El documento compara y contrasta los sistemas registrales de Alemania, Australia, España, Francia y Venezuela. El sistema alemán se basa en un registro de folios reales donde la inscripción tiene carácter constitutivo. El sistema español sigue los principios de rogación, especialidad, legalidad y fe pública registral. El sistema francés es facultativo y los derechos se constituyen antes de la inscripción. El sistema venezolano sigue el criterio de opponibilidad a terceros.