Proceso de Detección de Necesidades de Capacitación
Presentación del Curso Teórico - Practico de Salario, Prestaciones Sociales y Liquidación de Contrato de Trabajo
1. CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO ,
PRESTACIONES SOCIALES Y LIQUIDACIÓN DE
CONTRATO DE TRABAJO
Facilitadora: Lic. María C. De Sousa De R.
2. Módulo I
Definición de Contrato de Trabajo: Artículo 55 de la
LOTTT
“El contrato de trabajo, es aquel mediante el cual se
establecen las condiciones en las que una persona presta
sus servicios en el proceso social de trabajo bajo
dependencia, a cambio de un salario justo, equitativo y
conforme a las disposiciones de la Constitución de la
Republica Bolivariana de Venezuela y esta Ley “
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
3. Módulo I
Contenido del Contrato de Trabajo:
Artículo 59 de la LOTTT
“El contrato de trabajo escrito se extenderá en dos
ejemplares originales, uno de los cuales se entregará al
trabajador o trabajadora, mientras el otro lo conservará el
patrono o la patrona. … “
El mismo debe de tener las siguientes especificaciones:
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
4. Módulo I
1.- El nombre, apellido, cédula de
identidad, nacionalidad, edad,
estado civil, domicilio y dirección
del trabajador
2.- Denominación y domicilio de la
empresa y la identificación del
representante legal
3.- Identificar el cargo y la
descripción del mismo
4.- Fecha de inicio de la relación
laboral
5.- Indicar el tipo de contrato
6.- Indicar el tiempo de duración
del contrato
7.- Duración de la jornada de
trabajo
8.- Salario a devengar, su forma
y lugar de pago y demás
beneficios a percibir
9.- Identificar el lugar donde se
prestará el servicio
10.- Mencionar contratos
colectivos o acuerdos según el
caso
11.- Indicar el lugar donde se
celebrar la contratación
12.- Cualesquiera otras
disposiciones lícitas que
acuerden las partes
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5. Módulo I
Modalidades del Contrato de trabajo
Contrato de Tiempo Indeterminado
Contrato a Tiempo Determinado
Contrato por Una Obra Determinada
Servicios Profesionales (Honorarios
Profesionales)
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6. Módulo II
Definición de Salario: Artículo 104 de la LOTTT
“Se entiendo por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera
fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse
en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por
la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones,
primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades,
sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas
extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda.
Los subsidios o facilidades que el patrono o patrona otorgue al trabajador o
trabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtenga bienes y servicios
que le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter
salarial “
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8. Módulo II
Definición de Salario Normal : Artículo 104 de la LOTTT
“A los fines de esta Ley se entiende por salario normal, la
remuneración devengada por el trabajador o trabajadora en forma
regular y permanente por la prestación de su servicio. Quedan por
tanto excluidos del mismo las percepciones de carácter accidental,
las derivadas de las prestaciones sociales y las que esta Ley
considere que no tienen carácter salarial. Para la estimación del
salario normal ninguno de los conceptos que lo conforman producirá
efectos sobre sí mimo.“
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9. Módulo II
Beneficios Sociales de Carácter No Remunerativo
(Art. 105 LOTTT)
Los servicios de los centros de educación inicial
Beneficio de alimentación
Los reintegros de gastos médicos, farmacéuticos y
odontológicos
La dotación de uniformes de trabajo
La dotación de útiles escolares y de juguetes
El otorgamiento de becas o pagos de actividades de
capacitación, formación o de especialización
El pago de gastos funerarios
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10. Módulo II
Pago del
Salario
Moneda de
Curso Legal
Día de Pago
Cheque o
Depósito
Bancario
Forma de
Pago
Semanal,
Quincenal o
Mensual
Oportunidad
de Pago
Día Laborable
y durante la
Jornada de
Trabajo
Pagarse
Indicando las
Asignaciones
y
Deducciones
Recibo
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11. Módulo II
Salario Base para el Cálculo
Concepto Salario Base
Feriado y/o Domingo Laborado Salario Normal
Vacaciones Salario Normal
Bono Vacacional Salario Normal
Utilidades o Bonificación de Fin de
Año
Salario Normal + Bono Vacacional
Bono Nocturno 30 % del Salario Normal
Horas Extraordinarias Diurnas Recargo del 50 % sobre el Valor Hora
Horas Extraordinarias Nocturna Recargo del 30 % sobre el Valor de la
Hora Extraordinaria Diurna
Garantía de Prestaciones Sociales Salario Integral (Salario Normal + Alícuota
de Bono Vacacional + Alícuota Utilidades)
Pago Contribuciones o Impuestos Salario Normal
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12. Módulo III
Vacaciones Individuales: Después de cumplir
un año de servicio al trabajador le corresponde
15 días hábiles de disfrute y posteriormente un
día adicional hasta un máximo de 15 días.
Vacaciones Colectivas: Si el patrono otorgare
vacaciones colectivas a su personal mediante
una suspensión de actividades durante varios
días, éstos días se imputaran a las vacaciones.
Si el trabajador no hubiere cumplido el tiempo
para el derecho a sus vacaciones, dicho tiempo
será para él de descanso remunerado
Años Días Hábiles Días Adicionales Total
1 15 0 15
2 15 1 16
3 15 2 17
4 15 3 18
5 15 4 19
6 15 5 20
7 15 6 21
8 15 7 22
9 15 8 23
16 15 15 30
17 15 15 30
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13. Módulo III
Bono Vacacional: En la oportunidad de sus
vacaciones, además de su salario se le otorgará,
una bonificación especial de 15 días de salario
normal más un día adicional por cada año hasta
un máximo de 30 días. Este bono vacacional
tiene carácter salarial
Vacaciones Fraccionadas: Cuando termine la
relación de trabajo antes de cumplirse el año de
servicio, el trabajador tendrá derecho a que se
pague el equivalente a la remuneración en
proporción a los meses completos de servicio
durante ese año.
Años Días Bono Días Adicionales Total
1 15 0 15
2 15 1 16
3 15 2 17
4 15 3 18
5 15 4 19
6 15 5 20
7 15 6 21
8 15 7 22
9 15 8 23
16 15 15 30
17 15 15 30
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14. Módulo III
Disfrute Efectivo de Vacaciones: El trabajado deberá de
disfrutar sus vacaciones de manera efectiva y obligatoria.
