Este comunicado resume los principales cambios introducidos por la nueva ley que modifica las disposiciones aplicables a los funcionarios municipales. Entre los cambios se incluyen: 1) el encasillamiento automático de funcionarios en grados superiores luego de 5 años de servicio, 2) nuevas asignaciones profesionales que aumentan progresivamente hasta un 100% en 2017, y 3) mayores facultades otorgadas a los alcaldes para modificar las plantas de personal municipal considerando límites al gasto y requisitos para los cargos.
Mensaje Presidencial modificaciones Proyecto Municipal 18.01.2016Nelson Leiva®
En este Mensaje Presidencial , la Sra Presidenta de la República realiza e introduce modificaciones al Proyecto Municipal que beneficia a los Funcionarios (as) Municipales del país. Además, tiene adjunto. el pase del Ministerio de Hacienda en cuanto al aporte y el gasto fiscal
1. El documento resume los principales cambios a la normativa sobre personal municipal introducidos por una nueva ley. Entre ellos se incluyen el encasillamiento en el grado inmediatamente superior para funcionarios entre los grados 10° y 20° con 5 años de servicio, así como un segundo grado de mejora en 2017 y un bono especial por diferencias salariales. También se amplía el límite para contratar personal y se reconocen asignaciones profesionales y directivo-jefatura.
El comunicado informa sobre las principales modificaciones a la ley que regula a los funcionarios municipales en Chile. Entre los cambios se incluyen: 1) el encasillamiento en el grado inmediatamente superior para funcionarios de planta con 5 años de servicio; 2) un segundo grado de mejoramiento en 2017; 3) un bono especial equivalente a 4 meses del aumento salarial; y 4) la extensión de estos beneficios al personal a contrata con 5 años de servicio. También se aumentan las asignaciones profesionales y de directivo-jefatura que rec
Documento de trabajo pauta resumen nueva leyMarcos Roa
Este documento proporciona una guía rápida sobre los procedimientos que las municipalidades de la región de la Araucanía deben seguir de acuerdo con la nueva ley 20.299, incluyendo responder a una circular, crear nuevas unidades o conceder asignaciones profesionales y de directivo-jefatura a funcionarios municipales, encasillar al personal, modificar decretos de nombramientos, establecer el pago de un bono de cuatro meses, dictar un nuevo reglamento de concursos, y priorizar el personal a honorarios ante nuevas contr
Dictamen n° 16195 del 01 marzo 2016 sobre comparacion de pmgMarcos Roa
Este documento resume un dictamen de la Contraloría General de Chile en respuesta a solicitudes de reconsideración sobre un dictamen previo relacionado con la comparación de las escalas salariales municipal y única de sueldos. El resumen precisa criterios sobre cómo debe efectuarse la comparación para diferentes cargos como alcaldes, directivos y jefaturas municipales. También aborda consultas sobre si la protección a las remuneraciones implica siempre percibir el componente base de la asignación municipal.
Este documento presenta un instructivo sobre la Ley N° 20.723, que nivela la Asignación de Mejoramiento de la Gestión Municipal con la Asignación de Modernización de la Administración Centralizada. Explica los componentes de la asignación, el financiamiento, las obligaciones de los municipios y cómo se realiza la comparación con la Escala Única de Sueldos. Incluye tablas con los porcentajes aplicables a cada componente y ejemplos de cálculos.
Este documento presenta varias resoluciones y decretos emitidos por diferentes ministerios y entidades del gobierno de Chile. Entre ellos se incluyen modificaciones a leyes relacionadas con funcionarios municipales, asignaciones profesionales para dichos funcionarios, y nuevas competencias entregadas a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para recibir y analizar información de las municipalidades. También presenta decretos sobre precios de combustibles, incorporación de rutas de transporte público, y llamados a licitación para proyectos de vivienda.
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
Este documento resume los principales cambios introducidos por la Ley 20.922, que modifica disposiciones aplicables a funcionarios municipales y otorga nuevas competencias a la SUBDERE. La ley establece que los alcaldes podrán modificar las plantas de personal cada 8 años y crea nuevas asignaciones para funcionarios. También aumenta los límites al gasto en personal, incrementa grados de funcionarios e introduce bonos. Además, entrega nuevos fondos a los municipios y faculta a la SUBDERE para fiscalizar el uso de los recursos.
Mensaje Presidencial modificaciones Proyecto Municipal 18.01.2016Nelson Leiva®
En este Mensaje Presidencial , la Sra Presidenta de la República realiza e introduce modificaciones al Proyecto Municipal que beneficia a los Funcionarios (as) Municipales del país. Además, tiene adjunto. el pase del Ministerio de Hacienda en cuanto al aporte y el gasto fiscal
1. El documento resume los principales cambios a la normativa sobre personal municipal introducidos por una nueva ley. Entre ellos se incluyen el encasillamiento en el grado inmediatamente superior para funcionarios entre los grados 10° y 20° con 5 años de servicio, así como un segundo grado de mejora en 2017 y un bono especial por diferencias salariales. También se amplía el límite para contratar personal y se reconocen asignaciones profesionales y directivo-jefatura.
El comunicado informa sobre las principales modificaciones a la ley que regula a los funcionarios municipales en Chile. Entre los cambios se incluyen: 1) el encasillamiento en el grado inmediatamente superior para funcionarios de planta con 5 años de servicio; 2) un segundo grado de mejoramiento en 2017; 3) un bono especial equivalente a 4 meses del aumento salarial; y 4) la extensión de estos beneficios al personal a contrata con 5 años de servicio. También se aumentan las asignaciones profesionales y de directivo-jefatura que rec
Documento de trabajo pauta resumen nueva leyMarcos Roa
Este documento proporciona una guía rápida sobre los procedimientos que las municipalidades de la región de la Araucanía deben seguir de acuerdo con la nueva ley 20.299, incluyendo responder a una circular, crear nuevas unidades o conceder asignaciones profesionales y de directivo-jefatura a funcionarios municipales, encasillar al personal, modificar decretos de nombramientos, establecer el pago de un bono de cuatro meses, dictar un nuevo reglamento de concursos, y priorizar el personal a honorarios ante nuevas contr
Dictamen n° 16195 del 01 marzo 2016 sobre comparacion de pmgMarcos Roa
Este documento resume un dictamen de la Contraloría General de Chile en respuesta a solicitudes de reconsideración sobre un dictamen previo relacionado con la comparación de las escalas salariales municipal y única de sueldos. El resumen precisa criterios sobre cómo debe efectuarse la comparación para diferentes cargos como alcaldes, directivos y jefaturas municipales. También aborda consultas sobre si la protección a las remuneraciones implica siempre percibir el componente base de la asignación municipal.
