2. Generalidades.
CONCEPTO:
Elementos de los cuales emanan los principios y normas del D.I.P.
A.- FUENTES MATERIALES:
Elementos históricos, políticos, económicos, sociales, ideológicos y
otros que han ido determinando el contenido de las normas del D.I.P.
B.- FUENTES FORMALES:
Procedimientos, medios, o actos a través de los cuales se crean,
modifican, o extinguen las normas del D.I.P.
3. LAS FUENTES FORMALES
A.- EN ELAMBITO INTERNO:
Las normas las genera el Poder Legislativo en su sistema
constitucional.
B.- EN ELAMBITO DE LA COMUNIDAD INTERNACIONAL:
Dado su carácter desentralizado no hay un poder legislativo
CLASIFICACION:
A.- FUENTES CONVENCIONALES (TRATADOS)
B.- FUENTES EXPONTANEAS (COSTUMBRE Y PRINCIPIOS
GENERALES DEL DERECHO).
C.-FUENTES AUTORITARIAS (SON UNA EXEPCION)
Hay que distinguir: LA FUENTE (Procedimiento por el cual se crea la
norma y LA NORMA MISMA ( Substancia de la regla creada). Asi los
TRATADOS dan origen a las NORMAS CONVENCIONALES, y la
COSTUMBRE, a las NORMAS COSUETUDINARIAS.
4. CLASIFICACION DE LAS
NORMAS
A.- DE CARACTER GENERAL ,ABSTRACTO Y PERMANENTE:
Estan destinadas a regir todas las situaciones concretas que puedan
presentarse en el futuro. (Normas Consuetudinarias generales, ejemplo
responsabilidad internacional por hecho ilícito, y principios generales de
derecho). Hay también normas convencionales de carácter general y
abstracto, ejemplo la Convención de ONU sobre el Derecho del Mar.
B.- DE CARACTER PARTICULAR:
Estan destinadas a regir situaciones determinadas, ejemplo el
tratado de Paz y Amistad de Chile y Argentina.
5. ANALISIS DELARTICULO 38 DEL ESTATUTO DE LA
CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA
Texto actualmente vigente, tomado del estatuto de la corte permanente de
justicia internacional de 1920, que, aunque no lo dice expresamente se
refiere a fuentes formales de derecho internacional Público
EL Texto del artículo 38 es el siguiente:
1.- LaCorte cuya función es decidir conforme al Derecho
Internacional las controversias que le sean sometidas, deberá aplicar:
a.- Las Convenciones Internacionales, sean generales o particulares
que establecen reglas expresamente reconocidas por los Estados litigantes;
b.- La Costumbre internacional como prueba de una practica ge-
neralmente aceptada como derecho,
6. Continuación...
c.- Los principios generales de derecho reconocidos por las Naciones
Civilizadas;
d.- Las Deciciones Judiciales y las Doctrinas de los publicistas de
mayor competencia de las distintas naciones, como medio auxiliar para
la determinación de las reglas de derecho sin perjuicio de lo dispuesto en
el arti. 59.
2.- La presente disposición no restringe la facultad de la Corte para
decidir un letigio ex aequo et bono, si las partes así lo convinieren.
CARACTERISTICAS:
El parrafo 1º del art. 38 , nos revela que se esta refiriendo a fuentes de
D.I.P.
7. IMPORTANCIA
La universalidad, porque es norma vigente para los 191 Estados
miembro de la ONU.
Es la unica norma vigente sobre esta materia, además se alude a ella
en la Convención del Derecho del Mar.
Y es aplicada por Tribunales y Tratadista.
Aspectos que comprende .
a.- Las verdaderas fuentes formales (Tratados, costumbre y
principios generales del derecho).
b.- los medios auxiliares para la determinación del derecho
(Jurisprudencia y Doctrina).
c.-- La opción de solicitar se falle en equidad ( Parrafo 2º del art.
38). Aunque la mayoria opina que la equidad no es una fuente de DIP
8. CRITICA
1.- No incluye todas las fuentes de DIP
2.- No contempla jerarquia de fuentes (PARA NOSOTROS ES
MAS UNA VIRTUD QUE UN DEFECTO
3.- Coloca en un mismo parrafos fuentes y medios auxiliares
4.- Parece dar la misma importancia a doctrina y jurisprudencia.;
no obstante el destacado papel de esta última.
5.- Emplea una expresión ya superada como es Naciones
Civilizadas.
9. JERARQUÍA DE LAS FUENTES
El artículo 38 del Estatuto se abstuvo de establecer una
jerarquía entre las Fuentes formales principales.
a) En el proyecto de la convención se establecía que la
aplicación de estas fuentes había de hacerse “por orden
suscesivo”, la Asamblea General decidío suprimir dicho
inciso por considerarlo innecesario.
b) Usa letras para designarlas.
c) Solo establece un orden sucesivo de consideración (es
un método operativo, no indica jerarquía, el tribunal
puede aplicar varias fuentes en un mismo caso).
10. Jerarquía entre normas jurídicas internacionales
- No hay jerarquía entre tratados y costumbre
- existen principios que se deben aplicar en caso de conflictos
entre normas jurídicas internacionales:
1º Normas de IUS COGENS: Normas Imperativas de Dº
Internacional General (ver artículo 53 convención de Viena
sobre Dº de los Tratados).
2º no tratándose de normas de Ius Cogens se acude a los
siguientes principios:
1.- Ley Especial Deroga a la Ley General.
2.- Ley Posterior Deroga a la Ley Anterior.
* Tratados y Costumbres pueden derogarse recíprocamente.