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CONTRATO DE COMPRAVENTA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA
“UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DEL ESTADO DE PUEBLA, A.C.”, EN LO
SUCESIVO “UPAEP, A.C.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MTRO. LUIS
FERNANDO LACADIERE RAMÍREZ, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE
LEGAL Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA “MEDIAVISIÓN E
INTERNET DE MÉXICO, S.A. DE C.V.”, EN LO SUCESIVO “EL VENDEDOR”,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SR. RICARDO MORALES GONZÁLEZ,
EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS
SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
I. DECLARA “UPAEP, AC”:
A. Que es una Asociación Civil, legalmente constituida bajo las Leyes de los Estados Unidos
Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según consta en el Instrumento Notarial
número 1,460, Volumen número 25, de fecha quince de octubre de mil novecientos setenta
y seis, pasada ante la Fe del Notario Público Número 19, modificada por Instrumento Notarial
número 13,296, Volumen 171, de fecha veinte de julio del dos mil nueve, de la Notaria
Pública número 40, de las de esta ciudad de Puebla; debidamente inscrita en el Registro Público de
la Adscripción bajo el número 520, a fojas 105, Tomo XLIV del Libro
Auxiliar.----------------------------------------------------------
B. Que es una Asociación Civil, dedicada a la enseñanza a Nivel Medio Superior y Superior, dotada
de plena capacidad jurídica, la cual tiene por fines entre otros, formar profesionistas,
investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y
realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas tanto a nivel local
como a nivel nacional, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la
cultura.---------------------
C. Que se encuentra representada por el MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE RAMÍREZ,
en su carácter de Representante Legal, quien cuenta con facultades bastantes y suficientes para
celebrar el presente convenio, las que no le han sido enmendadas o revocadas a la fecha; tal y
como consta en el Instrumento Notarial número 15,880, Volumen 195, de la Notaria Pública
número 40, de las de esta ciudad de Puebla; a cargo del Licenciado Reynaldo Lazcano Fernández,
de fecha cinco de julio del dos mil
trece.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Que aun y cuando el Representante Legal, lo es el MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE
RAMÍREZ, de acuerdo con la declaración anterior, designa a la MTRA. LUZ MARÍA PADILLA
CASTILLO, DE UPAEP ONLINE y a la ING. MARÍA DEL ROSARIO VIVEROS
ALTIERI, TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DE UPAEP
(PAGOS), como Responsables del desarrollo y ejecución del presente
Contrato.-------------------------------------------------------------------------
D. Que para efectos del presente Contrato, señala como domicilio legal el ubicado en calle 21,
número 1103, Barrio de Santiago, en la ciudad de Puebla, Puebla; C.P.
72410.---------------------------------------
E. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave:
UPA761015KQ0.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
----
F. Que es su deseo contratar los servicios del “VENDEDOR”, específicamente para LOS
PRODUCTOS señalados dentro de la COTIZACIÓN 2014 J1, de fecha catorce de octubre
del dos mil catorce; misma que se acompaña al presente contrato como ANEXO ÚNICO, el
cual forma parte integral del presente
Contrato.-------------------------------------------------------------------------------------
II. DECLARA “EL VENDEDOR”:
A. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, legalmente constituida bajo las Leyes de los
Estados Unidos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según consta en el
Instrumento Notarial número 1,927, de fecha veinticinco de febrero del dos mil diez, pasada
