Este documento trata sobre los títulos de valor. Explica que los títulos de valor son documentos que representan derechos y obligaciones económicas y pueden ser físicos o electrónicos. Además, describe las características de los títulos de valor como ser necesarios, legítimos, literales y patrimoniales. Por último, analiza específicamente las letras de cambio, incluyendo su contenido, endoso, aval y vencimiento.
Este documento describe diferentes tipos de títulos valores, incluyendo sus partes, funciones y principios legales. Explica conceptos como cheques, letras de cambio, pagarés, bonos, conocimientos de embarque, cartas de porte y más. También cubre temas como endoso, protesto, garantías personales vs. reales y clasificaciones de títulos valores.
El documento resume las principales características y formalidades de los cheques en la Ley de Títulos Valores del Perú. Explica conceptos como el beneficiario del cheque, el cheque postdatado, los tipos de cheques especiales como el cruzado, para abono en cuenta, certificado, de gerencia, giro y garantizado. También cubre temas como la obligatoriedad del cierre de cuentas corrientes, el pago del cheque, la revocación y suspensión, y los efectos de la muerte o insolvencia del emisor.
Este documento describe diferentes tipos de títulos valores. Explica que los títulos valores a la orden se transfieren mediante el endoso y no requieren notificación al deudor, mientras que los títulos nominativos requieren notificación al deudor y registro del cambio de titular. También cubre los títulos al portador que se transfieren mediante entrega y no llevan el nombre del beneficiario.
El documento resume la historia y definición del derecho cambiario. Explica que surgió de tres procesos históricos clave: la revolución industrial, la invención de la moneda y el comercio. Define el derecho cambiario como el conjunto de normas aplicables a los títulos valores y explica que regula tanto valores materializados como desmaterializados. Finalmente, distingue entre el derecho cartular, que regula solo valores materializados, y el derecho cambiario, que regula ambos tipos de valores.
El documento describe diferentes tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y pagarés. Explica las características de cada uno, incluyendo quien es el librador, librado y beneficiario. También describe los elementos necesarios que deben contener cada tipo de título y cómo pueden ser transferidos o negociados.
Este documento habla sobre los títulos de valor, en particular las letras de cambio. Explica que los títulos de valor son documentos que incorporan derechos y obligaciones económicas y pueden circular. Describe las características de los títulos de valor como ser necesarios, legítimos, literales y patrimoniales. También explica el contenido requerido de una letra de cambio, el proceso de endoso y la función del aval o garantía en una letra de cambio.
1) La ley establece que toda sociedad debe adoptar una de las siete formas societarias previstas y tener una denominación o razón social según corresponda.
2) Los actos de constitución de la sociedad, incluyendo el pacto social y el estatuto, deben elevarse a escritura pública e inscribirse obligatoriamente en el registro, otorgando a la sociedad su personalidad jurídica desde ese momento.
3) Los actos realizados en nombre de la sociedad antes de su inscripción solo serán válidos si
Este documento describe diferentes tipos de títulos valores, incluyendo sus partes, funciones y principios legales. Explica conceptos como cheques, letras de cambio, pagarés, bonos, conocimientos de embarque, cartas de porte y más. También cubre temas como endoso, protesto, garantías personales vs. reales y clasificaciones de títulos valores.
El documento resume las principales características y formalidades de los cheques en la Ley de Títulos Valores del Perú. Explica conceptos como el beneficiario del cheque, el cheque postdatado, los tipos de cheques especiales como el cruzado, para abono en cuenta, certificado, de gerencia, giro y garantizado. También cubre temas como la obligatoriedad del cierre de cuentas corrientes, el pago del cheque, la revocación y suspensión, y los efectos de la muerte o insolvencia del emisor.
Este documento describe diferentes tipos de títulos valores. Explica que los títulos valores a la orden se transfieren mediante el endoso y no requieren notificación al deudor, mientras que los títulos nominativos requieren notificación al deudor y registro del cambio de titular. También cubre los títulos al portador que se transfieren mediante entrega y no llevan el nombre del beneficiario.
El documento resume la historia y definición del derecho cambiario. Explica que surgió de tres procesos históricos clave: la revolución industrial, la invención de la moneda y el comercio. Define el derecho cambiario como el conjunto de normas aplicables a los títulos valores y explica que regula tanto valores materializados como desmaterializados. Finalmente, distingue entre el derecho cartular, que regula solo valores materializados, y el derecho cambiario, que regula ambos tipos de valores.
El documento describe diferentes tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y pagarés. Explica las características de cada uno, incluyendo quien es el librador, librado y beneficiario. También describe los elementos necesarios que deben contener cada tipo de título y cómo pueden ser transferidos o negociados.
Este documento habla sobre los títulos de valor, en particular las letras de cambio. Explica que los títulos de valor son documentos que incorporan derechos y obligaciones económicas y pueden circular. Describe las características de los títulos de valor como ser necesarios, legítimos, literales y patrimoniales. También explica el contenido requerido de una letra de cambio, el proceso de endoso y la función del aval o garantía en una letra de cambio.
1) La ley establece que toda sociedad debe adoptar una de las siete formas societarias previstas y tener una denominación o razón social según corresponda.
2) Los actos de constitución de la sociedad, incluyendo el pacto social y el estatuto, deben elevarse a escritura pública e inscribirse obligatoriamente en el registro, otorgando a la sociedad su personalidad jurídica desde ese momento.
3) Los actos realizados en nombre de la sociedad antes de su inscripción solo serán válidos si
Operaciones bancarias pasivas y activas (1)Rosma09M
El documento resume las principales operaciones bancarias pasivas y activas. Entre las operaciones pasivas se encuentran los depósitos, títulos hipotecarios, emisión de obligaciones quirografarias y papeles comerciales. Las operaciones activas incluyen créditos, descuentos, redescuentos, reporto, leasing o arrendamiento financiero, factoring, mesas de dinero y crédito documentario.
El documento clasifica y describe diferentes tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y pagarés. Explica que los títulos valores son documentos que legitiman derechos y pueden ser a la orden, al portador o nominativos. Define las características y personas involucradas en cada uno, como el librador, librado y beneficiario. También distingue entre cheques al portador, a la orden y nominativos, así como las diferencias entre letras de cambio y pagarés.
Este documento presenta una introducción a los títulos valores, definiendo conceptos clave como su clasificación, requisitos formales, reglas de circulación, endoso y pago. Explica que los títulos valores pueden ser al portador, a la orden o nominativos, y que el endoso permite la transmisión de los títulos a la orden. También resalta que el pago debe realizarse en la fecha de vencimiento establecida y en la moneda indicada.
Este documento define las sociedades mercantiles y describe sus características principales. Explica que una sociedad mercantil es una asociación de dos o más personas que aportan capital para un fin común de lucro. Detalla los diferentes tipos de sociedades mercantiles, incluyendo las sociedades colectivas, comandita, de responsabilidad limitada, anónimas y cooperativas. También cubre temas como la administración, responsabilidad de socios, constitución, disolución y liquidación de las sociedades mercantiles.
Este documento presenta información sobre certificados de depósito y warrants. Explica que los certificados de depósito representan la propiedad de mercancías depositadas en almacenes generales de depósito, mientras que los warrants otorgan el derecho a comprar o vender activos subyacentes a un precio y fecha determinados. También describe los sujetos involucrados, los bienes que pueden ser objeto de warrants, las ventajas de estos instrumentos para depositantes, acreedores y almacenes, y las diferentes clases de warrants y certificados de depósito.
El documento describe las funciones y objetivos del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), que incluyen preservar la estabilidad monetaria, administrar las reservas internacionales, establecer una meta anual de inflación del 2% y crear las condiciones para un desarrollo económico sostenible a través de la regulación del sistema financiero.
