razón de su estado de
gravidez, invalidez o de una discapacidad física o mental;
2. En contra de un niño, niña o adolescente, sea con amenaza de
un arma, sea por dos o más autores o cómplices, sea por
ascendiente legitimo natural o adoptivo de la víctima, sea por
una persona que tiene autoridad sobre ella, o por una persona
que ha abusado de la autoridad que le confieren sus
funciones.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
Las Circunstancias Agravantes
de la Violación Sexual
3.- Cuando sea en una relación de pareja, en cualquiera de los
casos siguientes: a) Mediante el empleo de fuerza, violencia,
intimidación o amenaza; b) Si se ha anulado sin su
consentimiento su capacidad de resistencia por cualesquier
medio; c) Cuando por enfermedad o incapacidad mental,
temporal o permanente, la persona víctima estuviere
imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el
momento de su realización; d) Cuando se obligare o indujere
con violencia física o sicológica a su pareja a participar o
involucrarse en una relación sexual no deseada con terceras
personas.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
4.- Cuando sea realizado por un adulto en la persona de un niño,
niña o adolescente con el cual estuviere ligado por lazos de
parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado
o por lazos de afinidad hasta el tercer grado.
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
¡Muchas gracias por
su atención!
© Escuela Nacional de la Judicatura, 2015

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Presentacion ley violencia mujer intensivo Yoani
Presentacion ley violencia mujer intensivo YoaniPresentacion ley violencia mujer intensivo Yoani
Presentacion ley violencia mujer intensivo Yoanidanielrojas1909
 
Ley de femicidio
Ley de femicidioLey de femicidio
Ley de femicidio357324
 
Derecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego Zavala
Derecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego ZavalaDerecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego Zavala
Derecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego ZavalaCristian Zhirzhan
 
Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.
Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.
Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.nazarygimenez
 
Imforme
ImformeImforme
Imformelooj20
 
Informe legisacion
Informe legisacionInforme legisacion
Informe legisacionnaima17
 
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_mikemolins
 
8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer
8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer
8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujerJosu Contreras
 
Ley de femicidios guatemala
Ley de femicidios guatemalaLey de femicidios guatemala
Ley de femicidios guatemalaAriel Ariel
 
Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...
Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...
Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...Silvia Salgado
 
LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...
LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...
LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...guest3861dd
 
Legislacion Penal Especial
Legislacion Penal EspecialLegislacion Penal Especial
Legislacion Penal EspecialDAYJME
 
Protocolo hostigamiento y violencia sexual
Protocolo hostigamiento y violencia sexualProtocolo hostigamiento y violencia sexual
Protocolo hostigamiento y violencia sexualSergioACotaVelarde
 

La actualidad más candente (19)

Presentacion ley violencia mujer intensivo Yoani
Presentacion ley violencia mujer intensivo YoaniPresentacion ley violencia mujer intensivo Yoani
Presentacion ley violencia mujer intensivo Yoani
 
Infografía: Conceptos básicos de la Ley 1257 de 2008 - República de Colombia
Infografía: Conceptos básicos de la Ley 1257 de 2008 - República de ColombiaInfografía: Conceptos básicos de la Ley 1257 de 2008 - República de Colombia
Infografía: Conceptos básicos de la Ley 1257 de 2008 - República de Colombia
 
Ley de femicidio
Ley de femicidioLey de femicidio
Ley de femicidio
 
Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008
 
Derecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego Zavala
Derecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego ZavalaDerecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego Zavala
Derecho Penal II - Cátedra de Dr. Diego Zavala
 
Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.
Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.
Presentación homicidio, ayuda al suicidio y lesiones.
 
Semana 4, actividad 1, delitos
Semana 4, actividad 1, delitosSemana 4, actividad 1, delitos
Semana 4, actividad 1, delitos
 
Violencias 15
Violencias 15Violencias 15
Violencias 15
 
Imforme
ImformeImforme
Imforme
 
Informe legisacion
Informe legisacionInforme legisacion
Informe legisacion
 
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_
Acoso sexual en_la_legislacion_educativa_de_el_salvador_
 
Marco legal y violencia sexual
Marco legal y violencia sexualMarco legal y violencia sexual
Marco legal y violencia sexual
 
8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer
8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer
8.3 ley contra el femicidio y otras formas de violencia contra la mujer
 
Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008Ley 1257 de 2008
Ley 1257 de 2008
 
Ley de femicidios guatemala
Ley de femicidios guatemalaLey de femicidios guatemala
Ley de femicidios guatemala
 
Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...
Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...
Analisis y observaciones sobre derechos sexuales y reproductivos en el codigo...
 
LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...
LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...
LAS FORMAS DE VIOLENCIA Y LA DENUNCIA SEGUN LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO ...
 
Legislacion Penal Especial
Legislacion Penal EspecialLegislacion Penal Especial
Legislacion Penal Especial
 
Protocolo hostigamiento y violencia sexual
Protocolo hostigamiento y violencia sexualProtocolo hostigamiento y violencia sexual
Protocolo hostigamiento y violencia sexual
 

Destacado

ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...
ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...
ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...ENJ
 
ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...
ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...
ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...ENJ
 
ENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso Penal
ENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso PenalENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso Penal
ENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso PenalENJ
 
Objeto de la Teoría del Estado
Objeto de la Teoría del EstadoObjeto de la Teoría del Estado
Objeto de la Teoría del EstadoTania Lomeli
 
Lo político y la política TEORIA GENERAL DEL ESTADO CUPULCEBALLOS@GMAIL.COM
Lo político y la política  TEORIA GENERAL DEL ESTADO  CUPULCEBALLOS@GMAIL.COMLo político y la política  TEORIA GENERAL DEL ESTADO  CUPULCEBALLOS@GMAIL.COM
Lo político y la política TEORIA GENERAL DEL ESTADO CUPULCEBALLOS@GMAIL.COMUniversidad del Sur Cancún Quintana Roo
 

Destacado (8)

ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...
ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...
ENJ-300: Curso ''Etapa Intermedia, Audiencia Preliminar y Juicio'' - Módulo I...
 
La demanda y el emplazamiento2
La  demanda  y el emplazamiento2La  demanda  y el emplazamiento2
La demanda y el emplazamiento2
 
ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...
ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...
ENJ - 200: Módulo V. Procedimiento del Derecho Ambiental en la República Domi...
 
ENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso Penal
ENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso PenalENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso Penal
ENJ-300 Medidas de Coercion/ curso La Defensa en el Proceso Penal
 
Nociones generales de estado
Nociones generales de estadoNociones generales de estado
Nociones generales de estado
 
Objeto de la Teoría del Estado
Objeto de la Teoría del EstadoObjeto de la Teoría del Estado
Objeto de la Teoría del Estado
 
Lo político y la política TEORIA GENERAL DEL ESTADO CUPULCEBALLOS@GMAIL.COM
Lo político y la política  TEORIA GENERAL DEL ESTADO  CUPULCEBALLOS@GMAIL.COMLo político y la política  TEORIA GENERAL DEL ESTADO  CUPULCEBALLOS@GMAIL.COM
Lo político y la política TEORIA GENERAL DEL ESTADO CUPULCEBALLOS@GMAIL.COM
 
Objetos de la ciencia politica
Objetos de la ciencia politicaObjetos de la ciencia politica
Objetos de la ciencia politica
 

Similar a ENJ-300: Curso ''Estrategia Penal (ADP 1-2015)'': Módulo I: Diseño de Estrategias en Función de los Diferentes Tipos Penales.

la agrecion fisica
la agrecion fisicala agrecion fisica
la agrecion fisicaantommm
 
agresión fisica
agresión fisicaagresión fisica
agresión fisicaantommm
 
Investigación Derecho Penal
Investigación Derecho PenalInvestigación Derecho Penal
Investigación Derecho PenalLeidymar19
 
Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...
Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...
Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...JennieChang7
 
Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...
Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...
Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...EUROsociAL II
 
ENJ-200: El Derecho a la Integridad Personal
ENJ-200: El Derecho a la Integridad PersonalENJ-200: El Derecho a la Integridad Personal
ENJ-200: El Derecho a la Integridad PersonalENJ
 
Ensayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilarEnsayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilaraguilardeibis
 
Ensayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilarEnsayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilaraguilardeibis
 
PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptx
PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptxPREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptx
PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptxssuser58dbbf
 
PELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIA
PELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIAPELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIA
PELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIA92017
 
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...Jaime Roschupkin
 
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...yeudyandy
 
Conceptualización de la violencia intrafamiliar
Conceptualización de la violencia intrafamiliarConceptualización de la violencia intrafamiliar
Conceptualización de la violencia intrafamiliarluis jose henriquez
 
Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...
Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...
Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...Milhuar Caceres
 
Ley 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar
Ley 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiarLey 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar
Ley 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiarDarcy Romero Gutierrez
 

Similar a ENJ-300: Curso ''Estrategia Penal (ADP 1-2015)'': Módulo I: Diseño de Estrategias en Función de los Diferentes Tipos Penales. (20)

la agrecion fisica
la agrecion fisicala agrecion fisica
la agrecion fisica
 
agresión fisica
agresión fisicaagresión fisica
agresión fisica
 
Investigación Derecho Penal
Investigación Derecho PenalInvestigación Derecho Penal
Investigación Derecho Penal
 
Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...
Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...
Sesión 1 Definición y tipos de violencia contra las mujeres e integrantes del...
 
Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...
Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...
Curso de Inducción a la Orientación y Asistencia a las mujeres víctimas de vi...
 
Vif en cartagena informe final 2015-ii
Vif en cartagena   informe final 2015-iiVif en cartagena   informe final 2015-ii
Vif en cartagena informe final 2015-ii
 
ENJ-200: El Derecho a la Integridad Personal
ENJ-200: El Derecho a la Integridad PersonalENJ-200: El Derecho a la Integridad Personal
ENJ-200: El Derecho a la Integridad Personal
 
Investigacion derecho penal
Investigacion derecho penalInvestigacion derecho penal
Investigacion derecho penal
 
Power point 2
Power point 2Power point 2
Power point 2
 
Ensayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilarEnsayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilar
 
Ensayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilarEnsayo deibis aguilar
Ensayo deibis aguilar
 
Legislación Penal Especial -UFT
Legislación Penal Especial  -UFTLegislación Penal Especial  -UFT
Legislación Penal Especial -UFT
 
PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptx
PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptxPREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptx
PREVENIR, ATENDER Y ERRADICAR LAS VIOLENCIAS.pptx
 
PELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIA
PELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIAPELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIA
PELIGROSIDAD Y RIESGOS DE VIOLENCIA
 
Christian Luna
Christian LunaChristian Luna
Christian Luna
 
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
Ensayo uso y abuso de ley orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida...
 
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO A LAS MUJERESA UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA DEL ...
 
Conceptualización de la violencia intrafamiliar
Conceptualización de la violencia intrafamiliarConceptualización de la violencia intrafamiliar
Conceptualización de la violencia intrafamiliar
 
Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...
Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...
Ley para-prevenir-sancionar-y-erradicar-la-violencia-contra-ley-n-30364-13149...
 
Ley 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar
Ley 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiarLey 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar
Ley 30364 ley de violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar
 

Más de ENJ

Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerENJ
 
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerENJ
 
Introducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder JudicialIntroducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder JudicialENJ
 
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...ENJ
 
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...ENJ
 
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...ENJ
 
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...
Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...ENJ
 
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...ENJ
 
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...ENJ
 
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del TiempoTrabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del TiempoENJ
 
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo PlusSistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo PlusENJ
 
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y ViafirmaSistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y ViafirmaENJ
 
Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal AuxiliarLos Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal AuxiliarENJ
 
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder JudicialConocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder JudicialENJ
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TitulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TitulosENJ
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de TítulosENJ
 

Más de ENJ (20)

Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
 
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la MujerDerechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
Derechos Fundamentales e Igualdad Sustantiva de la Mujer
 
Introducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder JudicialIntroducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Introducción Programa formación de pasantes del Poder Judicial
 
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
Introducción - Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiem...
 
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
Introducción - Sistema de Gestión de Casos (Penal) BackOffice y Supremo Plus ...
 