ante la Fe del Notario Público Número 69, de la ciudad de Monterrey, N.L.; debidamente inscrita en
el Registro Público de la Adscripción, bajo el folio mercantil electrónico número 119499*1, Control
interno 77, con fecha once de marzo del dos mil
diez.----------------------------------------------------------------
B. Que es una Sociedad, dedicada entre otras actividades, a prestación de servicios técnicos y
profesionales de asesoría, consultoría, fomento, investigación , planeación, desarrollo, instalación,
adiestramiento, capacitación, control logístico de todo tipo de sistemas e infraestructura tecnológica
de tecnologías de información.----------------------------------------------------------------------------------------------
C. Que se encuentra representada por el SR. RICARDO MORALES GONZÁLEZ, en su carácter
de Representante Legal, quien cuenta con facultades bastantes y suficientes para celebrar el
presente convenio, las que no le han sido enmendadas o revocadas a la fecha; tal y como consta en
el Instrumento Notarial debidamente señalado en el inciso que
antecede.-----------------------------------------
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D. Que para efectos del presente Contrato, señala como domicilio legal ubicado en Ave. Lázaro
Cárdenas, número 2321 poniente, Colonia Residencial San Agustín, C.P. 66260, en
la ciudad de San Pedro Garza García,
N.L.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
E. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave: MEI-100225-
HX5.-
F. Que tiene los conocimientos y la capacidad suficientes para contratarse y obligarse, a la ejecución de
los servicios que ofrece, de acuerdo a los requerimientos de “UPAEP, A.C.” y que son objeto del
presente Contrato, disponiendo de los conocimientos y elementos suficientes para ello.-------------------
III. DECLARAN “LAS PARTES”:
A. Que los productos que se van a adquirir, se encuentran debidamente detallados dentro del de la
COTIZACIÓN 2014 J1, de fecha catorce de octubre del dos mil catorce; misma que se
acompaña al presente contrato como ANEXO ÚNICO, el cual forma parte integral del presente
Contrato.--------------
B. Que se reconocen mutuamente la capacidad y personalidad, con la que comparecen a celebrar del
presente Contrato, no existiendo error, dolo, mala fe, violencia, lesión o cualesquier otro vicio de la
voluntad, que pudiera afectar el presente Contrato, por lo que es su voluntad, obligarse conforme a
las siguientes clausulas:
C L Á U S U L A S
PRIMERA. OBJETO: “LAS PARTES” manifiestan que el objeto del presente Contrato, es la
COMPRAVENTA DEL PAQUETE MEDIASITENOW, CURSO MEDIASITE NOW, MY
MEDIASITE (LICENCIAS) Y PAGO ANUAL DE MANTENIMIENTO DEL RECORDER, de acuerdo
a lo dispuesto dentro de la COTIZACIÓN 2014 J1, de fecha catorce de octubre del dos mil catorce;
misma que se acompaña al presente contrato como ANEXO UNO, el cual forma parte integral del presente
Contrato.----------------------------------------------------------
SEGUNDA. PRECIO: “LAS PARTES” manifiestan que el precio que “UPAEP, A.C.” pagará al
“PRESTADOR DE SERVICIOS”, por los servicios contratados, es la cantidad de USD 48,333.72
(cuarenta y ocho mil trescientos treinta y tres dólares 72/100 americanos) I.V.A. incluido,
cantidad que se pagará en DOS EXHIBICIONES, mediante transferencia bancaria en la siguiente cuenta:
• NOMBRE: “MEDIAVISION E INTERNET DE MEXICO, S.A. DE C.V.”
• BANCO: BANAMEX
• CUENTA NÚMERO: 41949001464
• CUENTA CLABE: 002580419490014647
Página 3 de 7 JRRG / MPGM
Y de la siguiente forma:
1. El pago de la cantidad de USD 24,166.86 (veinticuatro mil ciento sesenta y seis dólares
86/100 americanos) I.V.A. incluido, correspondiente al 50% de la cantidad total, por
concepto de anticipo, se programará 8 días después, de haber ingresado la Factura
correspondiente en el DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DE “UPAEP, A.C.”.