El documento presenta tres teorías sobre el acto de comercio: 1) La teoría causalista se basa en las circunstancias y hechos que rodean el acto. 2) La teoría subjetiva define un acto como comercial cuando lo ejecuta un comerciante. 3) La teoría de la empresa considera que un acto es comercial si se lleva a cabo mediante la estructura organizativa de una empresa. También describe las características de los actos de comercio como la mediación, el intercambio y el lucro.
Informacion sobre lo que son los mercados de valores internacionales, haciendo enfasis en los mercados bursatiles de Estados Unidos.
Preparada por Ing. Carlos M. Garcia-Arcaya
Este documento describe el mercado primario y secundario de valores. El mercado primario es donde se negocian valores por primera vez, ya sea directamente por el emisor o a través de un intermediario financiero, con el objetivo de buscar fondos. El mercado secundario es donde se negocian valores ya existentes entre sus tenedores para proporcionar liquidez. Ambos mercados son complementarios y necesarios para el correcto funcionamiento del sistema financiero.
El documento trata sobre los mercados del sistema financiero y el secreto bancario. Explica que el mercado financiero está conformado por entidades intermediarias en el crédito que unen a demandantes y depositantes de fondos. También describe el mercado de capitales y la banca de inversión. Finalmente, dedica un capítulo al secreto bancario, definiéndolo y explicando las excepciones y responsabilidades relacionadas a su violación.
Este documento define y describe los requisitos y características de un pagaré. Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de pagar una suma de dinero determinada a una persona o entidad en una fecha específica. Debe incluir la mención de ser un pagaré, el nombre del beneficiario, la fecha y lugar de pago, la fecha y lugar de su creación, y la firma del suscriptor. Un pagaré es transmisible mediante endoso y puede ser protestado si no es pagado en la fecha de vencimiento especificada
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar derechos y pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación. Se definen como un derecho en beneficio de una persona incorporado en un documento escrito y firmado que obliga a una prestación frente al poseedor del título. Los títulos valores más utilizados son las letras de cambio, cheques y pagarés.
Resumen de la clase 2 la historia del derecho mercantilAndrea26Ramirez
El documento resume la historia del derecho mercantil a través de cuatro épocas: 1) En la antigua Grecia, Atenas designó lugares para almacenar mercancías y celebrar contratos comerciales. 2) En la antigua Roma, existían verdaderas instituciones mercantiles como bancos y sociedades. 3) Durante la Edad Media, el derecho mercantil emergió como una ciencia jurídica autónoma a medida que los comerciantes se asociaban y formaban corporaciones y universidades. 4) En la
El documento describe las funciones y operaciones de los almacenes generales de depósito en Guatemala. Estos incluyen recibir mercancías para su almacenamiento, emitir títulos como certificados de depósito y bonos de prenda, y funcionar como almacenes fiscales para mercancías sujetas a impuestos de importación. También proporcionan servicios como financiamiento y conservación de productos. La ley guatemalteca y varios decretos y acuerdos gubernativos regulan las actividades y requisitos de capital de los almacenes
Este documento resume los conceptos básicos sobre los títulos valores. Explica que los títulos valores son documentos necesarios para legitimar derechos incorporados y pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación. Luego clasifica los títulos valores en nominativos, a la orden y al portador, e identifica los problemas generales relacionados con la capacidad, firma y representación en la emisión y transmisión de títulos valores.
Este documento habla sobre los contratos mercantiles. Brevemente describe: 1) Que un contrato es mercantil cuando el acuerdo tiene un carácter comercial; 2) Que existen varios tipos de contratos mercantiles regulados por el derecho mercantil como compraventa, arrendamiento, mandato, entre otros; 3) Que los contratos mercantiles se caracterizan por requerir celeridad y sujetarse a los principios de buena fe.
Este documento presenta tres tipos de documentos mercantiles: el vale, el bono bancario y el documento de crédito. Explica que el vale es un comprobante de pago para bienes o servicios, el bono bancario representa una deuda a largo plazo para proyectos industriales, y el documento de crédito incorpora un derecho de crédito en el documento mismo.
Este documento resume los conceptos clave sobre la transformación, fusión, disolución y liquidación de sociedades comerciales según el Código de Comercio venezolano. Explica que una sociedad puede cambiar su forma jurídica mediante la transformación, que la fusión implica la unión de dos o más sociedades, y que la disolución y liquidación ocurren cuando una sociedad finaliza sus operaciones y debe extinguir sus obligaciones existentes.
Trabajo de Gestión de Finanzas hecho por estudiantes de la universidad Fermin Toro escuela de Administración que habla acerca delas políticas de crédito.
El mercado de capitales es un mercado financiero donde se compran y venden títulos como acciones representativas de activos financieros de empresas. Constituye un mecanismo de ahorro e inversión que transfiere fondos de quienes los ofrecen a quienes los solicitan. Se compone de oferentes y demandantes de recursos.
Este documento define y explica los principales tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Describe sus elementos constitutivos, requisitos legales y funciones. Explica que los títulos de crédito son documentos mercantiles que representan obligaciones de pago y pueden transferirse de una persona a otra.
El documento describe los diferentes tipos de cheques y sus características. Menciona que el cheque es un documento que ordena a un banco pagar una cantidad determinada a su tenedor, y describe los requisitos de emisión y cobro. También explica los diferentes tipos de cheques según su beneficiario o requisitos para su cobro, como cheques cruzados o cheques de viajero.
Operaciones bancarias pasivas y activas (1)Rosma09M
El documento resume las principales operaciones bancarias pasivas y activas. Entre las operaciones pasivas se encuentran los depósitos, títulos hipotecarios, emisión de obligaciones quirografarias y papeles comerciales. Las operaciones activas incluyen créditos, descuentos, redescuentos, reporto, leasing o arrendamiento financiero, factoring, mesas de dinero y crédito documentario.
El documento clasifica y describe diferentes tipos de títulos valores como cheques, letras de cambio y pagarés. Explica que los títulos valores son documentos que legitiman derechos y pueden ser a la orden, al portador o nominativos. Define las características y personas involucradas en cada uno, como el librador, librado y beneficiario. También distingue entre cheques al portador, a la orden y nominativos, así como las diferencias entre letras de cambio y pagarés.
Este documento presenta una introducción a los títulos valores, definiendo conceptos clave como su clasificación, requisitos formales, reglas de circulación, endoso y pago. Explica que los títulos valores pueden ser al portador, a la orden o nominativos, y que el endoso permite la transmisión de los títulos a la orden. También resalta que el pago debe realizarse en la fecha de vencimiento establecida y en la moneda indicada.
Este documento define las sociedades mercantiles y describe sus características principales. Explica que una sociedad mercantil es una asociación de dos o más personas que aportan capital para un fin común de lucro. Detalla los diferentes tipos de sociedades mercantiles, incluyendo las sociedades colectivas, comandita, de responsabilidad limitada, anónimas y cooperativas. También cubre temas como la administración, responsabilidad de socios, constitución, disolución y liquidación de las sociedades mercantiles.
Este documento presenta información sobre certificados de depósito y warrants. Explica que los certificados de depósito representan la propiedad de mercancías depositadas en almacenes generales de depósito, mientras que los warrants otorgan el derecho a comprar o vender activos subyacentes a un precio y fecha determinados. También describe los sujetos involucrados, los bienes que pueden ser objeto de warrants, las ventajas de estos instrumentos para depositantes, acreedores y almacenes, y las diferentes clases de warrants y certificados de depósito.
El documento describe las funciones y objetivos del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP), que incluyen preservar la estabilidad monetaria, administrar las reservas internacionales, establecer una meta anual de inflación del 2% y crear las condiciones para un desarrollo económico sostenible a través de la regulación del sistema financiero.
