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1) Sistema Nacional de Pensiones.
2) Sistema Privado De Pensiones.
Sistema Nacional De Pensiones
(SNP)
El SNP es un sistema de reparto, el cual tiene como
característica principal el otorgamiento de prestaciones
fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente
para que la aportación colectiva de los trabajadores,
financie el total de las pensiones. En la actualidad, este
sistema es administrado por la Oficina de Normalización
Previsional (ONP).
Características
 Es un sistema común de reparto a cargo del estado con un
fondo común de carácter solidario (D LEG N° 817: FCR) e
intangible
 Es un régimen abierto
 Se financia con una tasa de aporte 13% (trabajador).
 Otorga prestaciones económicas a sus afiliados
 El estado fija un monto de pensión mínima (415) y pensión
máxima (857.36).
Beneficios del SNP
Pensión de Jubilación Régimen general:
Están comprendidos en el régimen general de jubilación:
a)Los asegurados inscritos a partir de la fecha de vigencia del
Decreto Ley 19990;
b)Los asegurados obligatorios nacidos a partir del primero de
Julio de 1931 si son hombres, o a partir del primero de Julio
de 1936 si son mujeres;
PENSIÓN DE INVALIDEZ
Se considera invalido al asegurado que:
se encuentra en incapacidad física o mental prolongada o
presumida permanente, que le impide ganar más de la
tercera parte de la remuneración o ingreso asegurable que
percibiría otro trabajador de la misma categoría, en un
trabajo igual o similar en la misma región, y que habiendo
gozado de subsidio de enfermedad durante el tiempo
máximo establecido por la Ley continúa incapacitado para
el trabajo.
Pensión a otorgar: 50% de la remuneración de referencia.
Cuando el trabajador cuente con más de tres años de
aportaciones, se considera un incremento de 1% por cada
año completo que exceda de tres años.
PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES
Se otorgará pensión de sobre vivientes: Al fallecimiento de
un asegurado con derecho a pensión de jubilación o que de
haberse invalidado hubiere tenido derecho a pensión de
invalidez; Al fallecimiento de un asegurado a consecuencia
de accidente común estando en periodo de aportación; Al
fallecimiento de un asegurado a consecuencia de accidente
de trabajo o enfermedad profesional si los riesgos no se
encuentran cubiertos por el Decreto Ley Nº 18846.
pensión de jubilación
Datos generales:
Régimen general D.L N° 19990
Edad del cese: 60 años
Aportes: 26 años
Ingresos del 01/04/91 al 31/05/92 s/. 6,000.00
Remuneración de referencia s/. 500.00
Calculo de pensión:
50% (primeros 15 años de aportación) s/. 250.00
2% (por cada año adicional) * 11 = 22% s/. 110.00
Descuento artículo 44° s/. 00.00
Incremento por cónyuge (2%) s/. 10.00
Incremento por hijos s/. 00.00
Total pensión al cese s/. 370.00
SISTEMA PRIVADO DE
PENSIONES
CONCEPTO:
(AFP) Las AFP son empresas que tienen como único fin la
administración de Fondos de Pensiones bajo la modalidad de
Cuentas Individuales y otorgan a sus afiliados las prestaciones
de Jubilación, Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio.
Las AFP operan dentro del SPP, el cual es supervisado y
fiscalizado día a día por la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP (SBS).
Se creó mediante Ley N° 25897 - Ley de creación del Sistema Privado de
Administración de Fondos de Pensiones (SPP) en 1992. Iniciando sus
operaciones en junio de 1993.
Objetivo
del SPP
Contribuir al desarrollo y fortalecimiento del
sistema de previsión social en el área de
pensiones que está conformado por las AFPs,
las que administran los fondos de pensiones y
otorgan obligatoriamente a sus afiliados, las
prestaciones de jubilación, invalidez,
sobrevivencia y gastos de sepelio.
6.1 Sistema Privado de Pensiones (SPP)
• Cuenta Individual de Capitalización (CIC): El afiliado, a lo largo de su vida
laboral aporta los recursos (Dinero) que servirán directamente para el pago
de su pensión, estas siempre permanecen en una cuenta personal por cada
trabajador.