Factura que deberá contener los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación
vigente.-----------------------------------------------------------------
2. El pago de la cantidad de USD 24,166.86 (veinticuatro mil ciento sesenta y seis dólares
86/100 americanos) I.V.A. incluido, correspondiente al 50% de la cantidad total, por
concepto de finiquito, se programará 8 días después, de haber ingresado la Factura
correspondiente en el DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DE “UPAEP, A.C.”, y se
PAGARÁ 8 días después de ingresar dicha factura, siempre y cuando el área solicitante firme
de conformidad y recibido el servicio/producto entregado. Factura que deberá contener los requisitos
fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación
vigente.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Lo anterior, para que sea programado en tiempo y forma el pago.------------------------------------------------------------
TERCERA. FIANZA: “EL VENDEDOR” otorga a favor de “UPAEP, A.C.”, la Póliza de Fianza número
____ XXXX (datos de la fianza pendiente) por la cantidad de de USD 48,333.72 (cuarenta y ocho mil
trescientos treinta y tres dólares 72/100 americanos) I.V.A. incluido, la cual se adjunta al
presente Contrato como ANEXO DOS, que corresponde al 100% del precio total del proyecto, con el fin de
garantizar la entrega completa de los servicios contratados, así como el buen funcionamiento equipo, objeto
del presente Contrato. Fianza que será liberada y devuelta por “UPAEP, A.C.” al “VENDEDOR”,
a más tardar en 15 días hábiles, después de cumplidas todas y cada una de las obligaciones
derivadas del presente Contrato a entera satisfacción de “UPAEP, A.C.”, así como cumplido el
plazo de garantía respecto del equipo, objeto también del presente
Contrato.------------------------------------------------------------------
CUARTA. VIGENCIA: “LAS PARTES” manifiestan que “EL VENDEDOR” se obliga a entregar e
instalar a “UPAEP, A.C.”, el equipo y material detallado en el ANEXO UNO, el cual forma parte integral
del presente Contrato, en un plazo de DOS SEMANAS, contados a partir del día de la firma del presente
Contrato, es decir, a partir del día once de noviembre del dos mil catorce , y venciéndose dicho término
el día veinticinco de noviembre del dos mil
catorce.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Sin embargo, “LAS PARTES” manifiestan que para el caso de que “EL VENDEDOR” no pudiera dar
cumplimiento al Objeto del presente Contrato, en el tiempo establecido en la presente Cláusula, dará aviso
por escrito a “UPAEP, A.C.” de dicha situación, con al menos 15 días hábiles de anticipación, al
vencimiento de la fecha de la entrega total; de lo contrario “EL VENDEDOR” pagará a “UPAEP, A.C.”
una indemnización convencional consistente en el pago del 10% (diez por ciento) del monto total del
presente Contrato, por cada día de atraso (salvo que el atraso lo autorice “UPAEP, A.C.”), a razón de la
cantidad total de USD 48,333.72 (cuarenta y ocho mil trescientos treinta y tres dólares 72/100
americanos I.V.A. incluido, y/o LO EQUIVALENTE EN MONEDA NACIONAL MÁS I.V.A., al tipo
de cambio de cualquier institución bancaria de la república mexicana, el día de
pago.----------------------------------------------------------------------------------------------------
QUINTA. CONFIDENCIALIDAD: “LAS PARTES” convienen, en que toda la información documentada o
contenida, en cualquier soporte material que “UPAEP, A.C.” proporcione al “VENDEDOR”, o que llegue a
obtener durante la vigencia del presente Contrato, deberá ser tratada como “INFORMACIÓN
CONFIDENCIAL”, por lo que se obliga a no usar dicha Información con fines distintos al objeto del presente
Contrato y/o divulgarla a terceros, sin la aprobación previa y por escrito de “UPAEP, A.C.”; sin embargo,
queda exceptuada de esta obligación, aquella información que sea del dominio público o que deba ser
divulgada por disposición legal o por orden judicial, por lo que “EL VENDEDOR”, se abstendrá de duplicar,
editar, copiar, reproducir y/o usar para su propio beneficio, así como revelar parte o la totalidad de la
información.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
-
SEXTA. RELACIÓN LABORAL: “LAS PARTES” manifiestan que los trabajadores que “EL
VENDEDOR”, contrate para dar cumplimiento al objeto del presente Contrato, no se encuentran sujetos a
subordinación alguna, por parte de “UPAEP, A.C.”; por lo tanto el presente Contrato no origina ningún tipo
de relación laboral entre “UPAEP, A.C.” y los trabajadores contratados por “EL
VENDEDOR”.------------------------------------------------
Por lo que “LAS PARTES” manifiestan que “EL VENDEDOR”, es el único patrón de todas y cada una de
las personas, que con carácter de EMPLEADOS OPERARIOS, intervengan bajo sus órdenes en el
