Este documento trata sobre el concepto de persona desde una perspectiva jurídica. Explica que una persona es un ser humano capaz de tener derechos y obligaciones. Históricamente, los esclavos no eran considerados personas. Luego, la Revolución Francesa proclamó la abolición de la esclavitud y el principio de igualdad. El documento también discute la existencia natural y legal de una persona, así como atributos como el nombre, nacionalidad, estado civil y domicilio. Finalmente, distingue entre personas naturales y jurídicas.
2. CONCEPTO DE
PERSONA.
CONCEPTO DE
PERSONA.
persona a todo individuo
de la especie humana.
persona a todo individuo
de la especie humana.
persona es aquel ser
humano capaz de tener o
adquirir derechos y de
contraer obligaciones.
persona es aquel ser
humano capaz de tener o
adquirir derechos y de
contraer obligaciones.
Desde un punto de
vista común o vulgar:
Desde el punto de
vista jurídico
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
3. Estos seres eran los esclavos
que estaban en la condición
de bestias o animales que
pertenecían a sus amos: su
vida, su libertad y su trabajo,
derechos absolutos.
Estos seres eran los esclavos
que estaban en la condición
de bestias o animales que
pertenecían a sus amos: su
vida, su libertad y su trabajo,
derechos absolutos.
había seres humanos que
no tenían ni podían tener
Derechos.
Tampoco eran capaces de
contraer Obligaciones.
En la ANTIGÜEDAD GRECOROMANA
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
4. Proclamó la abolición de la
esclavitud con la derrota
de la Monarquía
REVOLUCIÓN FRANCESA
No existirá diferencia de
edad, de sexo, de estirpe
o linaje, de nacionalidad
o de raza, de condición
económica y social
5. ETIMOLOGÍA
El término persona deriva de
la voz latina "per sonare"
quiere decir," resonar a
través de………..".
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
6. los actor romanos en la antigüedad, utilizaban una
mascara que tenían laminillas muy delgadas en la
parte de la boca que amplificaban su voz en todo el
teatro, con el tiempo los espectadores llamaron a esos
actores PERSONARE, mas tarde PERSONA
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
7. ¿Que es personalidad?
Es la diferencia individual de cada persona, se
distingue de las demás, con peculiaridades propias.
El carácter : conjunto de cualidades y defectos que
constituyen la esencia de una persona es su manera de
actuar durante su existencia hasta la muerte.
El carácter : conjunto de cualidades y defectos que
constituyen la esencia de una persona es su manera de
actuar durante su existencia hasta la muerte.
Jurídico.
Es la aptitud o capacidad que tiene una persona para
intervenir en un negocio o acto cualquiera o para
presentarse en juicio.
Como el
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
8. Es aquella persona que tiene una vida y un ser
real y verdadero que le permite actuar
material y espiritualmente.
¿QUE ES EXISTENCIA DE LA PERSONA?
Existencia Legal.Existencia Legal.
SE DISTINGUEN
DOS CLASES:
Existencia Na
tural
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
9. prosigue con su desarrollo
material hasta su muerte o
fallecimiento.
prosigue con su desarrollo
material hasta su muerte o
fallecimiento.
EXISTENCIA
NATURAL
Comienza con la
concepción del ser vivo
en el vientre materno
continúa con el
alumbramiento
Prof. VALENTIN CONDORI
10. adquiriendo desde ese momento
derechos y capacidad para
transmitirlos.
EXISTENCIA
LEGAL
EXISTENCIA
LEGAL
Se adquiere con el nacimiento, al
separarse completamente del
vientre materno.
con figura humana en sus partes
principales.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
11. Es el comienzo de la existencia legal de una persona,
cuando se ha separado completamente del vientre
materno y adquiere su propia vida y su propia
actuación distintas a la madre.
ELNACIMIENTOELNACIMIENTO
El nacimiento puede ser natural
o
Por intervención quirúrgica
El nacimiento puede ser natural
o
Por intervención quirúrgica
12. No se considera nacida legalmente, a la
criatura que haya muerto en el vientre
materno o antes del corte del cordón umbilical
El niño recién nacido debe sobrevivir a la
separación completa del vientre materno
13. Desde el punto de
vista jurídico
diferencia entre na
cimiento y parto
El primero es la
separación completa del
niño del vientre de la
madre manteniéndose vivo
posteriormente.
el parto es la salida del
feto del vientre materno
afuera, sin importar si el
niño sale vivo o muerto.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
14. Legalmente llega hasta los diez meses, y alcanza
a los ciento ochenta días como mínimo y 200
días para nacer
15.