• Libertad de elección: El afiliado es libre de escoger si desea afiliarse al
SPP o estar en el SNP, escoger la AFP que administre sus fondos, traspasar
su fondo de pensiones de una AFP a otra, así como elegir la forma de
percibir las prestaciones.
• Derecho de propiedad: El afiliado es dueño de sus aportes, los que
utilizará cuando cumpla con los requisitos para jubilarse en el SPP, o en el
caso de invalidez y pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios.
características:
• Transparencia: El afiliado recibe información permanente y oportuna del
destino de sus aportes y el rendimiento que obtienen (información de las
AFP a través del Estado de Cuenta, de medios periodísticos, etc.).
• Competencia: A la fecha, hay 4 AFP (Integra, Prima, Profuturo y
Horizonte) que ofrecen el servicio de la administración de los fondos de
pensiones y, cuando el afiliado se jubila, tiene la opción de recibir una
pensión a través de la AFP o empresas de seguros que ofrecen diversas
modalidades de pensión.
• Fiscalización externa: el Estado -a través de la SBS- supervisa a las AFP
como a las empresas de seguros que otorgan las pensiones.
Caracteristicas:
DIFERENCIAS ENTRE SNP Y SPP
Características Sistema Nacional de Pensiones Sistema Privado de Pensiones
Modelo Reparto Simple (Beneficio Definido) Capitalización Individual (Contribución Definida)
Administración Oficina de Normalización Previsional (ONP) AFPs
Alcance En ambos casos: Trabajadores, cualquiera sea la modalidad de trabajo que realicen.
Elección del sistema: Voluntaria por parte de trabajadores dependientes e independientes.
Tasa Aporte 13%. Recaudación va un fondo común. 10% aporte obligatorio.
Comisión AFP (% variable).
Prima de seguro de invalidez o sobrevivencia (%
variable).
Prestaciones Jubilación, invalidez, viudez, orfandad,
ascendencia y capital.
Jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de
sepelio.
Definición Pensión En función a años de aportación y remuneración
promedio. Si no se alcanza cuando menos 20
años no existe derecho a pensión.
En función al saldo, producto y grupo familiar.
Siempre se otorga una pensión con lo que hubiera
acumulado en la cuenta.
Productos Monoproducto: Renta Vitalicia Retiro Programado, Rentas Vitalicias con
diferentes opciones de protección, duración y
moneda.
Posibilidad de
Herencia
No Sí, respecto del saldo que quedara en la cuenta si
es que no tiene beneficiarios.
Fondo de Pensiones
(10% remuneración)
Prima de
Seguro
(% remuneración)
Comisión AFP
(% remuneración)
Invalidez Sobrevivencia G. de sepelio
Jubilación
Naturaleza de la Elección
Diagrama de Funcionamiento Del SPP
Inversión en
Inst. financieros
Trabajador
dependiente
Empleador
AFP
Pensión de Jubilación
Pensión de Invalidez
Pensión de Sobrevivencia
Gastos de Sepelio
Aportes
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Prestaciones
Fondo de
Pensiones
CIC
El Bono de Reconocimiento es un título valor a través del cual el
Estado reconoce las aportes que los trabajadores realizaron al
Sistema Nacional de Pensiones (ONP) cuando se afiliaron al Sistema
Privado de Pensiones.
Requisitos:
Haber realizado 48
meses de aportación
al SNP* (sean
consecutivos o no).
Bono 1992
06 Diciembre 1982 – 05 Diciembre 1992
Bono 1996
01 Enero 1987 – 31 Diciembre 1996
- Afiliación al SPP entre el 06 de Noviembre al
31 de diciembre de 1996.
Bono 2001
01 Enero 1992 – 31 Diciembre 2001
Bono de Reconocimiento
¿Con qué Tipos de Fondo se Cuenta en la AFP?
 Los fondos múltiples se crearon con la finalidad de que el afiliado pueda
elegir entre tres tipos de fondo según su expectativa de rentabilidad o
perfil de riesgo.