El documento presenta tres teorías sobre el acto de comercio: 1) La teoría causalista se basa en las circunstancias y hechos que rodean el acto. 2) La teoría subjetiva define un acto como comercial cuando lo ejecuta un comerciante. 3) La teoría de la empresa considera que un acto es comercial si se lleva a cabo mediante la estructura organizativa de una empresa. También describe las características de los actos de comercio como la mediación, el intercambio y el lucro.
Informacion sobre lo que son los mercados de valores internacionales, haciendo enfasis en los mercados bursatiles de Estados Unidos.
Preparada por Ing. Carlos M. Garcia-Arcaya
Este documento describe el mercado primario y secundario de valores. El mercado primario es donde se negocian valores por primera vez, ya sea directamente por el emisor o a través de un intermediario financiero, con el objetivo de buscar fondos. El mercado secundario es donde se negocian valores ya existentes entre sus tenedores para proporcionar liquidez. Ambos mercados son complementarios y necesarios para el correcto funcionamiento del sistema financiero.
El documento trata sobre los mercados del sistema financiero y el secreto bancario. Explica que el mercado financiero está conformado por entidades intermediarias en el crédito que unen a demandantes y depositantes de fondos. También describe el mercado de capitales y la banca de inversión. Finalmente, dedica un capítulo al secreto bancario, definiéndolo y explicando las excepciones y responsabilidades relacionadas a su violación.
Este documento define y describe los requisitos y características de un pagaré. Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de pagar una suma de dinero determinada a una persona o entidad en una fecha específica. Debe incluir la mención de ser un pagaré, el nombre del beneficiario, la fecha y lugar de pago, la fecha y lugar de su creación, y la firma del suscriptor. Un pagaré es transmisible mediante endoso y puede ser protestado si no es pagado en la fecha de vencimiento especificada
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar derechos y pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación. Se definen como un derecho en beneficio de una persona incorporado en un documento escrito y firmado que obliga a una prestación frente al poseedor del título. Los títulos valores más utilizados son las letras de cambio, cheques y pagarés.
Resumen de la clase 2 la historia del derecho mercantilAndrea26Ramirez
El documento resume la historia del derecho mercantil a través de cuatro épocas: 1) En la antigua Grecia, Atenas designó lugares para almacenar mercancías y celebrar contratos comerciales. 2) En la antigua Roma, existían verdaderas instituciones mercantiles como bancos y sociedades. 3) Durante la Edad Media, el derecho mercantil emergió como una ciencia jurídica autónoma a medida que los comerciantes se asociaban y formaban corporaciones y universidades. 4) En la
El documento describe las funciones y operaciones de los almacenes generales de depósito en Guatemala. Estos incluyen recibir mercancías para su almacenamiento, emitir títulos como certificados de depósito y bonos de prenda, y funcionar como almacenes fiscales para mercancías sujetas a impuestos de importación. También proporcionan servicios como financiamiento y conservación de productos. La ley guatemalteca y varios decretos y acuerdos gubernativos regulan las actividades y requisitos de capital de los almacenes
Este documento resume los conceptos básicos sobre los títulos valores. Explica que los títulos valores son documentos necesarios para legitimar derechos incorporados y pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación. Luego clasifica los títulos valores en nominativos, a la orden y al portador, e identifica los problemas generales relacionados con la capacidad, firma y representación en la emisión y transmisión de títulos valores.
Este documento habla sobre los contratos mercantiles. Brevemente describe: 1) Que un contrato es mercantil cuando el acuerdo tiene un carácter comercial; 2) Que existen varios tipos de contratos mercantiles regulados por el derecho mercantil como compraventa, arrendamiento, mandato, entre otros; 3) Que los contratos mercantiles se caracterizan por requerir celeridad y sujetarse a los principios de buena fe.
Este documento presenta tres tipos de documentos mercantiles: el vale, el bono bancario y el documento de crédito. Explica que el vale es un comprobante de pago para bienes o servicios, el bono bancario representa una deuda a largo plazo para proyectos industriales, y el documento de crédito incorpora un derecho de crédito en el documento mismo.
Este documento resume los conceptos clave sobre la transformación, fusión, disolución y liquidación de sociedades comerciales según el Código de Comercio venezolano. Explica que una sociedad puede cambiar su forma jurídica mediante la transformación, que la fusión implica la unión de dos o más sociedades, y que la disolución y liquidación ocurren cuando una sociedad finaliza sus operaciones y debe extinguir sus obligaciones existentes.
Trabajo de Gestión de Finanzas hecho por estudiantes de la universidad Fermin Toro escuela de Administración que habla acerca delas políticas de crédito.
El mercado de capitales es un mercado financiero donde se compran y venden títulos como acciones representativas de activos financieros de empresas. Constituye un mecanismo de ahorro e inversión que transfiere fondos de quienes los ofrecen a quienes los solicitan. Se compone de oferentes y demandantes de recursos.
Este documento define y explica los principales tipos de títulos de crédito como letras de cambio, pagarés, cheques y bonos. Describe sus elementos constitutivos, requisitos legales y funciones. Explica que los títulos de crédito son documentos mercantiles que representan obligaciones de pago y pueden transferirse de una persona a otra.
El documento describe los diferentes tipos de cheques y sus características. Menciona que el cheque es un documento que ordena a un banco pagar una cantidad determinada a su tenedor, y describe los requisitos de emisión y cobro. También explica los diferentes tipos de cheques según su beneficiario o requisitos para su cobro, como cheques cruzados o cheques de viajero.
Este documento resume los principales títulos y valores en el Derecho Internacional Privado como letras de cambio, pagarés y cheques. Explica que la Ley de Derecho Internacional Privado cambió el principio de nacionalidad por el del domicilio y regula de forma general los valores negociables, derogando parte del Código de Comercio. También analiza la irretroactividad de la ley y su aplicación a hechos pasados.
Este documento discute brevemente el título de valores y la promesa pura y simple de pagar una suma de dinero en un tiempo determinado, mencionando que esto genera problemas con la doctrina de "lex loci contractus".
Este documento discute los títulos valores y su regulación en el derecho internacional privado. Define los títulos valores y explica su clasificación en valores negociables y no negociables. También analiza cómo la Ley de Derecho Internacional Privado derogó disposiciones del Código de Comercio sobre esta materia y estableció nuevas normas, como que la capacidad de las personas se rige por el derecho de su domicilio. Además, examina cuestiones como la forma y validez de las obligaciones cambiarias.
Este documento clasifica y describe diferentes tipos de títulos y valores. Explica que los títulos y valores son mecanismos jurídicos para facilitar la circulación de derechos de manera simple y segura. Luego clasifica los títulos y valores en tres categorías: por su forma de creación, si son singulares o en serie; por su sujeto emisor, si son públicos o privados; y por su objeto, si representan derechos personales, reales u obligaciones. Finalmente define brevemente los cheques como órdenes de pago es
Este documento resume cuatro tipos de títulos valores: letra de cambio, cheque, pagaré y documento contable. Explica que estos títulos otorgan seguridad al acreedor para el cobro de una deuda y vinculan jurídicamente el ejercicio de derechos patrimoniales a la posesión del documento. También analiza cómo la contabilidad y la informática han permitido sustituir los títulos valores físicos por registros electrónicos de los derechos.
El documento define varios tipos de títulos valores, incluyendo cómo se clasifican según su forma de creación, sujeto creador, objeto del derecho incorporado y efectos. También explica el origen histórico del cheque y su introducción en Venezuela en 1904 basado en el código de comercio italiano. Define el cheque, la letra de cambio y el pagaré, describiendo sus funciones y características principales.
