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ESTUDIANTE:
IRAIDA AREVALO
C.I. 20.718.330
SAIA A
PROF. DAYLIN COLMENARES
BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE DEL 2015.
Procedimiento Judiciales
Especiales
Procedimiento Judiciales
Especiales
¿Qué es la estabilidad laboral?
Consiste en el derecho de un trabajador a
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sucesivo propio del contrato de trabajo.
La estabilidad es un derecho no patrimonial, análogo al
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permanecer en la empresa. Desde este punto de vista, el
derecho a la estabilidad se concibe de una mayor
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Estabilidad Absoluta
En la estabilidad absoluta es una especie
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Base Constitucional
Artículo 93 CRBV.: “La ley garantizará la
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despido no justificado. Los despidos
contrarios a esta Constitución son nulos.”
Es así como garantizar la estabilidad laboral, ha sido
una de las consignas más importantes que han
enarbolado juristas, laboralistas, sindicalistas y
políticos desde que se comprendió la importancia
social que posee y otorga el trabajo como fuente de
ingresos y garante de la economía familiar e individual.
Normativa Legal
Según nuestra normativa legal laboral cuando el
patrono despida a uno o más trabajadores deberá
participarlo al Juez de Sustanciación, Mediación y
Ejecución de su jurisdicción, indicando las causas que
justifiquen el despido, dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes, de no hacerlo se le tendrá por
confeso, en el reconocimiento que el despido lo hizo
sin justa causa. Asimismo, el trabajador podrá ocurrir
ante el Juez mencionados, cuando no estuviere de
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El Juez de Juicio la califique y ordene su reenganche y
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días hábiles sin solicitar la calificación del despido,
perderá el derecho al reenganche, pero no así los
demás que le corresponden en su condición de
trabajador, los cuales podrá demandar ante el Tribunal
del Trabajo competente.
Causas de despido
a) Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo;
b) Vías de hecho, salvo en legítima defensa;
c) Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al
patrono, a sus representantes o a los miembros de su familia
que vivan con él;
d) Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la
seguridad o higiene del trabajo;
e) Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la
seguridad o higiene del trabajo;
f) Perjuicio material causado intencionalmente o con
negligencia grave en las máquinas, herramientas y útiles de
trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos
elaborados o en elaboración, plantaciones y otras pertenencias;
g) Revelación de secretos de manufactura, fabricación o
procedimiento;
h) Falta grave a las obligaciones que impone la relación de
trabajo; y
j) Abandono del trabajo.
¿Qué es el abandono de trabajo?
a) La salida intempestiva e injustificada del
trabajador durante las horas de trabajo del sitio de la
faena, sin permiso del patrono o de quien a éste
represente;
b) La negativa a trabajar en las faenas a que ha sido
destinado, siempre que ellas estén de acuerdo con
el respectivo contrato o con la Ley.
Estabilidad Relativa
Origina en favor del sujeto que la goza, el
derecho de ser reincorporado en el cargo del
cual fue privado por su patrono sin autorización
del Inspector del Trabajo de la jurisdicción.
Estabilidad Absoluta
Engendra, tan sólo, derecho a una indemnización a
favor del trabajador que se retire o sea despedido
por causas imputables a su patrono, o se vea
privado de su empleo por causas ajenas a su
voluntad.
Referencias Bibliográficas
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela
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Procedimientos especiales laboral

  • 1. ESTUDIANTE: IRAIDA AREVALO C.I. 20.718.330 SAIA A PROF. DAYLIN COLMENARES BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE DEL 2015. Procedimiento Judiciales Especiales
  • 3. ¿Qué es la estabilidad laboral? Consiste en el derecho de un trabajador a conservar su puesto de trabajo indefinidamente, de no incurrir en faltas previamente determinadas o de no acaecer especialísimas circunstancias, es un factor que se deriva de la característica de tracto sucesivo propio del contrato de trabajo.