Este documento presenta un instructivo sobre la Ley N° 20.723, que nivela la Asignación de Mejoramiento de la Gestión Municipal con la Asignación de Modernización de la Administración Centralizada. Explica los componentes de la asignación, el financiamiento, las obligaciones de los municipios y cómo se realiza la comparación con la Escala Única de Sueldos. Incluye tablas con los porcentajes aplicables a cada componente y ejemplos de cálculos.
Este documento presenta varias resoluciones y decretos emitidos por diferentes ministerios y entidades del gobierno de Chile. Entre ellos se incluyen modificaciones a leyes relacionadas con funcionarios municipales, asignaciones profesionales para dichos funcionarios, y nuevas competencias entregadas a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo para recibir y analizar información de las municipalidades. También presenta decretos sobre precios de combustibles, incorporación de rutas de transporte público, y llamados a licitación para proyectos de vivienda.
Presentación Ley 20.922 de Plantas Municipales SubdereNelson Leiva®
Este documento resume los principales cambios introducidos por la Ley 20.922, que modifica disposiciones aplicables a funcionarios municipales y otorga nuevas competencias a la SUBDERE. La ley establece que los alcaldes podrán modificar las plantas de personal cada 8 años y crea nuevas asignaciones para funcionarios. También aumenta los límites al gasto en personal, incrementa grados de funcionarios e introduce bonos. Además, entrega nuevos fondos a los municipios y faculta a la SUBDERE para fiscalizar el uso de los recursos.
Subdere Informa Aprobación de Proyecto Municipal 08.03.2016Nelson Leiva®
El proyecto de ley aprobado por unanimidad por la Cámara de Diputados descentraliza la facultad de fijar las plantas municipales, traspasándola de la Presidencia de la República a los alcaldes con acuerdo de los concejales. Además, aumenta los grados y asignaciones de los funcionarios municipales, otorga nuevas asignaciones profesionales y directivas, y incrementa el aporte fiscal al Fondo Común Municipal de manera permanente a partir de 2018, beneficiando a más de 33 mil funcionarios.
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016Marcos Roa
Este documento contiene las respuestas a 11 preguntas frecuentes sobre la implementación de la Ley 20.922, que modernizó las plantas municipales. Algunas preguntas se refieren a si ciertos beneficios como incrementos de grado o asignaciones profesionales aplican a determinados cargos o situaciones laborales. Otras consultan sobre los componentes salariales que deben considerarse para calcular dichos beneficios. Algunas respuestas indican que ciertos temas se encuentran en consulta con la Contraloría General para su clarificación.
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubdereNelson Leiva®
Esta presentación ha sido realizada por la Abogada de la Subdere Sra. Rosa Huerta en el Seminario Taller efectuado el día 09.06.2015 por la Federación Regional de FF.MM de la Araucanía perteneciente a Ufemuch.
Este documento proporciona una guía rápida sobre los procedimientos que las municipalidades deben seguir de acuerdo a la nueva ley 20.299, incluyendo dictar decretos para conceder asignaciones profesionales y de directivo-jefatura, encasillar al personal, modificar decretos de nombramientos, establecer el pago de un bono de cuatro meses, y dictar un nuevo reglamento de concursos. También indica que las municipalidades deben priorizar el personal a honorarios antes de contratar nuevo personal a contrata.
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio NuñezNelson Leiva®
El abogado municipalista Dn Sergio Nuñez realizó esta exposición en ENATRAM 2016, con todos los elementos positivos y negativos , sobre todo por una autonomía que no es tal y que no descentraliza el poder del Estado.
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
Este dictamen aclara el pago que debe realizarse al personal recién ingresado en los municipios, ya que por omisión se realizaron pagos del trimestre y año completo.
El comunicado resume los principales puntos de la Ley 20.922 que establece un incremento de grados y asignaciones para funcionarios municipales. Explica que los funcionarios entre los grados 10 y 20 recibirán un incremento de grado en 2016 o 2017 dependiendo de su grado actual. También cubre quiénes califican para la asignación profesional y asignación de directivo-jefatura, y cómo se calcularán los bonos asociados a los incrementos de grado y asignaciones. Además, señala que el financiamiento de la ley priorizará
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Nelson Leiva®
La Revista Más Municipio , de Agosto del 2016, editada por la Unión de Funcionarios Municipales de Chile (UFEMUCH), la cual es presidida por Dn. Victor Mora Astroza, organización que en los próximos días (06.09) celebrará su cumpleaños número 3, a la cual saludamos desde San Felipe.
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este trabajo realizado por Amuch (Asociación Chilena de Municipalidades) con un objetivo analítico y completo de la Ley Nº 20.922, del 25.05.2016, se traduce hoy en este documento que sirve directamente para quienes son los directos partícipes, del municipalismo, como son los: los Ciudadanos (as) Alcaldes, Concejales y los (as) Funcionarios (as) Municipales de Chile
Dictamen N° 17923 del 17.05.2017 Sobre Ley 20922Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR que señala funcionarios(as) que al 1 de enero de 2015, se encontraban ubicados entre los grados 10º al 20º, tienen derecho al incremento de uno o dos grados, según corresponda, a partir del que posean a la fecha de publicación de la ley 20.922 (25/05/2016) y el 1 de enero de 2017. Independiente de los incrementos de sus respectivos grados como consecuencia de un ascenso o promoción.
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Subdere Modernización Sistema Municipal 15.03.2016Nelson Leiva®
Presentación realizada (30.03.2016) en San Felipe por el Gobernador Provincial D. Eduardo León y el Encargado de la Unidad Regional de la Subdere, Dn Eduardo Pastene ante el Depto de RR.HH y los dirigentes (as) comunales de Asemuch que conforman la Provincia de San Felipe.
Expo Análisis Proyecto Ley de Plantas Municipales ProvidenciaNelson Leiva®
El Sr Abogado Marcelo Segura Uauy de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) hizo esta presentación ante un centenar de funcionarios (as) municipales provenientes de todo el país, en las jornadas del Seminario Municipal desarrollado en Providencia, entre los días 11 al 13 de Abril del 2016.
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015Nelson Leiva®
Este cuadernillo de fecha 07.06.2016, es el segundo editado por la Subdere, en el cual responde las consultas realizadas por los funcionarios municipales del país
La abogada de la Subdere Sra Doris Durán, realizó esta presentación en el marco del Seminario Nacional de Funcionarios Municipales, realizado entre el día 03 al 05 de Mayo en la ciudad de Tomé
Este documento editado por el conocido profesional Abogado Felipe Hazbún, realiza un análisis de este importante reforma municipal, que hoy en día se aplica y que genera diversas aristas de interpretación que hoy la CGR, lo ha traducido en la serie de dictámenes , los que reconocieron derechos adquiridos de los funcionarios (as) a Contrata.