Vacaciones No Disfrutadas: La suspensión de las vacaciones
debe ser autorizada por el Inspector del Trabajo, mientras exista la
relación de trabajo y el patrono paga la remuneración de las
mismas, sin conceder el tiempo para el disfrute, lo obliga a
concederlas con su respectiva remuneración, sin que pueda
alegar el hecho que ya cumplió con el pago
Acumulación de Períodos Vacacionales: Se puede acumular
hasta dos períodos y podrán postergarse o adelantarse a los fines
de coincidir con las vacaciones escolares.
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15. Módulo III
Beneficios Anuales o Utilidades o Bonificación de Fin de Año
El patrono deberá distribuir entre todos sus trabajadores, por lo
menos el 15 % de los beneficios líquidos obtenido al fin del
ejercicio fiscal anual.
El limite mínimo es de 30 días de salario y como límite un máximo
el equivalente al salario de 4 meses.
Las empresas con fines de lucro otorgaran dentro de los primeros
15 días de diciembre , una cantidad equivalente a 30 días de
salario , por lo menos imputable a la participación de los
beneficios del año fiscal.
Las empresas sin fines de lucro otorgaran a sus trabajadores una
bonificación de fin de año por lo menos de 30 días de salario
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16. Módulo III
Cestaticket Socialista
Monto actual: Bs. 3.000.000,00
Formas de Pago:
Por medio de comedor propio o contratado.
Entrega de cupones o tickets.
Entrega de tarjetas electrónicas.
En efectivo
Fracción del Valor del Ticket:
Se prorratea de acuerdo a la jornada laboral (Jon. Lab.)
Ejemplo: Jon. Lab. 8 horas diarias le corresponde Bs. 3.000.000,00
Jon. Lab. 5 horas diarias le corresponde Bs. 1.875.000,00
Decreto Nº 4.603. Gaceta Oficial
Extraordinaria Nº 6.622 de fecha
01/05/2021
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17. Módulo II
Beneficios Legales
SALARIALES
CONCEPTOS DÍAS / PORCENTAJE MONTO
SALARIO MÍNIMO NACIONAL MENSUAL 30 7.000.000,00
VACACIONES 15 3.500.000,00
BONO VACACIONAL 15 3.500.000,00
UTILIDADES / BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO 30 10.500.000,00
GARANTÍA DE PRESTACIONES SOCIALES 15 TRIMESTRAL 3.937.500,00
INTERESES SOBRE PRESTACIONES
SOCIALES 40% 1.575.000,00
NO SALARIALES
CONCEPTOS DIAS /PORCENTAJE MONTO
CESTATICKET SOCIALISTA 30 3.000.000,00
BENEFICIO DE GUARDERIA 40 % SMN 2.800.000,00
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
18. Módulo IV
Base Legal: Régimen de Prestaciones Sociales
Artículo 141 LOTTT: Todos los trabajadores y trabajadoras tienen
derecho a prestaciones sociales que les recompensen la antigüedad
en el servicio y los ampare en caso de cesantía. El régimen de
prestaciones sociales regulado en la presente Ley establece el pago
de este derecho de forma proporcional al tiempo de servicio,
calculado con el último salario devengado por el trabajador o
trabajadora al finalizar la relación laboral, garantizando la
intangibilidad y progresividad de los derechos laborales. Las
prestaciones sociales son créditos laborales de exigibilidad
inmediata. Toda mora en su pago genera intereses, los cuales
constituyen deudas de valor y gozan de los mismos privilegios u
garantías de la deuda principal.
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
19. Módulo IV
Artículo 142 LOTTT: Las prestaciones sociales se protegerá, calculará y
pagará, de la siguiente manera:
a) El patrono o patrona depositará a cada trabajador o trabajadora por
concepto de garantía de las prestaciones sociales el equivalente a
quince días cada trimestre, calculado con base al último salario
devengado. El derecho a este deposito se adquiere desde el momento
de iniciar el trimestre
b) Adicionalmente y después del primer año de servicio, el patrono o
patrona depositará a cada trabajador o trabajadora dos días de salario,
por cada año, acumulativo hasta 30 días de salario.
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20. Módulo IV
Meses Trimestre Días de
Abono
Acumulado
1
2
3 1 15 15
4
5
6 2 15 30
7
8
9 3 15 45
10
11
12 4 15 60
DÍAS A DEPOSITAR POR PRESTACIONES SOCIALES
AÑOS GARANTÍA ADICIONALES TOTAL
1 60 0 60
2 60 2 62
3 60 4 64
4 60 6 66
5 60 8 68
6 60 10 70
7 60 12 72
8 60 14 74
9 60 16 76
10 60 18 78
11 60 20 80
12 60 22 82
13 60 24 84
14 60 26 86
15 60 28 88
16 60 30 90
17 60 30 90
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
21. Módulo IV
Artículo 142 LOTTT: Las prestaciones sociales se protegerá, calculará y
pagará, de la siguiente manera:
c) Cuando la relación de trabajo termine por cualquier causa se
calcularán las prestaciones sociales con base a treinta días por cada
año de servicio o fracción superior a los seis meses calculada con el
último salario.
d) El trabajador o trabajadora recibirá por concepto de prestaciones
sociales el monto que resulte mayor entre el total de la garantía
depositada de acuerdo a lo establecido en los literales a y b, y el
calculo efectuado al final de la relación laboral de acuerdo con el literal
c.
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
22. Módulo IV
Ejemplo
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Fecha de Ingreso: 01-07-2019 Fecha de Egreso: 27-05-2021
Tiempo de Servicio: 26 dias, 10 meses y 01 año Tiempo de Servicio para Antigüedad: 2 años
Artículo 142 de la LOTTT. Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales. Literal A
Año Mes
Salario Integral
Año Mes Días de
Abono
Días
Adic.
Abono Anticipo Acumulado
2021 ABRIL 16.374.722,22 1 9 15 2 9.279.009,26 19.530.728,32
ACUMULADO 105 28.530.728,32 9.000.000,00 19.530.728,32
Artículo 142 de la LOTTT. Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales. Literal C y D
Años Días Total de Días Salario Integral Monto Prestaciones
2 30 60 16.374.722,22 32.749.444,44
23. Módulo IV
Ejemplo
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Fecha de Ingreso: 01-07-2019 Fecha de Egreso: 27-05-2021
Tiempo de Servicio: 26 dias, 10 meses y 01 año Tiempo de Servicio para Antigüedad: 2 años
Artículo 142 de la LOTTT. Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales. Literal A
Año Mes
Salario Integral
Año Mes Días de
Abono
Días
Adic.
