Antecedentes históricos del concubinato
En la antigua Roma, mediante un contrato se reconoció expresamente el concubinato, considerándolo un matrimonio de orden inferior, y se le hizo producir efectos jurídicos.
Hasta la época del emperador Justino, se presumía matrimonio si las personas eran de igual condición social, pues si eran de diferente condición se presumía que se trataba de un concubinato.
El concubinato: Se puede definir el concubinato como aquella unión estable no matrimonial entre un hombre y una mujer. Es una unión de hecho, cuyos integrantes no tienen impedimento legal alguno para contraer matrimonio.
Características del concubinato
Publico y Notorio
Regulado y Permanente
Singular
Personas de sexo opuesto
Posible causas de los concubinatosEconómicas
Bajos Recursos, Culturales,Falta de Desarrollo Educacional
Ley orgánica del registro civilArt. 117 inscripción
Manifestación de voluntad.
Documento autentico o publico.
Decisión judicial.
Art.118 manifestación de voluntad.
Art.119 decisión judicial.
Disolución y liquidación del concubinatoPor muerte de uno o de ambos compañero
Por el matrimonio de uno o de ambos compañeros.
Por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes elevados a escritura publica.
Por sentencia judicial.
El matrimonio constituye una institución fundamental del derecho y la vida misma, ha sido considerada en todos los tiempos como base de la familia. Clave para la perpetuidad de la especie y célula básica de la organización social
Capítulo sexto. Inventario, liquidación, partición de la herencia.Clases Licenciatura
Capítulo sexto. Inventario, liquidación, partición de la herencia.
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Capítulo segundo. El matrimonio.
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Capítulo segundo. Formas del testamento.
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Capítulo cuarto. El derecho a suceder: apertura y transmisión, aceptación y r...Clases Licenciatura
Capítulo cuarto. El derecho a suceder: apertura y transmisión, aceptación y repudio.
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Capítulo decimocuarto. Patrimonio de familia
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Capítulo decimotercero. Tutela y curatela.
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Introducción al Estudio del Derecho.
Tema 1. Capítulo primero. Ser humano, sociedad y cultura
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Unidad 19. Sentencia y Cosa Juzgada.
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Unidad 5. Emplazamiento y sus Efectos.
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Unidad 4. Interposición de la Demanda.
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El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
2. Es la unión de dos personas, sin impedimento
de para contraer matrimonio, que hacen vida
en común, como si estuvieran casados por
dos años, o antes si han concebido un hijo en
común en dicha relación.
3. La unión de los concubinos no se efectúa ante
el juez del registro civil, sin embargo, a pesar
de ello la ley le otorga efectos jurídicos para la
protección de los derechos de los miembros
de la pareja y de sus hijos.
Se refiere a la cohabitación permanente en un
mismo domicilio, entre un hombre y una
mujer solteros.
4. La concubina y el concubinario tienen
derechos y obligaciones recíproco, necesitan
vivir dos años viviendo constante y
permanente, no es necesario el transcurso del
periodo de dos años, cuando se tenga un hijo
en común.
Sí una misma persona se establecen varias
uniones con las características anteriores, a
ninguna se le reconocerá como concubinato.
5. En este caso quien haya actuado de buena fe,
podrá demandar al otro por daños y
perjuicios.
La concubina o el concubinario que carezcan
de ingresos o bienes suficientes para su
sostenimiento tiene derecho a una pensión
alimenticia por un tiempo igual al que ha
durado el concubinato.
No procederá la demanda si alguno de los
concubinos haya mostrado ingratitud, o este
en concubinato o haya contraído matrimonio.
6. Los concubinatos y las uniones de hecho
homosexual se encuentra determinadas,
reconocidas y reguladas o desconocidas y
censuradas, de acuerdo con la realidad
cultural, social, política, histórica y jurídica.
Por cuanto a las uniones de hecho
homosexuales encontramos que tienen en
común con el concubinato la convivencia,
solidaridad, ayuda mutua, permanencia,
igualdad, fidelidad, cohabitación y respeto.
7. El reconocimiento de las parejas se
encuentran condicionados a su registro en los
denominados registros de parejas de cada
país.