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OBRA O SERVICIO DETERMINADO

• Tiene por objeto la autonomía propia.
• Su duración es incierta, por lo tanto se tiene que especificar el sitio
  exacto.
• Su duración máxima es de 3 años.
• A tiempo completo es el 401, y a tiempo parcial es el 501.
• La indemnización es de 9 días por año en el 2012 y cada año se
  añadirá un día mas por cada año que pase hasta el año 2015 que se
  establecerá en 12 días por año.
• La duración máxima será de 6 meses dentro de 12 y sino lo
  especificará el convenio colectivo pero sin ser superior a 18 meses.,




                                                                            3
EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION



• La finalidad del contrato será atender al mercado cuando exista un exceso
    de tareas o pedidos.
•   Contrato tiempo completo 402, contrato a tiempo parcial 502.
•   Duración máxima 6 meses dentro de los 12 meses y si nos lo dice el
    Convenio Colectivo será como máxima de 18 meses.
•   Tendrá una sola prorroga.
•   La indemnización será de 9 días en el 2012, hasta 12 días desde el 2015
CONTRATO DE INTERINIDAD

1.   Su finalidad es sustituir a un trabajador con derecho a reserva del
     puesto de trabajo.
La duración máxima será la reincorporación del trabajador.
2. O puede ser la promoción de un puesto de trabajo, durante el proceso
     de selección.
Cuya duración máxima será de 3 meses, o sea, la finalización del proceso
de selección.
-Contrato a tiempo completo es 410 y a tiempo parcial 510.
-No hay indemnización por cese.
CONTRATO DE INTERINIDAD (BONIFICADOS)
• Las condiciones (duración, tipo de contrato) son iguales que los no
  bonificados.
• Los conceptos pueden ser:
        • Excedencia por cuidados familiares.
        Se da una reducción en la cuota empresarial por tramos hasta los
        tres años.
        1º año 95%         2º año 60%       3ºaño 50%
        Se excluyen la consanguinidad o afinidad hasta 2º grado.
        • Trabajadores en formación
        Los nuevos trabajadores están obligados a cobrar un prestación
        contributiva.
        El trabajador tiene la opción de cobrar el 50% de prestación, de la
        que tenga derecho, y el empresario podrá abonar el resto con el
        salario que le pertenece.
CONTRATO BONIFICADOS PARA TRABAJADORES EN SITUACION DE EXCLUSION SOCIAL

 •    La exclusión social será acreditada por los correspondiente Servicios Sociales, y deberán pertenecer a unos grupos
      determinados.
 A. Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier prestación similar, así como los miembros de la unidad de
       convivencia beneficiarios de ella.
 B. Personas que no puedan acceder a prestaciones del párrafo anterior, ya sea por falta del periodo exigido de
       residencia o empadronamiento, o haber agotado el periodo máximo de percepción establecido.
 C. Jóvenes mayores de 18 y menores de 30, procedente de Instituciones de Protección de Menores.
 D. Personas con problemas con drogas o adicción que estén rehabilitándose o reinsertando.
 E. Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y que se acojan al
       R.D. 782/2001 articulo 1.
 F. Menores internos, cuya situación les permita acceder a un empleo, y se encuentren en libertad vigilada los ex-
       internos.
 G. Personas procedentes de alojamientos alternativos por autorizado por CC.AA.
 H. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizada por las CC.AA.
 El trabajador no tendrá relación de parentesco hasta el 2º inclusive con el empresario.
• La empresa no deberá haber sido excluida de los beneficios derivado, y hallarse al corriente en el pago de la Seguridad Social y sus
  impuestos.
• Se comunicará al Servicio Publico de Empleo en los 10 días siguientes a su concertación.
• Como incentivo a cada contrato indefinido tendrá derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 50€/mes
  durante 4 años.
• Y si fuera temporal daría derecho, a una bonificación de 41,67€/mes durante toda la vigencia del contrato.
• Y en el caso de obtener la ayuda sin reunir los requisitos se procedería a la devolución de la misma, con el recargo y los intereses
  correspondientes.
CONTRATOS INDEFINIDOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
REQUISITOS
•   Tener una discapacidad con un grado superior o igual al 33%, reconocido por el organismo competente.
•   Estar inscrito en Servicio Publico de Empleo.
•   Que el trabajador no haya estado vinculado a la empresa los 24 meses anteriores.
•   Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral en un plazo de 3 meses previos a la formalización del
    contrato.
TIPOS
 A TIEMPO COMPLETO 130, A TIEMPO PARCIAL 230, A TIEMPO FIJO DISCONTINUO 330
INCENTIVOS
• Subvención de 3907 euros por cada contrato a tiempo completo. Si es a tiempo parcial se calculará la proporción.
• La bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social será se establece de la siguiente forma:
• Si el contrato es a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:
      Trabajadores discapacitados, sin discapacidad severa:                Hombres                    Mujeres
                   Menores de 45 años:                                     4.500€/año                 5.350€/año
                   Mayores de 45 años:                                     5.700€/año                 5.700€/año
     Trabajadores discapacitados, con discapacidad severa:                 Hombres                    Mujeres
                   Menores de 45 años:                                     5.100€/año                 5.950€/año
                   Mayores de 45 años:                                     6.300€/año                 6.300€/año
• Tendrá una subvención de 901,52€ para la adaptación del puesto de trabajo.
• Deducirá de la cuota integra del Impuesto de Sociedades la cantidad de 6.000€ por cada persona/año.
CONTRATOS INDEFINIDOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
PROCEDENTES DE ENCLAVES LABORALES (es decir, instituciones para
discapacitados)



