En un gran número de países con economías en desarrollo de todo el mundo, se ha otorgado un tratamiento impositivo preferencial al sector agrícola, cuando los gobiernos han concientizado que para la economía y la salud del pueblo, un sector primario sano y productivo es de vital importancia.
Los países en vías de desarrollo y los países subdesarrollados, dado que por distintas razones no autoabastecen sus propios mercados con la producción alimentaria interna, otorgan entonces beneficios fiscales para incentivar la producción rural, a diferencia de los países desarrollados, los cuales indistintamente si se autoabastecen o no de un producto, pueden obligar a sus agricultores a contribuir con su cuota fiscal.
El documento define el presupuesto público como el plan financiero y de acción del gobierno para un período determinado, que facilita la coordinación de actividades buscando eficiencia. Explica que el presupuesto por proyectos reemplaza al presupuesto por programas en Venezuela y describe los pasos de su formulación.
Este documento describe una clase sobre instituciones financieras impartida en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez. La clase cubre temas como el origen y clasificación de los bancos de crédito y bancos comerciales, así como las funciones de las instituciones financieras.
Este documento describe diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica los ilícitos formales, los relativos a especies fiscales y gravadas, los materiales y aquellos con penas privativas de libertad. Para cada tipo describe brevemente las conductas prohibidas y las sanciones aplicables, como multas, clausuras, decomisos, inhabilitaciones o prisión.
El documento describe las características y beneficios de los bancos universales en Venezuela. Los bancos universales pueden realizar todas las operaciones que los bancos comerciales e instituciones financieras especializadas, ofreciendo una amplia gama de productos y servicios bajo una misma institución. Esto estimula la eficiencia, competitividad y facilita el desarrollo económico al tiempo que reduce riesgos para la banca y el país.
¿Que es el presupuesto nacional?
El presupuesto de la nación es el documento financiero en el cual el Estado muestra y estima todos los ingresos y gastos públicos totales de un año. En él se establecen aspectos como el crecimiento económico, la inflación, el total de importaciones públicas y petroleras, el pago de la deuda externa y el déficit fiscal.
Ley de endeudamiento:
Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos orientados al logro de una eficiente administración del endeudamiento a plazos mayores de un año de las entidades y organismos del Sector Público; está integrado por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público.
Partidas Presupuestarias:
La partida presupuestaria involucra el desarrollo de ingresos y categoría de gastos del presupuesto general de una empresa matriz o para sus programas especiales o proyectos.
Distribución de ingresos:
Manera en que se reparte el Ingreso total de una Sociedad.
Cuando el reparto tiene lugar entre los factores de la producción, tales como: La tierra, el trabajo, el capital, la tecnología y las empresas. se habla de Distribución funcional del Ingreso y adopta la forma de beneficios, Rentas, intereses y salarios.
Que es el SENIAT
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Nace de la fusión de Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) el 10 de agosto de 1994; Es el órgano de ejecución de la Administración Tributaria Nacional de Finanzas, para mejorar la recaudación nacional. Su principal función es la recaudación y control de los impuestos o tributos; disminuir la evasión fiscal y reducir la morosidad tributaria.
El documento resume la evolución del sistema financiero en Venezuela desde la época colonial hasta la actualidad. En los siglos XVII y XVIII, Simón Bolívar intentó convertir a los indígenas en propietarios individuales para que tuvieran control de sus bienes. En el siglo XIX, el sistema financiero comenzó a desarrollarse junto con la agricultura de exportación. En los siglos XX y XXI, el Estado creó bancos y reguló el sistema, el cual experimentó varias crisis incluyendo una en 1990 y la intervención de bancos en 2009 y
El presupuesto público es una estimación financiera anticipada, generalmente anual, de los egresos e ingresos del gobierno. Implica fijar metas y objetivos a nivel global y específico para alcanzar dichas metas a través de la planificación, organización, dirección y control de recursos. Se basa en la Constitución de Venezuela y leyes como la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y la Ley Orgánica del Poder Municipal.
El documento define el presupuesto público como el plan financiero y de acción del gobierno para un período determinado, que facilita la coordinación de actividades buscando eficiencia. Explica que el presupuesto por proyectos reemplaza al presupuesto por programas en Venezuela y describe los pasos de su formulación.
Este documento describe una clase sobre instituciones financieras impartida en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez. La clase cubre temas como el origen y clasificación de los bancos de crédito y bancos comerciales, así como las funciones de las instituciones financieras.
Este documento describe diferentes tipos de ilícitos tributarios según la legislación venezolana. Explica los ilícitos formales, los relativos a especies fiscales y gravadas, los materiales y aquellos con penas privativas de libertad. Para cada tipo describe brevemente las conductas prohibidas y las sanciones aplicables, como multas, clausuras, decomisos, inhabilitaciones o prisión.
El documento describe las características y beneficios de los bancos universales en Venezuela. Los bancos universales pueden realizar todas las operaciones que los bancos comerciales e instituciones financieras especializadas, ofreciendo una amplia gama de productos y servicios bajo una misma institución. Esto estimula la eficiencia, competitividad y facilita el desarrollo económico al tiempo que reduce riesgos para la banca y el país.
¿Que es el presupuesto nacional?
El presupuesto de la nación es el documento financiero en el cual el Estado muestra y estima todos los ingresos y gastos públicos totales de un año. En él se establecen aspectos como el crecimiento económico, la inflación, el total de importaciones públicas y petroleras, el pago de la deuda externa y el déficit fiscal.
Ley de endeudamiento:
Es el conjunto de órganos, normas y procedimientos orientados al logro de una eficiente administración del endeudamiento a plazos mayores de un año de las entidades y organismos del Sector Público; está integrado por la Dirección Nacional del Endeudamiento Público.
Partidas Presupuestarias:
La partida presupuestaria involucra el desarrollo de ingresos y categoría de gastos del presupuesto general de una empresa matriz o para sus programas especiales o proyectos.
Distribución de ingresos:
Manera en que se reparte el Ingreso total de una Sociedad.
Cuando el reparto tiene lugar entre los factores de la producción, tales como: La tierra, el trabajo, el capital, la tecnología y las empresas. se habla de Distribución funcional del Ingreso y adopta la forma de beneficios, Rentas, intereses y salarios.
Que es el SENIAT
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). Nace de la fusión de Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT) el 10 de agosto de 1994; Es el órgano de ejecución de la Administración Tributaria Nacional de Finanzas, para mejorar la recaudación nacional. Su principal función es la recaudación y control de los impuestos o tributos; disminuir la evasión fiscal y reducir la morosidad tributaria.