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
Introducción - Los Sistemas de Gestión de casos (Civil y laboral) y Firma Ele...
 
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...
Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...Introducción -  Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar  (Pro...
Introducción - Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar (Pro...
 
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
Introducción - Conocimiento Institucional (Programa Formación de Pasantes del...
 
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
Programa de Formación de Pasantes del Poder Judicial - Módulo I Conocimiento ...
 
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del TiempoTrabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
Trabajo en Equipo, Manejo del Estrés y Administración del Tiempo
 
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo PlusSistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
Sistemas de Gestión de Casos, Back Office y Supremo Plus
 
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y ViafirmaSistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
Sistema de Gestión Segunda Versión (Caso en Materia Civil y Penal) y Viafirma
 
Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal AuxiliarLos Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
Los Tribunales y las Competencias del Personal Auxiliar
 
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder JudicialConocimiento Institucional   - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
Conocimiento Institucional - Programa formación de pasantes del Poder Judicial
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TitulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Titulos
 
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo V- curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo IV - curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo III - curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo II-curso Reglamento General de Registro de Títulos
 
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de TítulosMódulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
Módulo 1 - curso Reglamento General de Registro de Títulos
 

Último

ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzprofefilete
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosCesarFernandez937857
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxAleParedes11
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxAna Fernandez
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxinformacionasapespu
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.DaluiMonasterio
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinavergarakarina022
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdfgimenanahuel
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIACarlos Campaña Montenegro
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxjosetrinidadchavez
 
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdfResolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoFundación YOD YOD
 

Último (20)

ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyzel CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
el CTE 6 DOCENTES 2 2023-2024abcdefghijoklmnñopqrstuvwxyz
 
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia GeneralRepaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
Repaso Pruebas CRECE PR 2024. Ciencia General
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos BásicosInformatica Generalidades - Conceptos Básicos
Informatica Generalidades - Conceptos Básicos
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docxGLOSAS  Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
GLOSAS Y PALABRAS ACTO 2 DE ABRIL 2024.docx
 
RETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docxRETO MES DE ABRIL .............................docx
RETO MES DE ABRIL .............................docx
 
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptxPRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
PRIMER SEMESTRE 2024 ASAMBLEA DEPARTAMENTAL.pptx
 
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA  en la vida.
EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
 
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.Defendamos la verdad. La defensa es importante.
Defendamos la verdad. La defensa es importante.
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karinacodigos HTML para blogs y paginas web Karina
codigos HTML para blogs y paginas web Karina
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
30-de-abril-plebiscito-1902_240420_104511.pdf
 
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIARAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
RAIZ CUADRADA Y CUBICA PARA NIÑOS DE PRIMARIA
 
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptxOLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2024.pptx
 
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdfResolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
Resolucion de Problemas en Educacion Inicial 5 años ED-2024 Ccesa007.pdf
 
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativoHeinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
 

ENJ-300: Curso ''Estrategia Penal (ADP 1-2015)'': Módulo I: Diseño de Estrategias en Función de los Diferentes Tipos Penales.