Es un fenómeno natural que
significa la conclusión o cesación
de todos los fenómenos orgánicos
y espirituales que constituyen la
vida.
Es un fenómeno natural que
significa la conclusión o cesación
de todos los fenómenos orgánicos
y espirituales que constituyen la
vida.
LA MUERTE.
16. Desde el punto de
vista legal, se distingue
la:
Desde el punto de
vista legal, se distingue
la:
Muerte
Presunta
Muerte Real
Muerte Civil
17. Es aquélla que ha sido
comprobada legalmente.
MUERTE
REAL
certificación del médico, de
que la vida de una persona ha
cesado, y procede la
respectiva inscripción del
fallecimiento en el Registro
Civil. Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
18. LA MUERTE PRESUNTA.
Es aquella que, habiendo desaparecido
una persona sin dar señales de su
existencia la declara legalmente el juez,
mediante un procedimiento especial.
Si una persona ha desaparecido de su
domicilio o del lugar de su residencia, sin
que se tenga ninguna noticia de él durante
cinco años. Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
19. MUERTE
CIVIL
Consiste en la privación legal
de los derechos civiles.
El muerto civilmente no podía
adquirir bienes de ninguna clase
salvo los alimentos, ni recibir
herencias o donaciones.
Abolida actualmente
en nuestro pais.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
20. ATRIBUTOS DE LA PERSONA.
NOMBRE
NACIONALIDAD
ESTADO CIVIL
DOMICILIO.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
21. NOM
BRE
NOM
BRE Es lograr la identificación e
individualismo de una persona.
Es como una señal.
Preserva a la persona de toda
confusión y de toda usurpación legal.
En la actualidad el nombre
comprende el nombre de pila y los
apellidos paterno y materno
Sirve para distinguir a las
personas unas de otras.
Sirve para distinguir a las
personas unas de otras.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
22. NACIONALIDAD
La adquirida o naturalización, elige
voluntariamente una persona.
Se adquiere cumpliendo los requisitos
que la ley señala.
La adquirida o naturalización, elige
voluntariamente una persona.
Se adquiere cumpliendo los requisitos
que la ley señala.
Existe dos clases
de nacionalidad
Se define como el vínculo
jurídico que liga a una
persona con la nación
De origen, lugar
del nacimiento
De origen, lugar
del nacimiento
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
23. ESTADO
CIVIL
ESTADO
CIVIL
Es el lugar que ocupa una
persona en la sociedad con
referencia a sus relaciones
de familia con derechos y
obligaciones
Es el lugar que ocupa una
persona en la sociedad con
referencia a sus relaciones
de familia con derechos y
obligaciones
Como: Los actos del estado
civil, el Nacimiento, la
Filiación,el Matrimonio, el
Salterio, la Viudez, el
Divorcio y la Muerte.
Como: Los actos del estado
civil, el Nacimiento, la
Filiación,el Matrimonio, el
Salterio, la Viudez, el
Divorcio y la Muerte.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
24. DOMICILIO. Lugar donde una
persona
tiene su morada.
JURÍDICO.
Es el lugar donde una
persona está establecida y
ejerce sus derechos y donde
cumple sus obligaciones.
El domicilio es diferente a
residencia, es el lugar donde
accidentalmente se en
cuentra una persona,
ejemplo, Alojamiento.Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
25. PATRIMONIO
Es la aptitud que tiene una persona para
adquirir Derechos en la obtención de:
Bienes Muebles e Inmuebles
para su existencia (goce y disfrute).
Es el derecho al patrimonio de una persona.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO
28. PERSONA
S
JURÍDICA
S
PERSONA
S
JURÍDICA
S Esta reconocido por la ley,
como persona de Derechos
y con Obligaciones.
Es una organización de
dos o más personas que
persiguen un fin común.
Es una organización de
dos o más personas que
persiguen un fin común.
Prof. VALENTIN CONDORI
BARCO