desarrollo y ejecución de los servicios, objeto del presente Contrato, por lo que conviene y acepta que la única
relación jurídica que tiene con “UPAEP, A.C.”, es la derivada del presente Contrato de Prestación de
Servicios, y que cuenta con los trabajadores propios, suficientes en los términos de la Ley Federal del
Trabajo; y que por ningún motivo se considerará al “UPAEP, A.C.” como patrón sustituto o
solidario.---------------------------------------
Así mismo, “EL VENDEDOR” asume las obligaciones, que como patrón le señala la Ley, con relación a su
personal, y que corresponden al pago de salarios, cuotas obrero-patronales al IMSS, retención y pago de
Impuestos sobre la Renta, prestaciones de trabajo, vacaciones y en general cualquiera otra, liberando de
Página 5 de 7 JRRG / MPGM
cualquier responsabilidad en materia laboral a “UPAEP,
A.C.”.----------------------------------------------------------------
“EL VENDEDOR” se obliga a deslindar y a sacar en paz y a salvo a “UPAEP, A.C.”, de cualquier
reclamación o juicio, que su personal intente promover en su contra, por cualquiera de las obligaciones
señaladas en la cláusula que
antecede.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SÉPTIMA. CESIÓN DE DERECHOS: Queda prohibido a “LAS PARTES” ceder en forma parcial o
total, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones que se deriven del presente
instrumento jurídico, salvo acuerdo por escrito entre “LAS
PARTES”.--------------------------------------------------------
OCTAVA. RESPONSABILIDAD CIVIL: Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán
responsabilidad civil, por los daños y perjuicios que pudieran causarse, como consecuencias de caso
fortuito o fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las
actividades en la forma y términos que determinen las
mismas.--------------------------------------------------------------------------------------
NOVENA. MODIFICACIONES: Ninguna adición o modificación al presente Contrato, será válida si no se
cuenta con un documento firmado por “LAS PARTES”, a través de las personas con facultades para
hacerlo.--
DÉCIMA. RESPONSABLES: Para el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a las Cláusulas
anteriores, “LAS PARTES” designan como responsables de la coordinación, ejecución y desarrollo del
presente Contrato y como enlaces a:
• Por “EL VENDEDOR”, se designa a la RICARDO MORALES GONZALEZ, DIRECTOR
GENERAL, Em@il: ricardo.morales@mediavision.com.mx, Tel.: 01 (81)
10017161.----------------------------------------
• Por “UPAEP, A.C.”, se designa a la MTRA. LUZ MARÍA PADILLA CASTILLO, DE
UPAEP ONLINE y a la ING. MARÍA DEL ROSARIO VIVEROS ALTIERI, TITULAR DEL
DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES, respecto a la programación de
pagos.-----------------------------------------------------------
DÉCIMA PRIMERA. INTERPRETACIÓN Y JURISDICCIÓN: “LAS PARTES” manifiestan, que el
presente Contrato es producto de la buena fe, en razón de la cual, los conflictos que llegaran a presentarse en
cuanto a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo por “LAS
PARTES”; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento
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del mismo, “LAS PARTES” acuerdan someterse a la Jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Puebla,
Puebla; renunciando a la competencia y jurisdicción que pudiera corresponder en razón de su domicilio
presente o futuro o cualquier otra
razón.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Leído el presente Contrato y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal y no existiendo
error, dolo, mala fe o violencia, lo firman por triplicado, en 7 Fojas útiles por su anverso, en la Ciudad de
Puebla, Puebla; a los once días del mes de noviembre del dos mil
catorce.----------------------------------------------------
Por “UPAEP, A.C.”:
____________________________________________
_
MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE
RAMÍREZ
REPRESENTANTE LEGAL Y DIRECTOR GENERAL DE
GESTIÓN Y FINANZAS DE “UPAEP, A.C.”
Por “EL VENDEDOR”
_________________________________
RICARDO MORALES GONZÁLEZ
REPRESENTANTE LEGAL DE
“MEDIAVISION E INTERNET DE MEXICO, S.A. DE C.V.”
RESPONSABLES DE LA COORDINACIÓN,
DESARROLLO y EJECUCIÓN DEL PRESENTE
CONTRATO POR “UPAEP, A.C.”
________________________________________
MTRA. LUZ MARÍA PADILLA CASTILLO
UPAEP ONLINE
_______________________________________
___
ING. MARÍA DEL ROSARIO VIVEROS
ALTIERI
TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES
(PROGRAMACIÓN DE PAGOS)
RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN,
DESARROLLO y EJECUCIÓN DEL PRESENTE
CONTRATO POR “EL VENDEDOR”
________________________________
MAGDA SÁNCHEZ ARROYO
GERENTE ADMINISTRATIVO DE “MEDIAVISIÓN E INTERNET
DE MEXICO, S.A. DE C.V.”
