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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE SERVICIO EDUCATIVO DE DURACION POR LA LABOR
CONTRATADA – CALENDARIO “A”
PERIODO ACADEMICO 2015
NOMBRE DEL EMPLEADOR :
DOMIICILIO DEL EMPLEADOR :
NOMBRE DEL TRABAJADOR :
C.C. DEL TRABAJADOR :
DIRECCIÓN DEL TRABAJADOR :
LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO :
LUGAR DONDE SE DESEMPEÑARA :
FECHA DE INICIACIÓN :
FECHA DE TERMINACIÓN :
CIUDAD DONDE SE CONTRATA :
CATEGORIA EN ESCALAFON DEL MEN : (consiste en la lista de rangos en que se agrupan las
personas integradas en una institución)
SUELDO MENSUAL :
Por tratarse de la labor contratada, el presente contrato tendrá vigencia por el tiempo que dure la realización
académica del año 2 0 1 5. Entre el EMPLEADOR y el Trabajador, de las condiciones ya dichas
identificados como aparece al pie de sus firmas, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo,
regido además por las siguientes cláusulas, en conexión con el TEXTO UNICO ORDENADO DEL D. LEG.
N° 728, LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL - DECRETO SUPREMO Nº 003-97-
TRy demás normas complementarias.
PRIMERA: El EMPLEADOR contrata los servicios personales del trabajador y este se obliga a: A) A poner
al servicio de aquél toda su capacidad normal de trabajo, en el desempeño de las funciones de__________
en la categoría ____________del Escalafón del Ministerio de Educación Nacional y en las labores conexas
y complementarias del mismo, en el área de:________________ , de conformidad con las órdenes e
instrucciones que le imparta el EMPLEADOR o sus representantes y B) A observar y cumplir el Reglamento
Interno de Trabajo y Manual de Convivencia en desarrollo de las labores que debe cumplir en la Institución.
SEGUNDA: El EMPLEADOR pagará al trabajador por la prestación de sus servicios la suma de
___________________________________________moneda corriente.
TERCERA – JORNADA DE TRABAJO: a)Las partes acuerdan que el profesor es contratado en la
modalidad de _____________, ( ) horas semanales, b) en los turnos y dentro del siguiente horario :
Lunes a viernes de las _________. horas a las _________. horas y eventualmente algunos sábados
según requerimiento de la Institución Educativa para acompañamiento en las reuniones de padres de
familia relacionadas con entrega de boletines, evaluaciones y/o cualquier otra actividad conexa con el
contrato, pudiendo hacer éste ajustes o cambios de horario cuando lo crea conveniente según disponga el
EMPLEADOR. PARÁGRAFO 1 – El Colegio dará a conocer al profesor los horarios en que deberá
desempeñar sus funciones, las cuales se enmarcan en lo estipulado por el Proyecto Educativo Institucional,
Ministerio de Educación Nacional, Directrices Administrativas y Pastorales del Colegio. PARÁGRAFO 2 -
Durante la jornada laboral, el tiempo que no esté utilizado en cátedra, el Trabajador lo destinará
exclusivamente a estudios e investigación dentro de la Institución Educativa.
CUARTA – DURACIÓN DEL CONTRATO: La duración del presente contrato será la correspondiente al
“año escolar” 2015 si el profesor empieza a cumplir sus servicios desde el comienzo del mismo, o por el
tiempo que faltare para su terminación, si el profesor es contratado con posterioridad a la iniciación del año
escolar. PARÁGRAFO 1: Entiéndese por año escolar el periodo comprendido entre el ……… de Marzo y el
…… de Diciembre de 2015.PARAGRAFO 2. Para los fines del presente contrato, su duración es la que se
indica en su encabezamiento.-
1
QUINTA –En el caso de INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, de que el trabajador se retirare
de la institución antes de acabar el año escolar, el trabajador deberá abonar al EMPLEADOR una
indemnización equivalente a treinta (30) días de salario, deducible de las prestaciones sociales de
conformidad con lo dispuesto Artículo 6 modificado por el Artículo 13 de la Ley N° 28051del 02-08-2003.