El documento resume la evolución del sistema financiero en Venezuela desde la época colonial hasta la actualidad. En los siglos XVII y XVIII, Simón Bolívar intentó convertir a los indígenas en propietarios individuales para que tuvieran control de sus bienes. En el siglo XIX, el sistema financiero comenzó a desarrollarse junto con la agricultura de exportación. En los siglos XX y XXI, el Estado creó bancos y reguló el sistema, el cual experimentó varias crisis incluyendo una en 1990 y la intervención de bancos en 2009 y
El presupuesto público es una estimación financiera anticipada, generalmente anual, de los egresos e ingresos del gobierno. Implica fijar metas y objetivos a nivel global y específico para alcanzar dichas metas a través de la planificación, organización, dirección y control de recursos. Se basa en la Constitución de Venezuela y leyes como la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y la Ley Orgánica del Poder Municipal.
Orientar la gestión publica en base los principios de planificación y elaboración de presupuestos equilibrados y con participación ciudadana para una gestión publica transparente.
El documento resume el origen, fuentes y leyes del derecho tributario venezolano. Explica que el derecho tributario se originó con la ordenanza tributaria alemana de 1919. Sus fuentes incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos administrativos. Las leyes que aplican son el Código Orgánico Tributario y leyes especiales como la Ley de Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado.
El documento resume las principales leyes y organismos que rigen el sistema financiero nacional en Venezuela, incluyendo la Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), el Banco Central de Venezuela, y el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE).
Este documento trata sobre las finanzas públicas en Venezuela. Explica conceptos clave como finanzas y finanzas públicas. Luego describe la evolución de las finanzas públicas en Venezuela desde 1776 hasta la actualidad, destacando hitos como la implementación de la "Agenda Venezuela" en 1996 y el aumento de los precios del petróleo en 2000. Finalmente, identifica al Banco Central de Venezuela como el ente responsable de regular las finanzas públicas en el país y enumera algunas de sus normativas.
La ley orgánica del ambiente de Venezuela establece principios para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. La ley contiene 11 títulos que cubren temas como la organización institucional ambiental, la planificación, educación ambiental, recursos naturales, investigación e información, y medidas de control y sanciones. Además, la ley busca promover la participación ciudadana, conservación de recursos, y cumple con estándares internacionales para la protección del ambiente.
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuelaluis_yanez03
Este documento resume la evolución histórica del derecho tributario en Venezuela. Explica que el derecho tributario surgió con la aparición del tributo y el progreso de la carga impositiva en el país. También señala que factores como el surgimiento del tributo, la aplicación de la tributación y la promulgación de leyes tributarias han dado forma al derecho tributario venezolano. Por último, brinda detalles sobre los principales tributos en Venezuela y la clasificación y definición del sistema tributario venezolano.
Este documento presenta la sinopsis de un curso sobre los fundamentos constitucionales y jurídicos del control fiscal. Incluye el cronograma de actividades, contenidos programáticos divididos en unidades temáticas, estrategias de evaluación, y bibliografía recomendada. Los temas a cubrir son el sistema nacional de control fiscal, modalidades del control fiscal, control fiscal venezolano y perspectiva internacional.
Este documento explica los conceptos básicos de los tributos. Define los tributos como prestaciones en dinero que el Estado exige para cubrir sus gastos. Luego clasifica los tributos en impuestos, tasas y contribuciones. Describe las características de cada uno, incluyendo ejemplos como el impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado, y los impuestos municipales como el de industria y comercio.
Marco Regulatorio del Sistema Financiero en Venezuelamariana veliz
El documento describe el marco regulatorio del sistema financiero en Venezuela. La Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras regula el funcionamiento de los bancos y demás instituciones financieras en el país y le otorga mayor autonomía a la Superintendencia de Bancos. El Banco Central de Venezuela supervisa a las instituciones financieras y puede sancionarlas por incumplir las regulaciones sobre tasas de interés o por no reportar información financiera. El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios garantiza los depósit
Este documento clasifica las principales instituciones financieras en Venezuela según los servicios que prestan. Describe el sector bancario público y privado, y luego detalla los tipos de instituciones bancarias como bancos comerciales, bancos especializados, casas de cambio, operadores cambiarios fronterizos y otras entidades no bancarias. Explica los requisitos de capital mínimo y las funciones de cada tipo de institución financiera.
La macroeconomía estudia la economía de un país en su conjunto, ocupándose de cuestiones como el crecimiento económico, el desempleo, la inflación y el producto interior bruto. La contabilidad nacional provee información valiosa al medir y analizar las magnitudes macroeconómicas agregadas de un país, como la producción, el consumo y el gasto, a través de cuentas como el producto interno bruto.
Actividad Financiera del Estado VenezolanoJoas Gonzalez
la actividad financiera del Estado venezolano, es toda actividad económica desarrollada por el Estado con destino y obtención de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines, donde se efectúan dos tipos de relaciones, una es la que asume un rol activo, como lo es en caso de exigir pagos y otra es cuando debe cumplir con obligaciones adquiridas, la cual, se puede ocasionar cuando le ingresa dinero con la administra bienes y dinero, y salidas de dinero como las prestaciones de servicios públicos, entre otros. Entonces, estas actividades financieras requieren una regulación para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por consiguiente existen normas en el derecho financiero, presupuestario y tributario.
El documento presenta un grupo de estudiantes que analizará diferentes impuestos internos como el IVA, ISLR, impuestos sobre cigarrillos, licores, sucesiones y donaciones, timbres fiscales, débito bancario, ITF, IAE, casinos y bingos, telecomunicaciones, hidrocarburos y minas. El grupo discutirá conceptos clave como hecho imponible, base imponible, temporalidad, territorialidad y sujetos en cada uno de estos impuestos.
Este documento describe el sistema tributario de Venezuela, incluyendo la definición de impuestos, su clasificación, organismos tributarios como el SENIAT y los procedimientos a nivel nacional, estadal y municipal. Explica que los impuestos son obligaciones de pago al estado para financiar servicios públicos, y que se clasifican en directos e indirectos, progresivos y regresivos. También analiza las ventajas y desventajas de cada tipo de impuesto.
Este documento resume los conceptos clave de Derecho Tributario como hecho imponible, aspectos del hecho imponible (material, subjetivo, temporal y espacial), obligaciones condicionadas y a plazo, exenciones, exoneraciones, base imponible y referencias bibliográficas. Define el hecho imponible como la circunstancia que origina la obligación tributaria y analiza sus cuatro aspectos. Explica las diferencias entre obligaciones condicionadas y a plazo, y entre exenciones y exoneraciones.
El documento presenta una introducción al presupuesto público. Define el presupuesto público y describe sus diferentes tipos, como el presupuesto tradicional y el presupuesto por programas. Explica las fases del presupuesto, incluyendo la formulación, discusión, aprobación, ejecución y control. También presenta las bases legales del presupuesto público en Venezuela, como la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público.
