Este documento describe los mecanismos de resolución pacífica de conflictos laborales colectivos en Venezuela, incluyendo la negociación, conciliación, mediación, arbitraje y huelga. Explica que la autocomposición involucra la participación directa de los interlocutores sociales, mientras que la heterocomposición implica que un tercero imponga una solución. La huelga solo se permite como último recurso cuando otros métodos hayan fallado.