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Contrato de compraventa webcasting (312 oct2014) ultima version 18nov2014 (1)

  • 1. CONTRATO DE COMPRAVENTA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA “UNIVERSIDAD POPULAR AUTÓNOMA DEL ESTADO DE PUEBLA, A.C.”, EN LO SUCESIVO “UPAEP, A.C.”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE RAMÍREZ, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL Y POR LA OTRA PARTE LA EMPRESA DENOMINADA “MEDIAVISIÓN E INTERNET DE MÉXICO, S.A. DE C.V.”, EN LO SUCESIVO “EL VENDEDOR”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SR. RICARDO MORALES GONZÁLEZ, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: D E C L A R A C I O N E S I. DECLARA “UPAEP, AC”: A. Que es una Asociación Civil, legalmente constituida bajo las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según consta en el Instrumento Notarial número 1,460, Volumen número 25, de fecha quince de octubre de mil novecientos setenta y seis, pasada ante la Fe del Notario Público Número 19, modificada por Instrumento Notarial número 13,296, Volumen 171, de fecha veinte de julio del dos mil nueve, de la Notaria Pública número 40, de las de esta ciudad de Puebla; debidamente inscrita en el Registro Público de la Adscripción bajo el número 520, a fojas 105, Tomo XLIV del Libro Auxiliar.---------------------------------------------------------- B. Que es una Asociación Civil, dedicada a la enseñanza a Nivel Medio Superior y Superior, dotada de plena capacidad jurídica, la cual tiene por fines entre otros, formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas tanto a nivel local como a nivel nacional, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.--------------------- C. Que se encuentra representada por el MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE RAMÍREZ, en su carácter de Representante Legal, quien cuenta con facultades bastantes y suficientes para celebrar el presente convenio, las que no le han sido enmendadas o revocadas a la fecha; tal y como consta en el Instrumento Notarial número 15,880, Volumen 195, de la Notaria Pública número 40, de las de esta ciudad de Puebla; a cargo del Licenciado Reynaldo Lazcano Fernández, de fecha cinco de julio del dos mil trece.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- Página 1 de 7 JRRG / MPGM
  • 2. Que aun y cuando el Representante Legal, lo es el MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE RAMÍREZ, de acuerdo con la declaración anterior, designa a la MTRA. LUZ MARÍA PADILLA CASTILLO, DE UPAEP ONLINE y a la ING. MARÍA DEL ROSARIO VIVEROS ALTIERI, TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DE UPAEP (PAGOS), como Responsables del desarrollo y ejecución del presente Contrato.------------------------------------------------------------------------- D. Que para efectos del presente Contrato, señala como domicilio legal el ubicado en calle 21, número 1103, Barrio de Santiago, en la ciudad de Puebla, Puebla; C.P. 72410.--------------------------------------- E. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave: UPA761015KQ0.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- ---- F. Que es su deseo contratar los servicios del “VENDEDOR”, específicamente para LOS PRODUCTOS señalados dentro de la COTIZACIÓN 2014 J1, de fecha catorce de octubre del dos mil catorce; misma que se acompaña al presente contrato como ANEXO ÚNICO, el cual forma parte integral del presente Contrato.------------------------------------------------------------------------------------- II. DECLARA “EL VENDEDOR”: A. Que es una Sociedad Anónima de Capital Variable, legalmente constituida bajo las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, con personalidad jurídica y patrimonio propio, según consta en el Instrumento Notarial número 1,927, de fecha veinticinco de febrero del dos mil diez, pasada ante la Fe del Notario Público Número 69, de la ciudad de Monterrey, N.L.; debidamente inscrita en el Registro Público de la Adscripción, bajo el folio mercantil electrónico número 119499*1, Control interno 77, con fecha once de marzo del dos mil diez.---------------------------------------------------------------- B. Que es una Sociedad, dedicada entre otras actividades, a prestación de servicios técnicos y profesionales de asesoría, consultoría, fomento, investigación , planeación, desarrollo, instalación, adiestramiento, capacitación, control logístico de todo tipo de sistemas e infraestructura tecnológica de tecnologías de información.---------------------------------------------------------------------------------------------- C. Que se encuentra representada por el SR. RICARDO MORALES GONZÁLEZ, en su carácter de Representante Legal, quien cuenta con facultades bastantes y suficientes para celebrar el presente convenio, las que no le han sido enmendadas o revocadas a la fecha; tal y como consta en el Instrumento Notarial debidamente señalado en el inciso que antecede.----------------------------------------- Página 2 de 7 JRRG / MPGM