•    Las condiciones serán las mismas que para el contrato para personas discapacitada pero los incentivos se
     desglosarán de la siguiente forma:
       Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave pertenezca al colectivo de:
       • Personas con parálisis cerebral, o con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un
          grado de minusvalía >= 33%. O personas con discapacidad física o sensorial con un grado de
          minusvalía >= al 65%
         Recibirán una subvención de 7814€ por cada contrato a jornada completa, y si fuera a tiempo parcial
       se reduciría proporcionalmente la jornada de trabajo.
       También se recibirá la subvención por la adaptación al puesto de trabajo.
Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave siguiente:
       • Mujeres con discapacidad con un grado de minusvalía reconocido >= al 33%.
              Tendrán una subvención de 3907€ por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa
              Tendrán una subvención por adaptación del puesto de trabajo.
La bonificación de las cuotas de la seguridad social, será igual que en el otro contrato.
CONTRATO TEMPORAL DE FOMENTO DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD


•      Los requisitos de los trabajadores serán los siguientes:
         •    Trabajador discapacitado con discapacidad igual o mayor del 33%.
         •    Desempleados inscritos en la oficina de empleo.
         •    El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa los 24 meses anteriores a la contratación.
         •    Quedan excluidos los que hayan finalizado su relación laboral indefinida en un plazo de 3 meses.
•      Los requisitos de la empresa son los mismos que de anteriores contratos indefinidos con discapacidad.

    Duración:     Se hará entre doce meses y tres años. Y las prorrogas no serán inferiores a 12 meses.
                  El contrato será a jornada completa 430 o jornada parcial 530.
                  El periodo de prueba será de 1 mes.
CONTRATO DE FORMACION


Requisitos
Serán trabajadores mayores de 16 y menores de 25 (podrán celebrarse hasta los 30, mientras la tasa de paro este por encima del 15%.
Cuando sean discapacitado, talleres de empleo, exclusión social, no tendrán limite de edad.

Duración
La duración mínima será de un año y la máxima de 3 años, aunque el convenio colectivo puede establecer distintas duraciones, sin que
la mínima sea menos 6 meses ni la máxima de mas de 3 años.

Jornada
El tiempo de trabajo será compatible con el tiempo de las actividades formativas, aunque no podrá ser superior al 75% el 1º año, 85%
durante el 2º y 3º año.
Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias.
T. Completo 421

Incentivos
Las empresas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción del 100%, de las cuotas empresariales a la
Seguridad Social por contingencia comunes, cuando la empresa tenga menos de 250 trabajadores. O 75%, cuando tenga una plantilla
igual o superior a 250 trabajadores.
Incluso se bonificará del 100% de las cuotas de la Seguridad Social del trabajador, incluidas sus prorrogas.
CONTRATO EN PRACTICAS

Requisitos
• Se concertarán con trabajadores que posean titulo universitario o formación profesional.
• Que no hayan pasado mas de 5 años, o 7 si es un trabajador con discapacidad.

Duración
• No será inferior a 6 meses ni superior a 2 años, dentro de los limites, el Convenio Colectivo puede determinar la duración.
• Tiempo completo 420 tiempo parcial 520.
• El periodo de prueba será de mes máximo cuando la titulación sea de grado medio o certificado de profesionalidad, ni dos meses cuando
  tenga un titulo de grado superior o certificado de profesionalidad de nivel 3.

