El documento define el hecho imponible como el presupuesto establecido por la ley que origina la obligación tributaria. Explica que el hecho imponible es el acto económico afecto al tributo cuya realización determina la obligación de pagar impuestos. Además, señala que la obligación tributaria nace cuando se realiza el hecho previsto en la ley como generador de dicha obligación, y que el hecho imponible puede describir actos ajenos al gasto estatal, actividades relacionadas al obligado, o beneficios