 El Afiliado puede hacer aportes voluntarios sin fin previsional en AFP
distinta a la que realiza los aportes obligatorios. Estas pueden ser
retiradas hasta 3 veces al año.
Fondo Perfil del Afiliado Dirigido a:
Tipo 1
(Preservación de capital)
Conservador
Personas próximas a
jubilarse (60 años)
Tipo 2
(Mixto)
Balanceado Edades intermedias
Tipo 3
(Apreciación de capital)
Crecimiento Jóvenes
SPP: Tipos de Pensión de Jubilación
Tipo de Jubilación
Requisitos
principales
Datos adicionales
Pensión de jubilación
- Estar afiliado a una AFP y
- Tener 65 años de edad.
Los años cumplidos en
meses y días.
SPP: Otras prestaciones del SPP
Tipo de Beneficio
Requisitos
principales
Datos
adicionales
Invalidez
-Dictamen de Evaluación y Calificación de Invalidez emitido
por los Comités Médicos.
-Con Cobertura: Invalidez Parcial: 50% promedio
remuneraciones 48 meses.
-Invalidez Total : 70% promedio remuneraciones 48 meses.
-Sin Cobertura: Bajo RP
- Se otorga con
independencia de
la cobertura del
seguro previsional
Sobrevivencia
-Genera pensiones de sobrevivencia y gastos de sepelio, de
ser el caso.
-Con Cobertura: Se considera al cónyuge, hijos, padre y
madre, según porcentajes de Ley.
-Sin Cobertura: Bajo RP.
- Genera el pago de gastos de sepelio.
- Se otorga con
independencia de
la cobertura del
seguro previsional
Gastos de Sepelio
-Se otorga al fallecimiento del afiliado, mediante el pago o
reembolso de una suma de dinero. Tendrán derecho a este
beneficio trabajadores activos y los pensionistas por
jubilación e invalidez.
-El monto por gastos de sepelio ascenderá hasta un límite de
S/.3,514.16
- Se otorga con
independencia de
la cobertura del
seguro previsional
a. Retiro Programado
El Afiliado mantiene propiedad de la CIC. Efectúa retiros mensuales
contra el saldo de dicha cuenta. Los fondos que no se lleguen a utilizar
constituyen herencia siempre y cuando no queden beneficiarios. Es
otorgado por la AFP y es la única opción revocable.
Afiliado
Acceso
Afiliación
Pensionista
Contribución
AFP
AFP
Retiro Programado
Los fondos son de propiedad del afiliado
Modalidades Básicas de Pensión en el SPP
Son cinco (05) Modalidades Básicas de Pensión actualmente vigentes:
b. Renta Vitalicia Familiar
Se contrata con una Empresa de Seguros el pago de una renta mensual
hasta el fallecimiento del afiliado y el pago de pensiones de sobrevivencia
al fallecimiento del titular de la cuenta. La CIC pasa a ser propiedad de la
Empresa de Seguros. Es irrevocable.
Afiliado
Acceso
Afiliación
Pensionista
Contribución
AFP
Renta Vitalicia
Compañía de Seguros
Los fondos son de
propiedad del afiliado
Los fondos son de
propiedad de la
compañía de seguros
Modalidades Básicas de Pensión en el SPP
c. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
El fondo se divide en dos: Una parte queda en la AFP para que pague
una Renta Temporal por máximo 2 años; y vencido este plazo empieza a
pagar (Renta Vitalicia Familiar) una compañía de seguros. Es
irrevocable.
AFPAfiliado
1ero:
Renta Temporal
Después:
Renta Vitalicia
Acceso
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Contribución
AFP
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d. Renta Mixta
El fondo de la CIC se divide en partes iguales. El 50% queda en la AFP
(Retiro Programado) y al mismo tiempo, con el otro 50% se paga una Renta
Vitalicia a cargo de una empresa de seguros. La pensión total
corresponderá a la suma de los montos de pensión percibidos por cada una
de las modalidades. Es irrevocable.