El documento describe los principales aspectos de las finanzas públicas en Venezuela. Explica que la administración y disposición de recursos públicos se rige por la constitución, la ley de administración financiera del sector público y otras leyes. También resume las funciones y estructura organizativa del Ministerio de Finanzas, incluyendo la formulación y ejecución del presupuesto nacional, y la coordinación de políticas macroeconómicas.
El documento presenta un cuadro comparativo entre el texto de la Iniciativa de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el texto propuesto. El cuadro compara los artículos 1 y 2 de ambos textos, los cuales definen qué personas están obligadas al pago del impuesto sobre la renta y qué se considera un establecimiento permanente. Los textos son idénticos, con la excepción de algunas precisiones adicionales en el texto propuesto sobre cuándo un agente independiente se considera parte de un establecimiento permanente.
Este documento describe los sistemas de la administración financiera del sector público en Venezuela. Se divide en seis unidades que cubren consideraciones generales, el sistema presupuestario, el sistema de crédito público, el sistema de tesorería, el sistema de contabilidad pública y el sistema de control interno. Cada unidad contiene varios temas relacionados con cada sistema.
Este documento describe aspectos generales de la política agrícola y agraria de Venezuela. Explica que la política agrícola consta de tres componentes: política de precios, políticas de recursos y políticas de acceso. También discute los tipos de políticas de mercado, así como los objetivos, programas y proyectos relacionados con la implementación de las políticas. Finalmente, analiza algunos aspectos del proyecto de ley de desarrollo agrícola de Venezuela, incluyendo disposiciones sobre el sistema de comercialización agrícola y regulaciones
El documento describe los aspectos fundamentales del crédito agrícola en Venezuela, incluyendo su clasificación, formas legales, funciones, órganos responsables y el Banco Agrícola de Venezuela. El crédito agrícola provee recursos financieros a los agricultores para aumentar la productividad e incorporar tecnología. El Banco Agrícola otorga préstamos a bajas tasas de interés para promover el desarrollo del sector agrícola.
Orientar la gestión publica en base los principios de planificación y elaboración de presupuestos equilibrados y con participación ciudadana para una gestión publica transparente.
El documento resume el origen, fuentes y leyes del derecho tributario venezolano. Explica que el derecho tributario se originó con la ordenanza tributaria alemana de 1919. Sus fuentes incluyen la constitución, tratados internacionales, leyes y reglamentos administrativos. Las leyes que aplican son el Código Orgánico Tributario y leyes especiales como la Ley de Impuesto sobre la Renta e Impuesto al Valor Agregado.
El documento resume las principales leyes y organismos que rigen el sistema financiero nacional en Venezuela, incluyendo la Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN), el Banco Central de Venezuela, y el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE).
Este documento trata sobre las finanzas públicas en Venezuela. Explica conceptos clave como finanzas y finanzas públicas. Luego describe la evolución de las finanzas públicas en Venezuela desde 1776 hasta la actualidad, destacando hitos como la implementación de la "Agenda Venezuela" en 1996 y el aumento de los precios del petróleo en 2000. Finalmente, identifica al Banco Central de Venezuela como el ente responsable de regular las finanzas públicas en el país y enumera algunas de sus normativas.
La ley orgánica del ambiente de Venezuela establece principios para la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible. La ley contiene 11 títulos que cubren temas como la organización institucional ambiental, la planificación, educación ambiental, recursos naturales, investigación e información, y medidas de control y sanciones. Además, la ley busca promover la participación ciudadana, conservación de recursos, y cumple con estándares internacionales para la protección del ambiente.
Evolución histórica del Derecho Tributario en Venezuelaluis_yanez03
Este documento resume la evolución histórica del derecho tributario en Venezuela. Explica que el derecho tributario surgió con la aparición del tributo y el progreso de la carga impositiva en el país. También señala que factores como el surgimiento del tributo, la aplicación de la tributación y la promulgación de leyes tributarias han dado forma al derecho tributario venezolano. Por último, brinda detalles sobre los principales tributos en Venezuela y la clasificación y definición del sistema tributario venezolano.
Este documento presenta la sinopsis de un curso sobre los fundamentos constitucionales y jurídicos del control fiscal. Incluye el cronograma de actividades, contenidos programáticos divididos en unidades temáticas, estrategias de evaluación, y bibliografía recomendada. Los temas a cubrir son el sistema nacional de control fiscal, modalidades del control fiscal, control fiscal venezolano y perspectiva internacional.
Este documento explica los conceptos básicos de los tributos. Define los tributos como prestaciones en dinero que el Estado exige para cubrir sus gastos. Luego clasifica los tributos en impuestos, tasas y contribuciones. Describe las características de cada uno, incluyendo ejemplos como el impuesto sobre la renta, el impuesto al valor agregado, y los impuestos municipales como el de industria y comercio.
Marco Regulatorio del Sistema Financiero en Venezuelamariana veliz
El documento describe el marco regulatorio del sistema financiero en Venezuela. La Ley de Bancos y Otras Instituciones Financieras regula el funcionamiento de los bancos y demás instituciones financieras en el país y le otorga mayor autonomía a la Superintendencia de Bancos. El Banco Central de Venezuela supervisa a las instituciones financieras y puede sancionarlas por incumplir las regulaciones sobre tasas de interés o por no reportar información financiera. El Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios garantiza los depósit
Este documento clasifica las principales instituciones financieras en Venezuela según los servicios que prestan. Describe el sector bancario público y privado, y luego detalla los tipos de instituciones bancarias como bancos comerciales, bancos especializados, casas de cambio, operadores cambiarios fronterizos y otras entidades no bancarias. Explica los requisitos de capital mínimo y las funciones de cada tipo de institución financiera.
La macroeconomía estudia la economía de un país en su conjunto, ocupándose de cuestiones como el crecimiento económico, el desempleo, la inflación y el producto interior bruto. La contabilidad nacional provee información valiosa al medir y analizar las magnitudes macroeconómicas agregadas de un país, como la producción, el consumo y el gasto, a través de cuentas como el producto interno bruto.
Actividad Financiera del Estado VenezolanoJoas Gonzalez
la actividad financiera del Estado venezolano, es toda actividad económica desarrollada por el Estado con destino y obtención de los recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines, donde se efectúan dos tipos de relaciones, una es la que asume un rol activo, como lo es en caso de exigir pagos y otra es cuando debe cumplir con obligaciones adquiridas, la cual, se puede ocasionar cuando le ingresa dinero con la administra bienes y dinero, y salidas de dinero como las prestaciones de servicios públicos, entre otros. Entonces, estas actividades financieras requieren una regulación para evitar que se malgasten los recursos o se haga uso indebido de ellos, por consiguiente existen normas en el derecho financiero, presupuestario y tributario.