Abono Anticipo Acumulado
2021 ABRIL 16.374.722,22 1 9 15 2 9.279.009,26 27.386.484,95
ACUMULADO 105 36.386.484,95 9.000.000,00 27.386.484,95
Artículo 142 de la LOTTT. Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales. Literal C y D
Años Días Total de Días Salario Integral Monto Prestaciones
2 30 60 16.374.722,22 32.749.444,44
24. Módulo IV
Artículo 142 LOTTT: Las prestaciones sociales se protegerá, calculará y
pagará, de la siguiente manera:
e) Si la relación de trabajo termina antes de los tres primeros meses, el
pago que le corresponde al trabajador o trabajadora por concepto de
prestaciones sociales será de cinco días de salario por mes trabajado
o fracción.
f) El pago de las prestaciones sociales se hará dentro de los cinco días
siguientes a la terminación de la relación laboral, y de no cumplirse el
pago generará intereses de mora a la tasa activa determinada por el
Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis
principales bancos del país
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
25. Módulo IV
Depósito de la Garantía de las Prestaciones Sociales
Los depósitos trimestrales y anuales se efectuaran en un fideicomiso individual o en un
Fondo Nacional de Prestaciones Sociales a nombre del trabajador y atendiendo la
voluntad del mismo.
Podrán ser acreditadas en la contabilidad de la empresa, siempre que el trabajador lo
haya autorizado por escrito previamente.
El patrono deberá informar trimestralmente al trabajador en forma detallada el monto
depositado por concepto de prestaciones sociales.
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
26. Módulo IV
Intereses de la Garantía de las Prestaciones Sociales
Lo depositado por concepto de prestaciones sociales devengará
intereses de rendimiento que produzcan los fideicomisos o el Fondo
Nacional de Prestaciones Sociales.
Cuando sean acreditadas en la contabilidad de la empresa devengara
intereses a la tasa promedio de la pasiva y la activa, determinada por
el Banco Central de Venezuela. (http://www.bcv.org.ve)
Los intereses se calcularan mensualmente y pagados al cumplir cada
año, salvo que el trabajador decida capitalizarlos
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27. Módulo IV
Anticipo de Prestaciones Sociales (Artículo 144 LOTTT)
El trabajador puede solicitar anticipo de prestaciones sociales hasta el 75 % de lo depositado
y puede solicitarlo por:
a) La construcción, adquisición o reparación de vivienda.
b) La liberación de hipotecas
c) Educación para él y su familia
d) Por gastos por atención médica y hospitalaria para él y su familia
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28. Módulo IV
Prescripción de las acciones (Artículo 51 LOTTT)
a) Prestaciones sociales prescribirán al cumplirse diez
años contados a partir de la fecha de terminación
de la prestación de servicio.
b) El resto de las acciones provenientes de la relación
laboral prescribirán al cumplirse cinco años, a partir
de la fecha de terminación de la prestación de
servicios (vacaciones, bono vacacional utilidades,
etc.).
c) En los casos de accidente de trabajo o
enfermedad ocupacional, el lapso de prescripción
de cinco años se aplicará conforme a la
LOPCYMAT.
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29. Módulo V
Estabilidad laboral: es el derecho que tienen los trabajadores a permanecer en sus
puestos de trabajo y por ende tener la tranquilidad de permanecer en sus puesto de
trabajo
Desde el año 2002 hay Inamovilidad Laboral en Venezuela, la última prorroga es por 2
años desde el 31/12/2020 hasta el 31/12/2022
Decreto Nº 4.414. Gaceta
Oficial Extraordinaria Nº
6.611 de fecha 31/12/2020
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30. Módulo V
Trabajadores amparados por la estabilidad laboral:
Los trabajadores a tiempo indeterminado a partir del primer mes de servicio
Trabajadores a tiempo determinado siempre y cuando no haya vencido el tiempo
del contrato
Trabajadores contratados por una obra determinada siempre y cuando no haya
culminado la obra
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
31. Módulo V
Causas de la Terminación Laboral
La relación laboral termina cuando deja de existir el vinculo jurídico laboral entre el trabajador y
el patrono. En el Artículo 76 de LOTTT(2012) establece las causas de terminación de la
relación laboral
Despido
Justificado
Injustificado
Retiro
(Renuncia)
Acuerdo entre el
patrono y el
trabajador
Por causa ajenas a la
voluntad de ambas
partes
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
32. Módulo V
Despido
Artículo 77 LOTTT: Se entenderá como despido la
manifestación del patrono o patrona de poner fin a la relación
de trabajo que lo vincula a uno o más trabajadores o
trabajadoras. El despido será:
a) Justificado, cuando el trabajador o trabajadora ha
incurrido en una causa prevista por esta Ley
a) No justificado, cuando se realiza sin que el trabajador o
trabajadora haya incurrido en causa legal que lo justifique
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
33. Módulo V
Causas Justificadas de Despido (Artículo 79 LOTTT)
Falta de probidad o conducta inmoral en
el trabajo
Vías de hecho, salvo en legítima defensa
Injuria o falta grave al respecto hacia el
patrono
Hecho intencional o negligencia grave que
afecte la salud y seguridad laboral
Omisiones o imprudencias que afecten
gravemente la seguridad o higiene laboral
Acoso laboral o acoso sexual
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Inasistencia injustificada de 3 días hábiles en el
periodo de un mes
Perjuicio material causado intencionalmente o
con negligencia grave a las maquinarias,
herramientas y útiles de trabajo
Revelación de secretos de manufactura,
fabricación o procedimiento
Falta grave a las obligaciones que impone la
relación de trabajo
Abandono del trabajo
34. Módulo V
Causas Justificadas de Despido
Se entiende como abandono de trabajo:
La salida intempestiva e injustificada del trabajador o trabajadora
durante las horas laborales del sitio de trabajo.
La negativa a trabajar en las tareas a que ha sido destinado, siempre
que ellas estén de acuerdo con el respectivo contrato.
La falta injustificada de asistencia al trabajo de parte del trabajador o
trabajadora que tuviere a su cargo alguna tarea o máquina, cuando
esta falta signifique una perturbación en el proceso de producción.
