Cuándo integrar al SBC las aportaciones a plan pensionario
IMSS ajustó su criterio respecto a la inclusión de esta prestación al SBC de los trabajadores, conoce los detalles
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Cuándo integrar al sbc las aportaciones a plan pensionario
1. Cuándo integrar al SBC las aportaciones
a plan pensionario
IMSS ajustó su criterio respecto a la inclusión
de esta prestación al SBC de los trabajadores,
conoce los detalles
Por José Juan Ríos Aguilar
El IMSS dio a conocer en su portal el criterio normativo 01/2016 “Cantidades entregadas en
efectivo o en especie a los trabajadores o depositadas en sus cuentas personales o de nómina
por concepto de aportaciones a fondos o planes de pensiones, integran al salario base de
cotización de conformidad con el artículo 27, primer párrafo de la Ley del Seguro”. Recoge lo
precisado por su similar 04/2014, al cual abrogó.
Este documento ratifica lo dispuesto en el artículo 27, fracción VIII de la LSS, respecto a que no
integran al salario base de cotización (SBC) las cantidades aportadas los planes de pensiones
establecidos por el patrón, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos la Comisión
Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
Así, como consecuencia de que el pasado 21 de enero se publicaron en el DOF
las Disposiciones de carácter general aplicables a los planes de pensiones, el Seguro Social en
este nuevo criterio añadió a los requisitos ya existentes:
En este sentido enfatiza que los montos entregados a los trabajadores, ya sea en efectivo o
transferencia electrónica en sus cuentas bancarias por concepto de plan de pensión sí integran
al SBC.
2. No debes olvidar que esta interpretación no es vinculativa u obligatoria para los particulares,
únicamente ilustra el alcance del numeral 27 de la LSS; a pesar de que su finalidad es evitar
que los patrones traten de simular actos jurídicos como la entrega dinero o especie a los
subordinados como parte de un plan de pensiones en lugar de salario, a efectos de no
considerarlo como parte de su SBC.
Por ello es recomendable que, si como patrón vas a otorgar un plan privado de pensiones, este
cumpla con los requerimientos previstos en las Disposiciones de la Consar y registre ante la
misma