PARAGRAFO: Si el Trabajador ha disfrutado de vacaciones anticipadas de mitad de año, en caso de
renunciar al contrato al reiniciarse las labores académicas del segundo semestre, autoriza al Empleador
para descontar el valor del tiempo de las vacaciones disfrutadas y no causadas, con cargo a la liquidación
de las prestaciones sociales a su favor. Asi mismo, al culminar el año académico el EMPLEADOR podrá
demandar por otros daños a posteriori que podrían generarse a la Institucion, la cual se aplicara el art. 1332
del Codigo civil. SEXTA - Son justas causas para poner término a este contrato, las enumeradas en el
artículo 25º del decreto Legislativo 728 y además por parte del EMPLEADOR, las siguientes faltas que para
el efecto se califican como graves: a) la violación por parte del trabajador de cualquiera de sus obligaciones
legales, contractuales o reglamentarias; b) la no asistencia puntual al trabajo, sin excusa suficiente a juicio
del EMPLEADOR; c) el hecho de que el trabajador abandone el sitio de trabajo, llegue embriagado al
mismo o ingiera bebidas alcohólicas en el sitio donde labora, sin excusa suficiente a juicio del EMPLEADOR
d) el desarrollo de actividades tales como rifas, ventas y exigencia de cuotas a los alumnos no autorizadas
por las directivas del plantel educativo ; e) El incumplimiento de las normas contenidas en el Reglamento
Interno de Trabajo. f) Ejercer posición dominante sobre los (as) alumnos (as) tendiente a crear relación
afectiva. g) Realizar procesos academicos extramurales de nivelación academica. h) La violación a la
normatividad del Código de la Infancia, contenidas en la Código de los Niños y Adolescentes -Ley 27337.
i) Ejercer conductas engañosas frente a los (as) alumnos (as) que atenten contra la ley, la moral y las
buenas costumbres. j) Incurrir en conductas de acoso laboral señaladas en la Ley 1010 de 2006 y/o
conductas determinantes de acoso sexual señaladas en la norma penal k) Utilizar los medios de
comunicación electrónicos y/o implementos entregados para el desempeño del cargo, en asuntos
personales ajenos a las labores señaladas para su desarrollo. l) Promover compraventa de mercancías
dentro del colegio, para su beneficio personal.
SÉPTIMA - El trabajador acepta desde ahora los traslados de lugar de trabajo y cambios de oficio que
decida el EMPLEADOR, siempre y cuando tales traslados o cambios no desmejoren sus condiciones
laborales o de remuneración o impliquen perjuicios para el trabajador.
OCTAVA - Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo a la Ley y la Jurisprudencia, y será
interpretado de buena fe y en concordancia con el Código Sustantivo del Trabajo, cuyo objeto, es lograr
justicia en las relaciones entre EMPLEADORES y trabajadores dentro de un espíritu de coordinación
económica y equilibrio social.
NOVENA -. El trabajador responderá por los elementos inherentes al ejercicio de sus funciones que por
inventario separado se le entreguen. Al hacer dejación del cargo o liquidarse el presente contrato, el
trabajador autoriza al EMPLEADOR para descontar los elementos que llegaren a faltar, liquidados al precio
vigente en el comercio a la fecha de declararse el faltante.
DÉCIMA - El presente contrato no tendrá variación por motivo de cambio de escalafón del Trabajador en la
vigencia de su ejecución año 2015.
DÉCIMA PRIMERA -. AVISO PREVIO A LA TERMINACION DEL CONTRATO .- Por ser el presente un
contrato laboral especial, no equiparable a los contratos a Termino Fijo y aplicable únicamente para
quienes cumplan labores en condición exclusiva de profesores de enseñanza de un colegio
particular que contempla una duración contractual presunta, el Empleador no requiere dar aviso
previo al trabajador sobre la terminación del contrato, bastando para ello solamente, la culminación
del periodo académico señalado. (CSJ. Sala Laboral Rad. 15623, Abril 23 - 01 MP Francisco Escobar
Enríquez)
DECIMA SEGUNDA.- CONCESION DE PERMISOS.- El Empleador podrá abstenerse de conceder
permisos al Trabajador cuando estos se conviertan en consecutivos y/o perturben el cumplimiento de la
carga académica asignada que impliquen anormal desarrollo del Proyecto Educativo Institucional.