Ley Nº 20922 del 25.05.2016 Normas Sector MunicipalNelson Leiva®
Esta Ley publicada hoy Miércoles 25 de Mayo del 2016, contiene las modificaciones aplicables a los Funcionarios Municipales y le otorga nuevas atribuciones a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).
Sistema de Recursos Humanos Municipalidades Argentinas Nelson Leiva®
Esta exposición realizada por el Lic. Luis Oscar Martínez de la Municipalidad de Neuquén muestra el sistema de RR.HH y realiza un muestreo de la forma en que vive el mundo municipal de la Argentina.
Subdere Informa Aprobación de Proyecto Municipal 08.03.2016Nelson Leiva®
El proyecto de ley aprobado por unanimidad por la Cámara de Diputados descentraliza la facultad de fijar las plantas municipales, traspasándola de la Presidencia de la República a los alcaldes con acuerdo de los concejales. Además, aumenta los grados y asignaciones de los funcionarios municipales, otorga nuevas asignaciones profesionales y directivas, y incrementa el aporte fiscal al Fondo Común Municipal de manera permanente a partir de 2018, beneficiando a más de 33 mil funcionarios.
Preguntas frecuentes ley 20299 al 1 junio 2016Marcos Roa
Este documento contiene las respuestas a 11 preguntas frecuentes sobre la implementación de la Ley 20.922, que modernizó las plantas municipales. Algunas preguntas se refieren a si ciertos beneficios como incrementos de grado o asignaciones profesionales aplican a determinados cargos o situaciones laborales. Otras consultan sobre los componentes salariales que deben considerarse para calcular dichos beneficios. Algunas respuestas indican que ciertos temas se encuentran en consulta con la Contraloría General para su clarificación.
Presentación Ley N° 20.922 Rosa Huerta Abogada SubdereNelson Leiva®
Esta presentación ha sido realizada por la Abogada de la Subdere Sra. Rosa Huerta en el Seminario Taller efectuado el día 09.06.2015 por la Federación Regional de FF.MM de la Araucanía perteneciente a Ufemuch.
Este documento proporciona una guía rápida sobre los procedimientos que las municipalidades deben seguir de acuerdo a la nueva ley 20.299, incluyendo dictar decretos para conceder asignaciones profesionales y de directivo-jefatura, encasillar al personal, modificar decretos de nombramientos, establecer el pago de un bono de cuatro meses, y dictar un nuevo reglamento de concursos. También indica que las municipalidades deben priorizar el personal a honorarios antes de contratar nuevo personal a contrata.
Ley de Plantas Municipales Abogado Sergio NuñezNelson Leiva®
El abogado municipalista Dn Sergio Nuñez realizó esta exposición en ENATRAM 2016, con todos los elementos positivos y negativos , sobre todo por una autonomía que no es tal y que no descentraliza el poder del Estado.
Dictamen pago de PMGM a personal municipal nuevoNelson Leiva®
Este dictamen aclara el pago que debe realizarse al personal recién ingresado en los municipios, ya que por omisión se realizaron pagos del trimestre y año completo.
El comunicado resume los principales puntos de la Ley 20.922 que establece un incremento de grados y asignaciones para funcionarios municipales. Explica que los funcionarios entre los grados 10 y 20 recibirán un incremento de grado en 2016 o 2017 dependiendo de su grado actual. También cubre quiénes califican para la asignación profesional y asignación de directivo-jefatura, y cómo se calcularán los bonos asociados a los incrementos de grado y asignaciones. Además, señala que el financiamiento de la ley priorizará
Ley Nº 20922 del 22.05.2016 Revista Más Municipio Nelson Leiva®
La Revista Más Municipio , de Agosto del 2016, editada por la Unión de Funcionarios Municipales de Chile (UFEMUCH), la cual es presidida por Dn. Victor Mora Astroza, organización que en los próximos días (06.09) celebrará su cumpleaños número 3, a la cual saludamos desde San Felipe.
Una mirada a la Ley Nº 20.922 de MunicipalidadesNelson Leiva®
Este trabajo realizado por Amuch (Asociación Chilena de Municipalidades) con un objetivo analítico y completo de la Ley Nº 20.922, del 25.05.2016, se traduce hoy en este documento que sirve directamente para quienes son los directos partícipes, del municipalismo, como son los: los Ciudadanos (as) Alcaldes, Concejales y los (as) Funcionarios (as) Municipales de Chile
Dictamen N° 17923 del 17.05.2017 Sobre Ley 20922Nelson Leiva®
Dictamen de la CGR que señala funcionarios(as) que al 1 de enero de 2015, se encontraban ubicados entre los grados 10º al 20º, tienen derecho al incremento de uno o dos grados, según corresponda, a partir del que posean a la fecha de publicación de la ley 20.922 (25/05/2016) y el 1 de enero de 2017. Independiente de los incrementos de sus respectivos grados como consecuencia de un ascenso o promoción.
Propuesta Interpretativa de Asemuch caso Ley N° 20922Nelson Leiva®
Esta presentación realizada por Asemuch al Subdere, buscar vía ley corta reparar el daño que afecta a los funcionarios (as) municipales a Contrata, además de aclarar y modificar los contenidos del Dictamen N° 63201.
Subdere Modernización Sistema Municipal 15.03.2016Nelson Leiva®
Presentación realizada (30.03.2016) en San Felipe por el Gobernador Provincial D. Eduardo León y el Encargado de la Unidad Regional de la Subdere, Dn Eduardo Pastene ante el Depto de RR.HH y los dirigentes (as) comunales de Asemuch que conforman la Provincia de San Felipe.
Expo Análisis Proyecto Ley de Plantas Municipales ProvidenciaNelson Leiva®
El Sr Abogado Marcelo Segura Uauy de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) hizo esta presentación ante un centenar de funcionarios (as) municipales provenientes de todo el país, en las jornadas del Seminario Municipal desarrollado en Providencia, entre los días 11 al 13 de Abril del 2016.
Preguntas Frecuentes sobre Ley Nº 20.922 Subdere 07.06.2015Nelson Leiva®
Este cuadernillo de fecha 07.06.2016, es el segundo editado por la Subdere, en el cual responde las consultas realizadas por los funcionarios municipales del país
La abogada de la Subdere Sra Doris Durán, realizó esta presentación en el marco del Seminario Nacional de Funcionarios Municipales, realizado entre el día 03 al 05 de Mayo en la ciudad de Tomé
Este documento editado por el conocido profesional Abogado Felipe Hazbún, realiza un análisis de este importante reforma municipal, que hoy en día se aplica y que genera diversas aristas de interpretación que hoy la CGR, lo ha traducido en la serie de dictámenes , los que reconocieron derechos adquiridos de los funcionarios (as) a Contrata.
