Este documento resume la evolución de la separación entre la Iglesia y el Estado en Francia y España desde finales del siglo XVIII. En Francia, la Revolución Francesa no introdujo la separación, pero las políticas anticlericales fueron fortaleciéndose hasta que en 1905 se aprobó la ley de separación completa. En España, el proceso fue más lento, alcanzando la laicidad plena solo en 1931 con la Segunda República, aunque luego fue revocada bajo el franquismo.
2. FRANCIA
• A finales del Antiguo Régimen, en vísperas de la Gran Revolución de 1789, Francia era una monarquía
absoluta donde el catolicismo romano tenía estatus de religión oficial. Sin embargo, desde 1787, regía
en ella –en virtud del Edicto de Versalles– la tolerancia religiosa, que había favorecido a las minorías
protestantes (hugonotes, luteranos de Alsacia) y a la colectividad judía, que ascendían juntas al 5% de la
población.
• Desde mediados del siglo XVIII, la literatura libertina (Choderlos de Laclos, Diderot, etc.) y la filosofía
ilustrada (Voltaire, Rousseau, Holbach y otros) venían acicateando el librepensamiento y la
irreligiosidad, en un contexto de clandestinidad bastante permisivo en comparación con otros reinos. El
racionalismo deísta, sobre todo, con sus críticas incisivas a las supersticiones populares y los dogmas
teológicos, ganaba terreno rápidamente entre los segmentos más inquietos de la aristocracia y de la
plebe. La Francia de Luis XVI se hallaba ya, pues, en proceso de secularización.
3. • Contrariamente a lo que suele creerse, La Revolución Francesa no
introdujo la separación entre Iglesia y Estado. El catolicismo romano
mantuvo su estatus de religión oficial. El clero, igual que la nobleza,
dejó de ser un estamento con derechos feudales y prerrogativas
especiales, pero siguió siendo mantenido por el fisco, como parte del
funcionariado público del nuevo régimen. En los inicios de la
Revolución, prevaleció el regalismo de herencia borbónica, doctrina
según la cual el Estado (sobre todo en su versión francesa o galicana)
tiene la potestad soberana de regular y supervisar, dentro de sus
fronteras, la vida institucional eclesiástica, limitando de hecho la
autoridad del papa y sus subalternos (obispos, abades, etc.). Más que
separar la Iglesia del Estado, lo que pretendían los revolucionarios era
preservar su subordinación, aunque reformándola profundamente en
una dirección netamente secularista.
• Así vio la luz, promediando el año 1790, la Constitución civil del clero.
4. • El fuero eclesiástico fue suprimido, igual que el diezmo. El clero
secular quedó incorporado al cuerpo ciudadano de la nación, y el
clero regular o monástico resultó disuelto. Las tierras de la Iglesia
fueron confiscadas y subastadas para garantizar el asignado, la nueva
moneda revolucionaria. Los obispos y curas pasaron a ser elegidos por
sus fieles, debiendo prestar juramento a la Constitución civil del clero
para poder conservar sus cargos. La organización diocesana fue
adaptada a la flamante división administrativa por departamentos.
• En 1791, el papa Pío VI condenó por «impía» la Constitución civil del
clero. El clero galicano se fracturó en dos bandos: los constitucionales,
partidarios de la Revolución, y los refractarios, enemigos de la misma.
Constitucionales eran quienes aceptaban jurar; refractarios, quienes
se rehusaban a hacerlo, en obediencia a Roma.
5. • Durante 1792, en un clima de virulento anticlericalismo (que incluyó linchamientos y ejecuciones en masa de
clérigos refractarios sospechados de militar en la contrarrevolución), se legalizó el divorcio y se creó el registro
civil. Poco después de proclamada la República, se reemplazó el calendario gregoriano por el calendario
republicano. Hacia 1793-94, el anticlericalismo se radicalizó al calor del Terror jacobino. Los Sans-Coulottes de
París pusieron en práctica, tomando como punto de partida la fiesta de la Liberté, una serie de celebraciones
carnavalescas y ceremonias iconoclastas de fuerte tono antirreligioso.
• Chaumette, líder cordelero y dirigente de la primera Comuna de París, famoso por propiciar la clausura de
todos los templos católicos de la capital francesa, organiza en la catedral de Notre Dame el novedoso Culto a
la Razón, liturgia cívica de tono alegórico asociada al ateísmo de Meslier, Holbach y otros librepensadores.
Numerosas iglesias de Francia son reconvertidas por los hebertistas en “temples de la Raison”. Robespierre,
asustado por los “excesos materialistas” de esta ola de Descristianización, instituye el más moderado Culto al
Ser Supremo –también llamado teofilantropía– inspirado en el deísmo volteriano y rousseauniano.
6. • Con la caída de la dictadura jacobina en Termidor (1795), la Descristianización se detiene, y pronto retrocede.