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
35. Módulo V
Retiro (Renuncia)
Artículo 78 LOTTT: Se entenderá retiro la manifestación de
voluntad unilateral del trabajador o trabajadora de poner fin
a la relación de trabajo, siempre y cuando la misma se
realice en forma espontánea y libre de coacción
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
36. Módulo V
Causas Justificadas de Retiro (Artículo 80 LOTTT)
Falta de probidad
Cualquier acto inmoral en ofensa al
trabajador o su familia
Vías de hecho
Injuria o falta grave al respecto al trabajador o
a su familia
La sustitución del patrono cuando considere
que dicha sustitución afecta sus intereses
Omisiones o imprudencias que afecten
gravemente a la salud y seguridad del trabajo
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Cualquier acto que constituya falta grave a
las obligaciones que impone a relación de
trabajo
Acoso laboral o acoso sexual
Cuando es despedido el trabajo y ordenan
su renganche, el mismo puede dar como
concluida la relación laboral
Cualquier acto constitutivo de un despido
indirecto
37. Módulo V
Causas Justificadas de Retiro
Se considerará despido indirecto:
La exigencia que haga el patrono al trabajador para que realice un
trabajo de índole distinta a la que fue contratado
La reducción del salario
El traslado del trabajador a un puesto inferior
El cambio arbitrario del horario de trabajo
Otros hecho que alteren las condiciones del trabajo
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
38. Módulo V
Preaviso por Retiro (Artículo 81 LOTTT)
Después de un mes de trabajo ininterrumpido, con una semana
de anticipación
Después de seis meses de trabajo ininterrumpido, con una
quincena de anticipación
Después de un año de trabajo ininterrumpido, con un mes de
anticipación
Con la ley actual no esta tipificado ninguna sanción si el
trabajador no notifica el preaviso
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
39. Módulo V
Constancia de Trabajo
Al terminar la relación de trabajo, el patrono deberá entregar una
constancia de trabajo, donde indica la siguiente información:
Nombre y apellido
Cédula de Identidad
Fecha de ingreso y egreso
Cargo
Último salario devengado
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40. Módulo VI
Salario Base para el Cálculo
Concepto Salario Base
Feriado y/o Domingo Laborado Salario Normal
Vacaciones Salario Normal
Bono Vacacional Salario Normal
Utilidades o Bonificación de Fin de
Año
Salario Normal + Bono Vacacional
Bono Nocturno 30 % del Salario Normal
Horas Extraordinarias Diurnas Recargo del 50 % sobre el Valor Hora
Horas Extraordinarias Nocturna Recargo del 30 % sobre el Valor de la
Hora Extraordinaria Diurna
Garantía de Prestaciones Sociales Salario Integral (Salario Normal + Alícuota
de Bono Vacacional + Alícuota Utilidades)
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
41. Módulo VI
Jornada Laboral (Artículo 173 LOTTT)
Jornada diurna comprende desde las 05:00 a.m. y las 07:00
p.m., no podrá exceder de 8 horas diarias ni de 40 horas
semanales
Jornada Nocturna comprende desde las 07:00 p.m. y las
05:00 a.m., no podrá exceder de 7 horas diarias ni de 35
horas semanales
Jornada mixta comprende períodos de trabajos diurnos y
nocturnos, no podrá exceder de 7,5 horas diarias ni de 37,5
horas semanales
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
42. Módulo VI
Sueldo Normal
Salario Normal Mensual (SNM) = 7.000.000,00
Salario Normal Diario (SND) = 7.000.00,00 / 30 = 233.333,33
Salario Normal Hora (SNH) = 233.333,33 / 8 = 29.166,66
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43. Módulo VI
Horas Extraordinarias de Trabajo
(Artículos 178 al 183 de la LOTTT)
Las horas extraordinarias son de carácter eventual
La duración efectiva del trabajo, incluida las horas extraordinarias,
no podrá exceder de diez horas diarias
No se podrá laborar más de diez horas extraordinarias semanales
No se podrá laborar más de cien horas extraordinarias por año
Para laborar horas extraordinarias se requiere la autorización de la
Inspectoría del Trabajo
Se tienen que llevar un registro donde se anotará las horas
extraordinarias utilizadas por la entidad de trabajo
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
44. Módulo VI
Calculo Horas Extraordinarias Diurnas
Salario Normal Hora (SNH) = 233.333,33 / 8 = 29.166,66
Hora Extra Diurna (HED) = ((SNH * 50 % ) + SNH)
HED = ((29.166,66 * 50 %) + 29.166,66)
HED = (14.583,33 + 29.166,66) = 43.749,99
Valor Hora Extra Diurna = 43.749,99
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
45. Módulo VI
Calculo Horas Extraordinarias Nocturnas
Salario Normal Hora (SNH) = 233.333,33 / 8 = 29.166,66
Hora Extra Diurna (HED) = 43.749,99
Hora Extra Nocturna (HEN) = ((HED * 30 %)+ HED)
HEN = (43. 749,99 * 30 %) + 43.749,99
HEN = (13.124,00 + 43.749,99) = 56.874,99
Valor Hora Extra Nocturna = 56.874,99
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
46. Módulo VI
Calculo Horas Extraordinarias Nocturnas
Salario Normal Hora (SNH) = 233.333,33 / 8 = 29.166,66
Hora Extra Nocturna (HEN) = ((SNH * 95 %)+ SNH)
HEN = (29.166,66* 95 %) + 29.166,66
HEN = (27.708,33 + 29.166,66) = 56.874,99
Valor Hora Extra Nocturna = 56.874,99
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
47. Módulo VI
Calculo Feriado y/o Domingo Laborado
(Artículo 188 LOTTT)
Salario Normal Diario (SMD) = 7.000.00,00 / 30 = 233.333,33
Feriado y/o Domingo Laborado (FDL) = Un día y medio adicional
y otorgarle en la semana inmediatamente siguiente al domingo
laborado el descanso compensatorio.