El documento presenta un grupo de estudiantes que analizará diferentes impuestos internos como el IVA, ISLR, impuestos sobre cigarrillos, licores, sucesiones y donaciones, timbres fiscales, débito bancario, ITF, IAE, casinos y bingos, telecomunicaciones, hidrocarburos y minas. El grupo discutirá conceptos clave como hecho imponible, base imponible, temporalidad, territorialidad y sujetos en cada uno de estos impuestos.
Este documento describe el sistema tributario de Venezuela, incluyendo la definición de impuestos, su clasificación, organismos tributarios como el SENIAT y los procedimientos a nivel nacional, estadal y municipal. Explica que los impuestos son obligaciones de pago al estado para financiar servicios públicos, y que se clasifican en directos e indirectos, progresivos y regresivos. También analiza las ventajas y desventajas de cada tipo de impuesto.
Este documento resume los conceptos clave de Derecho Tributario como hecho imponible, aspectos del hecho imponible (material, subjetivo, temporal y espacial), obligaciones condicionadas y a plazo, exenciones, exoneraciones, base imponible y referencias bibliográficas. Define el hecho imponible como la circunstancia que origina la obligación tributaria y analiza sus cuatro aspectos. Explica las diferencias entre obligaciones condicionadas y a plazo, y entre exenciones y exoneraciones.
El documento presenta una introducción al presupuesto público. Define el presupuesto público y describe sus diferentes tipos, como el presupuesto tradicional y el presupuesto por programas. Explica las fases del presupuesto, incluyendo la formulación, discusión, aprobación, ejecución y control. También presenta las bases legales del presupuesto público en Venezuela, como la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público.
El documento describe los principales aspectos de las finanzas públicas en Venezuela. Explica que la administración y disposición de recursos públicos se rige por la constitución, la ley de administración financiera del sector público y otras leyes. También resume las funciones y estructura organizativa del Ministerio de Finanzas, incluyendo la formulación y ejecución del presupuesto nacional, y la coordinación de políticas macroeconómicas.
El documento presenta un cuadro comparativo entre el texto de la Iniciativa de la Ley del Impuesto sobre la Renta y el texto propuesto. El cuadro compara los artículos 1 y 2 de ambos textos, los cuales definen qué personas están obligadas al pago del impuesto sobre la renta y qué se considera un establecimiento permanente. Los textos son idénticos, con la excepción de algunas precisiones adicionales en el texto propuesto sobre cuándo un agente independiente se considera parte de un establecimiento permanente.
Este documento describe los sistemas de la administración financiera del sector público en Venezuela. Se divide en seis unidades que cubren consideraciones generales, el sistema presupuestario, el sistema de crédito público, el sistema de tesorería, el sistema de contabilidad pública y el sistema de control interno. Cada unidad contiene varios temas relacionados con cada sistema.
Este documento describe aspectos generales de la política agrícola y agraria de Venezuela. Explica que la política agrícola consta de tres componentes: política de precios, políticas de recursos y políticas de acceso. También discute los tipos de políticas de mercado, así como los objetivos, programas y proyectos relacionados con la implementación de las políticas. Finalmente, analiza algunos aspectos del proyecto de ley de desarrollo agrícola de Venezuela, incluyendo disposiciones sobre el sistema de comercialización agrícola y regulaciones
El documento describe los aspectos fundamentales del crédito agrícola en Venezuela, incluyendo su clasificación, formas legales, funciones, órganos responsables y el Banco Agrícola de Venezuela. El crédito agrícola provee recursos financieros a los agricultores para aumentar la productividad e incorporar tecnología. El Banco Agrícola otorga préstamos a bajas tasas de interés para promover el desarrollo del sector agrícola.
Para el correcto análisis de los estados financieros de la operación primaria agrícola, es conveniente recordar primero la importancia que tiene la correcta clasificación de las cuentas de Activos Biológicos en el Balance. Es usual encontrar errores profundamente preocupantes en este sentido, y comúnmente aceptados por los Contadores Públicos venezolanos. Errores que a la postre no solo dejan sin efecto la interpretación que se pueda hacer de la operación de una empresa agropecuaria, sino que a su vez, distorsionan las razones y parámetros que produce la inferencia con base a datos mal ubicados en la estructura de cuentas contables.
Este documento presenta apuntes de clase sobre economía agraria. Contiene 9 capítulos que cubren temas como los sistemas económicos, la oferta y demanda de productos agrarios, y la determinación de precios en los mercados. El documento analiza conceptos económicos clave aplicados al sector agrícola y provee ejemplos e información estadística para ilustrar los diferentes temas.
El documento describe las características y el funcionamiento de la Bolsa de Productos Agrícolas de Venezuela (Bolpriaven). Bolpriaven es una institución privada sin fines de lucro formada por representantes de la producción, transformación, almacenamiento, financiamiento y transporte agrícolas. Su objetivo es facilitar la comercialización y el financiamiento agrícola en Venezuela a través de instrumentos financieros bursátiles. La asamblea de accionistas, la junta directiva y los puestos de bolsa autorizados son los principales ór
La economía agrícola aplica los principios económicos a la producción agrícola para maximizar la producción de cosechas y ganado de manera sostenible. Originalmente se centró en el uso eficiente de la tierra, pero ahora cubre una variedad más amplia de áreas relacionadas con la asignación de recursos bajo escasez para optimizar las decisiones de los productores agrícolas. El documento describe brevemente el origen y evolución de la economía agrícola y las tareas asignadas para comprender mejor su importancia.
El documento presenta un índice de contenidos para el análisis financiero de la empresa INTEROC S.A correspondiente al año 2010, incluyendo el objetivo general de elaborar un estudio y análisis de los estados financieros para determinar el estado actual y la permanencia de la empresa. Luego realiza un análisis financiero aplicando diversas razones para evaluar la liquidez, apalancamiento, actividad y rentabilidad de la empresa. Finaliza con conclusiones y recomendaciones.
Este documento presenta información sobre un curso de economía agrícola impartido en la Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales Ezequiel Zamora. El curso consta de cinco módulos que cubren temas como introducción a la economía, el proceso de mercadeo agrícola, teoría de la producción, formación de precios y políticas agrícolas. Cada módulo tiene objetivos específicos, contenido detallado y una evaluación. El documento también incluye bibliografía recomendada, sitios web de
1. El punto de equilibrio es el nivel de producción y ventas en el que los ingresos totales son iguales a los costos totales, es decir, no hay utilidades ni pérdidas.
2. Para determinar el punto de equilibrio se clasifican los costos en fijos y variables, y se utilizan fórmulas algebraicas que relacionan los ingresos, costos fijos y costos variables.
3. El análisis del punto de equilibrio permite tomar decisiones empresariales sobre la viabilidad de proyectos, el nivel de
La ley promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía peruana a través de incentivos tributarios como exoneraciones del IGV y reducciones en la tasa del impuesto a la renta. Si bien estos incentivos buscan atraer inversión, también pueden generar menor recaudación tributaria, distorsionar la asignación de recursos y vulnerar principios como la equidad tributaria. Algunos cuestionan que los incentivos permiten la evasión de impuestos a través de artificios contables.