Afiliado AFP/ Compañía de Seguros
Los fondos son de propiedad del
afiliado/ compañía de seguros
Renta Vitalicia
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Afiliación
Pensionista
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AFP
Retiro Programado
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  • 1. 1) Sistema Nacional de Pensiones. 2) Sistema Privado De Pensiones.
  • 2. Sistema Nacional De Pensiones (SNP) El SNP es un sistema de reparto, el cual tiene como característica principal el otorgamiento de prestaciones fijas sobre contribuciones no definidas en valor suficiente para que la aportación colectiva de los trabajadores, financie el total de las pensiones. En la actualidad, este sistema es administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP).
  • 3. Características  Es un sistema común de reparto a cargo del estado con un fondo común de carácter solidario (D LEG N° 817: FCR) e intangible  Es un régimen abierto  Se financia con una tasa de aporte 13% (trabajador).  Otorga prestaciones económicas a sus afiliados  El estado fija un monto de pensión mínima (415) y pensión máxima (857.36).
  • 4. Beneficios del SNP Pensión de Jubilación Régimen general: Están comprendidos en el régimen general de jubilación: a)Los asegurados inscritos a partir de la fecha de vigencia del Decreto Ley 19990; b)Los asegurados obligatorios nacidos a partir del primero de Julio de 1931 si son hombres, o a partir del primero de Julio de 1936 si son mujeres;
  • 5. PENSIÓN DE INVALIDEZ Se considera invalido al asegurado que: se encuentra en incapacidad física o mental prolongada o presumida permanente, que le impide ganar más de la tercera parte de la remuneración o ingreso asegurable que percibiría otro trabajador de la misma categoría, en un trabajo igual o similar en la misma región, y que habiendo gozado de subsidio de enfermedad durante el tiempo máximo establecido por la Ley continúa incapacitado para el trabajo. Pensión a otorgar: 50% de la remuneración de referencia. Cuando el trabajador cuente con más de tres años de aportaciones, se considera un incremento de 1% por cada año completo que exceda de tres años.
  • 6. PENSIÓN DE SOBREVIVIENTES Se otorgará pensión de sobre vivientes: Al fallecimiento de un asegurado con derecho a pensión de jubilación o que de haberse invalidado hubiere tenido derecho a pensión de invalidez; Al fallecimiento de un asegurado a consecuencia de accidente común estando en periodo de aportación; Al fallecimiento de un asegurado a consecuencia de accidente de trabajo o enfermedad profesional si los riesgos no se encuentran cubiertos por el Decreto Ley Nº 18846.
  • 7. pensión de jubilación Datos generales: Régimen general D.L N° 19990 Edad del cese: 60 años Aportes: 26 años Ingresos del 01/04/91 al 31/05/92 s/. 6,000.00 Remuneración de referencia s/. 500.00 Calculo de pensión: 50% (primeros 15 años de aportación) s/. 250.00 2% (por cada año adicional) * 11 = 22% s/. 110.00 Descuento artículo 44° s/. 00.00 Incremento por cónyuge (2%) s/. 10.00 Incremento por hijos s/. 00.00 Total pensión al cese s/. 370.00
  • 9. CONCEPTO: (AFP) Las AFP son empresas que tienen como único fin la administración de Fondos de Pensiones bajo la modalidad de Cuentas Individuales y otorgan a sus afiliados las prestaciones de Jubilación, Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio. Las AFP operan dentro del SPP, el cual es supervisado y fiscalizado día a día por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
  • 10. Se creó mediante Ley N° 25897 - Ley de creación del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP) en 1992. Iniciando sus operaciones en junio de 1993. Objetivo del SPP Contribuir al desarrollo y fortalecimiento del sistema de previsión social en el área de pensiones que está conformado por las AFPs, las que administran los fondos de pensiones y otorgan obligatoriamente a sus afiliados, las prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. 6.1 Sistema Privado de Pensiones (SPP)