Ley Nº 20922 del 25.05.2016 Normas Sector MunicipalNelson Leiva®
Esta Ley publicada hoy Miércoles 25 de Mayo del 2016, contiene las modificaciones aplicables a los Funcionarios Municipales y le otorga nuevas atribuciones a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo (Subdere).
Sistema de Recursos Humanos Municipalidades Argentinas Nelson Leiva®
Esta exposición realizada por el Lic. Luis Oscar Martínez de la Municipalidad de Neuquén muestra el sistema de RR.HH y realiza un muestreo de la forma en que vive el mundo municipal de la Argentina.
1. El documento describe el principio de probidad administrativa en Chile, incluyendo su consagración constitucional y legal.
2. Se explican las contravenciones especiales al principio de probidad como el uso indebido de información reservada o recursos públicos.
3. También cubre aspectos como quiénes deben cumplir el principio, las sanciones aplicables y los organismos competentes para fiscalizarlo.
Sentencia de Remplazo Caso Municipal TalcaNelson Leiva®
Jurisprudencia judicial relevante respecto de las contrataciones a honorarios aprobadas infringiendo lo dispuesto en el artículo 4° de la ley N° 18.883."Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales"
Presentación CGR Contratos a Honorarios en MunicipalidadesNelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Presentación de Asemuch a la CGR Tema Ley N° 20.922 Nelson Leiva®
La Asemuch realizó esta presentación a la Contraloría General de la República, debido a una serie de situaciones que han generado una suerte de restriccciones e interpretaciones que no se condicen con el verdadero espíritu de la Ley
Plan de Formación Municipal Subdere 08.06.2016Nelson Leiva®
Edgar Rebolledo de la Academia Municipal de la Subdere , realizó esta presentación en el Teatro Municipal de San Felipe, ante 155 funcionarios participantes en las Jornadas Municipales realizadas en San Felipe
La Contraloría General de la República (CGR) y su departamento de Capacitación elaboraron este documento el cual es expuesto en las diferentes jornadas.
Proyecto de Ley Funcionarios Municipales Texto FinalNelson Leiva®
Para mayor claridad de los lectores, se adjunta sólo texto final del Proyecto Ley aprobado en el día de hoy Jueves 07.04.2016, pasa ahora al TC y posteriormente para la firma de la Sra Presidenta y publicación en el D.O como Ley de la República.
Estatutos Municipales Ley N° 18883 y N° 19378 CGRNelson Leiva®
La Contraloría General de la República (CGR) ha realizado esta presentación muy completa sobre los estatutos que rigen a los Funcionarios Municipales del Municipio y la Salud Municipalizada de nuestro país
Esta presentación está dividida en dos partes; la primera, mostrando el real alcance que consideramos histórico para los funcionarios y funcionarias municipales del país, ta que desde al año 1993 que no teníamos modificaciones reales a las plantas municipales y la segunda parte, enfocada a los hitos de este boletín que el día 01 nde Marzo pasará a la Comisión de Hacienda, para proseguir el curso hasta ser Ley de la República. Las fuentes de información son la Subdere, propias del municipio de San Felipe, en la primera parte y en la segunda los distintos cambios , propuestas de los parlamentarios, confederaciones, asociaciones y funcionarios que han participado en este Proyecto Ley Municipal.
Exposición Srs Rosa Huerta Abogada Subdere 22.07.2016Nelson Leiva®
Exposición de la Ley N° 20.922 de Plantas Municipales por la Srta Rosa Huerta Fiscal Abogada de la Subdere, en la jornada municipal realizada en el Edifico Moneda, Salón Bicentenario, con la presencia de más de un centenar de funcionarios y funcionarias.
Esta jornada cierra las 22 , que a lo largo del país congregaron más de 3.000 asistentes.
Ley Nº 20.922 Sector Municipal BCN-MóvilNelson Leiva®
Esta ley modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias a la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo. Concede una asignación profesional a los funcionarios municipales y establece que las municipalidades deben enviar información anual sobre su dotación de personal a la Subsecretaría. También permite a los alcaldes fijar o modificar las plantas de personal municipal a través de un reglamento, sujeto a ciertos límites y requisitos.
Fernández oficializó $7.100 millones extras a Quintela, $170 millones a Brizu...Eduardo Nelson German
El presidente Alberto Fernández promulgó la ley Ley 27.561 referidas a la actualización del presupuesto nacional para lo que resta del año, a raíz que regía una norma reconducida del 2019.
Observaciones de Asemuch a Proyecto de Ley Municipal (Mayo 2015)Nelson Leiva®
Documento de observaciones e indicaciones de Asemuch a Proyecto de Ley Municipal , este fué elaborado por el Directorio de Asemuch siendo la base de la presentación exhibida en la Asamblea Nacional Extraordinaria de Santiago realizada el 04.06.2015.-
Proyecto Ley Incentivo al Retiro Ajunji 25.01.2017Nelson Leiva®
Este boletín presidencial, enviado al parlamento otorga un incentivo al retiro a las (os) funcionarios (as) de la Junta Nacional de Jardines Infantiles del país agrupados en Ajunji.
La ley crea una asignación anual para funcionarios de establecimientos municipales de atención primaria de salud vinculada a mejoras en la calidad del trato a usuarios. Se evaluará anualmente el trato mediante encuestas a usuarios, clasificando establecimientos en 3 tramos. Los funcionarios recibirán la asignación en proporción a las horas trabajadas y al tramo de su establecimiento.
Oficio Nº 319/SEC15 a Cámara de Diputados 17.12.2015Nelson Leiva®
Este oficio contiene la aprobación de los Artículos realizados en la Sesión del Senado realizada ayer 16.12.2015, lo cual le da celeridad al Proyecto Municipal ya que en el día de hoy pasó a la Cámara de Diputados.
El documento presenta los requisitos que deben cumplirse para que un alcalde pueda dictar un reglamento municipal que fije o modifique la planta de personal de su municipalidad. Estos requisitos incluyen no exceder el límite del 42% del gasto anual en personal respecto de los ingresos propios del año anterior, contar con disponibilidad presupuestaria certificada considerando los ingresos y gastos de los últimos 3 años, y disponer de un escalafón de mérito actualizado para el personal.
