El documento describe el matrimonio y el concubinato según la legislación venezolana. Define el matrimonio como la unión legal entre un hombre y una mujer, y explica los requisitos de fondo y forma para contraer matrimonio. También cubre los deberes y derechos de los cónyuges, causales de disolución del matrimonio como el divorcio, y matrimonios en centros de salud o para personas privadas de libertad. Define el concubinato como la unión de hecho entre un hombre y una mujer solteros, y explic
Cuadro Comparativo del Matrimonio Y La Union Estable de Hecho.Vanessa Luque
Derecho Civil Familia, Cuadro Comparativo del Matrimonio y la Unión estable de Hecho, definición semejanzas y diferencias, un Mapa mental sobre la unión estable de hecho, características , elementos,requisitos efectos personales, régimen patrimonial, extinción, visión de la iglesia católica de ambos, una breve explicación de ambos, efectos que recaen sobre los hijos en las parejas que viven en la union estable de hecho
Cuadro Comparativo del Matrimonio Y La Union Estable de Hecho.Vanessa Luque
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Antecedentes históricos del concubinato
En la antigua Roma, mediante un contrato se reconoció expresamente el concubinato, considerándolo un matrimonio de orden inferior, y se le hizo producir efectos jurídicos.
Hasta la época del emperador Justino, se presumía matrimonio si las personas eran de igual condición social, pues si eran de diferente condición se presumía que se trataba de un concubinato.
El concubinato: Se puede definir el concubinato como aquella unión estable no matrimonial entre un hombre y una mujer. Es una unión de hecho, cuyos integrantes no tienen impedimento legal alguno para contraer matrimonio.
Características del concubinato
Publico y Notorio
Regulado y Permanente
Singular
Personas de sexo opuesto
Posible causas de los concubinatosEconómicas
Bajos Recursos, Culturales,Falta de Desarrollo Educacional
Ley orgánica del registro civilArt. 117 inscripción
Manifestación de voluntad.
Documento autentico o publico.
Decisión judicial.
Art.118 manifestación de voluntad.
Art.119 decisión judicial.
Disolución y liquidación del concubinatoPor muerte de uno o de ambos compañero
Por el matrimonio de uno o de ambos compañeros.
Por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes elevados a escritura publica.
Por sentencia judicial.
Unión de hecho. Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.Unión de hecho.vUnión de hecho.Unión de hecho.
Antecedentes históricos del concubinato
En la antigua Roma, mediante un contrato se reconoció expresamente el concubinato, considerándolo un matrimonio de orden inferior, y se le hizo producir efectos jurídicos.
Hasta la época del emperador Justino, se presumía matrimonio si las personas eran de igual condición social, pues si eran de diferente condición se presumía que se trataba de un concubinato.
El concubinato: Se puede definir el concubinato como aquella unión estable no matrimonial entre un hombre y una mujer. Es una unión de hecho, cuyos integrantes no tienen impedimento legal alguno para contraer matrimonio.
Características del concubinato
Publico y Notorio
Regulado y Permanente
Singular
Personas de sexo opuesto
Posible causas de los concubinatosEconómicas
Bajos Recursos, Culturales,Falta de Desarrollo Educacional
Ley orgánica del registro civilArt. 117 inscripción
Manifestación de voluntad.
Documento autentico o publico.
Decisión judicial.
Art.118 manifestación de voluntad.
Art.119 decisión judicial.
Disolución y liquidación del concubinatoPor muerte de uno o de ambos compañero
Por el matrimonio de uno o de ambos compañeros.
Por mutuo consentimiento de los compañeros permanentes elevados a escritura publica.
Por sentencia judicial.
- En el último congreso de las IASD se hicieron algunos cambios al manual de iglesia.
-Los extractos subrayados han sido agregados.
-Los extractos con una línea al centro han sido suprimidos.
es un libro utilizado para el peritaje o estudio de los documentos y firmas, encontrara una guía completa que le servirá para emitir un dictamen técnico en la materia.
contiene ejemplos para una mejor interpretación, ente no solo es de carácter teórico si no que presenta las habilidades de origen técnico.