FDL = 233,333,33 * 1,5 = 350.000,00
Feriado y/o Domingo Laborado = 350.000,00
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
48. Módulo VI
Salario para Vacaciones y Bono Vacacional
Salario Vacaciones (S_VAC) / Salario Bono Vacacional (S_BONVAC)
S_VAC = ((SNM / 30) * Días de Vacaciones)
S_VAC = ((7.000.000,00 / 30 ) * 15 Días Hábiles)
S_VAC = (233.333,33 * 15 ) = 3.500.000,00
Monto Vacaciones = 3.500.000,00
Adicional al pago de sábados, domingos y feriados en el período de
disfrute
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
49. Módulo VI
Ejemplo de Disfrute y Pago de Vacaciones
Fecha de Ingreso = 01/04/2020
Período Vacacional = 01/04/2020 al 01/04/2021
Fecha Inicio Vacaciones = 01/04/2021
Fecha de Culminación Vacaciones = 22/04/2021
Fecha de Reintegro de Vacaciones = 23/04/2021
Desglose del Pago:
Días Hábiles………………… 15 días
Días Feriados………………. 1 día ( 19 de Abril)
Sábados y Domingos……… 6 días
Total días a Pagar………..... 22 días de sueldo
Adicional a los 15 días del Bono Vacacional, se le realiza los descuentos de Ley
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50. Módulo VI
Salario para Utilidades
Salario Utilidades (S_UTIL)
S_UTIL = ((SNM + ALIBONVAC) / 30 días) * 30 Días)
ALIBONVAC = SNM * 15 Ejemplo: 7.000.000,00 * 15 = 291.666,67
360 360
S_UTIL = (((7.000.000,00 + 291.666,67) / 30) * 30 Días)
S_UTIL = ((7.291.666,67 / 30) * 30 Días) = 7.291.666,67
Monto Utilidades Antes del Cierre Económico = 7.291.666,67
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51. Módulo VI
Ejemplo Salario para Utilidades Después del Cierre Económico
15 % de utilidad del ejercicio fiscal (UEF) = 150.000.000,00
Total de Sueldos Pagados a los Trabajadores (TSPT)= 120.000.000,00
Factor Utilidades = UEF / TSPT
Factor Utilidades = 150.000.000,00 / 120.000.000,00 = 1,25
Ingreso Anual del Trabajador = 10.000.000,00
Utilidades = 10.000.000,00 * 1,25 = 12.5000.000,00
Diferencial Utilidades a Pagar = 12.500.000,00 – 7.291.666,67 = 5.208.333,33
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52. Módulo VI
Cálculo Salario Integral (S_INT)
a) Salario Normal Mensual (SNM) = 7.000.000,00
b) Alícuota Bono Vacacional (ALIBONVAC)
ALIBONVAC = SNM * 15 Ejemplo: 7.000.000,00 * 15 = 291.666,67
360 360
c) Alícuota Utilidades (ALIUTIL)
ALIUTIL = SNM * 30 Ejemplo: 7.000.000,00 * 30 = 583.333,33
360 360
S_INT = SNM + ALIBONVAC +ALIUTIL
S_INT = 7.000.000,00 + 291.666,67 + 583.333,33 = 7.875.000,00
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
53. Módulo VII
APORTES REMUNERACION PATRONO TRABAJADOR
Seguro Social
Obligatorio (SSO)
Tope 5 Salarios
Mínimo Nacional
Dependiendo
del tipo de
riesgos de la
empresa
9% 4%
10% 4%
11% 4%
Régimen Prestacional
de Empleo (RPE)
Tope 10 Salarios
Mínimo Nacional 2% 0,50%
Régimen Prestacional
de Vivienda y Habitad
(REVH) o (FAOV) Salario Normal 2% 1%
INCES
Patrono: Salario
Normal 2%
Trabajador:
Utilidades 0,50%
ISLR Salario Normal 0%
El que indique
en la Planilla
AR-I
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
54. Módulo VII
Fórmula de Cálculo Seguro Social Obligatorio Patronal:
SSOP = ((((Salario Normal Mensual * 12 meses) / 52 semanas) *
los lunes del mes)) * % del riesgo de la empresa
Se cancela mensualmente
Tope para el calculo del SSO es de 5 salarios mínimos nacionales
Bs. 7.000.000,00 * 5 = 35.000.000,00
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
55. Módulo VII
Fórmula de Cálculo Seguro Social Obligatorio Patronal:
SSOP = ((((Salario Normal Mensual * 12 meses) / 52 semanas) * los
lunes del mes)) * % del riesgo
Salario Normal = 7.000.000,00
Cantidad de lunes = 4 o 5
Riesgo de la Empresa = 9 %
SSO = ((((7.000.000,00 * 12) / 52) * 4 lunes ) * 9 % Riesgo)
SSO = (((84.000.000,00 / 52) * 4 ) * 9 %)
SSO = (1.615.384,62 * 4 ) * 9 %)
SSO = (6.461.538,46 * 9 %)
SSO = 581.538,46
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
56. Módulo VII
Fórmula de Cálculo Régimen Prestacional de Empleo Patronal:
RPEP = ((((Salario Normal Mensual * 12 meses) / 52 semanas)*
los lunes del mes))* 2 %
Se cancela mensualmente
Tope para el calculo del RPE es de 10 salarios mínimos nacionales
Bs. 7.000.000,00 * 10 = 70.000.000,00
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
57. Módulo VII
Fórmula de Cálculo Régimen Prestacional de Empleo Patronal:
RPEP = ((((Salario Normal Mensual * 12 meses) / 52 semanas)* los
lunes del mes))* 2 %
Salario Normal = 7.000.000,00
Cantidad de lunes = 4 o 5
Porcentaje de Retención: 2 %
RPEP = ((((7.000.000,00*12 ) / 52 Semanas ) *4 lunes ) *2 %)
RPEP = (((84.000.000,00 / 52) * 4 ) * 2 %)
RPEP = (1.615.384,62 * 4 ) * 2 %)
RPEP = (6.461.538,46 * 2 %)
RPEP = 129.230,77
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
58. Módulo VII
Fórmula de Cálculo Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat
Patronal:
RPVHP = Salario Normal Mensual * 2 %
RPVHP = (7.000.000,00 * 2 %) = 140.000,00
Se cancela mensualmente
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
59. Módulo VII
Fórmula de Cálculo INCES Patronal:
INCESP = Salario Normal Mensual * 2 %
Ejemplo:
INCESP = (7.000.000,00 * 2 %) = 140.000,00
Se cancela trimestralmente
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
60. Módulo VII
Fórmula de Cálculo Impuesto Sobre la Renta:
ISLR = Salario Normal Mensual * % que indica el trabajador en
