1. UNIVERSIDAD YACAMBÚ
VICERRECTORADO ACADÉMICO
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Carrera: Derecho
Asignatura: Delitos contra las personas
Alumna: Rina C. Peralta O.
C.I.: 7.145.824
Expediente: CJP-151-00397VMarzo 8, 2017
Lesiones Personales
y El Duelo
2. Las lesiones personales y el duelo
Delitos contra las
personas
• Constituye una serie de preceptos legales del derecho penal, establecidos como infracción en la norma,
cuando una persona con culpa atenta contra la libertad personal de sujeto de derecho.
• El Código Penal venezolano establece que el lastimado o víctima, indica que ha sufrido un daño por parte
agresor, con lesión contra la salud, física, psíquica y social del afectado.
Definición Lesiones
Personales
• Es un término legal que se utiliza para describir cualquier forma de lesión que una persona por su conducta
infringe a otra, incluido el daño en el cuerpo o en la salud física o psíquica.
Definición de El
Duelo
• Es el enfrentamiento entre dos personas o entre dos grupos. Pueden ser por causas de honor o de poder.
Antiguamente se realizaban duelos.
3. Constitución Bolivariana de Venezuela
En el capítulo III de los Derechos Civiles,
en el artículo 46, establece la integridad
física y psíquica de las personas como un
derecho fundamental.
El Código Orgánico Procesal Penal
Las forma de realizar el procesamiento está
establecido por cada tipo de delito, como
ejemplo el de las lesiones leves en el artículo
42.
El Código Penal
Los delitos están contemplados en el
II “De las lesiones personales” en los artículos
413 al 422, a fin de sancionar aquellos
que atenten contra la integridad física de las
personas.
Bases Legales
4. Lesiones Menos Graves
Artículo 413
Son las lesiones causadas por un sufrimiento
físico o psíquico que ocasione perjuicio a la
salud o una perturbación mental.
Lesiones Gravísimas
Artículo 414
Se puede inferir que la lesión debe causar en el
sujeto pasivo una enfermedad mental o
(física) que debe ser determinable. La lesión
puede ser probablemente incurable; u
la perdida de un sentido, como por ejemplo la
vista; o haber perdido un miembro como por
ejemplo la mano; o haber cometido el delito
contra una mujer en cinta y que esto le hubiere
ocasionado el aborto.
Lesiones Graves
Artículo 415
La lesión debe causar inhabilitación
una cicatriz notable en la cara (caso más grave
que el anterior), enfermedad mental o corporal
que dure veinte días o más; tiempo en el cual
persona queda inhabilitada para realizar sus
ocupaciones habituales, perdida de un sentido
de un órgano, entre otras. Contempla un
de inhabilitación de veinte días o más.
Lesiones Personales Según Código Penal Venezolano
5. Lesiones Leves
Artículo 416
Es cualquier tipo de lesión, pero que establezca
un lapso de diez días de curación, como por
ejemplo un golpe en un ojo, la pena será de
arresto de tres a seis meses.
Lesiones Levísimas
Artículo 417
Aplica cuando el daño causado a la persona,
necesita asistencia, ni queda incapacitada de
ejercer su oficio habitual, la pena será de
de diez a cuarenta y cinco días.
El Código Orgánico Procesal Penal, en su
artículo 42 establece que para los delitos leves
debe seguirse el procedimiento abreviado.
Circunstancias Calificantes y Agravantes de las
Lesiones
Articulo 418
Este artículo se refiere a las circunstancias
calificantes y agravantes de las lesiones, que se
refieren a los artículos 406 y 407 del Código
Penal, respectivamente.
Lesiones Personales Según Código Penal Venezolano
6. Lesiones Preterintencionales
Artículo 419
Es cuando la persona tiene la intención de lesionar, de causarle un
daño al sujeto pasivo, pero dicho daño, sin llegar a la muerte de
éste es mayor del que quiso propinarle el sujeto activo.
Las lesiones preterintencionales pueden ser:
* Lesiones gravísimas
* Lesiones graves
* Lesiones leves
Una vez se determine que la intención dañosa era menor al
resultado, se le atenuará la sanción.
Ejemplo: Una discusión que motivó que el sujeto activo golpeara
sujeto pasivo.
Lesiones Culposas
Artículo 420
Son aquellas lesiones producto de imprudencia, negligencia,
impericia en la profesión, arte o industria, o por inobservancia en
los reglamentos, ordenes o disciplinas; por lo cual, se ocasiona a
otro un daño, bien sea corporal o en sus facultades intelectuales.
Lesiones Atenuadas
Artículo 421
Son lesiones atenuadas ya que el artículo expresa: “No incurrirán
las penas comunes de homicidio ni en las lesiones (el marido o la
mujer que sorprenda en adulterio a su cónyuge y a su cómplice,
mate, hiera o maltrate a uno de ellos o a ambos)”
Ejemplo: La mujer que encuentra en su lecho conyugal al esposo
con otra y esta enfurecida la agrede.
Lesiones Personales Según Código Penal Venezolano
7. El Duelo Según Código Penal Venezolano
DUELO REGULAR
Artículo 422
Este tipo de acción se realizaba en la antigüedad para rescatar el honor por alguna
ofensa recibida. Esto ha sido de alguna manera erradicado, sin embargo el código
penal lo contempla porque puede presentarse el caso con un motivo de peso,
como por ejemplo: el de una persona que golpea a la hija y el padre sale en su
defensa, retando al sujeto.
De acuerdo con este artículo, los tribunales podrán considerar motivo de
atenuación los hechos en duelo regular. En caso que en el duelo hubiera habido
deslealtad, esta circunstancia se considerará agravante para la aplicación de las
penas correspondientes al homicidio o lesiones que hubieren resultado.
Cabe destacar que, en ambos casos, los testigos también serán considerados como
coautores, por lo cual también recibirán sanción.
Un ejemplo: Se puede generar por difamación u ofensa