DECIMA TERCERA – ANTICIPOS SALARIALES.- El Empleador no estará obligado a conceder anticipos
salariales al Trabajador.-
2
DECIMA CUARTA .-En lo no previsto en el presente contrato, las partes se sujetarán a las normas
contenidas en el Código Sustantivo del Trabajo
DECIMA QUINTA.- Sistema de Seguridad Social Integral. Para los fines consiguientes, el Trabajador
manifiesta: En caso de continuar laborando para la Institución Educativa en el próximo periodo académico
de 2016 y sin que ello signifique prorroga del presente contrato, autorizo al Colegio para hacer los
descuentos con cargo a la liquidación del contrato en el presente año con el fin de no desafiliarme de la
seguridad social integral, así: a) Diciembre de 2015, descuento del 8% (4% aplicable a salud y 4% para
pensión). b). Enero de 2016: Me comprometo a asumir el 100% de la afiliación a salud y a pensión, cuyo
descuento autorizo desde ya, con cargo a la liquidación de este contrato. (verificar los descuentos según
aoportes)
Asimismo, informo que mi afiliación actual al Sistema de Seguridad Social integral y caja de
compensacion actualmente es como sigue:
E.P.S:__________________________________________________
FONDO DE PENSIONES:__________________________________
ARP:___________________________________________________
CAJA DE COMPENSACION:________________________________
EMPLEADOR ANTERIOR:__________________________________
Para constancia se firma por las partes estar de acuerdo con los términos y clausulas establecidos del
presente contrato, ante dos testigos, en la ciudad de Huacho., a los _____ días del mes de _______del
año 2015
EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
_______________________ ________________________
EL GERENTE GENERAL DOCENTE.
D.N.I. N°
TESTIGO TESTIGO
________________________ ___________________________
.
D.N.I. D.N.I.
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Contratoprofesores

  • 1. CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO DE SERVICIO EDUCATIVO DE DURACION POR LA LABOR CONTRATADA – CALENDARIO “A” PERIODO ACADEMICO 2015 NOMBRE DEL EMPLEADOR : DOMIICILIO DEL EMPLEADOR : NOMBRE DEL TRABAJADOR : C.C. DEL TRABAJADOR : DIRECCIÓN DEL TRABAJADOR : LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO : LUGAR DONDE SE DESEMPEÑARA : FECHA DE INICIACIÓN : FECHA DE TERMINACIÓN : CIUDAD DONDE SE CONTRATA : CATEGORIA EN ESCALAFON DEL MEN : (consiste en la lista de rangos en que se agrupan las personas integradas en una institución) SUELDO MENSUAL : Por tratarse de la labor contratada, el presente contrato tendrá vigencia por el tiempo que dure la realización académica del año 2 0 1 5. Entre el EMPLEADOR y el Trabajador, de las condiciones ya dichas identificados como aparece al pie de sus firmas, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, regido además por las siguientes cláusulas, en conexión con el TEXTO UNICO ORDENADO DEL D. LEG. N° 728, LEY DE PRODUCTIVIDAD Y COMPETITIVIDAD LABORAL - DECRETO SUPREMO Nº 003-97- TRy demás normas complementarias. PRIMERA: El EMPLEADOR contrata los servicios personales del trabajador y este se obliga a: A) A poner al servicio de aquél toda su capacidad normal de trabajo, en el desempeño de las funciones de__________ en la categoría ____________del Escalafón del Ministerio de Educación Nacional y en las labores conexas y complementarias del mismo, en el área de:________________ , de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el EMPLEADOR o sus representantes y B) A observar y cumplir el Reglamento Interno de Trabajo y Manual de Convivencia en desarrollo de las labores que debe cumplir en la Institución. SEGUNDA: El EMPLEADOR pagará al trabajador por la prestación de sus servicios la suma de ___________________________________________moneda corriente. TERCERA – JORNADA DE TRABAJO: a)Las partes acuerdan que el profesor es contratado en la modalidad de _____________, ( ) horas semanales, b) en los turnos y dentro