¿Cuáles son los motivos necesarios para determinar como justa, por parte del patrono, la finalización del contrato de trabajo? El Código Sustantivo del Trabajo responde a esta inquietud.
Factores que inciden en el despido por causa justa
1. Factores que inciden en el despido por causa
justa
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justa/#prettyPhoto
Cuando es realizado un despido por causa justa, el empleador no tiene la obligación de pagar una
indemnización.
Pero, ¿cuáles son los motivos necesarios para determinar como justa, por parte del patrono, la
finalización del contrato de trabajo? El Código Sustantivo del Trabajo responde a esta inquietud,
considerando los siguientes motivos:
1. Que por parte del trabajador haya un engaño a través de certificados falsos presentados para
obtener un beneficio.
2. Cualquier acto de violencia, indisciplina grave o injuria que el trabajador realice en su trabajo, ya
sea para el patrono, sus familiares, los compañeros de trabajo o el personal directivo; así como
también aquellos actos en los que incurra fuera del servicio, contra el personal de trabajo o las
personas anteriormente nombradas. También será motivo para despido por justa causa cualquier
daño material que el empleado realice contra inmuebles u objetos relacionados al trabajo. Las
2. negligencias graves que pongan en peligro la seguridad de las cosas o de las personas también
son tenidas en cuenta.
3. Cualquier acción delictiva o inmoral que cometa el trabajado en su lugar de trabajo o mientras
realiza el mismo.
4. Cuando el trabajador sufra de una detención preventiva de más de 30 días o arresto correccional
mayor a ocho días.
5. Si el trabajador revela secretos o asuntos reservados que perjudiquen a la empresa.
6. Que, en relación a la capacidad del trabajador, su rendimiento sea deficiente y no sea corregido
a pesar del pedido del empleador.
7. Que el trabajador no cumpla, de manera sistemática y sin razones válidas, las obligaciones
legales o convencionales.
8. Los vicios del trabajador que perturben la disciplina del lugar de trabajo.
9. Que el trabajador no acepte las medidas preventivas, profilácticas y curativas prescriptas por
autoridades o profesionales competentes, que pretendan evitar accidentes y enfermedades.
10. Que el trabajador tenga ineptitud para realizar el trabajo correspondiente.
11. El reconocimiento al trabajador de la pensión de invalidez o jubilación.
12. Que el trabajador padezca de una enfermedad contagiosa o crónica (que no sea de carácter
profesional), o cualquier otra enfermedad o lesión que no le permita realizar el trabajo y no haya
sido curada en 180 días. De todos modos, en este caso el patrono deberá otorgar la indemnización
legal y convencional derivadas de la enfermedad.
13. Aquellas graves violaciones de las prohibiciones especiales u obligaciones estipuladas en
los artículos 58 y 60 del Código Sustantivo del Trabajo, así como también las faltas graves
acordadas en convenciones colectivas, pactos, contratos individuales, reglamentos y fallos
arbitrales.
Los problemas de los puntos anteriormente mencionados como como motivos del despido por
causa justa son cierta subjetividad y poca especificidad. Por ejemplo: ¿cuándo se considera que el
trabajador no cumple cabalmente con su trabajo? ¿o cuándo una conducta comienza a
considerarse sistemática y deja de ser esporádica?
Es por eso que si el trabajador no está de acuerdo con el despido, puede asesorarse con
un abogado especialista en derecho laboral o acudir a la jurisdicción laboral para que un juez evalúe
la situación.