la Planilla AR-I
Ejemplo:
ISLR = (7.000.000,00 * 0,50 %) = 35.000,00
Se cancela mensualmente
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
61. Módulo VII
EJEMPLO DE UN TRABAJADOR DEVENGANDO SALARIO MINIMO NACIONAL
COSTO MENSUAL CON INCIDENCIAS
EROGACIONES PROVISIONES
CONCEPTO DIAS /
PORCENTAJE
MONTO CONCEPTO DIAS /
PORCENTAJE
MONTO
SALARIO MINIMO
NACIONAL 30 7.000.000,00
GARANTIA DE
PRESTACIONES SOCIALES 5 1.312.500,00
CESTATICKET
SOCIALISTA 30 3.000.000,00
INTERESES SOBRE
PRESTACIONES SOCIALES 40% 43.750,00
GUARDERIA 40% 2.800.000,00BONO VACACIONAL 1,25 291.666,67
SSOP 9% 581.538,46VACACIONES 1,25 291.666,67
RPEP 2% 129.230,77UTILIDADES 2,5 875.000,00
RPVHP (FAOV) 2% 169.166,67INCES 2% 169.166,67
TOTAL 13.679.935,90 TOTAL 2.983.750,00
TOTAL 16.663.685,90
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Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
62. Módulo VIII
Ejercicio Práctico Nº 1
Nombre y Apellido: Juan Rodríguez Cédula de Identidad: V-26.852.783
Dependencia: Servicios Generales Cargo: Asistente Administrativo
Fecha de Ingreso: 01/07/2019 Fecha de Egreso: 27/05/2021
Sueldo Mensual Actual: 11.500.000,00 Bono Mensual: 10 % del Sueldo Mensual
Motivo de Egreso: Renuncia
Relación de Salarios Percibidos:
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Vigencia Monto
01-07-2019 3.250.000,00
01-10-2019 3.750.000,00
01-01-2020 4.350.000,00
01-03-2020 5.755.000,00
01-05-2020 6.950.000,00
Vigencia Monto
01-09-2020 7.450.000,00
01-11-2020 8.970.000,00
01-01-2021 9.850.000,00
01-04-2021 11.500.000,00
63. Módulo VIII
Ejercicio Práctico Nº 1
Observaciones:
Disfruto su primer período vacacional
El Bono Vacacional es el estipulado por la LOTTT
Le otorgan 90 días de Utilidades
Solicito 3 anticipos de prestaciones sociales: el 01/02/2020 por Bs. 2.000.000,00; el
01/09/2020 por Bs. 2.000.000,00 y el 01/02/2021 por Bs. 5.000.000,00
Los Cestaticket Socialista Sin Incidencias Salarial se cancelan al final de mes
Calcular:
1. Tiempo de servicio o antigüedad
2. Salario Normal (Mensual y Diario); Salario de Utilidades y Salario Integral
3. Vacaciones, Bono Vacacional y Utilidades Fraccionadas
4. Días de Sueldo, Bono Mensual y Cestaticket Socialista
5. Liquidación de Contrato de Trabajo
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
64. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
1.- Determinar el Tiempo de Servicio = Fecha de Egreso – Fecha de Ingreso
Fecha de Egreso: 27 / 05 / 2021
Fecha de Ingreso: 01 / 07 / 2019
Tiempo de Servicio: 26 – 10 – 01
Tiempo de Servicio: 26 días, 10 meses y 01 año
Tiempo para Cálculo de Antigüedad: 2 años
Ejercicio Práctico
65. Módulo VI
2.- Salario Normal (Mensual y Diario); Salario de Utilidades y Salario Integral
2.1.- Salario Normal (Mensual y Diario)
Salario Normal Mensual (SNM): Sueldo Mensual + Bono Mensual del 10 %
Sueldo Mensual = 11.500.000,00
Bono Mensual = 11.500.000,00 * 10 % = 1.150.000,00
SNM = (11.500.000,00 + 1.150.000,00) = 12.650.000,00
Salario Normal Diario (SDN): (Salario Normal Mensual / 30 días)
SDN = (12.650.000,00 / 30 ) = 421.666,67
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Ejercicio Práctico
66. Módulo VI
2.- Salario Normal (Mensual y Diario); Salario de Utilidades y Salario Integral
2.2.- Salario Utilidades (S_UTIL)
S_UTIL = (SNM + ALIBONVAC)
ALIBONVAC = SNM * 16 ALIBONVAC = 12.650.000,00 * 16 = 562.222,22
360 360
S_UTIL = (12.650.000,00 + 562.222,22) = 13.212.222,22
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Ejercicio Práctico
67. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
2.- Salario de Utilidades y Salario Integral
2.3.- Calculo del Salario Integral: S_INT = SNM + ALIBONVAC + ALIUTIL
Salario Normal Mensual (SNM) = 11.500.000,00 + 1.150.000,00 = 12.650.000,00
ALIBONVAC = SNM * 16 Ejemplo: 12.650.000,00 * 16 = 562.222,22
360 360
ALIUTIL = SNM * 90 Ejemplo: 12.650.000,00 * 90 = 3.162.500,00
360 360
S_INT = 12.650.000,00 + + 3.162.500,00 = 16.374.722,22
Ejercicio Práctico
68. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
3.- Vacaciones, Bono Vacacional y Utilidades Fraccionadas – Fecha de Egreso: 27/05/2021
3.1.- Vacaciones Fraccionadas = 10 meses
Vacaciones Fraccionadas = (16 días/ 12 meses) * 10 meses = 13,33 días
(12.650.000,00 / 30) = 421.666,67 * 13,33 días = 5.620.816,67
3.2.- Bono Vacacional Fraccionado = 10 meses
Bono Vacacional Fraccionado = (16 días / 12 meses) * 10 meses = 13,33 días
(12.650.000,00 / 30) = 421.666,67 * 13,33 días = 5.620.816,67
3.3.- Utilidades Fraccionadas = 4 meses
Utilidades Fraccionadas = (90 días / 12 meses) * 4 meses = 30 días
(13.212.222.22 / 30) = 440.407,41 * 30 días = 13.212.222,22
Ejercicio Práctico
69. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
4.- Días de Sueldo, Bono Mensual y Cestaticket Socialista, Fecha de Egreso: 27/05/2021
4.1.- Sueldo del 16 al 27/05/2021 = 12 días
(11.500.000,00 / 30) = 383.333,33 * 12 días = 4.600.000,00
4.2.- Bono Mensual del 16 al 27/05/2021 = 12 días
(1.500.000,00 / 30) = 38.333,33 * 12 días = 460.000,00
4.3.- Cestaticket Socialista del 01 al 27/05/2021 = 27 días
(3.000.000,00 / 30) = 100.000,00 * 27 días = 2.700.000,00
Ejercicio Práctico
70. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
RELACION DE REMUNERACION
MES AÑO SUELDO
BONO MENSUALSUELDO NORMAL
ALICUOTA
BONO VAC.