El culto público católico es rehabilitado, aunque con restricciones (las procesiones públicas, la exhibición de
imágenes religiosas fuera de los templos y el tañido de campanas siguieron estando prohibidos). Por otro lado,
numerosos clérigos refractarios permanecían en prisión o en destierro obligado. Recién con el Concordato de
1801, firmado entre Napoleón y Pío VII, el Estado francés y la Iglesia católica se reconcilian, terminando así la
etapa revolucionaria de la Descristianización.
• Durante el Primer Imperio (1804-15), la Restauración borbónica (1815-30), la Monarquía de Julio (1830-48), la
Segunda República (1848-52) y el Segundo Imperio (1852-1870), el catolicismo romano volvió a ser religión
oficial o dominante, aunque la libertad de cultos se mantuvo. La laicización experimentó así, en la Francia de
los dos primeros tercios del siglo XIX, una gran marcha atrás. Pero la secularización de la sociedad civil no se
detuvo, y a partir de 1870, con la Tercera República, la laïcité habría de recuperar rápidamente el terreno
perdido, hasta alcanzar finalmente el umbral de la completa separación entre Iglesia y Estado. Pese a sus
retrasos, Francia será el primer país plenamente laico de Europa, y el gran faro del laicismo a nivel
internacional (al menos hasta la Revolución rusa, en 1917).
7. • La Tercera República no anduvo con remilgos a la hora de
implantar el laicismo. La lucha por la laïcité conoció momentos
de intenso anticlericalismo, debido, en gran medida, a la
estrecha ligazón existente entre la Iglesia católica y la derecha
monárquica. Sin embargo, la laicización del Estado francés no
fue inmediata. Hubo que esperar a la consolidación
hegemónica del bloque republicano para que dicho proceso se
pusiera en marcha. Hacia 1877, Léon Gambetta exclamaría en
la Cámara de Diputados: “le cléricalisme, voilà l’ennemi!” (“¡El
clericalismo, este es el enemigo!”). Sus compañeros y
seguidores tomarían nota de este pronunciamiento
8. • En 1879, la Iglesia católica queda excluida de la
administración de los hospitales y establecimientos de
caridad. Los capellanes son expulsados de los
nosocomios; las monjas, reemplazadas por enfermeras
diplomadas. En 1881, el gobierno recorta los salarios del
clero y seculariza los cementerios. La onomástica y la
simbología de las instituciones oficiales (tribunales,
cuarteles, etc.) son rigurosamente laicizadas. En 1884, el
parlamento sanciona una ley que establece el
matrimonio civil y el divorcio vincular. La libertad
religiosa es objeto de estricta regulación (restricciones a
las procesiones públicas, al uso de sotana fuera de los
templos, etc.). En 1887, el Estado francés autoriza la
cremación de cadáveres, haciendo caso omiso de la
indignación clerical. Dos años después, una ley obliga a
los clérigos a cumplir con el servicio militar.
9. • En el campo educativo, el laicismo francés está fuertemente asociado a un
nombre: Jules Ferry, político y estadista republicano de férreas convicciones
anticlericales. En febrero de 1879, es nombrado ministro de Instrucción
Pública y Bellas Artes, cargo que ejercerá durante casi cinco años, hasta
noviembre de 1883. Ferry –quien también será, por aquella época, primer
ministro en dos ocasiones– impulsará a fondo la laicización de la educación
estatal francesa. A poco de asumir, crea magisterios tendientes a formar
maestras y maestros de concepción laicista. En 1880, consigue que el
Consejo Superior de Instrucción Pública y los consejos académicos queden
sustraídos a la injerencia de la Iglesia, y que la orden de los jesuitas y otras
congregaciones religiosas sin licencia (agustinos de la Asunción, por ej.) sean
inhabilitadas para la enseñanza. En 1882, logra que se sancione una nueva
ley de enseñanza que hace de la laicidad uno de los pilares del nuevo sistema
educativo de Francia (los otros son la universalidad, la obligatoriedad, la
gratuidad y la escolarización de las niñas).
10. • Las leyes Jules Ferry representan un hito en la laicización de la Tercera República. Serán
complementadas con la ley Goblet de 1886 (que marginará de la escolaridad primaria pública a todos
los sacerdotes, tuvieran o no título docente), y también con las reformas anticlericales de Émile Combes
a comienzos del siglo XX. En 1901, todas las congregaciones religiosas existentes en Francia son
prohibidas, excepto cinco, las cuales no se dedicaban a la enseñanza. Miles de colegios católicos fueron
cerrados. En 1904, Combes obtiene de la Asamblea Nacional una nueva ley por la cual los clérigos
quedan inhabilitados para enseñar y dirigir en todas las escuelas, tanto públicas como privadas,
primarias y secundarias. La Iglesia pone el grito en el cielo. El conflicto entre Francia y Roma alcanza su
paroxismo. La Tercera República y el Papado rompen relaciones.
