El documento define el hecho imponible como el presupuesto establecido por la ley que origina la obligación tributaria. Explica que el hecho imponible tiene un aspecto subjetivo y objetivo. El subjetivo se refiere a la persona sujeta al gravamen, mientras que el objetivo incluye los aspectos material, espacial y temporal del hecho. También establece que el hecho imponible es un hecho jurídico aunque en sustancia sea económico, y puede consistir en un acto, actividad o conjunto de ellos previstos por la le