del siguiente horario : Lunes a viernes de las _________. horas a las _________. horas y eventualmente algunos sábados según requerimiento de la Institución Educativa para acompañamiento en las reuniones de padres de familia relacionadas con entrega de boletines, evaluaciones y/o cualquier otra actividad conexa con el contrato, pudiendo hacer éste ajustes o cambios de horario cuando lo crea conveniente según disponga el EMPLEADOR. PARÁGRAFO 1 – El Colegio dará a conocer al profesor los horarios en que deberá desempeñar sus funciones, las cuales se enmarcan en lo estipulado por el Proyecto Educativo Institucional, Ministerio de Educación Nacional, Directrices Administrativas y Pastorales del Colegio. PARÁGRAFO 2 - Durante la jornada laboral, el tiempo que no esté utilizado en cátedra, el Trabajador lo destinará exclusivamente a estudios e investigación dentro de la Institución Educativa. CUARTA – DURACIÓN DEL CONTRATO: La duración del presente contrato será la correspondiente al “año escolar” 2015 si el profesor empieza a cumplir sus servicios desde el comienzo del mismo, o por el tiempo que faltare para su terminación, si el profesor es contratado con posterioridad a la iniciación del año escolar. PARÁGRAFO 1: Entiéndese por año escolar el periodo comprendido entre el ……… de Marzo y el …… de Diciembre de 2015.PARAGRAFO 2. Para los fines del presente contrato, su duración es la que se indica en su encabezamiento.- 1
  • 2. QUINTA –En el caso de INCUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, de que el trabajador se retirare de la institución antes de acabar el año escolar, el trabajador deberá abonar al EMPLEADOR una indemnización equivalente a treinta (30) días de salario, deducible de las prestaciones sociales de conformidad con lo dispuesto Artículo 6 modificado por el Artículo 13 de la Ley N° 28051del 02-08-2003. PARAGRAFO: Si el Trabajador ha disfrutado de vacaciones anticipadas de mitad de año, en caso de renunciar al contrato al reiniciarse las labores académicas del segundo semestre, autoriza al Empleador para descontar el valor del tiempo de las vacaciones disfrutadas y no causadas, con cargo a la liquidación de las prestaciones sociales a su favor. Asi mismo, al culminar el año académico el EMPLEADOR podrá demandar por otros daños a posteriori que podrían generarse a la Institucion, la cual se aplicara el art. 1332 del Codigo civil. SEXTA - Son justas causas para poner término a este contrato, las enumeradas en el artículo 25º del decreto Legislativo 728 y además por parte del EMPLEADOR, las siguientes faltas que para el efecto se califican como graves: a) la violación por parte del trabajador de cualquiera de sus obligaciones legales, contractuales o reglamentarias; b) la no asistencia puntual al trabajo, sin excusa suficiente a juicio del EMPLEADOR; c) el hecho de que el trabajador abandone el sitio de trabajo, llegue embriagado al mismo o ingiera bebidas alcohólicas en el sitio donde labora, sin excusa suficiente a juicio del EMPLEADOR d) el desarrollo de actividades tales como rifas, ventas y exigencia de cuotas a los alumnos no autorizadas por las directivas del plantel educativo ; e) El incumplimiento de las normas contenidas en el Reglamento Interno de Trabajo. f) Ejercer posición dominante sobre los (as) alumnos (as) tendiente a crear relación afectiva. g) Realizar procesos academicos extramurales de nivelación academica. h) La violación a la normatividad del Código de la Infancia, contenidas en la Código de los Niños y Adolescentes -Ley 27337. i) Ejercer conductas engañosas frente a los (as) alumnos (as) que atenten contra la ley, la moral y las buenas costumbres. j) Incurrir en conductas de acoso laboral señaladas en la Ley 1010 de 2006 y/o conductas determinantes de acoso sexual señaladas en la norma penal k) Utilizar los medios de comunicación electrónicos y/o implementos entregados para el desempeño del cargo, en asuntos personales ajenos