MONTO ALICUOTA
UTILIDADES
MONTO
SALARIO
INTEGRAL
MENSUAL
JULIO 2019 3.250.000,00 325.000,00 3.575.000,00 0,042 148.958,33 0,250 893.750,00 4.617.708,33
AGOSTO 2019 3.250.000,00 325.000,00 3.575.000,00 0,042 148.958,33 0,250 893.750,00 4.617.708,33
SEPTIEMBRE 2019 3.250.000,00 325.000,00 3.575.000,00 0,042 148.958,33 0,250 893.750,00 4.617.708,33
OCTUBRE 2019 3.750.000,00 375.000,00 4.125.000,00 0,042 171.875,00 0,250 1.031.250,00 5.328.125,00
NOVIEMBRE 2019 3.750.000,00 375.000,00 4.125.000,00 0,042 171.875,00 0,250 1.031.250,00 5.328.125,00
DICIEMBRE 2019 3.750.000,00 375.000,00 4.125.000,00 0,042 171.875,00 0,250 1.031.250,00 5.328.125,00
ENERO 2020 4.350.000,00 435.000,00 4.785.000,00 0,042 199.375,00 0,250 1.196.250,00 6.180.625,00
FEBRERO 2020 4.350.000,00 435.000,00 4.785.000,00 0,042 199.375,00 0,250 1.196.250,00 6.180.625,00
MARZO 2020 5.755.000,00 575.500,00 6.330.500,00 0,042 263.770,83 0,250 1.582.625,00 8.176.895,83
ABRIL 2020 5.755.000,00 575.500,00 6.330.500,00 0,042 263.770,83 0,250 1.582.625,00 8.176.895,83
MAYO 2020 6.950.000,00 695.000,00 7.645.000,00 0,042 318.541,67 0,250 1.911.250,00 9.874.791,67
JUNIO 2020 6.950.000,00 695.000,00 7.645.000,00 0,042 318.541,67 0,250 1.911.250,00 9.874.791,67
JULIO 2020 6.950.000,00 695.000,00 7.645.000,00 0,044 339.777,78 0,250 1.911.250,00 9.896.027,78
AGOSTO 2020 6.950.000,00 695.000,00 7.645.000,00 0,044 339.777,78 0,250 1.911.250,00 9.896.027,78
SEPTIEMBRE 2020 7.450.000,00 745.000,00 8.195.000,00 0,044 364.222,22 0,250 2.048.750,00 10.607.972,22
OCTUBRE 2020 7.450.000,00 745.000,00 8.195.000,00 0,044 364.222,22 0,250 2.048.750,00 10.607.972,22
NOVIEMBRE 2020 8.970.000,00 897.000,00 9.867.000,00 0,044 438.533,33 0,250 2.466.750,00 12.772.283,33
DICIEMBRE 2020 8.970.000,00 897.000,00 9.867.000,00 0,044 438.533,33 0,250 2.466.750,00 12.772.283,33
ENERO 2021 9.850.000,00 985.000,00 10.835.000,00 0,044 481.555,56 0,250 2.708.750,00 14.025.305,56
FEBRERO 2021 9.850.000,00 985.000,00 10.835.000,00 0,044 481.555,56 0,250 2.708.750,00 14.025.305,56
MARZO 2021 9.850.000,00 985.000,00 10.835.000,00 0,044 481.555,56 0,250 2.708.750,00 14.025.305,56
ABRIL 2021 11.500.000,00 1.150.000,00 12.650.000,00 0,044 562.222,22 0,250 3.162.500,00 16.374.722,22
MAYO 2021 11.500.000,00 1.150.000,00 12.650.000,00 0,044 562.222,22 0,250 3.162.500,00 16.374.722,22
71. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
ABONO DE PRESTACIONES SOCIALES
PRESTACIONES INTERESES DE LAS PRESTACIONES
AÑO MES
SALARIO
INTEGRAL
AÑO MES
DIAS
ABONO
DIAS
ADIC.
ABONO ANTICIPO ACUMULADO TASA MONTO RETIRO ACUMULADO
2019 JULIO 4.617.708,33 0 0 0 0 0,00 0,00 25,93% 0,00 0,00
2019 AGOSTO 4.617.708,33 0 1 0 0 0,00 0,00 27,92% 0,00 0,00
2019 SEPTIEMBRE 4.617.708,33 0 2 0 0 0,00 0,00 27,33% 0,00 0,00
2019 OCTUBRE 5.328.125,00 0 3 15 0 2.664.062,50 2.664.062,50 25,97% 57.654,75 57.654,75
2019 NOVIEMBRE 5.328.125,00 0 4 0 0 0,00 2.664.062,50 30,53% 67.778,19 125.432,94
2019 DICIEMBRE 5.328.125,00 0 5 0 0 0,00 2.664.062,50 29,92% 66.423,96 191.856,90
2020 ENERO 6.180.625,00 0 6 15 0 3.090.312,50 5.754.375,00 31,06% 148.942,41 340.799,31
2020 FEBRERO 6.180.625,00 0 7 0 0 0,00 2.000.000,00 3.754.375,00 36,05% 112.787,68 453.586,99
2020 MARZO 8.176.895,83 0 8 0 0 0,00 3.754.375,00 39,32% 123.018,35 576.605,34
2020 ABRIL 8.176.895,83 0 9 15 0 4.088.447,92 7.842.822,92 39,00% 254.891,74 831.497,09
2020 MAYO 9.874.791,67 0 10 0 0 0,00 7.842.822,92 36,66% 239.598,24 1.071.095,33
2020 JUNIO 9.874.791,67 0 11 0 0 0,00 7.842.822,92 34,09% 222.801,53 1.293.896,86
2020 JULIO 9.896.027,78 1 0 15 0 4.948.013,89 12.790.836,81 31,49% 335.652,88 1.293.896,86 335.652,87
2020 AGOSTO 9.896.027,78 1 1 0 0 0,00 12.790.836,81 31,26% 333.201,30 668.854,17
2020 SEPTIEMBRE 10.607.972,22 1 2 0 0 0,00 2.000.000,00 10.790.836,81 31,38% 282.180,38 951.034,55
2020 OCTUBRE 10.607.972,22 1 3 15 0 5.303.986,11 16.094.822,92 31,16% 417.928,90 1.368.963,46
2020 NOVIEMBRE 12.772.283,33 1 4 0 0 0,00 16.094.822,92 31,08% 416.855,91 1.785.819,37
2020 DICIEMBRE 12.772.283,33 1 5 0 0 0,00 16.094.822,92 31,18% 418.197,15 2.204.016,52
2021 ENERO 14.025.305,56 1 6 15 0 7.012.652,78 23.107.475,69 31,80% 612.348,11 2.816.364,62
2021 FEBRERO 14.025.305,56 1 7 0 0 0,00 5.000.000,00 18.107.475,69 40,67% 613.692,53 3.430.057,15
2021 MARZO 14.025.305,56 1 8 0 0 0,00 18.107.475,69 47,34% 714.339,92 4.144.397,07
2021 ABRIL 16.374.722,22 1 9 15 2 9.279.009,26 27.386.484,95 47,36% 1.080.853,27 5.225.250,34
ACUMULADO 105 36.386.484,95 9.000.000,00 27.386.484,95 6.519.147,20 1.293.896,86 5.225.250,34
72. LIQUIDACION DE CONTRATO DE TRABAJO
Día Mes Año
28 05 2021
Apellido y Nombre: RODRIGUEZ, JUAN Cédula de Identidad: V-26.852.783
Cargo: Asistente Administrativo Unidad: Servicios Generales
Fecha de Ingreso Fecha de Egreso Tiempo de Descuento Tiempo de Servicio
Día Mes Año Día Mes Año Día Mes Año Día Mes Año
01 07 2019 27 05 2021 00 00 00 26 10 01
Motivo del Retiro: Renuncia: X Despido: Jubilación: Otros:
Remuneración Mensual Remuneración Diaria
Sueldo 11.500.000,00 Normal 421.666,67
Bono Mensual 1.150.000,00