COONAPIP II FORO DE MUJERES BUGLÉ Elaborado por: Yanel Venado Jiménez/COONAPI...YuliPalicios
Es una copilación de fotografías y extractos
del II Foro de Mujeres Buglé: Por la Defensa de los Derechos Territoriales, realizado en el corregimiento de Guayabito Comarca Ngäbe-Buglé de Pannamá. A través de estas imágenes y sus reseñas, buscamos presentar estrategias
para responder a las amenazas a las que se enfrentan, reforzar el cuidado y vigilancia del territorio, los derechos y la cultura, como mecanismos de defensa territorial, aportes que fortalezcan colectivamente la protección de
los derechos territoriales del Pueblo Buglé.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FACULTAD DE ESTUDIOS JURÍDICOS Y
POLÍTICOS
ESCUELA DE DERECHO
BARQUISIMETO, EDO LARA
EL MATRIMONIO Y EL CONCUBINATO
Nombre: Eyilde Alvarado G.
Fecha: 11/02/16
2. EL MATRIMONIO Y EL CONCUBINATO
El Matrimonio
Uno de los conceptos que podemos considerar es el de Rodríguez (2008) el cual lo considera como “una institución
estructurada por la ley destinada a conformar la unión de un hombre y una mujer que desean vivir juntos y formar una
familia. Su celebración está sujeta al cumplimiento de requisitos de fondo y forma” (pag 111).
La legislación venezolana, siendo la principal la carta magna, hace referencia a esta figura de unión formal y legal, que
está conformada por un hombre y una mujer con la intención de consolidar una familia que finalmente se vinculará con la
sociedad, de allí la intención de reconocer y proteger su estabilidad en el tiempo a través de una base legal .
El Matrimonio
Uno de los conceptos que podemos considerar es el de Rodríguez (2008) el cual lo considera como “una institución
estructurada por la ley destinada a conformar la unión de un hombre y una mujer que desean vivir juntos y formar una
familia. Su celebración está sujeta al cumplimiento de requisitos de fondo y forma” (pag 111).
La legislación venezolana, siendo la principal la carta magna, hace referencia a esta figura de unión formal y legal, que
está conformada por un hombre y una mujer con la intención de consolidar una familia que finalmente se vinculará con la
sociedad, de allí la intención de reconocer y proteger su estabilidad en el tiempo a través de una base legal .
En Venezuela, los matrimonios deben ser monógamos y se pueden celebrar desde lo Religioso y/o Civil, entendiéndose
como Religioso la celebración con las solemnidades de la iglesia, mientras que el matrimonio Civil, contempla un proceso
formal con efectos legales desde lo civil, siendo éste obligatorio para llevar a cabo la celebración religiosa.
Otro instrumento legal que establece la conformación de matrimonio es el código civil venezolano, estableciendo, entre
otros aspectos, los requisitos para su celebración y los causales para la anulación, divorcio y/o separación.
Así mismo, dicho código hace énfasis en que será reconocido solo un matrimonio y sus efectos legales entre las
personas y sus bienes, lo cual se correlaciona con lo señalado por la CRBV.
En Venezuela, los matrimonios deben ser monógamos y se pueden celebrar desde lo Religioso y/o Civil, entendiéndose
como Religioso la celebración con las solemnidades de la iglesia, mientras que el matrimonio Civil, contempla un proceso
formal con efectos legales desde lo civil, siendo éste obligatorio para llevar a cabo la celebración religiosa.
Otro instrumento legal que establece la conformación de matrimonio es el código civil venezolano, estableciendo, entre
otros aspectos, los requisitos para su celebración y los causales para la anulación, divorcio y/o separación.
Así mismo, dicho código hace énfasis en que será reconocido solo un matrimonio y sus efectos legales entre las
personas y sus bienes, lo cual se correlaciona con lo señalado por la CRBV.
3. Requisitos de Fondo Requisitos de Forma
- La unión debe ser un hombre y una mujer
- Ambos contrayentes manifiestan su unión
voluntariamente
- Los contrayentes deben estar consciente del
compromiso que asumen, lo que se determina como
“Capacidad”, lo cual depende de: la edad, la aptitud
sexual, la cordura y haber alcanzado la pubertad.
- Las mujeres deben tener cumplido los catorce años,
mientras que los hombre los dieciséis.
- Las personas con limitantes mentales o que no gocen de
salud mental, no podrán contraer matrimonio
- Aptitud para la procreación sexual
- Los esponsales se refiere a la promesa de la unión y que
hacen los contrayentes públicamente y ante un
funcionario con facultad para llevar a cabo el acto.
- En caso de que uno de los contrayentes se arrepintiera
de la decisión luego de la formalización de la unión, el
código civil venezolano establece que es aceptable pero
debe asumir las consecuencias que eso acarrea.
- El matrimonio es de carácter público, de modo que no
podrá prohibirse la asistencia de personas cercanas o no
de los contrayentes.
- Los contrayentes deben asistir a la jefatura civil
parroquial de la circunscripción judicial donde resida uno
de los dos.
- Ambos contrayentes deben ser mayores de edad.
Requisitos para Contraer Matrimonio
4. Deberes y Derechos de los Cónyuges
- Tanto la esposa como el esposo gozan de los mismos derechos.
- Dependiendo del caso, el juez de primera instancia en lo civil, podrá otorgar la
separación transitoria de los cónyuges del inmueble en común.
- Se considerará como domicilio conyugal la residencia donde conviven ambos.
5. La Disolución del Matrimonio
Ocurre cuando uno delos dos conyugues muere por causa natural o accidental.
Otra forma de disolución del matrimonio es el divorcio.
La Disolución del Matrimonio
Ocurre cuando uno delos dos conyugues muere por causa natural o accidental.
Otra forma de disolución del matrimonio es el divorcio.
Los Precedentes que Justifican el Divorcio
-El adulterio.
- el abandono voluntario
- Los excesos, servicia e injurias graves.
-El conato de uno de los conyugues para corromper o prostituir al otro conyugue o a sus hijos.
- la condenación a presidio.
-La adicción a sustancias estupefacientes o al alcohol al nivel de que genere problemas graves
en la relación.
- La perturbación psiquiátrica grave.
Los Precedentes que Justifican el Divorcio
-El adulterio.
- el abandono voluntario
- Los excesos, servicia e injurias graves.
-El conato de uno de los conyugues para corromper o prostituir al otro conyugue o a sus hijos.
- la condenación a presidio.
-La adicción a sustancias estupefacientes o al alcohol al nivel de que genere problemas graves
en la relación.
- La perturbación psiquiátrica grave.
6. El Matrimonio de Personas Privadas de Libertad o Reclutadas en Centros de Salud
Bajo esta condición, la autoridad con facultad para celebrar el matrimonio, deberá
trasladarse a esos espacios, con previa notificación a sus coordinadores y directores.
El Matrimonio de Personas Privadas de Libertad o Reclutadas en Centros de Salud
Bajo esta condición, la autoridad con facultad para celebrar el matrimonio, deberá
trasladarse a esos espacios, con previa notificación a sus coordinadores y directores.
La Obligación de los Conyugues
Vivir juntos.
Guardar fidelidad y
Socorrerse mutuamente
La Obligación de los Conyugues
Vivir juntos.
Guardar fidelidad y
Socorrerse mutuamente
7. El Concubinato
La definición que hace Rodríguez (2008), es que se refiere a la unión de hecho entre un hombre
y una mujer, con ánimo consolidar una relación marital. Tiene además una característica
esencial.
El Concubinato
La definición que hace Rodríguez (2008), es que se refiere a la unión de hecho entre un hombre
y una mujer, con ánimo consolidar una relación marital. Tiene además una característica
esencial.
Condición Esencial del Concubinato
1.- El hombre y la mujer deben estar solteros.
2.- Ambos deben estar de acuerdo en la decisión de llevar una vida juntos o en común y
asumiendo las responsabilidades que exige.
Condición Esencial del Concubinato
1.- El hombre y la mujer deben estar solteros.
2.- Ambos deben estar de acuerdo en la decisión de llevar una vida juntos o en común y
asumiendo las responsabilidades que exige.
Disolución del Concubinato
a)Por el matrimonio de uno de los dos unidos.
b)Por la libre voluntad de uno de los dos unidos, es decir, actualmente para cada uno de los
concubinos queda abierta la posibilidad de disolver el concubinato tan pronto como así lo desee.
c)La muerte de una de las partes.
Disolución del Concubinato
a)Por el matrimonio de uno de los dos unidos.
b)Por la libre voluntad de uno de los dos unidos, es decir, actualmente para cada uno de los
concubinos queda abierta la posibilidad de disolver el concubinato tan pronto como así lo desee.
c)La muerte de una de las partes.
8. REFERENCIA BIBLOGRÁFICA
Constitución del a República Bolivariana de Venezuela. 1999
Código Civil Venezolano. 1982
Ley Orgánica de Registro Civil. 2010.
Rodríguez, L.A. (2008). Derecho Familia. 2da edición. Colección Hammurabi.
Editorial Livrosca, s.a. Caracas.
REFERENCIA BIBLOGRÁFICA
Constitución del a República Bolivariana de Venezuela. 1999
Código Civil Venezolano. 1982
Ley Orgánica de Registro Civil. 2010.
Rodríguez, L.A. (2008). Derecho Familia. 2da edición. Colección Hammurabi.
Editorial Livrosca, s.a. Caracas.