El documento describe la evolución del Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) en Colombia desde su creación en 1963 hasta la actualidad. Señala los decretos y leyes clave que han modificado el IVA, incluyendo cambios en las tarifas, bienes gravados, contribuyentes y otros aspectos. Finaliza resumiendo los principales hitos en una línea de tiempo del IVA en Colombia.
El documento analiza los regímenes tributarios y exoneraciones en el Perú, enfocándose en el sector agrario. Discuten que existen aproximadamente 35 regímenes tributarios debido a factores como legislaciones sin considerar consecuencias. El trabajo busca analizar las exoneraciones e incentivos vigentes, determinar sus beneficios, costos y efectos, y proponer estrategias para eliminar aquellas que no sean eficientes. Examinan en detalle los gastos tributarios, concentrados principalmente en IGV e IR, y en sectores como agropec
Reforma tributaria del 2021 y 2023 y sus.pptxjosuetircio
La reforma tributaria de 2021 aumentó los impuestos afectando negativamente a la clase media y los sectores populares. La reforma de 2023 buscó corregir esto aumentando las deducciones de gastos y reduciendo impuestos para negocios pequeños y microempresarios. También gravó nuevos sectores como los pronósticos deportivos en línea. El objetivo general fue mejorar la equidad tributaria y la recaudación sin perjudicar a los contribuyentes de menores ingresos.
El documento resume la Reforma Fiscal de 2014 en México, la cual introdujo el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) para reemplazar al Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS). El RIF ofrece una reducción gradual del impuesto sobre la renta durante 10 años para aquellos contribuyentes con ingresos menores a $2 millones que se incorporen voluntariamente a la formalidad fiscal. El objetivo es aumentar la recaudación mediante la inclusión de más contribuyentes y el fomento del cumplimiento tributario.
Que reforma los artículos 29 y 32 de la ley del impuesto sobre la rentaUNAM
La iniciativa propone reformar la Ley del Impuesto sobre la Renta para permitir la deducción del 100% de los gastos en restaurantes cuando se paguen con tarjeta de crédito o débito, y eliminar los límites actuales de deducción. Esto impulsaría la industria restaurantera, generando mayores ventas, empleos y recaudación fiscal. Al mismo tiempo, facilitaría la fiscalización al requerir pago electrónico. Se espera que estas medidas dinamicen la economía sin afectar los ingresos del gobierno.
La Reforma Tributaria elimina el Fondo de Utilidades Tributables y introduce nuevos mecanismos para incentivar la inversión y el ahorro. Además, permite contar con recursos para financiar una profunda reforma educacional, mejorar el sistema de salud y consolidar la estabilidad fiscal, avanzando hacia una mayor equidad tributaria. La Reforma implementa también medidas para disminuir la evasión y elusión tributaria.
El documento propone una reforma fiscal progresiva en México que combata la evasión y elusión fiscal, sea redistributiva y generadora de empleo. Algunas de las propuestas clave son reducir el gasto corriente del gobierno, destinar nuevos ingresos a sectores estratégicos, limitar la discrecionalidad del ejecutivo en subsidios y regular más la publicidad gubernamental. También propone gravar más a grandes contribuyentes y fortalecer los derechos de los contribuyentes.
Seminario 1 las pruebas saber pro y saber t yDIMELSA APONTE
El proyecto de Ley de Financiamiento propone modificaciones al IVA, impuesto de renta y otros, para recaudar $14 billones adicionales en 2019. Incluye la unificación de tarifas de IVA en 18% y reducción del impuesto de renta de empresas del 33% al 30%. El proyecto busca equilibrar el presupuesto nacional, aunque podría afectar la inflación y estabilidad fiscal.
Sesión n° 3 derecho tributario código tributarioContabilidad Usb
El documento habla sobre el Código Tributario, que establece los principios e instituciones básicas que rigen la tributación nacional. Define conceptos como impuestos, contribuciones y tasas, y explica que el Código rige las relaciones jurídicas originadas por los tributos. También menciona las diferentes normas que componen el marco legal tributario y los beneficios fiscales o exoneraciones temporales otorgadas para estimular sectores de la economía.
Este documento analiza la necesidad de una reforma tributaria en Colombia. Explica que la crisis fiscal del país ha empeorado en la última década, con los ingresos creciendo a una tasa menor que los gastos, lo que ha aumentado el déficit y la deuda pública. Describe el sistema tributario actual, incluyendo impuestos sobre la renta, IVA y movimientos financieros. Argumenta que el sistema tiene distorsiones debido a numerosos beneficios tributarios y tasas crecientes, y que una reforma debería eliminar beneficios e incent
El documento describe los aspectos tributarios de las empresas agrícolas en Perú. Se han otorgado incentivos fiscales a este sector desde 1996, como tasas reducidas de impuestos y depreciación acelerada. Las empresas deben estar al día en el pago de impuestos para acceder a estos beneficios. Recientemente se reconoció el derecho de las empresas avícolas que usan maíz importado a estos incentivos. Para acceder a ellos, las empresas deben presentar un plan de inversión y declaración jurada de inversiones realizadas.
La minuta contiene modificaciones a varias leyes fiscales de México para 2014, incluyendo cambios en impuestos sobre la renta, valor agregado y producción y servicios. Algunos cambios notables son aumentar los impuestos sobre la renta para personas de altos ingresos, gravar más productos como comida chatarra y bebidas azucaradas, y eliminar beneficios fiscales para la industria minera.
Presentación realizada el 09 de octubre de 2015 en Conectas Chile, para un grupo de ejecutivos y empresarios. Nuestro objetivo es orientar a los empresarios de Chile de las implicancias de la Ley 20.780 -Reforma Tributaria-
Claudia Valdés Muñoz
Raúl Leiva Lobos
SOBRE IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Y 5 INTERROGANTES (1.-¿Explicar cuáles son las Ventajas del Impuesto al Valor Agregado (IVA)?; 2.-¿Quiénes son los Sujetos Pasivos?; 3.- ¿Cuál es su ámbito territorial?; 4.-¿Cuál es el HECHO IMPONIBLE que lo puede generar? y 5.- ¿Cómo y Cuando es la declaración y pago de dicho impuesto?) Alumna: Ayari Padrón, C.I: V-11.945.949 -Prof.: Abog. Emily V. Ramírez M. Sección: SAIA “A” - UFT
Tarea colaborativa I.
Dos puntos de vista diferentes frente a tres reformas fiscales.
Realizada por:
MªÁngeles Salmerón Caparrós
Lourdes Puerta Aguilar
En todo este articulado legal está el cuerpo que le da vida al devenir comercial y tributario de nuestro país.