  • 4. La estabilidad es un derecho no patrimonial, análogo al derecho de pertenencia a una persona jurídica; aquél, igual que éste, asegura al trabajador el poder de permanecer en la empresa. Desde este punto de vista, el derecho a la estabilidad se concibe de una mayor amplitud que el derecho al cargo que concretamente se ocupa en un momento dado.
  • 5. Estabilidad Absoluta En la estabilidad absoluta es una especie de privilegio laboral, en cambio la estabilidad relativa presenta un carácter personal. En la estabilidad absoluta el derecho persiste luego de la prestación y en la estabilidad relativa se crea un derecho solo durante la prestación.
  • 6. Base Constitucional Artículo 93 CRBV.: “La ley garantizará la estabilidad en el trabajo y dispondrá lo conducente para limitar toda forma de despido no justificado. Los despidos contrarios a esta Constitución son nulos.” Es así como garantizar la estabilidad laboral, ha sido una de las consignas más importantes que han enarbolado juristas, laboralistas, sindicalistas y políticos desde que se comprendió la importancia social que posee y otorga el trabajo como fuente de ingresos y garante de la economía familiar e individual.
  • 7. Normativa Legal Según nuestra normativa legal laboral cuando el patrono despida a uno o más trabajadores deberá participarlo al Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución de su jurisdicción, indicando las causas que justifiquen el despido, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, de no hacerlo se le tendrá por confeso, en el reconocimiento que el despido lo hizo sin justa causa. Asimismo, el trabajador podrá ocurrir ante el Juez mencionados, cuando no estuviere de acuerdo con la procedencia de la causa alegada para despedirlo
  • 8. El Juez de Juicio la califique y ordene su reenganche y pago de los salarios caídos, si el despido no se fundamenta en justa causa, de conformidad con la ley. Si el trabajador dejare transcurrir el lapso de cinco (5) días hábiles sin solicitar la calificación del despido, perderá el derecho al reenganche, pero no así los demás que le corresponden en su condición de trabajador, los cuales podrá demandar ante el Tribunal del Trabajo competente.
  • 9. Causas de despido a) Falta de probidad o conducta inmoral en el trabajo; b) Vías de hecho, salvo en legítima defensa; c) Injuria o falta grave al respeto y consideración debidos al patrono, a sus representantes o a los miembros de su familia que vivan con él; d) Hecho intencional o negligencia grave que afecte a la seguridad o higiene del trabajo; e) Omisiones o imprudencias que afecten gravemente a la seguridad o higiene del trabajo;
  • 10. f) Perjuicio material causado intencionalmente o con negligencia grave en las máquinas, herramientas y útiles de trabajo, mobiliario de la empresa, materias primas o productos elaborados o en elaboración, plantaciones y otras pertenencias; g) Revelación de secretos de manufactura, fabricación o procedimiento; h) Falta grave a las obligaciones que impone la relación de trabajo; y j) Abandono del trabajo.
  • 11. ¿Qué es el abandono de trabajo? a) La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas de trabajo del sitio de la faena, sin permiso del patrono o de quien a éste represente; b) La negativa a trabajar en las faenas a que ha sido destinado, siempre que ellas estén de acuerdo con el respectivo contrato o con la Ley.
  • 12. Estabilidad Relativa Origina en favor del sujeto que la goza, el derecho de ser reincorporado en el cargo del cual fue privado por su patrono sin autorización del Inspector del Trabajo de la jurisdicción. Estabilidad Absoluta Engendra, tan sólo, derecho a una indemnización a favor del trabajador que se retire o sea despedido por causas imputables a su patrono, o se vea privado de su empleo por causas ajenas a su voluntad.
  • 13.
  • 14.
  • 15.
  • 16.
  • 17. Referencias Bibliográficas Constitución de la República Bolivariana de Venezuela LOTTT Diccionario Jurídico. Material facilitado por la profesora.