El documento resume cinco principios aplicables a los títulos valores: el principio de literalidad, que establece que el contenido y alcance del título se determina por su texto; el principio de incorporación, que establece que los derechos patrimoniales se fusionan con el título; el principio de autonomía, que establece que las relaciones derivadas del intercambio de títulos son independientes; el principio de formalidad, que establece que un documento solo adquiere la categoría de título si cumple los requisitos legales; y el
Este documento es un recibo por $218,701.50 emitido por Nissan Mexicana, S.A. de C.V. a favor del Centro Educativo Anglo Mexicano, S.C. como abono a su cuenta el 15 de mayo de 2015.
La letra de cambio es un documento mercantil que ordena el pago de una cantidad de dinero. Contiene el librador, que ordena el pago; el librado, que debe pagar; y el tomador, a quien se le debe abonar. Requiere la denominación de letra de cambio, orden de pago, firmas, fechas, lugares y importes. Puede vencer a la vista, a plazo o en fecha fija. Además de los principales intervienen, pueden intervenir endosantes, endosatarios y avalistas.
1) El documento habla sobre los títulos de crédito, en particular la letra de cambio y el pagaré. 2) Define a la letra de cambio como un título formal, completo y a la orden que contiene la promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero en un lugar y fecha indicados. 3) Explica las características de los títulos cambiarios como la autonomía, independencia, literalidad y otros conceptos legales.
El documento resume los aspectos fundamentales de una letra de cambio, incluyendo sus integrantes, características legales, avalistas, endosos y modos de vencimiento. Una letra de cambio es un título de crédito regulado por ley que permite la transferencia de deuda de una persona a otra y debe incluir elementos como el monto, fecha de vencimiento, nombre del librado y firma del librador.
La letra de cambio es un título de crédito que surgió en la Edad Media para transferir fondos entre plazas y que en el siglo XVI se convirtió en un modo de pago. Consiste en una promesa incondicional de pagar una suma de dinero en un lugar determinado y vincula solidariamente a su librador, librado y tomador. Puede vencer a un día fijo, a la vista o a cierto plazo desde su emisión o desde su aceptación por el librado. Requiere las firmas del librador y librado y especifica la moneda y
Este documento proporciona instrucciones detalladas para administrar inventarios y realizar transacciones financieras utilizando el software MONICA. Explica los módulos clave del programa para inventarios, clientes, proveedores y facturación, y proporciona pasos para crear empresas, productos, facturas y más. El objetivo general es sistematizar el manejo y control de inventarios usando las funciones de MONICA.
El documento describe los dos tipos principales de cheques según la ley argentina: cheques comunes y cheques de pago diferido. Los cheques comunes son órdenes de pago puras y simples contra una cuenta corriente, mientras que los cheques de pago diferido son órdenes de pago con fecha de vencimiento posterior a la emisión. Se enumeran los requisitos formales de cada tipo de cheque establecidos por la ley.
El documento proporciona una descripción detallada del software MONICA 8.5, que incluye funciones de facturación, inventario, clientes, cuentas por cobrar y pagar, cheques, contabilidad y reportes. También describe las mejoras en esta versión, como la capacidad de enviar reportes por internet, usar diferentes formatos para reportes, y mejoras en seguridad y punto de venta. Finalmente, ofrece instrucciones para instalar y registrar el software.
La letra de cambio es un título de crédito que contiene una orden incondicional de pagar una suma de dinero en un lugar y fecha determinados. Tiene varios elementos como el girador, girado y beneficiario. Puede girarse a la propia orden, a cargo de tercera persona o del propio girador. Existen cuatro tipos de vencimientos y se pueden añadir avales o protestos en caso de impago.
Este documento resume los conceptos clave relacionados con los títulos valores. Explica que los títulos valores son documentos que incorporan derechos y obligaciones de contenido económico y que cumplen funciones importantes en el comercio al facilitar la circulación de bienes y dinero. Luego describe las características fundamentales de los títulos valores como su necesidad, literalidad, autonomía y capacidad de circulación. Finalmente, clasifica los títulos valores según diferentes criterios como su tipicidad, función económica y naturaleza de
Este documento discute la naturaleza y características de los títulos valores. Define un título valor como un documento corporal o incorporal de contenido económico que genera derechos y obligaciones entre las partes involucradas. Explica que los títulos valores facilitan la circulación de dinero y mercancías sin necesidad de transferirlos físicamente. También destaca que los títulos valores son necesarios, legítimos, literales, patrimoniales y autónomos.
REGULACION APLICABLE A LOS TITULOS VALORES:
El presente trabajo tiene por finalidad informar a Carmen, quien está interesada en abrir un negocio y por ello necesita efectivo por lo que ha decidido vender las acciones de Telefónica S.A., de las cuales es propietaria, por ende deberá conocer más de cerca los conceptos, leyes aplicables y los principios de los Títulos Valores
Este documento habla sobre los títulos valores como letras de cambio, cheques y pagarés. Explica cómo están constituidos los títulos valores, su ámbito de aplicación, naturaleza jurídica, elementos, clasificación, circulación y requisitos de una letra de cambio.
Este documento trata sobre los títulos valores, incluyendo su definición, características, requisitos, tipos principales y aspectos legales. Explica que los títulos valores son instrumentos que incorporan derechos patrimoniales y están destinados a la circulación, debiendo cumplir con ciertos requisitos formales. También describe los diferentes tipos de valores materializados y desmaterializados, así como aspectos clave como la formalidad, los principios de literalidad y las formas de emisión y transmisión de los títulos valores.
Este documento define los títulos valores, clasificándolos según su derecho incorporado en títulos jurídico-oligacionales, jurídico-personales y jurídico-reales. Explica que los títulos valores se caracterizan por la literalidad, significando que sólo pueden hacerse valer los derechos mencionados literalmente en el documento, y la autonomía, donde cada tenedor tiene un derecho originario e independiente de las relaciones anteriores.
Este documento presenta un resumen de 3 oraciones o menos sobre los títulos valores. Detalla los integrantes del grupo, el curso y docente. Explica los tipos de títulos valores reconocidos por la ley peruana, sus requisitos, funciones económicas y principios. Finalmente, describe instrumentos como letras de cambio, pagarés y cómo se transfieren.
Este documento define los títulos valores y sus principios. Explica que los títulos valores son documentos que representan derechos patrimoniales y promueven la actividad económica. También describe los principios de incorporación, literalidad, formalidad, circulación, autonomía, legitimación y abstracción que rigen los títulos valores.
El documento presenta una introducción al tema de los títulos valores en El Salvador, definiendo títulos valores, clasificándolos y describiendo su historia y desarrollo legal. Explica que los títulos valores son documentos mercantiles importantes y cómo el Código de Comercio salvadoreño los regula.
Este documento trata sobre los títulos valores como instrumentos negociables utilizados en transacciones comerciales y financieras. Explica que los títulos valores más comunes son cheques, letras de cambio y pagarés, los cuales generan obligaciones de pago. También discute cuestiones de jurisdicción, forma y derecho aplicable a los diferentes actos y obligaciones derivadas de los títulos valores de acuerdo a la ley del lugar donde se emiten o deben pagarse.
Este documento presenta un resumen de la Ley de Títulos Valores de Perú. Explica los conceptos básicos como qué es un título valor, los tipos de títulos valores (a la orden, al portador y nominativos), los principios que rigen los títulos valores como incorporación, literalidad, formalidad y autonomía, y los derechos que otorgan. También define conceptos como emisor, obligado, tenedor y endoso, y describe las características de los títulos valores emitidos al portador y a la orden.
Este documento trata sobre los títulos valores. Define los títulos valores como instrumentos jurídicos negociables que cumplen con las exigencias del derecho mercantil de celeridad, seguridad y crédito. Describe las características de los títulos valores como la autonomía, literalidad e incorporación. También analiza instrumentos como las letras de cambio y cheques, definiendo sus conceptos y requisitos. Finalmente, discute problemas relacionados al uso extensivo de instrumentos cambiarios y posibles soluciones.