La Reforma Tributaria ha tocado los principales elementos que aseguran su cumplimiento, así como también cambian el eje central de responsabilidad tributaria, trasladándola desde la empresa, al empresario.
La reforma tributaria de Colombia de 2012 introdujo nuevos impuestos y modificaciones a los existentes. Entre los cambios más relevantes se encuentran: 1) la creación del Impuesto Mínimo Alternativo para personas naturales y del impuesto a la equidad CREE para sociedades; 2) la reducción de la tarifa de renta para sociedades del 33% al 25% y 3) cambios en el IVA con tres nuevas tarifas y la creación de un impuesto nacional al consumo. La reforma buscó mejorar la distribución de la carga tributaria favoreciendo a
La reforma tributaria de 2014 en El Salvador aprobó cambios al Código Tributario, la Ley de Impuesto sobre la Renta y creó un impuesto a las operaciones financieras. Sin embargo, se espera que la recaudación adicional sea menor a los US$55 millones necesitados para resolver la situación fiscal, y que el impuesto financiero incentive la desbancarización y reduzca el crecimiento económico, como muestran experiencias internacionales. Además, se omitieron medidas como el impuesto a la propiedad suntuaria y una ley de respons
La reforma tributaria de 2014 en El Salvador aprobó cambios al Código Tributario, la Ley de Impuesto sobre la Renta y creó un impuesto a las operaciones financieras. Sin embargo, se espera que la recaudación adicional sea menor a los US$55 millones necesitados para resolver la situación fiscal, y que el impuesto financiero incentive la desbancarización y reduzca el crecimiento económico, como muestran experiencias internacionales. La reforma no logró abordar de manera integral la crisis fiscal.
Similar a La Variable Fiscal en la Empresa Ganadera Venezolana. Por Gerardo Mendoza (20)
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Los metodos de valuación de inentarios permiten gestionar y evaluar de una manera más eficiente los inventarios a nivel económico, este documento contiene los mas usados y la importancia de conocerlos para poder aplicarlos de la manera mas conveniente en la empresa
El-Codigo-De-La-Abundancia para todos.pdfAshliMack
Si quieres alcanzar tus sueños y tener el estilo de vida que deseas, es primordial que te comprometas contigo mismo y realices todos los ejercicios que te propongo para recibieron lo que mereces, incluso algunos milagros que no tenías en mente
Bienvenido al mundo real de la teoría organizacional. La suerte cambiante de Xerox
muestra la teoría organizacional en acción. Los directivos de Xerox estaban muy involucrados en la teoría organizacional cada día de su vida laboral; pero muchos nunca se
dieron cuenta de ello. Los gerentes de la empresa no entendían muy bien la manera en que
la organización se relacionaba con el entorno o cómo debía funcionar internamente. Los
conceptos de la teoría organizacional han ayudado a que Anne Mulcahy y Úrsula analicen
y diagnostiquen lo que sucede, así como los cambios necesarios para que la empresa siga
siendo competitiva. La teoría organizacional proporciona las herramientas para explicar
el declive de Xerox, entender la transformación realizada por Mulcahy y reconocer algunos pasos que Burns pudo tomar para mantener a Xerox competitiva.
Numerosas organizaciones han enfrentado problemas similares. Los directivos de
American Airlines, por ejemplo, que una vez fue la aerolínea más grande de Estados
Unidos, han estado luchando durante los últimos diez años para encontrar la fórmula
adecuada para mantener a la empresa una vez más orgullosa y competitiva. La compañía
matriz de American, AMR Corporation, acumuló $11.6 mil millones en pérdidas de 2001
a 2011 y no ha tenido un año rentable desde 2007.2
O considere los errores organizacionales dramáticos ilustrados por la crisis de 2008 en el sector de la industria hipotecaria
y de las finanzas en los Estados Unidos. Bear Stearns desapareció y Lehman Brothers se
declaró en quiebra. American International Group (AIG) buscó un rescate del gobierno
estadounidense. Otro icono, Merrill Lynch, fue salvado por formar parte de Bank of
America, que ya le había arrebatado al prestamista hipotecario Countrywide Financial
Corporation.3
La crisis de 2008 en el sector financiero de Estados Unidos representó un
cambio y una incertidumbre en una escala sin precedentes, y hasta cierto grado, afectó a
los gerentes en todo tipo de organizaciones e industrias del mundo en los años venideros.
La Variable Fiscal en la Empresa Ganadera Venezolana. Por Gerardo Mendoza
1. 1
TRATAMIENTO DE LA VARIABLE FISCAL EN LA EMPRESA
GANADERA VENEZOLANA
Por: Lic. Gerardo Mendoza D.
TSU. Administración de Recursos Físicos y Financieros
(Colegio Universitario Fermín Toro 1988); Lic. Administración de Empresas Agropecuarias
(Universidad Sur del Lago 1992-“cumlaude”); Especialista en Gerencia Tributaria
(Universidad Católica del Táchira 2000); Magíster en Gerencia de Empresas Agrícolas
(Universidad Nacional Experimental del Táchira 2005); Doctorando en Economía y Dirección Empresarial
(Universidad de Deusto 2003-2010)
Director de Agroinformática, C.A. desde 1994. Consultor tributario del sector rural. Desde 1999
Profesor Asistente en la Facultad de CC EE y SS en Universidad Católica del Táchira desde 1999. Profesor Invitado
en la Facultad de Medicina Veterinaria de La Universidad del Zulia (LUZ). Profesor invitado del Instituto de
Gerencia y Estrategias del Zulia (IGEZ).
Gerardo.mendoza@agroinformatica.com.ve
gmendoza@ucat.edu.ve
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El Problema actual
En un gran número de países con economías en desarrollo de todo el
mundo, se ha otorgado un tratamiento impositivo preferencial al sector agrícola,
cuando los gobiernos han concientizado que para la economía y la salud del
pueblo, un sector primario sano y productivo es de vital importancia.
Los países en vías de desarrollo y los países subdesarrollados, dado que
por distintas razones no autoabastecen sus propios mercados con la producción
alimentaria interna, otorgan entonces beneficios fiscales para incentivar la
producción rural, a diferencia de los países desarrollados, los cuales
indistintamente si se autoabastecen o no de un producto, pueden obligar a sus
2. 2
agricultores a contribuir con su cuota fiscal.
El sector primario, en varias latitudes de América Latina disfruta de un trato
preferencial en cuanto a los respectivos regímenes impositivos de cada país1
; por
el contrario, en otros, tales beneficios no se han materializado2
. En este último
caso, básicamente la razón estriba en que en estos países el producto interno bruto
agrícola (PIBA) representa una proporción importante del producto interno total y en
consecuencia, los presupuestos gubernamentales no pueden renunciar al aporte
fiscal proveniente del sector primario, para satisfacer los gastos públicos.