11. • En 1905, el parlamento francés aprueba la ley de separación entre
Iglesia y Estado. “La República no reconoce, no paga, ni subsidia religión
alguna”, se estipula en uno de los artículos. El Concordato napoleónico
de 1801 queda formalmente disuelto, y con él, el sostenimiento del
culto católico con fondos públicos. El Estado francés adopta un
neutralismo estricto en materia religiosa, y la Iglesia galicana –aunque
privada de sus últimos privilegios materiales y simbólicos– recupera su
autonomía institucional (por ej., derecho a elegir libremente sus
obispos). De este modo, la laicización de Francia llega a su culminación.
La Constitución de 1946 (Cuarta República), igual que la de 1958 aún
vigente (Quinta República), habrán de ratificar, en su artículo 1, el
principio de laïcité: “Francia es una República indivisible, laica,
democrática y social”.
12. ESPAÑA
• A comienzos del siglo XIX, España continuaba siendo una sociedad de Antiguo Régimen: monarquía
absolutista, unión entre el trono y el altar, organización estamental y corporativa, etc. El catolicismo
romano era confesión oficial y excluyente. La intolerancia y el fanatismo religiosos seguían imperando
con fuerza. La modernización del país, inducida por las ideas ilustradas y las reformas borbónicas (y por
el contacto con la Francia revolucionaria, tan próxima a la Península Ibérica), todavía era demasiado
incipiente.
• Pero la invasión napoleónica de 1808 altera abruptamente ese status quo. Tanto la España ocupada por
los franceses como la España juntista toman medidas laicizantes: abolición de la Inquisición y la censura
previa eclesiástica, supresión de las órdenes religiosas y desamortización de sus bienes, etc. La
Constitución de Cádiz (1812), sin embargo, mantuvo el fuero eclesiástico y el estatus oficial del
catolicismo, y no introdujo la libertad de cultos.
13. • A lo largo del siglo XIX, la laicización de España evolucionará e involucionará de manera pendular, de
acuerdo a los avatares políticos que va experimentando el país: retroceso durante la Restauración
absolutista de Fernando VII (1814-20), revitalización durante el Trienio Liberal (1820-23), nuevo
retroceso durante la Década Ominosa (1823-33), y así sucesivamente, en un cuento de nunca acabar.
Con todo, se registran algunas conquistas duraderas, como la supresión de la Inquisición (1834) y el
reconocimiento constitucional –con algunas limitaciones– de la libertad de cultos (1869).
• España recién alcanzará la plena laicidad ya bien avanzado el siglo XX, en 1931, al caer la monarquía y
proclamarse la Segunda República. La nueva Constitución sancionada aquel año, para garantizar una
amplia libertad de cultos y de conciencia, estipulará que “El Estado español no tiene religión oficial”
(art. 3). Asimismo, establecerá que “No podrán ser fundamentos de privilegio jurídico […] las creencias
religiosas” (art. 25), y que “El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán,
favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas” (art.
26). Como se ve, la laicización es completa.
14. • Valga aclarar que la Iglesia católica, al estallar la Guerra civil
española en 1936, tomó partido resueltamente por el bando
nacional, es decir, por la derecha contrarrevolucionaria,
convirtiéndose en uno de los pilares de la larga dictadura del
general Franco (1939-75). No menos redundante es señalar que,
durante el franquismo, el catolicismo romano recuperaría todos
sus privilegios jurídicos y económicos (estatus oficial,
sostenimiento estatal del culto, etc.), en una pavorosa regresión
de derechos que haría añicos la laicidad española.
15. • Con la llamada Transición democrática, España pasa de un confesionalismo desembozado y arrogante, a
un confesionalismo maquillado y culposo. El art. 3 de la Constitución del 78 comienza diciendo que
“Ninguna confesión tendrá carácter estatal”, pero acota de inmediato que “Los poderes públicos
tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes
relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”; cláusula que, en los hechos,
se ha traducido en una financiación preferencial –extremadamente generosa– de la religión
mayoritaria. Por otro lado, en conformidad con los acuerdos firmados con el Vaticano en 1979, el Estado
español se compromete a impartir enseñanza confesional en todas las escuelas públicas de nivel
primario y secundario (la asignatura de Religión es de elección voluntaria para les estudiantes, pero de
oferta obligada para los establecimientos educativos). Este cuadro de situación se ha mantenido hasta
el presente. España está lejos del laicismo.
16. BILIOGRAFÍA
• Juan Ignacio Ferreras, “Izquierda, laicismo y libertad”, Biblioteca Nueva, 2017.
• Eduardo Quiroz Salinas, “El tren del laicismo”, Palibrio, 2020.