  • 3. D. Que para efectos del presente Contrato, señala como domicilio legal ubicado en Ave. Lázaro Cárdenas, número 2321 poniente, Colonia Residencial San Agustín, C.P. 66260, en la ciudad de San Pedro Garza García, N.L.----------------------------------------------------------------------------------------------------- E. Que se encuentra inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes, bajo la clave: MEI-100225- HX5.- F. Que tiene los conocimientos y la capacidad suficientes para contratarse y obligarse, a la ejecución de los servicios que ofrece, de acuerdo a los requerimientos de “UPAEP, A.C.” y que son objeto del presente Contrato, disponiendo de los conocimientos y elementos suficientes para ello.------------------- III. DECLARAN “LAS PARTES”: A. Que los productos que se van a adquirir, se encuentran debidamente detallados dentro del de la COTIZACIÓN 2014 J1, de fecha catorce de octubre del dos mil catorce; misma que se acompaña al presente contrato como ANEXO ÚNICO, el cual forma parte integral del presente Contrato.-------------- B. Que se reconocen mutuamente la capacidad y personalidad, con la que comparecen a celebrar del presente Contrato, no existiendo error, dolo, mala fe, violencia, lesión o cualesquier otro vicio de la voluntad, que pudiera afectar el presente Contrato, por lo que es su voluntad, obligarse conforme a las siguientes clausulas: C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO: “LAS PARTES” manifiestan que el objeto del presente Contrato, es la COMPRAVENTA DEL PAQUETE MEDIASITENOW, CURSO MEDIASITE NOW, MY MEDIASITE (LICENCIAS) Y PAGO ANUAL DE MANTENIMIENTO DEL RECORDER, de acuerdo a lo dispuesto dentro de la COTIZACIÓN 2014 J1, de fecha catorce de octubre del dos mil catorce; misma que se acompaña al presente contrato como ANEXO UNO, el cual forma parte integral del presente Contrato.---------------------------------------------------------- SEGUNDA. PRECIO: “LAS PARTES” manifiestan que el precio que “UPAEP, A.C.” pagará al “PRESTADOR DE SERVICIOS”, por los servicios contratados, es la cantidad de USD 48,333.72 (cuarenta y ocho mil trescientos treinta y tres dólares 72/100 americanos) I.V.A. incluido, cantidad que se pagará en DOS EXHIBICIONES, mediante transferencia bancaria en la siguiente cuenta: • NOMBRE: “MEDIAVISION E INTERNET DE MEXICO, S.A. DE C.V.” • BANCO: BANAMEX • CUENTA NÚMERO: 41949001464 • CUENTA CLABE: 002580419490014647 Página 3 de 7 JRRG / MPGM
  • 4. Y de la siguiente forma: 1. El pago de la cantidad de USD 24,166.86 (veinticuatro mil ciento sesenta y seis dólares 86/100 americanos) I.V.A. incluido, correspondiente al 50% de la cantidad total, por concepto de anticipo, se programará 8 días después, de haber ingresado la Factura correspondiente en el DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DE “UPAEP, A.C.”. Factura que deberá contener los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación vigente.----------------------------------------------------------------- 2. El pago de la cantidad de USD 24,166.86 (veinticuatro mil ciento sesenta y seis dólares 86/100 americanos) I.V.A. incluido, correspondiente al 50% de la cantidad total, por concepto de finiquito, se programará 8 días después, de haber ingresado la Factura correspondiente en el DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES DE “UPAEP, A.C.”, y se PAGARÁ 8 días después de ingresar dicha factura, siempre y cuando el área solicitante firme de conformidad y recibido el servicio/producto entregado. Factura que deberá contener los requisitos fiscales que establece el Código Fiscal de la Federación vigente.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Lo anterior, para que sea programado en tiempo y forma el pago.