Propuesta Ufemuch Ley de Incentivo al RetiroNelson Leiva®
Ufemuch también presenta una propuesta para cambiar la postura del gobierno expresada en la presentación del Ministerio de Hacienda, es menester que ambas organizaciones municipales elaboren un documento único para presentárselo al gobierno, lo cual beneficiará al ámbito municipal, especialmente en el cambio de UF a UTM como lo tienen las organizaciones de trabajadores del sector centralizado del estado de Chile.
Este documento presenta una guía sobre el proceso de retiro voluntario para funcionarios municipales en 2014, incluyendo los beneficios, requisitos y procedimientos. Los beneficios incluyen bonificaciones por años de servicio, bonos especiales y pagos adicionales. Los requisitos varían dependiendo de la edad, género y tipo de trabajo. El procedimiento implica la postulación, notificación de resultados, presentación de renuncias y solicitud de fondos a la Subdere.
Esta sentencia del TC de fecha 12.05.2016, deriva el Proyecto de Ley Municipal al Senado para su despacho a la Presidencia de la República para la publicación y promulgación como Ley de la República.
Dictámenes N°84400- N° 84551 Caso Contratas 22-23.Nov. 2016Nelson Leiva®
La Contraloría emitió estos dos dictámenes que favorecen al personal municipal a Contrata, en tres sentidos: El primero derecho a la retroactividad del grado desde el 01.01.2016; segundo, reconoce el término genérico "planta" y no el escalafón y tercero, en caso de haber sido nombrado, o concursado en la planta, también tiene derecho a percibir los grados o grado, sólo interesa como requisito copulativo el término "antiguedad", tal como se señalaba en el espíritu de la Ley N° 20922 de Plantas Municipales..
Este documento modifica algunos artículos y anexos relacionados con el sistema de descuentos no obligatorios a favor de terceras entidades en Argentina. Se aumenta el límite de los descuentos para cuotas sociales y de servicios de las asociaciones de jubilados del 5% al 5% cada uno. También se modifica el procedimiento para solicitar aumentos en los montos de descuentos y el plazo de prescripción de sanciones. Finalmente, se actualizan algunas denominaciones de áreas en los anexos.
La Sra Abogada María Elisa Baschmann Directora Jurídica de la I. Municipalidad de Providencia hizo esta presentación ante un centenar de funcionarios (as) municipales provenientes de todo el país, en las jornadas del Seminario Municipal desarrollado en Providencia, entre los días 11 al 13 de Abril del 2016.
Complemento de nóminas 1.2 y sus implicaciones para 2017 owllibreriafiscalfol
www.libreriafiscalfol.com
Tenemos el gusto de compartir con ustedes el material del curso de Complemento de Nóminas 1.2 y sus implicaciones para 2017.
Cualquier duda o comentario, estamos a sus ordenes
Librería Fsical Fol
(442) 183 3939 / (442) 242 1024
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Proyecto Sector Público Incentivo al Retiro (Incluye Funcionarios Municipales)Nelson Leiva®
Este documento presenta un proyecto de ley que introduce modificaciones en materias de personal para funcionarios públicos de varias instituciones. Propone otorgar un bono compensatorio a jornales del Ejército, pagar la asignación variable máxima a directivos de CONAF y SERCOTEC cuando no hayan sido evaluados, aumentar el número de operadores de maquinaria pesada con derecho a asignación, y reasignar cupos para bonificaciones de retiro de funcionarios municipales.
Diario Oficial Ley N° 21405 22.Dic.2021Nelson Leiva®
En el día de hoy Miércoles 22 de Diciembre se publicó en el Diario Oficial de Chile la Ley N° 21405, la que "Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del Sector Público , concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica y modifica diversos cuerpos legales"
En la antesala de la publicación de la Ley N° 21405 en el Diario Oficial, que se realizaría mañana Lunes 20 de Diciembre probablemente, se emite el presente decreto por parte del Ministerio de Hacienda
La Cámara de Diputados y Diputadas envía este boletín con fecha 06.Dic.2021, el cual contiene el reajuste a las remuneraciones del Sector Público y concede aguinaldos y bonos
Protocolo de Acuerdo Negociación Reajuste 2021-2022Nelson Leiva®
Este documento resume un acuerdo entre el gobierno chileno y sindicatos del sector público sobre reajustes salariales y beneficios para 2022. El acuerdo incluye un reajuste salarial del 6.1%, pagos de bonos especiales, y el mantenimiento de varios beneficios existentes. También establece una agenda de trabajo para fortalecer la función pública y mejorar las condiciones laborales.
CGR Dictamen E160318/2021 Tema Gas 29.11.2021Nelson Leiva®
La Contraloría General de la República determinó que el marco normativo vigente no contempla una autorización para que las municipalidades puedan vender gas. Las municipalidades gozan de autonomía pero esta se encuentra limitada por la Constitución y las leyes, las cuales no habilitan expresamente la venta de gas. Solo podrían desarrollar actividades empresariales si una ley de quórum calificado las autoriza.
La ciudad de San Felipe nacida en el año 1740, siempre ha tenido una trascendencia destacada en la historia de Chile desde sus albores,
Este interesante trabajo de José Antonio Mora revela la inserción e influencia que ha tenido en la génesis de nuestro país la querida Tres veces heroica ciudad de San Felipe de Aconcagua
Este estudio realizado por Hazbún Abogados Asociados analiza el Dictamen E156769 del 17.11.2021, indicando cuales son las nuevas razones para desvincular a dichos funcionarios, el cual recoge los distintos pronunciamientos de los Tribunales de Justicia
Propuesta Constitucional para un Nuevo Municipio 2021Nelson Leiva®
Esta propuesta constitucional para una nueva institucionalidad en las municipalidades ha sido editada por la Asociación de Municipalidades de Chile (AMUCH) como contribución y apoyo al cambio y fortalecimiento del rol ciudadano en el nuevo municipio chileno.
Este instructivo ha sido emitido por la Contraloría General de la República con la finalidad de incorporar y recopilar los distintos fallos de los Tribunales Superiores de Justicia
La I. Municipalidad de San Felipe tiene este formato para quienes desean comenzar una actividad comercial, industrial, profesional o de alcoholes, obtener su patente CIPA, la cual puede ejercer en la jurisdicción comunal de San Felipe, en la parte posterior se encuentran los requisitos y documentación exigida.
Seminario Nacional de Municipalidades Las CondesNelson Leiva®
En la comuna de Las Condes se reunirán más de medio millar de funcionarios y funcionarias municipales provenientes de todos los municipios del país.