  • 11. • Cuenta Individual de Capitalización (CIC): El afiliado, a lo largo de su vida laboral aporta los recursos (Dinero) que servirán directamente para el pago de su pensión, estas siempre permanecen en una cuenta personal por cada trabajador. • Libertad de elección: El afiliado es libre de escoger si desea afiliarse al SPP o estar en el SNP, escoger la AFP que administre sus fondos, traspasar su fondo de pensiones de una AFP a otra, así como elegir la forma de percibir las prestaciones. • Derecho de propiedad: El afiliado es dueño de sus aportes, los que utilizará cuando cumpla con los requisitos para jubilarse en el SPP, o en el caso de invalidez y pensiones de sobrevivencia a sus beneficiarios. características:
  • 12. • Transparencia: El afiliado recibe información permanente y oportuna del destino de sus aportes y el rendimiento que obtienen (información de las AFP a través del Estado de Cuenta, de medios periodísticos, etc.). • Competencia: A la fecha, hay 4 AFP (Integra, Prima, Profuturo y Horizonte) que ofrecen el servicio de la administración de los fondos de pensiones y, cuando el afiliado se jubila, tiene la opción de recibir una pensión a través de la AFP o empresas de seguros que ofrecen diversas modalidades de pensión. • Fiscalización externa: el Estado -a través de la SBS- supervisa a las AFP como a las empresas de seguros que otorgan las pensiones. Caracteristicas:
  • 13. DIFERENCIAS ENTRE SNP Y SPP Características Sistema Nacional de Pensiones Sistema Privado de Pensiones Modelo Reparto Simple (Beneficio Definido) Capitalización Individual (Contribución Definida) Administración Oficina de Normalización Previsional (ONP) AFPs Alcance En ambos casos: Trabajadores, cualquiera sea la modalidad de trabajo que realicen. Elección del sistema: Voluntaria por parte de trabajadores dependientes e independientes. Tasa Aporte 13%. Recaudación va un fondo común. 10% aporte obligatorio. Comisión AFP (% variable). Prima de seguro de invalidez o sobrevivencia (% variable). Prestaciones Jubilación, invalidez, viudez, orfandad, ascendencia y capital. Jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio. Definición Pensión En función a años de aportación y remuneración promedio. Si no se alcanza cuando menos 20 años no existe derecho a pensión. En función al saldo, producto y grupo familiar. Siempre se otorga una pensión con lo que hubiera acumulado en la cuenta. Productos Monoproducto: Renta Vitalicia Retiro Programado, Rentas Vitalicias con diferentes opciones de protección, duración y moneda. Posibilidad de Herencia No Sí, respecto del saldo que quedara en la cuenta si es que no tiene beneficiarios.
  • 14. Fondo de Pensiones (10% remuneración) Prima de Seguro (% remuneración) Comisión AFP (% remuneración) Invalidez Sobrevivencia G. de sepelio Jubilación Naturaleza de la Elección
  • 15. Diagrama de Funcionamiento Del SPP Inversión en Inst. financieros Trabajador dependiente Empleador AFP Pensión de Jubilación Pensión de Invalidez Pensión de Sobrevivencia Gastos de Sepelio Aportes Rentabilidad Prestaciones Fondo de Pensiones CIC
  • 16. El Bono de Reconocimiento es un título valor a través del cual el Estado reconoce las aportes que los trabajadores realizaron al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) cuando se afiliaron al Sistema Privado de Pensiones. Requisitos: Haber realizado 48 meses de aportación al SNP* (sean consecutivos o no). Bono 1992 06 Diciembre 1982 – 05 Diciembre 1992 Bono 1996 01 Enero 1987 – 31 Diciembre 1996 - Afiliación al SPP entre el 06 de Noviembre al 31 de diciembre de 1996. Bono 2001 01 Enero 1992 – 31 Diciembre 2001 Bono de Reconocimiento
  • 17. ¿Con qué Tipos de Fondo se Cuenta en la AFP?  Los fondos múltiples se crearon con la finalidad de que el afiliado pueda elegir entre tres tipos de fondo según su expectativa de rentabilidad o perfil de riesgo.  El Afiliado puede hacer aportes voluntarios sin fin previsional en AFP distinta a la que realiza los aportes obligatorios. Estas pueden ser retiradas hasta 3 veces al año. Fondo Perfil del Afiliado Dirigido a: Tipo 1 (Preservación de capital) Conservador Personas próximas a jubilarse (60 años) Tipo 2 (Mixto) Balanceado Edades intermedias Tipo 3 (Apreciación de capital) Crecimiento Jóvenes
  • 18. SPP: Tipos de Pensión de Jubilación Tipo de Jubilación Requisitos principales Datos adicionales Pensión de jubilación - Estar afiliado a una AFP y - Tener 65 años de edad. Los años cumplidos en meses y días.