------------------------------------------------------------ TERCERA. FIANZA: “EL VENDEDOR” otorga a favor de “UPAEP, A.C.”, la Póliza de Fianza número ____ XXXX (datos de la fianza pendiente) por la cantidad de de USD 48,333.72 (cuarenta y ocho mil trescientos treinta y tres dólares 72/100 americanos) I.V.A. incluido, la cual se adjunta al presente Contrato como ANEXO DOS, que corresponde al 100% del precio total del proyecto, con el fin de garantizar la entrega completa de los servicios contratados, así como el buen funcionamiento equipo, objeto del presente Contrato. Fianza que será liberada y devuelta por “UPAEP, A.C.” al “VENDEDOR”, a más tardar en 15 días hábiles, después de cumplidas todas y cada una de las obligaciones derivadas del presente Contrato a entera satisfacción de “UPAEP, A.C.”, así como cumplido el plazo de garantía respecto del equipo, objeto también del presente Contrato.------------------------------------------------------------------ CUARTA. VIGENCIA: “LAS PARTES” manifiestan que “EL VENDEDOR” se obliga a entregar e instalar a “UPAEP, A.C.”, el equipo y material detallado en el ANEXO UNO, el cual forma parte integral del presente Contrato, en un plazo de DOS SEMANAS, contados a partir del día de la firma del presente Contrato, es decir, a partir del día once de noviembre del dos mil catorce , y venciéndose dicho término el día veinticinco de noviembre del dos mil catorce.---------------------------------------------------------------------------------------------------------- Página 4 de 7 JRRG / MPGM
  • 5. Sin embargo, “LAS PARTES” manifiestan que para el caso de que “EL VENDEDOR” no pudiera dar cumplimiento al Objeto del presente Contrato, en el tiempo establecido en la presente Cláusula, dará aviso por escrito a “UPAEP, A.C.” de dicha situación, con al menos 15 días hábiles de anticipación, al vencimiento de la fecha de la entrega total; de lo contrario “EL VENDEDOR” pagará a “UPAEP, A.C.” una indemnización convencional consistente en el pago del 10% (diez por ciento) del monto total del presente Contrato, por cada día de atraso (salvo que el atraso lo autorice “UPAEP, A.C.”), a razón de la cantidad total de USD 48,333.72 (cuarenta y ocho mil trescientos treinta y tres dólares 72/100 americanos I.V.A. incluido, y/o LO EQUIVALENTE EN MONEDA NACIONAL MÁS I.V.A., al tipo de cambio de cualquier institución bancaria de la república mexicana, el día de pago.---------------------------------------------------------------------------------------------------- QUINTA. CONFIDENCIALIDAD: “LAS PARTES” convienen, en que toda la información documentada o contenida, en cualquier soporte material que “UPAEP, A.C.” proporcione al “VENDEDOR”, o que llegue a obtener durante la vigencia del presente Contrato, deberá ser tratada como “INFORMACIÓN CONFIDENCIAL”, por lo que se obliga a no usar dicha Información con fines distintos al objeto del presente Contrato y/o divulgarla a terceros, sin la aprobación previa y por escrito de “UPAEP, A.C.”; sin embargo, queda exceptuada de esta obligación, aquella información que sea del dominio público o que deba ser divulgada por disposición legal o por orden judicial, por lo que “EL VENDEDOR”, se abstendrá de duplicar, editar, copiar, reproducir y/o usar para su propio beneficio, así como revelar parte o la totalidad de la información.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- - SEXTA. RELACIÓN LABORAL: “LAS PARTES” manifiestan que los trabajadores que “EL VENDEDOR”, contrate para dar cumplimiento al objeto del presente Contrato, no se encuentran sujetos a subordinación alguna, por parte de “UPAEP, A.C.”; por lo tanto el presente Contrato no origina ningún tipo de relación laboral entre “UPAEP, A.C.” y los trabajadores contratados por “EL VENDEDOR”.------------------------------------------------ Por lo que “LAS PARTES” manifiestan que “EL VENDEDOR”, es el único patrón de todas y cada una de las personas, que con carácter de EMPLEADOS OPERARIOS, intervengan bajo sus órdenes en el desarrollo y ejecución de los servicios, objeto del presente Contrato, por lo que conviene y acepta que la única relación jurídica que tiene con “UPAEP, A.C.”, es la derivada del presente Contrato de Prestación de Servicios, y que cuenta con los trabajadores propios, suficientes en los términos de la Ley Federal del Trabajo; y que por ningún motivo se considerará al “UPAEP, A.C.” como patrón sustituto o solidario.--------------------------------------- Así mismo, “EL VENDEDOR” asume las obligaciones, que como patrón le señala la Ley, con relación a su personal, y que corresponden al pago de salarios, cuotas obrero-patronales al IMSS, retención y pago de Impuestos sobre la Renta, prestaciones de trabajo, vacaciones y en general cualquiera otra, liberando de Página 5 de 7 JRRG / MPGM