En Venezuela, el sector primario disfrutó de un trato preferencial en el ISLR
desde la década de 1960 y hasta 1999, cuando fueron eliminadas las exenciones
otorgadas por la Ley de Impuesto sobre la Renta (en adelante LISLR) y en lo
sucesivo, someter al sector primario y todas sus actividades a las cargas fiscales
ordinarias establecidas en el sistema de imposición directo venezolano. Así mismo,
a partir de la promulgación de la Ley del IVA (antigua Ley del Impuesto al
Consumo Suntuario y Ventas al Mayor venezolano LICSVM), los productores del
campo inevitablemente han incrementado sus costes de producción en ocasión de
cumplir con la obligatoriedad de cancelar dicho tributo indirecto (el denominado
impuesto a las ventas), a sus proveedores y suplidores de insumos para
posteriormente verse atrapados en la imposibilidad de oponerlos o trasladarlos al
precio final de sus respectivos bienes, en virtud del mecanismo de exención para
los productos del sector, contenido en la Ley del IVA.
En cuanto al Impuesto sobre la Renta (en adelante ISLR) e impuestos
patrimoniales y otros impuestos directos se alega que existe un sacrificio fiscal muy
1
En Paraguay, la actividad está exenta del IVA (del todo), en México está exenta de ISLR, en
Uruguay existen algunos productos con el tratamiento de una tasa en el IVA mínima del 12%
siendo la máxima 22%. Fuente: FAO, “Tributación agrícola en países en desarrollo”. Roma.
1993
2
En Brasil, el ICM (una modalidad de IVA) grava fuertemente el sector. En Chile el sector paga
18% de IVA y no hay ningún producto exceptuado y existe el impuesto territorial. En Colombia
existe para el sector impuesto a la renta, al patrimonio y prediales. Fuente: FAO, “Tributación
agrícola en países en desarrollo”. Roma. 1993.
3. 3
grande3
que para 1995 pasaba de los 64 mil millones de bolívares, y se señala, que
las exenciones concedidas al sector en esta materia constituyen un daño a la
economía del país porque se viola el principio de igualdad como base de los
impuestos; este argumento se sustenta en el hecho de que las cargas públicas no
recaen sobre la totalidad de los sujetos pasivos que conforman el Estado.
Con respecto a los impuestos indirectos, a los efectos del presente trabajo el
Impuesto al Valor Agregado (IVA), tributo que constituye hoy en día en Venezuela
la principal fuente de recaudación no petrolera, la exclusión de los productos del
sector agrícola se fundamenta en la precariedad organizativa de los productores del
campo para administrar el tributo, razón lógica para excluirlos del sistema y
optimizar la recaudación.
Haciendo historia, en Venezuela, la Ley de Impuesto sobre la Renta de
19954
, reintrodujo la exención al sector agropecuario del ISLR, cabe recordar que
esta exención en 1994 había sido suspendida, en el marco de la Reforma Tributaria
que se implementara en Agosto de ese año, pero mediante una modificación a la
ley especial que regula la materia, cuya normativa se aplica en el aspecto que nos
ocupa con una inexplicable retroactividad hasta los 18 meses anteriores a su
publicación, la Reforma de diciembre 1995 restableció los beneficios fiscales
concedidos al sector agrícola. Beneficios que hoy fueron eliminados en la Reforma
de 1999 y por tiempo indefinido, ya que se trata de una reforma estructural del
sistema impositivo a la renta para introducir a Venezuela en el Régimen de Renta
Mundial.
Los efectos de las normas dictadas bajo la premisa anteriormente expuesta,
arrojan sobre los productores primarios, ciertos visos de inseguridad jurídica, en
virtud del principio de irretroactividad de las leyes prevista en la Constitución
Nacional, más aún a la luz de las disposiciones contenidas en la reforma del
3
SENIAT. Series Ensayos 2. “Efecto fiscal de las exenciones y exoneraciones a las rentas
agrícolas en la Ley venezolana de Impuesto sobre la Renta”. Ministerio de Hacienda.
4
Publicada en la Gaceta Oficial N° 5.023 Extraordinario de fecha 18 de Diciembre de 1995.
4. 4
Código Orgánico Tributario (COT)5
de 1994, todo lo que mantiene en la actualidad
al sector primario suspendido en incertidumbre, mientras transcurre el tiempo
necesario para la prescripción de las obligaciones tributarias. De allí que los
productores del campo venezolano se mantenían sujetos a la teoría de que no
deben cumplir ninguna obligación o deber formal tributario como lo ha demostrado
la práctica en la década de los 80 y 90.
En materia de impuesto al valor agregado, el productor agropecuario tenía el
camino cerrado al cancelar la alícuota del 14%, 11%, 8%, etc, de crédito fiscal
sobre más del 50% de sus insumos; dado que sus productos están exentos de este
tributo hoy día en Agosto del 2007, al igual que el periodo comprendido entre enero
2003 y Marzo 2007; el productor no puede incluirse en la cadena de traslación del
impuesto al no poder trasladar el débito fiscal en sus precios de venta; luego,
atendiendo expresas disposiciones de la ley que regula la materia debe imputar al
coste de venta del respectivo producto el crédito fiscal (actualmente 9%, a partir de
Julio 2007) sin posibilidad alguna de recuperarlo puesto que sus productos están
sujetos a los precios del mercado y/o regulaciones del gobierno nacional, y no
existe ninguna figura de reintegro o recuperación de ese impuesto pagado; lo que
convierte a esta exención en un gravamen al consumo sin posibilidad de
compensación, traslación o reintegro.
De continuar esta situación en el IVA y de materializarse el gravamen
patrimonial-catastral para los “fundos”, (actualmente en desarrollo para sustituir el
impuesto a las tierras ociosas instituido por la ley de tierras y desarrollo agrario que
se convirtió en letra muerta por su imposibilidad de cálculo) considerando la baja
5
Constitución de la República de Venezuela. Artículo 44: “Ninguna disposición legislativa
tendrá efecto retroactivo excepto cuando imponga menor pena……”.COT. Artículo 71: “Las
disposiciones de este Código se aplicarán a todas las infracciones y sanciones tributarias…..”. En el
caso concreto de la reforma a la Ley de ISLR, no se incluyó en ella ninguna norma que imponga
menor pena; por el contrario, la naturaleza de la norma es estrictamente tributaria, relacionada con
la dispensa del cumplimiento de la obligación tributaria por vía de la exención. La obligación
tributaria no es una obligación sancionatoria, esta surge de un hecho imponible que puede ser
favorecido con un beneficio fiscal, como es el caso. De manera que la vigencia de una norma que
no contemple una sanción no puede ser retroactiva como lo fue la eliminación de la exención
contenida en la reforma a la Ley de ISLR en 1995.