  • 19. SPP: Otras prestaciones del SPP Tipo de Beneficio Requisitos principales Datos adicionales Invalidez -Dictamen de Evaluación y Calificación de Invalidez emitido por los Comités Médicos. -Con Cobertura: Invalidez Parcial: 50% promedio remuneraciones 48 meses. -Invalidez Total : 70% promedio remuneraciones 48 meses. -Sin Cobertura: Bajo RP - Se otorga con independencia de la cobertura del seguro previsional Sobrevivencia -Genera pensiones de sobrevivencia y gastos de sepelio, de ser el caso. -Con Cobertura: Se considera al cónyuge, hijos, padre y madre, según porcentajes de Ley. -Sin Cobertura: Bajo RP. - Genera el pago de gastos de sepelio. - Se otorga con independencia de la cobertura del seguro previsional Gastos de Sepelio -Se otorga al fallecimiento del afiliado, mediante el pago o reembolso de una suma de dinero. Tendrán derecho a este beneficio trabajadores activos y los pensionistas por jubilación e invalidez. -El monto por gastos de sepelio ascenderá hasta un límite de S/.3,514.16 - Se otorga con independencia de la cobertura del seguro previsional
  • 20. a. Retiro Programado El Afiliado mantiene propiedad de la CIC. Efectúa retiros mensuales contra el saldo de dicha cuenta. Los fondos que no se lleguen a utilizar constituyen herencia siempre y cuando no queden beneficiarios. Es otorgado por la AFP y es la única opción revocable. Afiliado Acceso Afiliación Pensionista Contribución AFP AFP Retiro Programado Los fondos son de propiedad del afiliado Modalidades Básicas de Pensión en el SPP Son cinco (05) Modalidades Básicas de Pensión actualmente vigentes:
  • 21. b. Renta Vitalicia Familiar Se contrata con una Empresa de Seguros el pago de una renta mensual hasta el fallecimiento del afiliado y el pago de pensiones de sobrevivencia al fallecimiento del titular de la cuenta. La CIC pasa a ser propiedad de la Empresa de Seguros. Es irrevocable. Afiliado Acceso Afiliación Pensionista Contribución AFP Renta Vitalicia Compañía de Seguros Los fondos son de propiedad del afiliado Los fondos son de propiedad de la compañía de seguros Modalidades Básicas de Pensión en el SPP
  • 22. c. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida El fondo se divide en dos: Una parte queda en la AFP para que pague una Renta Temporal por máximo 2 años; y vencido este plazo empieza a pagar (Renta Vitalicia Familiar) una compañía de seguros. Es irrevocable. AFPAfiliado 1ero: Renta Temporal Después: Renta Vitalicia Acceso Afiliación Pensionista Contribución AFP Compañía de Seguros Los fondos son de propiedad del afiliado Los fondos son de propiedad de la compañía de seguros Modalidades Básicas de Pensión en el SPP
  • 23. d. Renta Mixta El fondo de la CIC se divide en partes iguales. El 50% queda en la AFP (Retiro Programado) y al mismo tiempo, con el otro 50% se paga una Renta Vitalicia a cargo de una empresa de seguros. La pensión total corresponderá a la suma de los montos de pensión percibidos por cada una de las modalidades. Es irrevocable. Afiliado AFP/ Compañía de Seguros Los fondos son de propiedad del afiliado/ compañía de seguros Renta Vitalicia Acceso Afiliación Pensionista Contribución AFP Retiro Programado Los fondos son de propiedad del afiliado Ambas se pagan simultáneamente Modalidades Básicas de Pensión en el SPP