  • 6. cualquier responsabilidad en materia laboral a “UPAEP, A.C.”.---------------------------------------------------------------- “EL VENDEDOR” se obliga a deslindar y a sacar en paz y a salvo a “UPAEP, A.C.”, de cualquier reclamación o juicio, que su personal intente promover en su contra, por cualquiera de las obligaciones señaladas en la cláusula que antecede.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- SÉPTIMA. CESIÓN DE DERECHOS: Queda prohibido a “LAS PARTES” ceder en forma parcial o total, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones que se deriven del presente instrumento jurídico, salvo acuerdo por escrito entre “LAS PARTES”.-------------------------------------------------------- OCTAVA. RESPONSABILIDAD CIVIL: Queda expresamente pactado que “LAS PARTES” no tendrán responsabilidad civil, por los daños y perjuicios que pudieran causarse, como consecuencias de caso fortuito o fuerza mayor, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las mismas.-------------------------------------------------------------------------------------- NOVENA. MODIFICACIONES: Ninguna adición o modificación al presente Contrato, será válida si no se cuenta con un documento firmado por “LAS PARTES”, a través de las personas con facultades para hacerlo.-- DÉCIMA. RESPONSABLES: Para el cumplimiento de las obligaciones que corresponden a las Cláusulas anteriores, “LAS PARTES” designan como responsables de la coordinación, ejecución y desarrollo del presente Contrato y como enlaces a: • Por “EL VENDEDOR”, se designa a la RICARDO MORALES GONZALEZ, DIRECTOR GENERAL, Em@il: ricardo.morales@mediavision.com.mx, Tel.: 01 (81) 10017161.---------------------------------------- • Por “UPAEP, A.C.”, se designa a la MTRA. LUZ MARÍA PADILLA CASTILLO, DE UPAEP ONLINE y a la ING. MARÍA DEL ROSARIO VIVEROS ALTIERI, TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES, respecto a la programación de pagos.----------------------------------------------------------- DÉCIMA PRIMERA. INTERPRETACIÓN Y JURISDICCIÓN: “LAS PARTES” manifiestan, que el presente Contrato es producto de la buena fe, en razón de la cual, los conflictos que llegaran a presentarse en cuanto a su interpretación, formalización y cumplimiento, serán resueltos de común acuerdo por “LAS PARTES”; sin embargo, en caso de que se suscitase duda o controversia en la interpretación y cumplimiento Página 6 de 7 JRRG / MPGM
  • 7. del mismo, “LAS PARTES” acuerdan someterse a la Jurisdicción de los Tribunales de la Ciudad de Puebla, Puebla; renunciando a la competencia y jurisdicción que pudiera corresponder en razón de su domicilio presente o futuro o cualquier otra razón.------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Leído el presente Contrato y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal y no existiendo error, dolo, mala fe o violencia, lo firman por triplicado, en 7 Fojas útiles por su anverso, en la Ciudad de Puebla, Puebla; a los once días del mes de noviembre del dos mil catorce.---------------------------------------------------- Por “UPAEP, A.C.”: ____________________________________________ _ MTRO. LUIS FERNANDO LACADIERE RAMÍREZ REPRESENTANTE LEGAL Y DIRECTOR GENERAL DE GESTIÓN Y FINANZAS DE “UPAEP, A.C.” Por “EL VENDEDOR” _________________________________ RICARDO MORALES GONZÁLEZ REPRESENTANTE LEGAL DE “MEDIAVISION E INTERNET DE MEXICO, S.A. DE C.V.” RESPONSABLES DE LA COORDINACIÓN, DESARROLLO y EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO POR “UPAEP, A.C.” ________________________________________ MTRA. LUZ MARÍA PADILLA CASTILLO UPAEP ONLINE _______________________________________ ___ ING. MARÍA DEL ROSARIO VIVEROS ALTIERI TITULAR DEL DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES (PROGRAMACIÓN DE PAGOS) RESPONSABLE DE LA COORDINACIÓN, DESARROLLO y EJECUCIÓN DEL PRESENTE CONTRATO POR “EL VENDEDOR” ________________________________ MAGDA SÁNCHEZ ARROYO GERENTE ADMINISTRATIVO DE “MEDIAVISIÓN E INTERNET DE MEXICO, S.A. DE C.V.” Página 7 de 7 JRRG / MPGM