Este evento organizado por Asemuch comienza el 24 de Abril y finaliza este Viernes 27 de Abril del 2018
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Modernización Municipal Propuesta Nueva ArquitecturaNelson Leiva®
Este documento elaborado por dos expertos en políticas públicas de la UC, muestra un serio trabajo sobre el tema de la modernización municipal y la forma de construirla
Circular N° 0031 Nueva denominación de RegionesNelson Leiva®
Esta circular del Ministerio del Interior señala lo principal, que a contar de esta fecha las regiones se denominarán solo por su nombre y no por número.
Este Dictamen señala que para efectos de la confección del escalafón, tratándose de períodos discontinuos de desempeño, debe considerarse como fecha de ingreso al municipio respectivo la que corresponda a la primera designación del funcionario de que se trate.
Dictamen N°6400 del 02.03.2018 Caso ContratasNelson Leiva®
Este Dictamen aclara y modifica todos los puntos sobre la tratativa de el personal a contrata, clarifica este tema que ha sido sancionado por la Corte Suprema recientemente.
Sentencia CS Caso funcionario a Contrata 13.03.2018Nelson Leiva®
Sentencia de la Corte Suprema que favorece a funcionario de la SuperIntendencia de Valores y Seguros (SVS) que en su calidad de contrata y de estar en esa calidad jurídica por mucho tiempo había sido despedido.
Esta sentencia va a ser la referencia ante este tipo de despidos de funcionarios a contrata en los servicios del estado y municipales.
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Soluciones Examen de Selectividad. Geografía junio 2024 (Convocatoria Ordinar...Juan Martín Martín
Criterios de corrección y soluciones al examen de Geografía de Selectividad (EvAU) Junio de 2024 en Castilla La Mancha.
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"UNION DE FUNCIONARIOS MUNICIPALES DE CHILE”
Santiago, 20 de diciembre de 2015
COMUNICADO NACIONAL
DE : DIRECTORIO NACIONAL DE UFEMUCH
A : DIRECTORES DE FEDERACIONES, ASOCIACIONES Y FUNCIONARIOS
MUNICIPALES DEL PAÍS.
Estimados compañeros y compañeras:
Por medio del presente comunicado tenemos a bien informar a ustedes el estado actual del proyecto
de ley que modifica disposiciones aplicables a los funcionarios municipales y entrega nuevas competencias
a la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, luego de la votación en la Sala del Senado en
Sesión Nº 82, celebrada el día miércoles 16 del presente:
En efecto, término general oportuno es destacar los siguientes aspectos:
1. A contar del 1 de enero del año 2016, el personal titular de planta, regido por la ley Nº 18.883, que se
encuentre nombrado al 1 de enero de 2015 como titular en un cargo de las plantas de técnicos,
administrativos y auxiliares entre los grados 10° al 20°, ambos inclusive, será encasillado en el grado
inmediatamente superior siempre que se haya desempeñado, a lo menos, durante cinco años, continuos
o discontinuos, contados con anterioridad al 1 de enero de 2015 en la misma municipalidad. Para
dicho efecto se considerará el tiempo servido en la respectiva planta, sea en calidad de titular o a
contrata asimilada a ella.
2. Dichos funcionarios recibirán un Bono de retroactividad equivalente a 4 meses del diferencial que
resulte entre el total haberes brutos que le corresponda en el mes de Enero del 2016 y los de Diciembre
del 2015. Este beneficio, también podrá hacerse extensivo en cada municipio al personal a contrata.
3. A contar del mes de Enero de 2017, los funcionarios(as) de las plantas Técnicos, Administrativos y
Auxiliares, que al 1 de Enero de 2015 se encontraban ubicados entre los grados 15 al 20 y que hayan
sido beneficiados según el punto Nº 1, recibirán un segundo grado de mejoramiento, para ello deberán
cumplir los mismos requisitos ya señalados. Se aporta tabla con respectivos cálculos:
Cálculos de Diferencias por Aumentos de Grados 2016 y 2017 Técnicos, Administrativos y Auxiliares
Grado
2015
Total Haberes
diciembre 2015
(1)
Nuevo
grado
enero
2016
Diferencia
de grado
de enero
2016
Bono de cuatro
meses
(2)
Nuevo grado
de enero
2017 (2º
grado)
Diferencia 2º
grado de enero
de 2017
(3)
Total
aumentos
a enero
2017
9 1.201.033
10 999.372 9 201,662 806,646 201,662
11 840.858 10 158,514 634,055 158,514
12 785,686 11 55,172 220,687 55,172
13 680.389 12 105,297 421,188 105,297
14 600.886 13 79,503 318,010 79,503
15 534.813 14 66,074 264,294 13 79,503 145,576
16 512.975 15 21,837 87,350 14 66,074 87,911
17 457.948 16 55,027 220,108 15 21,837 76,865
18 434.750 17 23,199 92,795 16 55,027 78,226
19 428.861 18 5,889 23,556 17 23,199 29,088
20 388.664 19 40,196 160,785 18 5,889 46,085
(1) Total de haberes considera incremento del 21.5% sobre sueldo base, no considera la asignación de zona, ni bienios
(2) Se paga al mes subsiguiente de la publicación de la ley
(3) Para diferencia de 2017 falta considerar reajuste sector público de diciembre 2016
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4. Los aumentos de grado, por tratarse de un encasillamiento no se considera ascenso, para los efectos
previstos en la letra g) del artículo97 de la ley Nº 18.883, conforme a lo cual conservaran el numero de
bienios que estuvieren percibiendo, tanto para el encasillamiento de Enero de 2016 como el de Enero
de 2017, como así mismo, mantendrán el tiempo de permanencia en el grado para tal efecto.
5. Asignación Profesional para los funcionarios(as) de las planta o a contrata con jornada completa (44
hrs.), asimilados a grados que se encuentren ubicados en las plantas de Directivo, Profesional y
Jefatura, con vigencia a contar del 01 de Enero del 2016, equivalente al 34% del monto de esta
asignación para el respectivo grado establecida en el art. 19 de la ley Nº 19.185 y, a contar de Enero
del año 2017 el 100%. También se considera un bono de retroactividad equivalente a 4 meses del 34%
mensual previsto para el año 2016. Se aporta tabla con respectivos cálculos:
Grado
Asig. Profesional
(Art.19 Ley N° 19.185)
En 2016
34%
$
Bono
4 meses
$
3 473.251 160.905 643.620
4 446.468 151.799 607.196
5 445.021 151.307 605.228
6 397.337 135.095 540.380
7 362.557 123.269 493.076
8 325.172 110.558 442.232
9 294.266 100.050 400.200
10 266.301 90.542 362.168
11 241.000 81.940 327.760
12 218.098 74.153 296.612
6. Eliminación de la comparación con el sector público centralizado, por tanto, la Asignación Profesional
se recibirá íntegramente, sin restricciones.