Principios de los Títulos Valores y ClasificaciónAngello Ferrari
El documento explica los principios y clasificaciones de los títulos valores. Describe cinco principios jurídicos clave como la incorporación, literalidad, buena fe, circulación y abstracción. También clasifica los títulos valores según su emisor, forma de emisión y forma de circulación. Concluye que los títulos valores contienen diversas formas y están regidos por principios que sirven como base para su estudio.
Este documento presenta un resumen de la segunda edición del libro "Derecho Comercial: Teoría General de los Títulos de Crédito, Letra de Cambio, Pagaré, Cheque y Títulos Electrónicos o Desincorporados", escrito por Ricardo Sandoval López. El autor es un experto en derecho privado y comercial con varios doctorados y cargos académicos. El libro analiza los diferentes tipos de títulos de crédito y cómo facilitan la circulación de bienes y valores en el comercio
Este documento contiene información sobre títulos valores. Define un título valor como un documento mercantil que incorpora un derecho patrimonial vinculado jurídicamente a la posesión del documento. Luego enumera los principios o características de los títulos valores, incluyendo el principio de incorporación, el principio de literalidad, el principio de autonomía y el principio de legitimación.
Este documento proporciona una clasificación y definición de los títulos de crédito en 3 oraciones o menos:
1) Los títulos de crédito son documentos que cumplen con los requisitos de incorporación, legitimación, literalidad, autonomía y otras características legales.
2) Pueden clasificarse según su emisión, derecho incorporado, naturaleza del emisor, forma de identificación del beneficiario e interés comercial.
3) Se definen como documentos necesarios para ejercer el derecho
Este documento presenta una guía de examen sobre títulos valores. Define un título valor como un documento que representa bienes muebles y otorga derechos literal y autónomamente. Explica que los títulos valores son autónomos de la relación que los originó. Detalla los requisitos de validez de un título valor como fecha, lugar de emisión, prestaciones, firma del emisor. Finalmente, resume las clasificaciones de títulos valores por forma de emisión, naturaleza del derecho y forma de legitimar al poseed
Este documento define los títulos valores como documentos que legitiman derechos como créditos, participación en sociedades u obligaciones. Describe diferentes tipos de títulos valores como títulos jurídico-obligacionales, jurídico-personales, jurídico-reales, nominativos y cómo estos incorporan diferentes derechos y están sujetos a regímenes de transmisión distintos. Además, explica que la literalidad es un atributo importante de los títulos valores ya que el contenido y alcance del derecho se determina por lo expresado
Este documento presenta tres secciones:
1) Explica la oración según el Catecismo de la Iglesia Católica, incluyendo definiciones, la revelación de la oración en el Antiguo y Nuevo Testamento, y las enseñanzas de Jesús.
2) Describe el "Código Oracional" de Fernando Rielo para misioneros, incluyendo que la oración sea íntima, sencilla, contrita, afectuosa, atenta, continua e intercesora.
3) Examina los fundamentos de la esp
Asesoria trabajo fin de titulacion (Lineas y proyectos de investigación )Videoconferencias UTPL
El documento presenta líneas y proyectos de investigación para guiar el trabajo de fin de titulación de estudiantes de ingeniería en administración en banca y finanzas. Incluye cuatro líneas de investigación y dos proyectos específicos sobre estructura de capital de pymes y competitividad del microcrédito para pymes. Además, provee preguntas orientadoras para que los estudiantes desarrollen sus propios temas de investigación alineados a los proyectos presentados.
Este documento describe diferentes tipos de géneros gráficos como la fotografía. Explica que las fotografías son una representación icónica de la realidad que aportan credibilidad a las palabras y refrescan la visión social de los hechos. Describe tipos de fotografías como las de identificación que muestran un solo rostro en primer plano y las de interés humano que buscan sensibilizar al lector sobre problemas sociales. También habla sobre las fotos en secuencia que detallan los diferentes aspectos de un hecho desde el principio hasta
El documento describe las características fundamentales del periodismo digital, incluyendo que debe ser periodismo de calidad con información relevante, actualizada y veraz, además de ser fácil de leer y novedoso. Explica que el periodismo digital se caracteriza por el hipertexto, la multimedialidad, la integración de texto, sonido e imágenes, y la interactividad que permite el diálogo entre usuarios. También recomienda algunos blogs y sitios web sobre periodismo.
Este documento habla sobre el periodismo responsable y los editoriales. Explica que los editoriales deben estar fundamentados en la verdad y expresar convicciones personales de una manera ordenada y lógica. También describe las columnas periodísticas como espacios de opinión abierta que interpretan y valoran la realidad desde la perspectiva de su autor. Resalta la importancia de usar un buen estilo periodístico con mesura, objetividad y claridad sobre el autor.
Este documento proporciona una introducción a la entrevista como género periodístico, destacando que requiere proximidad, intercambio y exposición entre el entrevistador y el entrevistado. Explica que una buena entrevista depende de la preparación previa y la selección adecuada del personaje. También menciona diferentes tipos de entrevistas e introduce el reportaje como un género de periodismo de investigación que amplía la vida de una noticia evidenciando las causas de un hecho.
El documento define la noticia como cualquier evento actual o futuro que el periodista considere importante y de interés general para el público. Explica que una noticia debe responder las preguntas básicas de qué, quién, cuándo, dónde, cómo y por qué para proporcionar el contexto clave. Además, una buena noticia debe centrarse en hechos de alto impacto, prominencia, proximidad y rareza para captar la atención del lector.
El documento describe los diferentes tipos de géneros periodísticos según varios autores. Explica que los géneros periodísticos son formas convencionales de captar la realidad y ordenar la información. Se dividen en géneros de información como las noticias, entrevistas y reportajes, y géneros de opinión como editoriales, columnas y artículos. El documento concluye citando una reflexión sobre los desafíos del periodismo en Ecuador debido al control de los medios por parte de la élite política y comercial.
Este documento presenta un resumen de los principales temas de Biología General para el primer bimestre. Incluye información sobre la célula y su organización, la reproducción celular en procariotas y eucariotas, la genética Mendeliana y la teoría de la evolución de Darwin. Los docentes a cargo son Rosa Armijos, José Patiño, Oscar Vivanco y Máximo Moreira.
Este documento presenta una introducción a las ciencias ambientales. Cubre tres unidades: 1) Las ciencias ambientales, 2) Nociones generales sobre el ambiente y las ciencias ambientales, y 3) El ambiente del planeta. Explica conceptos clave como evolución, extinción, ecosistemas, y las interacciones entre el ambiente, la economía y la sociedad. También analiza el origen de la Tierra, la aparición de la vida y la diseminación del ser humano a lo largo del planeta.
Este documento presenta el plan de estudios para la asignatura de Expresión Oral y Escrita en el primer bimestre. La asignatura se divide en cuatro partes principales: ortografía, redacción, expresión oral y lectura. La parte de ortografía cubre temas como la división silábica, acentuación, mayúsculas, números y signos de puntuación. La parte de redacción trata elementos básicos como el párrafo y el estilo. El documento explica cada unidad y tema de forma detallada.
El documento presenta las consideraciones iniciales para el estudio de Matemáticas durante el primer bimestre, incluyendo los temas a revisar (Unidad 1: Fundamentos de álgebra y Unidad 2: Ecuaciones y Desigualdades), los materiales necesarios y la forma de envío de las evaluaciones. Se explican los indicadores de aprendizaje esperados y se detallan los contenidos de cada unidad, con ejemplos de operaciones básicas con polinomios, factorización y resolución de ecuaciones y desigualdades.
Este documento presenta un resumen de los principales temas de la asignatura Contabilidad General I que incluyen la empresa y la contabilidad, el plan de cuentas, las cuentas del estado de situación financiera y del estado de resultados, y los principios básicos de contabilidad como la partida doble y la ecuación contable. También explica conceptos como el activo, pasivo, patrimonio, inventarios, IVA y retenciones.
Este documento presenta una guía didáctica para la asignatura "Realidad Nacional y Ambiental" impartida en la Universidad Técnica Particular de Loja. La guía incluye información sobre los objetivos, contenidos, unidades y anexos del curso. El curso cubre la historia, economía, sociedad, cultura y medio ambiente de Ecuador desde la época de la independencia hasta la actualidad constitución de 2008.
El documento presenta información sobre la evolución de Internet y las nuevas tecnologías como la Web 2.0, redes sociales y blogs. Explica cómo estas herramientas han revolucionado la comunicación permitiendo el diálogo e interacción entre usuarios para generar y compartir conocimiento de forma colaborativa. También analiza el uso y desarrollo de estas plataformas en Ecuador.
Este documento presenta información sobre marketing y protocolo empresarial. Explica cuatro unidades que comprenden fundamentos de marketing, investigación de mercados, estrategias de marketing y marketing global. También describe el proceso de marketing que incluye análisis del mercado, planeación de estrategias, aplicación de planes y control del desempeño en el mercado.
Este documento presenta información sobre la maestría en gerencia y liderazgo educacional impartida en el cuarto semestre. Incluye una reflexión sobre el liderazgo, el objetivo general del módulo de gerencia educativa y resúmenes de dos textos de apoyo que conceptualizan términos y procesos de administración educativa.
Este documento presenta información sobre la toma de decisiones en el contexto educativo. Explica los objetivos de facilitar lineamientos para que los directivos resuelvan problemas en sus centros educativos de manera alineada con sus objetivos. También describe diferentes métodos de toma de decisiones individuales y en grupo, así como un modelo de utilidad multiatributo para evaluar múltiples criterios al tomar decisiones complejas.
Este documento presenta varios ejercicios sobre fonética y fonología española propuestos por la profesora Luisa Cocíos. Los ejercicios incluyen identificar sonidos sonoros y sordos en palabras, separar el núcleo y margen silábico, y transcribir fonológica y fonéticamente palabras. El documento también lista los sonidos sonoros y sordos del alfabeto español y provee referencias bibliográficas sobre fonología.
1. ESCUELA DE CIENCIAS
JURIDICAS
MAESTRIA EN DERECHO CIVIL Y
PROCESAL CIVIL
TEMA:
DE LOS TITULOS VALOR
Dr. Leonardo González C. Mg. Sc.
1
2. ESTUDIO DE LOS TÍTULOS VALOR.
Según Carlos Ramírez Romero, “el título valor
abarca los documentos de diversas y diferentes
características específicas, no todo título valor es un
título de crédito; en cambio todo título de crédito
es un título valor”.
Cuando nos referimos al significado del mismo, voy a
referir lo expresado por Cesar Vivante, título valor
es: “el documento necesario para ejercer el derecho
literal y autónomo expresado en el mismo”.
3. ESTUDIO DE LOS TÍTULOS VALOR.
Un título valor o título de crédito si lo
vínculo a mi personal concepto, puede
ser corporal e incorporal de contenido
esencialmente económico que genera
derechos y obligaciones a los participes
del mismo, con reglas propias del
derecho civil y mercantil y/o otras del
mercado privado, bursátil y extrabursátil
creados por legislación estatal.
4. LOS TITULOS VALOR
Los títulos valores, como todas las figuras
mercantiles la crea el empresario. “No hay una sola
figura que se utilice en el cada vez más amplio
mundo del comercio, que no sea producto del
ingenio del comerciante, desde la más antigua de
estas figuras, el trueque”, de estas formas
primitivas hasta la más contemporánea, que podría
ser el título valor electrónico, todos son producto
del ingenio del comerciante.
PAZ Y MIÑO Mario, CEVALLOS Rene, “Los Títulos
Valor”. 2010 Pág. 39
5. FUNCIÓN ECONÓMICA DE LOS TÍTULOS
VALORES.
En el tráfico mercantil la función que cumplen los
títulos-valores como representativos del derecho en
ellos incorporados es vital para el desarrollo del
mismo. En efecto, al documentarse en ellos una
suma de dinero que puede exigirse inmediatamente,
Como en los cheques, o en un futuro próximo como
en la letra de cambio y cualquier otro título de
contenido crediticio, o una mercancía que puede
exigirse también en un futuro, facilitan al máximo la
circulación del dinero o de la mercadería respectiva
sin necesidad de que aquél o ésta tengan que
circular y transferirse física y materialmente
6. ESCENCIA JURÍDICA DE LOS TÍTULOS VALOR.
Definir el título-valor no es tan importante como
delimitar exactamente sus requisitos esenciales. El
concepto del título-valor, propio del tecnicismo
alemán en el que se denomina Wertpapiere, es el
resultado de una elaboración científica que tuvo en
cuenta las características que la doctrina ha
atribuido a dichos documentos. El profesor CESARE
VIVANTE (italiano), en el año de 1895, en su
monografía sobre los títulos-valores, fue el primero
quizás en darle una definición a este concepto, al
decir: "Es todo documento necesario para ejercer el
derecho literal y autónomo que de él resulta".
7. NATURALEZA JURÍDICA DE LOS TÍTULOS – VALORES
En el Ecuador no existe una Ley sobre la
materia, mas bien se entiende y están
definidas en diversas leyes el «concepto de
titulo valor». Así, el Código de Comercio Art.
67 No 1, se los llama «valores de comercio» y
en el No. 3 y 5 «efectos comerciales» en el Art.
566 habla de «documentos de crédito» en el
Art. 570 se los llama «efectos»; y «efectos de
comercio» y de allí en adelante leyes efímeras
tratan de conceptualizar estos títulos.
8. NATURALEZA JURÍDICA DE LOS TÍTULOS –
VALORES
Respetando la evolución mercantil actual pienso que el
concepto mas apropiado en nuestra legislación para
conceptualizar un titulo valor, esta dado en la Ley de
Mercado de Valores que nos explica la función
económica del titulo, su negociabilidad en los sectores
privado, bursátil y extrabursátil, y nos explica nuevos e
innovadores títulos y procesos de crédito que han
evolucionado en la modernidad.
Ley de Mercado de Valores. Ley 107, Registro
Oficial 367 de 23 de Julio de 1998.
9. NATURALEZA JURÍDICA DE LOS TÍTULOS – VALORES
“… Se considera valor al derecho o conjunto de
derechos de contenido esencialmente económico,
negociables en el mercado de valores,
incluyendo, entre otros, acciones, obligaciones,
bonos, cédulas, cuotas de fondos de inversión
colectivos, contratos de negociación a futuro o a
término, permutas financieras, opciones de
compra o venta, valores de contenido crediticio
de participación y mixto que provengan de
procesos de titularización y otros que determine el
Consejo Nacional de Valores“.
10. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS
VALOR.
Son necesarios. En el sentido que para
ejercer el derecho consignado en el
título, el legítimo tenedor debe
disponer del mismo. En el ejercicio
profesional se debe tener muy
presente que si desea reclamar el pago
de un título valor, debe disponer del
mismo, en forma legítima. No puede
reclamar el pago de una letra de
cambio, por ejemplo, sino dispone del
título. Y, lo dispone legítimamente.
11. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS
VALOR.
Son legítimos. Se restaría velocidad,
seguridad y confianza si al título valor
tendríamos que someterle a procedimientos
adicionales, para que adquiera total
legitimidad. Por eso, la solución doctrinaria
y legal es mucho más práctica: se presume
legítimo al título. De entrada. (Esto, sin
perjuicio de ciertos requisitos que impone la
Ley, para justificar la legítima tenencia),
como es el reconocimiento de firmas del
endosante.
12. CARACTERÍSTICAS DE LOS
TÍTULOS VALOR.
Son Literales. Si el título incorpora
(representa, simboliza), el derecho y la
obligación cartular, lo menos que hay
que exigirle al título es que esté
expresada literalmente la obligación, no
tendría aceptación si la obligación no es
precisa. Volvamos al ejemplo de la letra,
la misma que no tendría aceptación
alguna, si el valor que incorpora no está
muy claro.
13. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS
VALOR.
Son Solemnes. Los títulos valor no
pueden ser emitidos, o circular de una
manera anárquica y caprichosa, no
pueden crearse como quiera, y circular
como quiera. Deben sujetarse a
requisitos legales, o, por lo menos, a
formalismos aplicados por costumbre
mercantil
14. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS
VALOR.
Son Patrimoniales. Las obligaciones y
derechos contenidos en los títulos valor
afectan al patrimonio económico de las
personas naturales o jurídicas que
intervienen en todo el proceso de cada
título. Es lógico, porque estos documentos
movilizan el ahorro, el crédito, o
determinados bienes. No movilizan valores
subjetivos, como la honra, la dignidad, etc.
15. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALOR.
Son Autónomos. La característica que más
gráfica a los títulos valor es la autonomía,
entendiéndole como la facultad del
documento para circular. La autonomía
distingue a los títulos valor de los demás
títulos o documentos en el Derecho, pues
mientras los títulos valor pueden circular,
ser negociados, los demás no pueden
circular. No se negocia el objeto de la
escritura, transfiriendo la misma.
16. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALOR.
La Incorporación: Consiste en una especie
de ficción legal que pretende explicar la
unión entre el documento y la obligación que
al mismo se "incorpora". Una yuxtaposición,
un recíproco ensamblaje entre papel y
obligación.
Cuando el tiempo en el cual nace la
obligación cartular, es el mismo tiempo en
que nace el papel.
17. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALOR.
LA CIRCULACIÓN. El principio de circulación
responde a la función asignada a los títulos-
valores. Por ello WINÍZKY; dice que "la
esencia económico-jurídica de estos papeles,
de estos documentos cartulares que
constituyen obligaciones de dar sumas de
dinero, de representar bienes o de constituir
a su titular en participe de complejos
jurídico-económicos está en la
negociabilidad de los mismos, en la
seguridad que da a quién los adquiere.
18. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALOR.
LA LEGALIDAD O TIPICIDAD CAMBIARIA
Los títulos-valores si pueden tener su fuente en
la costumbre, pues el derecho mercantil ha
sido en su esencia consuetudinario, y la
costumbre es la fuente por excelencia del
derecho; lo que no impide que el legislador
precisamente tome de la costumbre los
elementos necesarios para estructurar un
documento como título-valor y plasmarlo en la
norma
19. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALOR.
LA INDIVISIBILIDAD. Este es un requisito doctrinal
que le sirve de complemento a la incorporación. Se
puede definir como aquel requisito o característica
en el que el derecho consignado en el título
solamente puede ser ejercido por su titular, sea
único o plúrimo; en este último caso las decisiones
que se tomen acerca del destino del título-valor
deben tomarse en conjunto y no valdrán aquellas
que tomen los sujetos componentes del titular,
individualmente considerados. Es decir, que la
indivisibilidad se predica solamente de la
disponibilidad que tienen los titulares del derecho
incorporado.
20. CLASIFICACIÓN TÍTULOS VALOR.
Según: Santiago Andrade Ubidia.
•De acuerdo con la tipicidad.
•Según la función económica.
•De acuerdo con la persona del emisor.
•De acuerdo con la modalidad de su creación.
•De acuerdo con la sustantividad.
•De acuerdo con la naturaleza de la prestación.
•De acuerdo con el contenido de derecho.
•Según la Abstracción o causalidad del título.
•Según la forma de designar al titular.
21. CLASIFICACIÓN TÍTULOS VALOR.
* FORMALES Y NO FORMALES
COMPLETOS E INCOMPLETOS
TÍTULOS DE DURACIÓN Y TÍTULOS A BREVE O INMEDIATO
VENCIMIENTO
TÍTULOS EN SERIE O DE MASA Y SINGULARES O INDIVIDUALES
TÍTULOS PERSONALES O CORPORATIVOS
TÍTULOS REPRESENTATIVOS DE MERCADERÍA O TÍTULOS DE
TRADICIÓN
TÍTULOS VALORES NOMINATIVOS A LA ORDEN Y AL PORTADOR
TÍTULOS QUE MOVILIZAN EL CRÉDITO
TÍTULOS QUE MOVILIZAN EL AHORRO
TÍTULOS QUE MOVILIZAN BIENES
22. DE LA LETRA DE CAMBIO
La Letra de cambio es un título de crédito que ha
alcanzado un gran desarrollo y uso en el tráfico
mercantil, dentro del cual surge el cambiado en el
que cabe incluir la letra, el cheque y el pagaré. “Los
títulos cambiarios originan un tráfico propio en
virtud de los actos cambiarios desarrollados así
como el que nace al ser la letra, cheque o pagaré
objetos del tráfico mercantil”.
Chiriboga Valdivieso Bolívar. Títulos valor II Derecho
Cambiario.
23. CONTENIDO DE LA LETRA DE
CAMBIO
La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del
documento y expresada en el idioma empleado para la redacción
del mismo. Las letras de cambio que no llevaren la referida
denominación, serán, sin embargo, válidas, si contuvieren la
indicación expresa de ser a la orden;
La orden incondicional de pagar una cantidad determinada;
El nombre de la persona que debe pagar (librado o girado);
La indicación del vencimiento;
La del lugar donde debe efectuarse el pago;
El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el
pago;
La indicación de la fecha y del lugar en que se gira la letra; y,
La firma de la persona que la emita (librador).
24. DEL ENDOSO DE LA LETRA DE CAMBIO
El endoso es un "Modo de transmisión de los títulos a
la orden". Mención puesta al dorso de un título de
crédito a la orden (especialmente un papel de
comercio), mediante la cual el portador del título o
papel llamado endosante - ordena a la persona que
debe pagarlo (librado o suscritor) lo haga a un
tercero, llamado endosatario (o a su orden).
El endoso trasmite todos los derechos que resultan
de la letra de cambio.
Toda letra de cambio, aún cuando no haya sido
girada expresamente a la orden, es transmisible por
la vía de endoso.
25. DEL AVAL O GARANTÍA DE UNA LETRA
DE CAMBIO
Aval es el compromiso de una persona de
pagar, en caso de incumplimiento del deudor
principal, de la deuda por este contraída. Es
una obligación accesoria en virtud de la cual
una o más personas responden de una
obligación ajena, comprometiéndose para
con el acreedor a cumplirla en todo o parte,
si el deudor principal no la cumple.
26. DEL VENCIMIENTO DE UNA LETRA DE CAMBIO
El artículo 441 del Código de Comercio señala: "Una letra
de cambio podrá ser girada:
A día fijo; (vencen en el plazo establecido en la letra)
A cierto plazo de fecha; (desde su vencimiento se da un
tiempo contado a partir de la fecha de la letra).
A la vista; (será pagadera a su presentación - aceptación)
A cierto plazo de la vista. (El vencimiento de una letra de
cambio a cierto plazo de vista se determinará, sea por la
fecha de la aceptación, o por la del protesto.
A falta de protesto, una aceptación sin fecha se
considerará, por lo que toca al aceptante, como efectuada
el último día del plazo legal o convencional fijado para la
presentación).
27. DEL VENCIMIENTO DE UNA LETRA DE CAMBIO
Las letras de cambio podrán prever vencimientos sucesivos.
Aquellas letras que contengan vencimientos diferentes
serán nulas.
El plazo de las letras de cambio con vencimientos
sucesivos, concluirá al cumplimiento del que en cada uno
de ellos se señale, salvo que exista convención en contrario
sobre la anticipación de los vencimientos. De no existir tal
convención y de producirse la mora de uno o más de los
vencimientos, se ejecutará exclusivamente aquellas que
estuvieren en mora.
28. DE LOS RECURSOS POR FALTA DE ACEPTACIÓN Y
POR FALTA DE PAGO
Art. 451 C.C.- El portador podrá ejercer sus acciones contra
los endosantes, el girador y demás obligados:
En la fecha del vencimiento si el pago no se hubiere
efectuado.
Aun antes del vencimiento:
1.- Si se hubiere rehusado la aceptación;
2.- En los casos de quiebra del girado, haya aceptado o no;
de suspensión de pagos del mismo, aún cuando no hubiere
sido establecida por una sentencia; o de embargo
infructuoso de sus bienes; y,
3.- En los casos de quiebra del girador de una letra no
sujeta al requisito de aceptación.
29. DE LA INTERVENCIÓN
El girador o un endosante podrá indicar una persona que en
caso necesario acepte o pague por el.
Bajo las condiciones que más adelante se especifican, una
persona que intervenga por cuenta u honor de cualquiera
de los firmantes, podrá aceptar o pagar la letra de cambio.
El interventor podrá ser un tercero, aunque sea el mismo
girado, o una persona ya obligada en virtud de la letra de
cambio, salvo el aceptante.
El interventor deberá, sin tardanza, dar aviso de su
intervención a la persona por la cual hubiere intervenido.
30. ACEPTACION POR INTERVENCIÓN
La aceptación por intervención podrá verificarse en todos
los casos en que el portador de una letra de cambio sujeta
a aceptación pueda ejercer algún recurso antes del
vencimiento de la misma.
El portador podrá rehusar la aceptación por intervención
aún cuando la ofrezca una persona designada para aceptar
o pagar en caso necesario.
Si admitiere la intervención, perderá contra sus garantes
los recursos que le pertenecieren antes del vencimiento.
La aceptación por intervención se anotará en la letra de
cambio, y la firmará el interventor. En ella se indicará por
cuenta de quien se hace. A falta de esta indicación, la
aceptación se considerará otorgada por cuenta del girador.
31. DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA LETRA DE CAMBIO
Manifestamos que el Código Civil define a es un modo de adquirir
(adquisitiva) las cosas ajenas, o de extinguir (extintiva) las acciones y
derechos ajenos, por haberse poseído las cosas, o no haberse ejercido
dichas acciones y derechos, durante cierto tiempo, y concurriendo los
demás requisitos legales.
Una acción o derecho se dice que prescribe cuando se extingue por la
prescripción.
El que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla. El juez no
puede declararla de oficio.
Todas las acciones que de la letra de cambio resultan contra el
aceptante, prescriben en tres años contados desde la fecha del
vencimiento.
Las acciones del portador contra los endosantes y contra el girador,
prescriben en un año, a partir de la fecha del protesto levantado en
tiempo útil o de la fecha del vencimiento en caso de cláusula de
devolución sin costas.
32. DEL PAGARÉ A LA ORDEN
El pagaré a la orden es un título de crédito, creado
por ley y debidamente reglamentado, que contiene
una promesa incondicional de quien lo suscribe, de
pagar a otra persona y a su orden, una suma
determinada.
El suscriptor de un pagaré se obliga del mismo modo
que el aceptante de una letra de cambio.
Chiriboga Valdivieso Bolívar. Títulos Valor II Derecho
Cambiario.
33. CONTENIDO DEL PAGARÉ A LA ORDEN
1.- La denominación del documento inserta en el texto mismo y
expresada en el idioma empleado en la redacción del documento.
Los pagarés que no llevaren la referida denominación, serán, sin
embargo, válidos, si contuvieren la indicación expresa de ser a la
orden;
2.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada;
3.- La indicación del vencimiento;
4.- La del lugar donde debe efectuarse el pago;
5.- El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe
efectuarse el pago;
6.- La indicación de la fecha y el lugar donde se suscribe el
PAGARÉ; y,
7.- La firma del que emite el documento (suscriptor)".
34. DIFERENCIAS ENTRE EL PAGARÉ A LA ORDEN Y LA
LETRA DE CAMBIO
1. En la letra de cambio intervienen tres partes, el girador o el
crea la letra; el girado o persona a quien se da la orden de
pago: y, el beneficiario o sea la persona a quien debe
realizarse pago. En el pagaré a la orden intervienen solo dos
partes el suscriptor y el beneficiario.
2.- La letra de cambio contiene una orden de pago y el
pagaré a la orden una promesa de quien lo suscribe de pagar.
3.- En el pagaré no existe la aceptación, que hace del girado
el obligado principal como sucede en la letra de cambio, es el
suscriptor el obligado principal o quien debe pagar lo
establecido.
4.- En el pagaré a la orden no se da la posibilidad de la
pluralidad de ejemplares.
35. DEL CHEQUE
Un cheque (anglicismo de cheque o check) es un
documento contable de valor en el que la persona que
es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por
ejemplo, el titular), extiende a otra persona una
autorización para retirar una determinada cantidad de
dinero de su cuenta la cual se expresa en el
documento, prescindiendo de la presencia del titular
de la cuenta bancaria.
El cheque es un título valor a la orden o al portador y
abstracto en virtud del cual una persona, llamada
librador, ordena incondicionalmente a una institución
de crédito el pago a la vista de una suma de dinero
determinada a favor de una tercera persona llamada
35
beneficiario.
36. REQUISITOS DEL CHEQUE
De acuerdo a la Ley General de Cheques. El
cheque deberá contener:
1.- La denominación de cheque, inserta en el texto
mismo del documento y expresada en el idioma
empleado para su redacción;
2.- El mandato puro y simple de pagar una suma
determinada de dinero;
3.- El nombre de quien debe pagar o girado;
4.- La indicación del lugar del pago;
5.- La indicación de la fecha y del lugar de la
emisión del cheque; y,
6.- La firma de quien expide el cheque o girador.
37. ENDOSO DEL CHEQUE.
Se entenderá como "endoso" a la transmisión de un cheque a la orden, mediante una fórmula
escrita en el reverso del documento.
El Endoso deberá ser puro y simple. Se reputará no escrita toda condición a la que se
subordine el mismo.
El endoso parcial es nulo.
Es igualmente nulo el endoso de personas jurídicas o del girado. Por lo tanto solo podrán
endosar cheques personas naturales, por una sola vez, siempre que el cheque haya sido girado
por una suma de dinero de hasta US$ quinientos 00/100 dólares de los Estados Unidos de
América. Los cheques que se emitan por sumas superiores al monto antes determinado, no
podrán ser endosados y solo deberán ser pagados a su primer beneficiario
La firma que estampe el beneficiario en el cheque para efectos de presentación y cobro, al
girado, no se considerará como un endoso propiamente dicho, por lo que no estará
comprendido dentro de la limitación a la circulación estipulada en el inciso anterior.
Tampoco estarán comprendidos dentro de la limitación a la circulación referida
anteriormente, la firma que estampe el beneficiario del cheque para efectos de constituir un
simple mandato.
37
38. LES AGRADEZCO SU ATENCIÓN.
Dr. Leonardo González C. Mg. Sc.
DOCENTE INVITADO.
leonardog@supercias.gob.ec
lsgonzalez2@utpl.edu.ec
072-564110 – 589178 - 570275