Características
• La retribución del trabajador será la fijada en el convenio colectivo para los trabajadores en practicas, sin que pueda ser inferior al 60%
  o al 75% durante el 1º y el 2º año de vigencia del contrato.

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  • 1.
  • 2.
  • 3. OBRA O SERVICIO DETERMINADO • Tiene por objeto la autonomía propia. • Su duración es incierta, por lo tanto se tiene que especificar el sitio exacto. • Su duración máxima es de 3 años. • A tiempo completo es el 401, y a tiempo parcial es el 501. • La indemnización es de 9 días por año en el 2012 y cada año se añadirá un día mas por cada año que pase hasta el año 2015 que se establecerá en 12 días por año. • La duración máxima será de 6 meses dentro de 12 y sino lo especificará el convenio colectivo pero sin ser superior a 18 meses., 3
  • 4. EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION • La finalidad del contrato será atender al mercado cuando exista un exceso de tareas o pedidos. • Contrato tiempo completo 402, contrato a tiempo parcial 502. • Duración máxima 6 meses dentro de los 12 meses y si nos lo dice el Convenio Colectivo será como máxima de 18 meses. • Tendrá una sola prorroga. • La indemnización será de 9 días en el 2012, hasta 12 días desde el 2015
  • 5. CONTRATO DE INTERINIDAD 1. Su finalidad es sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo. La duración máxima será la reincorporación del trabajador. 2. O puede ser la promoción de un puesto de trabajo, durante el proceso de selección. Cuya duración máxima será de 3 meses, o sea, la finalización del proceso de selección. -Contrato a tiempo completo es 410 y a tiempo parcial 510. -No hay indemnización por cese.
  • 6. CONTRATO DE INTERINIDAD (BONIFICADOS) • Las condiciones (duración, tipo de contrato) son iguales que los no bonificados. • Los conceptos pueden ser: • Excedencia por cuidados familiares. Se da una reducción en la cuota empresarial por tramos hasta los tres años. 1º año 95% 2º año 60% 3ºaño 50% Se excluyen la consanguinidad o afinidad hasta 2º grado. • Trabajadores en formación Los nuevos trabajadores están obligados a cobrar un prestación contributiva. El trabajador tiene la opción de cobrar el 50% de prestación, de la que tenga derecho, y el empresario podrá abonar el resto con el salario que le pertenece.
  • 7.
  • 8. CONTRATO BONIFICADOS PARA TRABAJADORES EN SITUACION DE EXCLUSION SOCIAL • La exclusión social será acreditada por los correspondiente Servicios Sociales, y deberán pertenecer a unos grupos determinados. A. Perceptores de Rentas Mínimas de Inserción, o cualquier prestación similar, así como los miembros de la unidad de convivencia beneficiarios de ella. B. Personas que no puedan acceder a prestaciones del párrafo anterior, ya sea por falta del periodo exigido de residencia o empadronamiento, o haber agotado el periodo máximo de percepción establecido. C. Jóvenes mayores de 18 y menores de 30, procedente de Instituciones de Protección de Menores. D. Personas con problemas con drogas o adicción que estén rehabilitándose o reinsertando. E. Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo y que se acojan al R.D. 782/2001 articulo 1. F. Menores internos, cuya situación les permita acceder a un empleo, y se encuentren en libertad vigilada los ex- internos. G. Personas procedentes de alojamientos alternativos por autorizado por CC.AA. H. Personas procedentes de servicios de prevención e inserción social autorizada por las CC.AA. El trabajador no tendrá relación de parentesco hasta el 2º inclusive con el empresario. • La empresa no deberá haber sido excluida de los beneficios derivado, y hallarse al corriente en el pago de la Seguridad Social y sus impuestos. • Se comunicará al Servicio Publico de Empleo en los 10 días siguientes a su concertación. • Como incentivo a cada contrato indefinido tendrá derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social de 50€/mes durante 4 años. • Y si fuera temporal daría derecho, a una bonificación de 41,67€/mes durante toda la vigencia del contrato. • Y en el caso de obtener la ayuda sin reunir los requisitos se procedería a la devolución de la misma, con el recargo y los intereses correspondientes.
  • 9.
