Derecho Tributario - LAS TASAS.- Las tasas, como tributo vinculado, es un hecho generador que está constituido por un servicio público, el mismo es divisible y cuantificable respecto al contribuyente, existiendo una relación entre la prestación del servicio público y el pago de una tarifa, cantidad de dinero que se entrega como contraprestación por el servicio recibido.
Las fuentes del Derecho Tributario, se puede decir, que hace referencia a todas las reglas que integran el marco normativo, que imponen conductas positivas o negativas a los integrantes de un estado, es decir, a aquello de donde el Derecho surge o se inicia. Ahora bien, por el Código Orgánico Tributario venezolano, constituyen las fuentes del derecho tributario:
Primero, las disposiciones constitucionales.
Segundo, los tratados, convenios o acuerdos internacionales celebrados por la República.
Tercero, las Leyes y los actos con fuerza de Ley.
Cuarto, los contratos relativos a la estabilidad jurídica de regímenes de tributos nacionales, estatales y municipales.
Quinto, las reglamentaciones y demás disposiciones de carácter general establecidas por los órganos administrativos facultados al efecto.
Es un tema relacionado con el Derecho Tributario, para conocer lo relativo a las tasas en cuanto a su definción, caracteristicas sus diferencias con los tributos.
LA PEDAGOGIA AUTOGESTONARIA EN EL PROCESO DE ENSEÑANZA APRENDIZAJEjecgjv
La Pedagogía Autogestionaria es un enfoque educativo que busca transformar la educación mediante la participación directa de estudiantes, profesores y padres en la gestión de todas las esferas de la vida escolar.
La Unidad Eudista de Espiritualidad se complace en poner a su disposición el siguiente Triduo Eudista, que tiene como propósito ofrecer tres breves meditaciones sobre Jesucristo Sumo y Eterno Sacerdote, el Sagrado Corazón de Jesús y el Inmaculado Corazón de María. En cada día encuentran una oración inicial, una meditación y una oración final.
IMÁGENES SUBLIMINALES EN LAS PUBLICACIONES DE LOS TESTIGOS DE JEHOVÁClaude LaCombe
Recuerdo perfectamente la primera vez que oí hablar de las imágenes subliminales de los Testigos de Jehová. Fue en los primeros años del foro de religión “Yahoo respuestas” (que, por cierto, desapareció definitivamente el 30 de junio de 2021). El tema del debate era el “arte religioso”. Todos compartíamos nuestros puntos de vista sobre cuadros como “La Mona Lisa” o el arte apocalíptico de los adventistas, cuando repentinamente uno de los participantes dijo que en las publicaciones de los Testigos de Jehová se ocultaban imágenes subliminales demoniacas.
Lo que pasó después se halla plasmado en la presente obra.
Examen de Lengua Castellana y Literatura de la EBAU en Castilla-La Mancha 2024.
Cuadro explicativo.
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
CUADRO EXPLICATIVO
Autor:
Carmen villegas
Barquisimeto, Diciembre de 2016
2. Ccuáles son las clases
de tasas que existen en
venezuela
Se define como: Se caracteriza:
1. Por la prestación de servicios
públicos.
2. Tasas judiciales.
3. Tasas por poder de policía
administrativa.
1. Ejemplos: Abastecimiento de agua potable y
servicio de aseo domiciliario.
2. Entre las cuales se encuentran las de jurisdicción
civil contenciosa (Ejemplo: por juicios civiles); las
de jurisdicción civil voluntarias (Ejemplo: por
juicios sucesorios) y las de jurisdicción penal
(Ejemplo: por procesos de derecho penal común).
3. (Ejemplo: Por otorgamiento de licencias y
autorizaciones).
No dispone de una regulación por la condición individual del
sujeto que lo paga, es indistinta de esa condición.
Está orientada por el pago de tributos en virtud de un servicio o
retribución que se entrega a cambio.
El hecho que lo genera es el goce de un servicio público.
Su destino es para el mantenimiento del servicio otorgado en
contraprestación.
Se identifica la partida y la contrapartida de la vinculación
tributaria.
3. Cuáles son las
diferencias existentes
entre tasa y tributo
Tributo Tasa
1. Están representados por las prestaciones
en dinero que el estado en su totalidad,
exige en ejercicio de su poder de
imperio, en virtud de una ley y para
cubrir los gastos que le demanda el
cumplimiento de sus fines.
2. Se definen como las prestaciones
pecuniarias que el estado, o un ente
público autorizado al efecto por aquél, en
virtud de su soberanía territorial; exige
de sujetos económicos sometidos a la
misma.
3. Se puede terminar indicando que el
término tributo es de carácter genérico y
.
1. Proviene imperativamente en relación con algún servicio
público reservado al estado.
2. Diferencia del concepto de impuesto, si se identifican la partida
y la contrapartida de la vinculación tributaria.
3. Por ejemplo: Timbre Fiscal, Registro Público, Arancel de
Aduana, Arancel Judicial, Tasa Aeroportuaria.
4. ello significa: todo pago o erogación que
deben cumplir los sujetos pasivos de la
relación tributaria, en virtud de una ley
formalmente sancionada, pero originada
de un acto imperante, obligatorio y
unilateral, creada por el estado en uso de
su potestad y soberanía.
4. Existen los siguientes tipos de tributos de
acuerdo con las doctrinas existentes:
Impuesto, Tasa y Contribuciones
Especiales.