Alicuota Bono Vacacional 562.222,22 Utilidades 440.407,41
Alicuota Utilidades 3.162.500,00 Prestaciones Sociales 545.824,07
Total Remuneración 16.374.722,22
ASIGNACIONES Días Monto Resumen
Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales Art. 142 LOTTT 36.386.484,95
Intereses Sobre Garantía de las Prestaciones Sociales al 30/04/2021 5.225.250,34
Vacaciones Fraccionadas (16/12*10 meses) 13,33 5.620.816,67
Bono Vacacional Fraccionado (16/12*10 meses) 13,33 5.620.816,67
Utilidades Fraccionadas (90/12*4 meses) 30 13.212.222,22
Sueldo Mensual del 16 al 27/05/2021 12 4.600.000,00
Bono Mensual del 16 al 27/05/2021 12 460.000,00
Cestaticket Socialista del 01 al 27/05/2021 27 2.700.000,00
TOTAL ASIGNACIONES 73.825.590,85
DEDUCCIONES Dìas Monto Resumen
Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat 295.138,56
Régimen Prestracional de Empleo 17.515,38
Anticipo de Prestaciones Sociales 9.000.000,00
INCES 6.606,11
TOTAL DEDUCCIONES: 9.319.260,05
TOTAL NETO: 64.506.330,80
Preparado por: Aprobado por: Contabilidad:
Yo, JUAN RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-26.852.783, declaro haber recibido a mi entera satisfacción la cantidad de
bolívares SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA CON 80/100 (Bs. 64.506.330,80), por concepto
de pago completo de los salarios e indemnizaciones hasta la fecha de la presente liquidación, no teniendo nada que reclamar en relación a
salarios, prestaciones sociales y otras formas de remuneración o indemnización causadas por el contrato de trabajo que hoy termina.
Firma del Empleado: Cédula de Identidad: Fecha:
73. Módulo VIII
Ejercicio Práctico Nº 2
Nombre y Apellido: Juan Rodríguez Cédula de Identidad: V-26.852.783
Dependencia: Servicios Generales Cargo: Asistente Administrativo
Fecha de Ingreso: 01/07/2019 Fecha de Egreso: 27/05/2021
Sueldo Mensual Actual: 11.500.000,00 Bono Mensual: 10 % del Sueldo Mensual
Motivo de Egreso: Despido
Relación de Salarios Percibidos:
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Vigencia Monto
01-07-2019 3.250.000,00
01-10-2019 3.750.000,00
01-01-2020 4.350.000,00
01-03-2020 5.755.000,00
01-05-2020 6.950.000,00
Vigencia Monto
01-09-2020 7.450.000,00
01-11-2020 8.970.000,00
01-01-2021 9.850.000,00
01-04-2021 11.500.000,00
74. Módulo VIII
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO
Ejercicio Práctico
Artículo 92 de la LOTTT: “ En caso de terminación de la relación de trabajo por causas
ajenas a la voluntad del trabajador o trabajadora, o en los casos de despido sin razones
que lo justifiquen cuando el trabajador o trabajadora manifestaran su voluntad de no
interponer el procedimiento para solicitar el reenganche, el patrono o patrona deberá
pagarle una indemnización equivalente al monto que le corresponde por las
prestaciones sociales.”
75. LIQUIDACION DE CONTRATO DE TRABAJO
Día Mes Año
28 05 2021
Apellido y Nombre: RODRIGUEZ, JUAN Cédula de Identidad: V-26.852.783
Cargo: Asistente Administrativo Unidad: Servicios Generales
Fecha de Ingreso Fecha de Egreso Tiempo de Descuento Tiempo de Servicio
Día Mes Año Día Mes Año Día Mes Año Día Mes Año
01 07 2019 27 05 2021 00 00 00 26 10 01
Motivo del Retiro: Renuncia: Despido: X Jubilación: Otros:
Remuneración Mensual Remuneración Diaria
Sueldo 11.500.000,00 Normal 421.666,67
Bono Mensual 1.150.000,00
Alicuota Bono Vacacional 562.222,22 Utilidades 440.407,41
Alicuota Utilidades 3.162.500,00 Prestaciones Sociales 545.824,07
Total Remuneración 16.374.722,22
ASIGNACIONES Dìas Monto Resumen
Garantía y Cálculo de Prestaciones Sociales Art. 142 LOTTT 36.386.484,95
Intereses Sobre Garantía de las Prestaciones Sociales al 30/04/2021 5.225.250,34
Vacaciones Fraccionadas (16/12*10 meses) 13,33 5.620.816,67
Bono Vacacional Fraccionado (16/12*10 meses) 13,33 5.620.816,67
Utilidades Fraccionadas (90/12*4 meses) 30 13.212.222,22
Sueldo Mensual del 16 al 27/05/2021 12 4.600.000,00
Bono Mensual del 16 al 27/05/2021 12 460.000,00
Cestaticket Socialista del 01 al 27/05/2021 27 2.700.000,00
Indemnización Artículo 92 LOTTT 36.386.484,95
TOTAL ASIGNACIONES 110.212.075,81
DEDUCCIONES Dìas Monto Resumen
Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat 295.138,56
Régimen Prestracional de Empleo 17.515,38
Anticipo de Prestaciones Sociales 9.000.000,00
INCES 6.606,11
TOTAL DEDUCCIONES: 9.319.260,05
TOTAL NETO: 100.892.815,75
Preparado por: Aprobado por: Contabilidad:
Yo,JUAN RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-26.852.783, declaro haber recibido a mi entera satisfacción la cantidad de
bolívares CIEN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON 75/100 (Bs. 100.892.815,75), por concepto
de pago completo de los salarios e indemnizaciones hasta la fecha de la presente liquidación, no teniendo nada que reclamar en relación a
salarios, prestaciones sociales y otras formas de remuneración o indemnización causadas por el contrato de trabajo que hoy termina.
Firma del Empleado: Cédula de Identidad: Fecha:
76. GRACIAS POR SU ATENCIÓN
CURSO TEÓRICO – PRACTICO DE SALARIO , PRESTACIONES SOCIALES
Y LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO