1. Universidad Fermín Toro
Vice Rectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
Bachiller:
Jaimar Peña C. I.: 21.129.152
Materia: Derecho Canónico
Año: 5to
Barquisimeto, 02 de febrero de 2015
2. DERECHO CANÓNICO
F
U
E
N
T
E
S
(2)
Divino Humano
Derecho Positivo Divino Derecho Natural
El Derecho Divino
es Inmutable.
Fundado en
La creación.
El Derecho
puramente
eclesiástico es
mutable.
Puede ser Legal o Consuetudinario
1. Predicación
Los hechos son normativos para el contenido y el texto de la
predicación.
2. Profesión de Fe
La predicación de la salvación
dada al hombre en Cristo debe
apoyarse, con el contenido y la
forma, sobre el mensaje de los
testigos de lo acontecido,
concretamente sobre el mensaje
de los apóstoles.
3. La Tradición
La más antigua cristiandad se siente escogida y salvada por la acción histórica y única de Dios
en Jesucristo.
Mantener la fe.
Pablo exhorta a
los corintios a
guardar las
tradiciones que
él les
transmitiera.
4. El Dogma
Aquel a quien se le ha confiado la revelación divina o la tradición
doctrinal de la Iglesia (1 Tim 6, 20), tiene que conservarla.
8. La Evolución Posterior
El derecho ha evolucionado fuertemente y en muchos puntos; como
consecuencia de la actividad legisladora de los papas y de las
congregaciones romanas, se ha ido más allá del CIC.
7. El Codex Iuris Canonici
Es la fuente principal del Derecho
Canónico. El papa Pío x dio el impulso para
la codificación, el 27 de mayo de 1917 fue
promulgado el código y el 19 de mayo de
1918 entró en vigor.
6. El Corpus Iuris Canonici
La fuente más importante del derecho vigente hasta
pentecostés de 1918. El Corpus iuris canonici no es un
código, sino una reunión de colecciones jurídicas y códigos.
5. El Culto
Jesús encargó a los apóstoles la administración del bautismo, la
celebración de la eucaristía y el perdón de los pecados (sacramento
de la penitencia), y les dio poderes para ello. Sólo los encargados y
autorizados pueden ejecutar válida y lícitamente esos actos de culto.
Funciones
Fuerza Obligatoria
Peculiaridad
El d.c. es un derecho
espiritual. Sus disposiciones
fundamentales proceden de
Cristo mismo.
Ordenadora
Protectora
Poder de mandar y ordenar
jurídicamente
Límites
El d.c. es indispensable para
la realización de la salvación
eterna. Es condición
necesaria para la
comunicación de la
salvación; pero no es él
mismo, como tal, el hecho y
la realidad de la salvación.