a las labores señaladas para su desarrollo. l) Promover compraventa de mercancías dentro del colegio, para su beneficio personal. SÉPTIMA - El trabajador acepta desde ahora los traslados de lugar de trabajo y cambios de oficio que decida el EMPLEADOR, siempre y cuando tales traslados o cambios no desmejoren sus condiciones laborales o de remuneración o impliquen perjuicios para el trabajador. OCTAVA - Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo a la Ley y la Jurisprudencia, y será interpretado de buena fe y en concordancia con el Código Sustantivo del Trabajo, cuyo objeto, es lograr justicia en las relaciones entre EMPLEADORES y trabajadores dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. NOVENA -. El trabajador responderá por los elementos inherentes al ejercicio de sus funciones que por inventario separado se le entreguen. Al hacer dejación del cargo o liquidarse el presente contrato, el trabajador autoriza al EMPLEADOR para descontar los elementos que llegaren a faltar, liquidados al precio vigente en el comercio a la fecha de declararse el faltante. DÉCIMA - El presente contrato no tendrá variación por motivo de cambio de escalafón del Trabajador en la vigencia de su ejecución año 2015. DÉCIMA PRIMERA -. AVISO PREVIO A LA TERMINACION DEL CONTRATO .- Por ser el presente un contrato laboral especial, no equiparable a los contratos a Termino Fijo y aplicable únicamente para quienes cumplan labores en condición exclusiva de profesores de enseñanza de un colegio particular que contempla una duración contractual presunta, el Empleador no requiere dar aviso previo al trabajador sobre la terminación del contrato, bastando para ello solamente, la culminación del periodo académico señalado. (CSJ. Sala Laboral Rad. 15623, Abril 23 - 01 MP Francisco Escobar Enríquez) DECIMA SEGUNDA.- CONCESION DE PERMISOS.- El Empleador podrá abstenerse de conceder permisos al Trabajador cuando estos se conviertan en consecutivos y/o perturben el cumplimiento de la carga académica asignada que impliquen anormal desarrollo del Proyecto Educativo Institucional. DECIMA TERCERA – ANTICIPOS SALARIALES.- El Empleador no estará obligado a conceder anticipos salariales al Trabajador.- 2
  • 3. DECIMA CUARTA .-En lo no previsto en el presente contrato, las partes se sujetarán a las normas contenidas en el Código Sustantivo del Trabajo DECIMA QUINTA.- Sistema de Seguridad Social Integral. Para los fines consiguientes, el Trabajador manifiesta: En caso de continuar laborando para la Institución Educativa en el próximo periodo académico de 2016 y sin que ello signifique prorroga del presente contrato, autorizo al Colegio para hacer los descuentos con cargo a la liquidación del contrato en el presente año con el fin de no desafiliarme de la seguridad social integral, así: a) Diciembre de 2015, descuento del 8% (4% aplicable a salud y 4% para pensión). b). Enero de 2016: Me comprometo a asumir el 100% de la afiliación a salud y a pensión, cuyo descuento autorizo desde ya, con cargo a la liquidación de este contrato. (verificar los descuentos según aoportes) Asimismo, informo que mi afiliación actual al Sistema de Seguridad Social integral y caja de compensacion actualmente es como sigue: E.P.S:__________________________________________________ FONDO DE PENSIONES:__________________________________ ARP:___________________________________________________ CAJA DE COMPENSACION:________________________________ EMPLEADOR ANTERIOR:__________________________________ Para constancia se firma por las partes estar de acuerdo con los términos y clausulas establecidos del presente contrato, ante dos testigos, en la ciudad de Huacho., a los _____ días del mes de _______del año 2015 EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR _______________________ ________________________ EL GERENTE GENERAL DOCENTE. D.N.I. N° TESTIGO TESTIGO ________________________ ___________________________ . D.N.I. D.N.I. 3