7. Por otra parte se Asignación Directivo-Jefatura, para los funcionarios de las plantas Directivos-
Profesionales y Jefaturas sin título profesional de una carrera de a lo menos ocho semestres y que se
encontraren en esas al 1 de Enero de 2015. Con vigencia a contar del 1 de Enero del 2016 recibirán un
34% de dicha asignación establecida en el artículo undécimo transitorio del proyecto de ley y a contar
de Enero del año 2017 el 100% de la misma. Así mismo, recibirán un bono de retroactividad
equivalente a 4 meses del 34% de esta asignación. Se hace presente que, lamentablemente, el derecho
a percibir esta asignación se encuentra vinculada a la comparación con la E.U.S. Se aporta tabla con
respectivos cálculos:
Grado
Asignación
Directivo-Jefatura
(50% de la Asig. Prof.)
En 2016
34%
$
Bono
4 meses
$
3 227.306 77.284 309.136
4 214.442 72.910 291.640
5 213.747 72.674 290.696
6 190.844 64.887 259.548
7 174.139 59.207 236.828
8 156.183 53.102 212.408
9 141.338 48.055 192.220
10 127.907 43.488 173.952
11 115.754 39.356 157.424
12 104.754 35.616 142.464
Nota: El monto de esta asignación, siendo de carácter fijo, no se ha reajustado en el 4,1%, por tanto no se
cumple con el presupuesto de ser equivalente al 50% del monto de la respectiva Asig. Prof.
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8. De acuerdo a indicación del Ejecutivo ingresada en Mensaje Nº 1435-363, de fecha 14 del
presente, también se elimina la comparación con el sector público centralizado, por tanto, la
Asignación Directivo-Jefatura se recibirá íntegramente, sin restricciones.
9. Se aumenta el gasto en personal a contrata de un 20% a un 40% del presupuesto de la planta.
10. Los alcaldes, a través de un reglamento municipal, podrán fijar o modificar las plantas del personal,
estableciendo el número de cargos para cada planta y fijar sus grados, de conformidad al Título II del
decreto ley Nº 3.551, del ministerio de Hacienda, publicado el año 1981. Este reglamento estará
sometido al trámite de toma de razón ante la CGR. Para el ejercicio de esta facultad se deberán
considerar los siguientes límites y requisitos:
a) El límite de gasto en personal vigente a la fecha del reglamento (42% de los ingresos propios).
b) Disponibilidad presupuestaria, para lo cual se deberán considerar los ingresos y el gasto en
personal de los tres años precedentes al proceso de fijación o modificación de las plantas.
c) Disponer del escalafón de mérito del personal actualizado.
d) En caso que se incremente el número total de cargos en la planta de personal, a lo menos el 75%
de los nuevos cargos deberán requerir título profesional o técnico. Los alcaldes deberán
consultar a las asociaciones de funcionarios. En este proceso, se podrá considerar la
opinión de un comité bipartito constituido especialmente para el efecto, conformado
paritariamente por funcionarios y representantes del alcalde la cual podrá ser presentada al
concejo municipal en ejercicio con anterioridad a la readecuación de las plantas.
e) La propuesta de planta de personal y del reglamento que la contenga deberá ser aprobada por
los dos tercios de los integrantes del concejo en ejercicio.
f) El concejo no podrá aumentar el número de cargos ni modificar los grados que contenga la
proposición del alcalde y sólo podrá reducir o rechazar la proposición de planta.
g) Se deberá remitir copia del reglamento que determine la planta y sus antecedentes a la Subdere,
dentro de los sesenta días posteriores a su dictación.
h) Observar lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 5º de la ley Nº 15.231 (posición del juez
de policía local), en el artículo 7º de la ley Nº 19.602 (jerarquía del cargo de administrador
municipal) y en el artículo 16 de la ley Nº 18.695, en lo atingente a la posición de los cargos que
allí se indican (dos grados bajo el alcalde Secretaría Municipal, Secretaría Comunal de
Planificación, Unidad de Desarrollo Comunitario, Unidad de Administración y Finanzas y Unidad
de Control).
Junto a lo anterior, se deberá tener en consideración que, en caso que la fijación planta haya
considerado una proyección de ingresos y gastos determinada con negligencia inexcusable, se entenderá
que se configurará causal de notable abandono de deberes, tanto de parte del alcalde como del o de los
concejales que hayan participado de tal decisión. Para dichos efectos se procederá según lo dispuesto en la
letra c) del artículo 60, en la letra f) del artículo 76 y en el artículo 77.
El o los concejales que hubieren votado por rechazar la propuesta de planta podrán recurrir al Tribunal
Electoral Regional para solicitar que declare el notable abandono de deberes, dentro del plazo de treinta
días hábiles contado desde la aprobación de la planta por parte del concejo municipal. Con todo, el
alcalde sólo podrá remitir a la Contraloría General de la República el reglamento que contiene la respectiva
planta, una vez transcurrido el plazo precedentemente señalado, sin que se haya interpuesto la acción que
establece el inciso anterior o una vez que el Tribunal Electoral Regional haya rechazado la acción. Lo
dispuesto en este inciso será certificado por el Secretario del Tribunal Electoral Regional.
11. Se establece la obligatoriedad de la Política de Recursos Humanos, como un instrumento de
planificación (se agrega como letra d) en el art. 6º de la ley Nº 18.695).
12. En la primera sesión de concejo de cada año, se debe presentar el Escalafón de Mérito vigente.
13. Las plantas municipales tendrán las siguientes posiciones relativas:
a) Alcaldes del grado 1 al 6
b) Directivos del grado 3 al 10
c) Profesionales del grado 5 al 12
d) Jefatura del grado 7 al 12
e) Técnicos del grado 9 al 17
f) Administrativos del grado 11 al 18
g) Auxiliares del grado 13 al 20
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14. Sin perjuicio de lo anterior, para los efectos de establecer el grado asignado al cargo de alcalde dentro
de la planta municipal respectiva al momento de fijarla o modificarla, los municipios deberán ajustarse
a la categoría en que se encuentren según el total de sus ingresos anuales percibidos o número de
habitantes de la comuna. Un reglamento dictado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y
suscrito por el Ministro de Hacienda, fijará las categorías según dichos criterios y el rango de grados
posibles para cada categoría.
15. El requisito de ingreso a la planta Jefatura fue modificado y será de un título profesional de una
carrera de 8 semestres a lo menos, entregado por una institución de educación superior reconocida por
el Estado.
16. Se faculta para considerar requisitos específicos para determinados cargos.
17. Se aumenta el gasto en personal del 35% al 42%. En el caso que el alcalde decida aumentar la
dotación a contrata, deberá priorizar al personal honorario del suma alzada, del Subtítulo 21 Ítem 03
del presupuesto municipal.
