Este documento describe los diferentes tipos de argumentos jurídicos, incluyendo argumentos lógicos o silogísticos, tópicos o prudenciales, probatorios o retóricos, y refutatorios o dialécticos. Proporciona ejemplos de cada tipo y explica sus características distintivas.
2. Clases de argumentos
jurídicos
• Los argumentos son los razonamientos mediante
los cuales se pretende influir en las personas a
quien va dirigido el mensaje que tiene como
finalidad convencer de las ventajas de decidir de
alguna manera.
• Conocer algunos tipos o clases de argumentos
jurídicos es conveniente para incrementar la
capacidad de lenguaje oral del estudiante de
Derecho, para lograr una efectiva formación
académica.
3. Clases de argumentos
jurídicos
• El silogismo es una
forma de razonamiento
deductivo que consta de
dos proposiciones como
premisas y otra como
conclusión, siendo la
última una inferencia
necesariamente
deductiva de las otras
dos.
4. Clases de argumentos
jurídicos
• Lógicos o silogísticos
– Es la deducción lógica partiendo de hechos
concretos y utilizando dos premisas, una mayor y
otra menor, mediante las cuales llegaremos a una
conclusión.
– Mediante el silogismo logramos una relación
coherente entre el aspecto formal y la norma; es
decir adecuar unos hechos a la descripción
abstracta que hay en la norma.
5. Clases de argumentos
jurídicos
Lógicos o silogísticos
• Ejemplo:
– PREMISA MAYOR: El Código Civil ampara el pedido
de alimentos (Norma Jurídica).
– PREMISA MENOR: Ricardo es un niño cuyo
progenitor no cumple con la obligación
alimenticia.
– CONCLUSIÓN: Ricardo tiene derecho a una
pensión por alimentos.
6. Clases de argumentos
jurídicos
Lógicos o silogísticos
• Ejemplo:
– PREMISA MAYOR: El Código Penal establece con la
pena máxima el delito de homicidio agravado
(Norma Jurídica).
– PREMISA MENOR: Javier cometió un homicidio
agravado.
– CONCLUSIÓN: Javier será condenado a la pena
máxima.
7. Clases de argumentos
jurídicos
Lógicos o silogísticos
• Ejemplo:
– PREMISA MAYOR: La Constitución Política
reconoce como un derecho fundamental la
libertad de asociación.
– PREMISA MENOR: En la empresa donde trabaja
Javier impiden formar un sindicato.
– CONCLUSIÓN: En la empresa de Javier están
atentando contra la libertad de asociación.
8. Clases de argumentos
jurídicos
• Tópicos o prudenciales
– La tópica, es la parte de la retórica en sentido
amplio que contiene el arsenal de ideas o
argumentos con los cuales, por un lado, el orador
piensa y organiza su pensamiento y, por el otro, se
prepara para convencer a su auditorio (retórica
stricto sensu) o vencer a un adversario (dialéctica).
– La tópica es un conjunto de tópicos que sirven para
desarrollar argumentos (es un ars inveniendi).
– La finalidad de esta parte de la retórica es
establecer los contenidos del discurso.
9. Clases de argumentos
jurídicos
• Tópicos o prudenciales
– El sustantivo inventio (del latín invenire) significa
"hallazgo", pues el orador debe seleccionar, hallar,
en un repertorio prefijado de temas aquellos que
son los más adecuados a su exposición.
– Un tópico es una estructura más o menos simple,
que funciona como premisa aceptada sobre la que
continuar intercomunicando, para avanzar de una
proposición en otra, hasta confluir en la
proposición buscada de carácter normativo o
deóntico.
10. Clases de argumentos
jurídicos
• Probatorios o retóricos
– Primero, la retórica trata de persuadir por medio
del discurso (Perelman, 1979); es decir, utiliza las
técnicas propias del debate y la controversia.
Además, se sirve del lenguaje para obtener la
adhesión.
– Segundo, el discurso debe demostrarse (Perelman,
1979). Una herramienta efectiva en este caso es la
lógica formal, que puede ser más que persuasiva.
11. Clases de argumentos
jurídicos
• Probatorios o retóricos
– Tercero, la adhesión a una tesis puede ser de una
intensidad variable (Perelman, 1979).
– Este aspecto es fundamental cuando no se trata
de verdades como las utilizadas por la ciencia, sino
de valores; es decir, cuando tratamos con los
denominados casos de ‘duda seria’ en el derecho,
llamados así por los valores involucrados en
ciertas circunstancias.
12. Clases de argumentos
jurídicos
• Probatorios o retóricos
– Cuarto, la retórica se distingue de la lógica formal y,
en general, de las ciencias positivas, en que “no se
refiere tanto a la verdad como a la adhesión”
(Perelman, 1979: 140).
– Esta diferencia es importante, puesto que la verdad
es imparcial y su reconocimiento no modifica en
nada su condición.
– En cambio, la adhesión requiere de un grupo de
inteligencias a las cuales nos dirigimos, en otras
palabras, un auditorio (Perelman, 1979).
13. Clases de argumentos
jurídicos
• Probatorios o retóricos
– La nueva retórica es el estudio de las técnicas
discursivas que tratan de provocar o de acrecentar
la adhesión de tesis presentadas a un determinado
auditorio (Perelman, 1979).
– Cabe aclarar que esas tesis se elaboran con el
lenguaje especial de una colectividad, por ejemplo,
el utilizado por una comunidad profesional o en el
desarrollo de una disciplina.
14. Clases de argumentos
jurídicos
• Probatorios o retóricos
– En las cuestiones jurídicas no basta con tener
principios generales como punto de partida de una
argumentación, también se requiere que su elección
implique cierto reconocimiento por parte del
auditorio y que pueda adaptarse para su aplicación
(Perelman, 1979).
– La influencia sobre el auditorio no sólo tiene que ver
con argumentos aislados, sino también con el
conjunto del discurso.
15. Clases de argumentos
jurídicos
• Probatorios o retóricos
– Si se toma en consideración la particularidad que la
nueva retórica da a la argumentación que implica
valores, a la argumentación que sólo se refiere a
hechos constatables; entonces podríamos decir que,
al menos para el derecho, sí resulta necesario
considerar a esta retórica renovada.
16. Clases de argumentos
jurídicos
• Refutatorios o dialécticos
– Este tipo de argumentación es más compleja puesto
que no se presenta sólo la tesis (o las tesis) que
presenta el autor, sino que también las contratesis o
contra argumentaciones de quienes son contrarios al
punto de vista que intenta justificar la argumentación.
– En este tipo de argumentación el autor suele
comenzar con la presentación del problema, luego
puede seguir con la tesis o con la contratesis (ambas
deben estar explícitas) para finalmente continuar con
la demostración.
18. Clases de argumentos
jurídicos
• Refutatorios o dialécticos. Ejemplo:
– La eutanasia se puede definir como una muerte
suave y sin dolor, causada por la decisión de los
propios enfermos.
– Considerando a esta como un derecho del
hombre para poder decidir sobre seguir
prolongando o no el sufrimiento de una
enfermedad irreversible.
19. Clases de argumentos
jurídicos
• Refutatorios o dialécticos. Ejemplo:
– Seria positivo, ya que en casos de largos y agudos
sufrimientos sin esperanza de vida, sería algo
innecesario e ilógico esperar a la muerte.
Contra tesis. (contra argumento)
– Sin embargo hay otros casos que facilitaría
crímenes, ya sea por herencia, por venganza y por
locura.
– En estas circunstancias el supuesto derecho se
convertiría en un problema: Crímenes difíciles de
probar.