  • 1. Curso ''Estrategia Penal (ADP 1-2015)'' Módulo I Diseño de Estrategias en Función de los Diferentes Tipos penales Docentes: Licdo. Samuel Lemar Reinoso de la Cruz; Licdo. Cristino Lara Cordero; Licdo. Cristian Jesús Cabrera Heredia; Licdo. José Altagracia Fis Batista; Licdo. Pablo José Ventura Muñoz. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015 Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional
  • 2. Estudio de los Atentados Contra la Integridad Física y Psíquica de las Personas El Código Penal resguarda un conjunto de tipos que pretende resguardar la integridad física y psíquica de las personas, antes calificados como infracciones contra la honestidad, entre los cuales se observan las agresiones y violaciones sexuales y otros tipos relacionados. En este renglón también estudiamos lo referente a los atentados preterintencionales contra la integridad, que el código vigente lo resguarda como Golpes y Heridas voluntarios no calificados homicidios, incluyendo la violencia doméstica y de género. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 3. La Violencia Intrafamiliar o Doméstica La violencia doméstica es todo patrón de conducta asociado a una situación de ejercicio desigual de poder que se manifiesta en el uso de la violencia física, psicológica, patrimonial y/o económica o sexual dentro de la relación familiar. Comprende todos aquellos actos violentos, desde el empleo de la fuerza física, hasta el acoso, hostigamiento o la intimidación, que se producen en el seno de un hogar y que perpetra, por lo menos, a un miembro de la familia. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 4. El Cód. Penal en su artículo 309-2 dispone: Así mismo el texto del art. 119 de la recién derogada ley 550-14 dispone: Del texto de los artículos anteriores se observa que uno de los elementos que constituyen este tipo penal es la acción, es decir, que para que este tipo quede constituido es necesario por parte del agente activo que haya realizado un movimiento sea de tipo físico o verbal capaz de producir un daño físico o psicológica. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 5. Tal acción debe ser dirigido en contra de un miembro de la familia, considerando como parte de la familia a cualquier persona que haya tenido algún tipo de relación consanguínea, matrimonio, convivencia o ex convivencia, o que haya procreado algún descendiente. Además esta acción deberá ser dirigida sobre la persona o sobre los bienes de la persona que constituye el sujeto pasivo. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 6. Son Causas que Agravan Este Tipo Penal  Penetración en la casa o en el lugar en que se encuentre albergado el cónyuge, ex–cónyuge, conviviente o ex – conviviente, o pareja consensual, y cometiere allí los hechos constitutivos de violencia;  Cuando se causare grave daño corporal a la persona;  Cuando el agresor portare arma en circunstancias tales que no conlleven la intención de matar o mutilar;  Cuando la violencia se ejerciere en presencia de niños, niñas y adolescentes; © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 7.  Cuando se acompañen de amenazas de muerte o destrucción de bienes;  Cuando se restrinja la libertad por cualquier causa que fuere;  Cuando se cometiere la violación después de haberse dictado orden de protección a favor de la víctima;  Si se indujere, incitare u obligare a la persona, hombre o mujer, a intoxicarse con bebidas alcohólicas o embriagantes, o drogarse con sustancias controladas o con cualquier medio o sustancia que altere la voluntad de las personas. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 8. La Violencia de Género La violencia de género es un tipo de violencia física o psicológica ejercida contra cualquier persona sobre la base de su sexo o género que impacta de manera negativa su identidad y bienestar social, físico y/o psicológico. El término es utilizado para distinguir la violencia común de aquella que se dirige a individuos o grupos sobre la base de su género. Ésta presenta distintas manifestaciones e incluye, de acuerdo al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, actos que causan sufrimiento o daño, amenazas, coerción u otra privación de libertades. Estos actos provienen de la vida social y política, entre los que se encuentran la propia familia, la escuela, la Iglesia, entre otras. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 9. Nuestra norma penal no distingue este delito en función de un tipo generalizado, sino que sectoriza su radio de aplicación exclusivamente hacia la protección del ser femenino, así se pronuncia el artículo 309-1 del C.P.D. y el art. 123 de la ley 550- 14, quien establece: “Constituye violencia contra la mujer toda acción o conducta, pública o privada, en razón de su género, que causa daño o sufrimiento físico, sexual o psicológica a la mujer, mediante el empleo de fuerza física o violencia (psicológica, verbal) intimación o persecución”. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 10. Conforme al texto antes transcrito, el bien jurídico a proteger es la integridad física y psíquica del ser humano femenino, el cual se materializa por cualquier acción física o conducta, siempre que la misma cause un agravio de esta misma naturaleza e infringido motivado por el hecho exclusivo de que al ser contra quien va dirigido es una mujer. Esto permite interpretaciones de tipo gramatical, pues, permite plantear la tesis (y esto conforme al principio de interpretación que se prescribe en el artículo 25 del Cód. Proc. Penal) debe considerarse que este tipo delictivo no se materializa cuando la persona lesionada sea una niña, no obstante, pertenezca al género femenino. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 11. Los Elementos Relevantes que Constituyen Este tipo son:  Que la acción sea dirigida contra una mujer;  Que sea motivada únicamente en su género;  Se trata de un acto o acción por parte del agente;  La acción debe causar daños físicos o psíquicos o de naturaleza sexual;  Se materializa a través del empleo de violencia. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 12. Sanciones  Sanciones aplicable a la violencia contra la mujer;  Sanciones aplicable a la violencia domestica;  Sanciones aplicable a la violencia domestica agravada. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 13. Golpes y Heridas Voluntarios no Calificados Homicidios  Las heridas son lesiones que generan la pérdida de continuidad en la integridad de los tejidos blandos.  Por tejidos blandos entendemos piel, músculo, tejido subcutáneo, órganos blandos, tendones, nervios, entre otros.  Las heridas son lesiones fáciles de distinguir, se caracterizan porque interesan la integridad de la piel y se producen con instrumentos cortantes, punzantes o contundentes; su clasificación dependerá del objeto que la produce, a saber:  Las heridas cortantes o incisivas son aquellas que rasgan la piel producidas por un objeto cortante o filoso. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 14. Los golpes, son lesiones producto de la acción violenta sobre el cuerpo, con objeto de superficie impactante, sin punta ni filo y con un peso capaz de producir daño. Son las impresiones casi siempre seguida por equimosis producidas por piedras, garrotes, manoplas y cualquier otro cuerpo duro, siempre que su empleo produzca una impresión en el tejido humano. Las penetrantes, son aquellas producidas por un objeto fino y puntiagudo, que además del desgarro de la piel, penetra en ella, es el caso de las heridas producidas por proyectiles, por puñales, punzones y otros instrumentos de la misma naturaleza. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 15. El artículo 309 del C.P.D., dispone: “El que voluntariamente infiere heridas, diere golpes, cometiere actos de violencia o vías de hecho, si de ellos resultare al agraviado (a) una enfermedad o imposibilidad de dedicarse al trabajo durante más de…” esta descripción normativa tipifica la conducta de este tipo penal, describiéndolo como una acción reprochable, antijurídica y sancionable conforme a la magnitud de las lesiones causadas y conforme a la naturaleza del agente y la persona lesionada. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 16. Los Elementos de los Golpes y las Heridas Al igual que el homicidio los elementos de este tipo penal son de carácter objetivos y subjetivos. Entre los primeros se distingue por la descripción de la conducta prohibida en la norma penal (ya sea por acción u omisión), estando constituida por la actividad dirigida de causar impresiones o desgarramiento del tejido humano; y por el resultado que es, precisamente, lesionar el cuerpo de una persona. Entre los elementos subjetivos se encuentran: El dolo y la imprudencia. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 17. Para el profesor Artagnan, los elementos que conforman este tipo penal son:  El hecho de producir los golpes, las heridas y vías de hecho, que se materializa con la acción voluntaria o involuntaria realizada por el agente que tipifica el hecho antijurídico y sancionable, se trata de un acto voluntario para causar el tipo analizado;  El segundo elemento lo constituye la enfermedad o imposibilidad de dedicarse al trabajo por un tiempo determinado a causa de la acción dolosa o culposa que efectuó el agente;  Y el tercer elemento lo constituye la intención, es decir el acto voluntario por parte del agente que tipifica el tipo analizado. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 18. Respecto a la violencia y vías de hechos, la ley no establece como se materializa o cuales cosas constituyen estos tipos penales; empero, la doctrina distingue como violencia el hecho de haber impresionado vivamente a un individuo sin importar si ha sido alcanzado (a), es el caso de que se ha disparado un arma o haberle tirado piedra a una persona, no importa si el tiro o la piedra impactó, lo que se distingue es un asunto meramente subjetivo, pues dependerá siempre de que si el individuo se impactó con la acción que le fue dirigida. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 19. La jurisprudencia ha establecido en varias ocasiones que no existe diferencia entre la violencia y vía de hecho, de tal modo que emplea estos términos como sinónimos, y aunque toda violencia constituye vías de hecho, no todas las vías de hecho constituyen violencias, golpes o heridas. Por ello es necesario establecer que las vías de hecho es toda acción que tienda a transgredir el estado psíquico de la persona; es todo patrón de conducta que tiene como finalizar causar daño psicológico a la persona bajo el empleo de improperio verbales, o actos que no constituyen golpes o heridas. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 20. Clasificación de las Heridas Las heridas puede ser:  Punzantes: Causadas por objetos puntiagudos (clavos, agujas, anzuelos, etc.).  Cortantes: Causadas por objetos afilados (vidrios, cuchillos, latas, etc.)  Punzocortantes: Causadas por objetos puntiagudos y filosos (puñales, tijeras, cuchillos, hueso fracturado, etc.).  Abrasiones: Raspones, causadas por fricción o rozamiento de la piel con superficies duras.  Laceraciones: Lesiones producidas por objetos de bordes dentados, generan desgarros del tejido y los bordes de las heridas se presentan irregulares. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 21.  Avulsivas: Lesión con desgarra, separa y destruye el tejido, suele presentar una hemorragia abundante.  Amputación: Pérdida de un fragmento o una extremidad.  Contusas: Son producidas por la resistencia que ejerce el hueso ante un golpe (de puño, piedras, palos, etc.).  Magulladuras: Heridas cerradas generadas por golpes. Se divisan como una mancha de color morado.  Aplastamiento: Pueden generar fracturas, hemorragias externas e internas abundantes, y lesión de órganos. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 22. Las Circunstancias Agravantes de Esta Infracción son:  Según el tiempo de curación de la Victima;  La premeditación;  Según las Condiciones Subjetivas del Agente;  Según la calidad de la Victima.- © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 23. Las Eximentes de Responsabilidad Penal Las eximentes de responsabilidad penal son hechos previstos y limitativos enunciados por la ley, que tiene por efecto abolir completamente la pena, o determinar una rebaja del mínimo fijado por la ley. La ley 550-14 instituye un conjunto de circunstancias que eximen al responsable de la acción típica. Nuestra norma penal exime de responsabilidad penal a los homicidios, las heridas y los golpes, si de parte del ofendido han precedido inmediatamente provocación, amenazas o violencias graves. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 24. Del texto del art. 15 se observa que: “No se podrá imputar a quien, al momento de cometer la infracción, está afectado de alguna perturbación síquica o trastorno mental que anule por completo su discernimiento o el control de sus actos. En estos casos, el tribunal solamente podrá ordenar una medida de seguridad, según lo dispone el Código Procesal Penal”. Así mismo, cuando el agente activo obra bajo una fuerza, acto reflejo o constreñimiento que no se puede imputar la acción. La doctrina y la ley 550-14 disponen que cuando se trata de un error invencible que recae sobre uno de los elementos del tipo penal no es imputable; mientras el error de tipo vencible equivale a imprudencia. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 25. De igual forma no se podrá imputar una acción u omisión incriminada a quien por error de prohibición o de derecho invencible ha creído que actuaba conforme a la ley. En el tipo de castración, si bien no se permite la eximente de responsabilidad, el legislador considera excusable, siempre que haya sido inmediatamente provocado por ultraje violento hecho a la honestidad. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 26. Las Circunstancias Atenuantes Son atenuaciones judiciales otorgadas arbitrariamente por el juez, según la cual se puede bajar las penas dentro de los límites fijados por el legislador. Su admisión ha sido delegada a los jueces, las cuales deben ser sustentadas conforme al principio de la sana crítica para la apreciación de las circunstancias que tipificó el hecho imputado y la participación o conducta del agente. Las circunstancias atenuantes son de carácter personal, en consecuencia un juez puede aplicarla a un cómplice y negársela al autor y viceversa. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 27. El art. 60 de la ley 550-14 dispone que: “El tribunal podrá reducir o sustituir las penas aplicables si la infracción se sanciona con una pena no mayor a los diez años de prisión. En este caso, el tribunal podrá eximir o reducir la pena conforme a los criterios establecidos en el Código Procesal Penal”. Por su parte el artículo 339 de C.P.P., consagra los criterios para la determinación de la pena, los cuales pueden dar lugar a producir la aplicación de una pena mínima, perdonarla o suspenderla total o parcialmente, siempre que tales elementos sean favorable a la persona enjuiciada, de donde se desprende una compatibilidad con las disposiciones del artículo 463 del Código Penal antes estudiado. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 28. Los Crímenes y Delitos de Naturaleza Sexual La agresión sexual. Es toda acción sexual cometida con violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa o engaño. (art. 330 C.P.D.) © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 29. La Agresión Sexual Estructura y características particulares. a) Elemento objetivo: 1.- Un acto de naturaleza sexual. (“que el hecho de abrir una ventana, rasgar una ropa de cama y obligar a la querellante a que le abra la puerta y se desnude es un atentado inequívoco de connotación sexual” SCJ, Sentencia No. 35, del 16 de septiembre del 2009.) 2. Con violencia, constreñimiento, amenaza, sorpresa o engaño. b) Elemento subjetivo. 1.- Que haya sido con intención. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 30. Las Circunstancias Agravantes de la Agresión Sexual Se agrava cuando es cometida en contra de una persona particularmente vulnerable en razón de:  Una enfermedad, una discapacidad, una deficiencia física o estado de gravidez;  Con amenaza de uso de arma;  Por un ascendiente legítimo, natural o adoptivo de la víctima;  Por una persona que tiene autoridad sobre ella;  Por dos o más autores o cómplices;  Por una persona que ha abusado de la autoridad que le confieren sus funciones;  Cuando ha ocasionado heridas o lesiones. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 31. La violación sexual. Es todo acto de penetración sexual, de cualquier naturaleza, que sea cometido contra una persona mediante violencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa. (art. 331 C.P.D.) © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 32. La Violación Sexual Estructura y características particulares. a) Elemento objetivo: 1.- Un acto de penetración sexual. 2. Con violencia, constreñimiento, amenaza, o sorpresa. b) Elemento subjetivo: 1.- Que haya sido con intención. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 33. La Tentativa en la Violación Sexual “para que la tentativa de violación sexual o agresión sexual, sea condenable como el crimen mismo, al tenor de lo dispuesto por el artículo 2 del Código Penal Dominicano, deben manifestarse dos situaciones: 1) Que haya un principio de ejecución, el cual debe entenderse como toda actuación del imputado tendente a doblegar la voluntad de la víctima por medio de la fuerza o mediante maniobras ostensibles de tal naturaleza que no dejen duda alguna sobre el propósito que se persigue de mantener relaciones íntimas o sexuales, aun cuando las mismas no lleguen a consumarse, ya sea por la intervención directa de alguien, por dificultades presentadas para su materialización o por la tenaz resistencia de la víctima; 2) Cuando el imputado, pese de haber efectuado todo cuanto estaba a su alcance para consumar el hecho, no logra su propósito por causas ajenas a su voluntad”;  (SCJ, Sentencia No. 45, del 30 de julio del 2008). © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 34. Las Circunstancias Agravantes de la Violación Sexual 1. Se agrava cuando es cometida en contra de una persona particularmente vulnerable en razón de su estado de gravidez, invalidez o de una discapacidad física o mental; 2. En contra de un niño, niña o adolescente, sea con amenaza de un arma, sea por dos o más autores o cómplices, sea por ascendiente legitimo natural o adoptivo de la víctima, sea por una persona que tiene autoridad sobre ella, o por una persona que ha abusado de la autoridad que le confieren sus funciones. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 35. Las Circunstancias Agravantes de la Violación Sexual 3.- Cuando sea en una relación de pareja, en cualquiera de los casos siguientes: a) Mediante el empleo de fuerza, violencia, intimidación o amenaza; b) Si se ha anulado sin su consentimiento su capacidad de resistencia por cualesquier medio; c) Cuando por enfermedad o incapacidad mental, temporal o permanente, la persona víctima estuviere imposibilitada para comprender la naturaleza del acto en el momento de su realización; d) Cuando se obligare o indujere con violencia física o sicológica a su pareja a participar o involucrarse en una relación sexual no deseada con terceras personas. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 36. 4.- Cuando sea realizado por un adulto en la persona de un niño, niña o adolescente con el cual estuviere ligado por lazos de parentesco natural, legítimo o adoptivo hasta el cuarto grado o por lazos de afinidad hasta el tercer grado. © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015
  • 37. ¡Muchas gracias por su atención! © Escuela Nacional de la Judicatura, 2015