  • 10. CONTRATOS INDEFINIDOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD REQUISITOS • Tener una discapacidad con un grado superior o igual al 33%, reconocido por el organismo competente. • Estar inscrito en Servicio Publico de Empleo. • Que el trabajador no haya estado vinculado a la empresa los 24 meses anteriores. • Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral en un plazo de 3 meses previos a la formalización del contrato. TIPOS  A TIEMPO COMPLETO 130, A TIEMPO PARCIAL 230, A TIEMPO FIJO DISCONTINUO 330 INCENTIVOS • Subvención de 3907 euros por cada contrato a tiempo completo. Si es a tiempo parcial se calculará la proporción. • La bonificación de las cuotas empresariales a la Seguridad Social será se establece de la siguiente forma: • Si el contrato es a tiempo completo, la empresa tendrá derecho a las siguientes bonificaciones:  Trabajadores discapacitados, sin discapacidad severa: Hombres Mujeres  Menores de 45 años: 4.500€/año 5.350€/año  Mayores de 45 años: 5.700€/año 5.700€/año  Trabajadores discapacitados, con discapacidad severa: Hombres Mujeres  Menores de 45 años: 5.100€/año 5.950€/año  Mayores de 45 años: 6.300€/año 6.300€/año • Tendrá una subvención de 901,52€ para la adaptación del puesto de trabajo. • Deducirá de la cuota integra del Impuesto de Sociedades la cantidad de 6.000€ por cada persona/año.
  • 11. CONTRATOS INDEFINIDOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PROCEDENTES DE ENCLAVES LABORALES (es decir, instituciones para discapacitados) • Las condiciones serán las mismas que para el contrato para personas discapacitada pero los incentivos se desglosarán de la siguiente forma: Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave pertenezca al colectivo de: • Personas con parálisis cerebral, o con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado de minusvalía >= 33%. O personas con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía >= al 65% Recibirán una subvención de 7814€ por cada contrato a jornada completa, y si fuera a tiempo parcial se reduciría proporcionalmente la jornada de trabajo. También se recibirá la subvención por la adaptación al puesto de trabajo. Si la empresa colaboradora contrata a un trabajador del enclave siguiente: • Mujeres con discapacidad con un grado de minusvalía reconocido >= al 33%. Tendrán una subvención de 3907€ por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa Tendrán una subvención por adaptación del puesto de trabajo. La bonificación de las cuotas de la seguridad social, será igual que en el otro contrato.
  • 12. CONTRATO TEMPORAL DE FOMENTO DE EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD • Los requisitos de los trabajadores serán los siguientes: • Trabajador discapacitado con discapacidad igual o mayor del 33%. • Desempleados inscritos en la oficina de empleo. • El trabajador no debe haber estado vinculado a la empresa los 24 meses anteriores a la contratación. • Quedan excluidos los que hayan finalizado su relación laboral indefinida en un plazo de 3 meses. • Los requisitos de la empresa son los mismos que de anteriores contratos indefinidos con discapacidad. Duración: Se hará entre doce meses y tres años. Y las prorrogas no serán inferiores a 12 meses. El contrato será a jornada completa 430 o jornada parcial 530. El periodo de prueba será de 1 mes.
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  • 14. CONTRATO DE FORMACION Requisitos Serán trabajadores mayores de 16 y menores de 25 (podrán celebrarse hasta los 30, mientras la tasa de paro este por encima del 15%. Cuando sean discapacitado, talleres de empleo, exclusión social, no tendrán limite de edad. Duración La duración mínima será de un año y la máxima de 3 años, aunque el convenio colectivo puede establecer distintas duraciones, sin que la mínima sea menos 6 meses ni la máxima de mas de 3 años. Jornada El tiempo de trabajo será compatible con el tiempo de las actividades formativas, aunque no podrá ser superior al 75% el 1º año, 85% durante el 2º y 3º año. Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias. T. Completo 421 Incentivos Las empresas tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción del 100%, de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencia comunes, cuando la empresa tenga menos de 250 trabajadores. O 75%, cuando tenga una plantilla igual o superior a 250 trabajadores. Incluso se bonificará del 100% de las cuotas de la Seguridad Social del trabajador, incluidas sus prorrogas.
  • 15. CONTRATO EN PRACTICAS Requisitos • Se concertarán con trabajadores que posean titulo universitario o formación profesional. • Que no hayan pasado mas de 5 años, o 7 si es un trabajador con discapacidad. Duración • No será inferior a 6 meses ni superior a 2 años, dentro de los limites, el Convenio Colectivo puede determinar la duración. • Tiempo completo 420 tiempo parcial 520. • El periodo de prueba será de mes máximo cuando la titulación sea de grado medio o certificado de profesionalidad, ni dos meses cuando tenga un titulo de grado superior o certificado de profesionalidad de nivel 3. Características • La retribución del trabajador será la fijada en el convenio colectivo para los trabajadores en practicas, sin que pueda ser inferior al 60% o al 75% durante el 1º y el 2º año de vigencia del contrato.