18. Se faculta al alcalde para encasillar en plantas distintas a los funcionarios, si cumplen con los
requisitos y ha desarrollado la respectiva función asociada al respectivo cargo por un periodo de a lo
menos tres años anteriores al momento de la generación de la nueva planta y que el funcionario acepte
previamente, por escrito, el traspaso.
19. En las nuevas plantas, una vez encasillado el personal de planta, en los cargos que queden vacantes se
encasillará al personal a contrata asimilado a las respectivas plantas que se encuentren en servicio al
31 de diciembre del año anterior a la entrada en vigencia del reglamento que fija o modifica la planta
de personal. Los funcionarios a contrata solo podrán ser encasillados siempre que tengan cinco años
de servicios continuos en la respectiva municipalidad anteriores al encasillamiento, cumplan con los
requisitos generales y específicos correspondiente y se encuentren calificados en lista 1 o 2.
El nombramiento deberá realizarse en un cargo vacante que corresponda a la misma planta y grado al
cual se encontraban asimilados. Con todo, aquellos funcionarios que hubieren experimentado
mejoramiento de grado remuneratorio en los últimos 36 meses, sólo podrán ser encasillados en el
grado que tenían con anterioridad a ese mejoramiento. Es decir, con esta norma el funcionario a
contrata debe encasillarse conforme al grado que tenia al 1 de Enero de 2015, sin considerar las
mejoras de grados que faculta esta ley.
En caso que existan más funcionarios a contrata que cargos vacantes, la provisión de éstos se
efectuará, en primer término, de acuerdo al resultado de la última calificación obtenida y, en caso de empate,
conforme a la antigüedad en la respectiva municipalidad y, en el evento de mantenerse la igualdad, decidirá
el alcalde.
20. Una vez practicado el procedimiento anterior, los cargos que queden vacantes se proveerán con los
funcionarios señalados en la letra a) anterior, de acuerdo a los artículos 51, 52, 53 y 54 de la ley N°
18.883. Si después de este procedimiento quedaren aún cargos vacantes, éstos se proveerán en
conformidad a lo estatuido en el Párrafo I del Título II de la citada ley, es decir, por concurso público.
21. El encasillamiento dispuesto en el artículo 49 ter de la ley Nº 18.695, quedará sujeto a las siguientes
restricciones:
a) No podrá tener como consecuencia, ni podrá ser considerado como causal de término de servicios,
cesación de funciones o término de la relación laboral del personal.
b) No podrá significar pérdida de empleo, disminución de sus remuneraciones, excepto en el caso
contemplado para el personal a contrata que sea encasillado en la nueva planta conforme a lo
indicado en el segundo párrafo del Nº 17 del presente comunicado, ni modificaciones de
derechos previsionales.
c) Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se
absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan a los funcionarios,
excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público.
Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las remuneraciones que
compensa. Además, a la planilla suplementaria se le aplicará el reajuste general antes indicado.
d) Los funcionarios encasillados conservarán la asignación de antigüedad que tengan reconocida,
como también el tiempo computable para dicho reconocimiento.
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22. Las plantas se podrán modificar cada 8 años, y dentro de los dos años siguientes a contar del
cumplimiento de dicho periodo, siempre que se cumplan los requisitos y límites que establece esta ley.
En caso de corresponder hacer uso de esta facultad en un año en que se realicen elecciones
municipales, este derecho se podrá ejercer sólo durante el año siguiente a éstas. Con todo, la facultad
para fijar la primera modificación de planta se podrá ejercer entre el 1 de Enero de 2018 y el 31 de
Diciembre de 2019, entrando a regir a contar del mes de Enero del respectivo año siguiente.
23. Se faculta al alcalde para crear y considerar la opinión de un Comité Bipartito y Paritario, integrado
por igual número de representantes del alcalde y de los trabajadores, para establecer el reglamento de
estructura y fijar o modificar las plantas de personal, la cual podrá ser presentada al concejo municipal
en ejercicio con anterioridad a la readecuación de las plantas.
24. Recursos fiscales comprometidos en el proyecto, los que serán transferidos a las municipalidades
como aportes extraordinarios y que los municipios estarán obligados a destinar al financiamiento de
las mejoras de remuneraciones de esta ley, en lo que respecta a los señalados en las letras a) y b)
siguientes:
a) Año 2016: M$ 32.000.000.
b) Año 2017: M$ 36.000.000.
c) Año 2018: Aumento del Aporte Fiscal al Fondo Común de 218.000 a 1.052.000 U.T.M.
(Este aumento tendrá carácter permanente a contar de 2018).
25. Se faculta a las municipalidades para que en el nuevo reglamento de estructura, creen unidades que
estimen necesarias para su funcionamiento, pudiendo asignar funciones de las unidades designadas en
los artículos 21 (Secretaría Comunal de Planificación), 22 (Desarrollo Comunitario), 23 (Servicios de
Salud, Educación y demás incorporados a la gestión municipal) 25 (Medio Ambiente, Aseo y Ornato)
y 27 (Administración y Finanzas) de la ley Nº 18.695.
Sin perjuicio de lo anterior, se hace presente que estas no son las únicas modificaciones y normas
aprobadas por el Senado, según documento Nº 319/SEC/15, de fecha 16 del presente, que se adjunta para
conocimiento integro, el que contiene la totalidad de la iniciativa aprobada, correspondiente al Boletín Nº
10.057-06 y que ha sido despachado a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión, cumpliendo así
con el 2º Trámite Constitucional.
Finalmente, se hace presente que UFEMUCH, en las diversas instancias siguientes y, muy
especialmente en la Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la
Cámara de Diputados, entre otras materias relevantes, insistirá en la asignación profesional universal; para
todos sin distingos de plantas; a lo mas mantener el gasto de personal a contrata en el 20%, pasar a la planta
en el mismo grado por el sólo ministerio de la ley al personal a contrata con cinco años de antigüedad al 1 de
Enero de 2015 en el respectivo grado, que los choferes con licencia profesional sean encasillados en la
plantas de técnicos, gradualidad para la creación de cargos profesionales y técnicos; que no se exija el 75%
en la primera planta; que para constitución de los comité bipartitos y paritarios se considere a la o las
asociaciones de funcionarios, eliminación del artículo 9 ter de la ley Nº 19.803; a fin de terminar con toda
comparación con el sector público centralizado.
Saludan fraternalmente a Uds., por el Directorio Nacional de UFEMUCH.
ANTONIO PARRAGUEZ ROA VÍCTOR MORA ASTROZA
SECRETARIO GENERAL PRESIDENTE