Documento
suscrito por el contador público
conforme a las normas de su profesión, relativo a
la naturaleza, alcance y resultados del examen
realizado sobre los estados financieros de la
entidad de que se trate
5. Programa de
Contabilidad
Docente:Ms. Judit Giovanny Inga Flores
Pregrado
Generalidades del Dictamen
➢ Definición
Documento suscrito por el contador público
conforme a las normas de su profesión, relativo a
la naturaleza, alcance y resultados del examen
realizado sobre los estados financieros de la
entidad de que se trate.
6. Programa de
Contabilidad
Pregrado
Dictamen de Auditoría
Docente:Ms. Judit Giovanny Inga Flores
➢ Estructura
1- Párrafo Introductorio
▪ Los EEFF que fueron auditados
▪ La responsabilidad de la gerencias por los EEFF
▪ La responsabilidad del Auditor por expresar una opinión sobre esos
EEFF
7. 2- Párrafo de alcance
- Se indica que la auditoria fue realizada de acuerdo a las normas de la
profesión.
- Se aclara que la auditoria incluye revisiones sobre bases selectivas de
evidencia.
- Evaluación del C.I.; Principios contables; estimaciones significativas y la
presentación en su conjunto de los estados financieros.
3- Párrafo de Opinión
- El auditor expresa su opinión profesional.
- No expresa seguridad absoluta, sino razonable de que los EEFF se
presentan de acuerdo a las normas que rigen la profesión
8. Aclaraciones Especiales
• Cuando, según el juicio del auditor que emite el informe, fuera
necesario formular aclaraciones especiales que permitan interpretar en
forma más adecuada la información, dichas aclaraciones debe
exponerlas en un apartado específico previo a aquel en que incluya el
dictamen.
• La exposición en notas a los estados contables de las aclaraciones
mencionadas, cuando ello sea pertinente, excusa al auditor de incluirlas
en su informe, pero debe indicar tal situación y remitirse a la nota
respectiva.
• El auditor no debe incluir en este apartado manifestaciones que en
realidad representaren salvedades o excepciones que no reciban el
tratamiento correspondiente en el párrafo del dictamen o de la opinión.
14. Dictamen Calificado
* Existen circunstancias que impiden al auditor
emitir una opinión sin salvedad (no calificada)
y que lo obliga a calificar el dictamen.
* El dictamen puede ser favorable con o sin
Salvedades.
15. Dictamen favorable con salvedades
El dictamen puede ser acotado con limitaciones denominadas
“salvedades” o “excepciones”.
Las salvedades se emplean cuando se trata de montos o
aspectos que, por su significación no justifican un dictamen
adverso o con abstención de opinión.
16. Tipos de Salvedades
Determinadas:
Discrepancias respecto a la aplicación de
normas contables profesionales (valuación o
exposición)
Indeterminadas:
Se originan por la carencia de elementos de
juicio válidos y suficientes para poder emitir una
opinión respecto a una parte de la información
revelada en los EEFF.
17. Abstención de Opinión
Cuando el auditor no ha obtenido elementos de juicio
válidos y suficientes para poder expresar una opinión
sobre los estados contables en su conjuntos.
Puede originarse por:
1- Limitaciones importantes al alcance
2- Sujeción de una parte o toda la información
contenida en los estados contables cuyo impacto no
podría evaluarse y si significancia no admita una
opinión con salvedad indeterminada.
18. La abstención de emitir una opinión puede ser aplicada a toda la
información examinada o a una parte de ella
El auditor debe indicar en su informe, en los párrafos pertinentes las
razones que justifican la abstención de opinión.
19. Dictamen Adverso
Se emite un dictamen adverso cuando se toma conocimiento de uno o
mas problemas que implican salvedades de tal magnitud e importancia
que no justifican la emisión de una opinión con salvedades.
En este caso el auditor debe expresar que los EEFF no se presentan de
manera razonable de acuerdo a los PCGA.