5. 5
productividad y rentabilidad de las fincas y de los rebaños venezolanos en el
presente, asumimos que pueden ocurrir varias situaciones, entre las cuales
mencionamos las siguientes:
1. Que el productor nacional cambie los rubros de producción y se integre a una
producción tropical-húmeda (sistema de producción con cultivos y rebaños
biológicamente más fáciles de desarrollar exclusivos de agroclimas como el
nuestro), en la que disminuyen los costes de producción y se facilita el
mantenimiento de los cultivos y los rebaños, -lo que implica entre otros, el
posible abandono en gran medida de la cultura de razas de leche y del maíz y
el sorgo -, y así poder contar con una renta que le permita el cumplimiento de
la obligación fiscal; o bien,
2. Sin cambiar los sistemas de producción se continúe trabajando en los mismos
rubros, se fortalezca el latifundio y, en el mejor de los casos, se manifiesten
síntomas de evasión fiscal o en el peor, se abandone la actividad agrícola, con
el consecuente éxodo de la población y de inversión de capitales hacia
sectores que les ofrezcan mayores garantías de retorno y seguridad.
Posibles Soluciones.
Estas consecuencias pudieran prevenirse, bien con la participación del
Estado mediante subsidios colaterales a los insumos y servicios de alto coste para
no tergiversar el funcionamiento tributario, o bien estudiando la creación de tasas
preferenciales o exoneraciones limitadas y así cumplir con los principios de
generalidad y de igualdad pechando al agricultor, pero pechándolo dentro de un
sistema progresivo y eficiente, descargándole por la vía de subsidios y ayudas el
componente fiscal sustraído. Estas medidas se fortalecerían también si se le
permitiera la recuperación del crédito fiscal de IVA pagado en los insumos,
manteniendo la exención total al productor en la venta posterior de sus productos;
6. 6
en cualquier caso, las normas de regulación del tributo deben dictarse bajo
patrones de seguridad jurídica.
En el caso del IVA una eliminación de la exención a los bienes de
producción primaria debiera incluir normas que incorporaran al productor rural en la
cadena de traslación del tributo mas no en su administración; en este orden de
ideas, un mecanismo válido pudiera ser por ejemplo, la delegación de la
administración del tributo en referencia, en los adquirientes de los mismos, (la
agroindustria) y en los compradores calificados para ello que ya se encuentran
enmarcados dentro del sistema de facturación, mediante la creación de la figura
ampliamente conocida en otros impuestos como lo es el agente de percepción del
impuesto, en este caso, impuesto al valor agregado.
En tal sentido, en Chile se obliga al comprador bajo la figura de
“Responsable” a emitir la factura de venta, incorporar el impuesto y enterarlo
íntegramente, con el objeto de que el productor primario no tenga que cumplir con
esa obligación; paralelamente, surge a favor de éste el derecho de reintegro sobre
todos aquellos créditos fiscales que hubiese imputado íntegramente al coste de su
producción6
. En México ocurre exactamente lo mismo.7
La técnica que se ha explicado en los párrafos previos ofrecería otros
elementos que deberían considerar los representantes del Fisco Nacional. Al exigir
la legalidad de las instituciones compradoras, sembraría las bases para eliminar la
urbe de intermediarios que sin arriesgar patrimonio ni capital alguno abultan la
economía informal mediante pequeñas empresas no registradas, no contribuyentes
éstos que alimentando el género de “las roscas”, no dejan de absorber para sí
buena parte del precio que el consumidor final paga por el producto terminado.
Antecedentes.
6
Ley del I.V.A agropecuario vigente en Chile.
7
AGUILAR V., Alfredo. Administración Agropecuaria. 4ta edición. Editorial Limusa, S.A. de C.V. México
1989. Pp 577-579.
7. 7
Los expertos de la antigua ALALC (Asociación Latinoamericana de Libre
Comercio), hoy ALADI, estimaron como la solución más conveniente del problema
de la imposición en el sector primario su exclusión del ámbito del IVA en Chile, en
razón de la tradicionalmente precaria organización administrativa y contable de la
mayoría de tales contribuyentes. Sin embargo esta exención fue suspendida en
1975 para algunos productos del sector, 1976 fue suspendida para algunos otros y
en 1977 para el resto.
El IVA chileno está basado en un esquema de retención y percepción del
impuesto por los compradores, donde el productor no administra el impuesto
porque la responsabilidad de facturación y pago al fisco es del que compra. No
obstante la misión de la ALALC del 5 de Agosto de 1975 en su documento
preparado en Uruguay en el marco de la sexta reunión de directores de tributación
interna preparada en el CIET (centro interamericano de estudios tributarios) por la
O.E.A. (organización de estados americanos), creemos que los productores
primarios forman una masa de contribuyentes de difícil administración; la falta de
registros que respalden sus operaciones, la localización, los métodos que usan y su
bajo nivel cultural suponen graves dificultades para su control, teniendo también en
cuenta que este es el tratamiento aplicado al sector por los impuestos generales a
las ventas en América Latina. (Subrayado propio). Y, aunque reconocieron que tal
exclusión origina un efecto acumulativo secundario en virtud de la incidencia del
impuesto que pesa sobre los insumos que compra el productor, consideraron que el
alto valor agregado con que opera el sector hace que esa acumulación residual
carezca de significación, sin embargo estimaron conveniente formular reservas
respecto a los productores con alto índice de organización, o cuando el valor
agregado sea bajo en comparación con el coste de los insumos (caso venezolano
en toda la extensión del sector).
La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la
8. 8
Alimentación (FAO por sus siglas en inglés), hace un examen de casos
seleccionados sobre la tributación agrícola en países en desarrollo y en su
contenido explica como la mayor incidencia de tributación en el agro de estos
países está basada en tributos implícitos (inflación, variaciones en los tipos de
cambio, variaciones en el nivel de precios, etc.) más que en impuestos explícitos
como el ISLR y el IVA. No obstante centra su estudio en estos últimos como
impuestos que afectan directamente la economía y el gasto público agrícola y en
relación a los países estudiados de América Latina (Argentina, Chile, Colombia,
Costa Rica, México y Uruguay) precisa que los impuestos más importantes eran los
impuestos al comercio internacional, a la renta, al patrimonio y los impuestos
territoriales. Los impuestos territoriales recaudados en Argentina, Chile y Uruguay
eran basados en el precio del mercado de la tierra, en Chile eran basados en una
valoración fiscal periódica y en una valoración catastral periódica en Ecuador8
. Y
en general asegura que en América Latina los impuestos territoriales fueron
especialmente importantes.
El mencionado estudio de la FAO explica que en todos los países los
insumos tuvieron un tratamiento de subvención, de reglamentación especial o de
subsidios, las importaciones de insumos agrícolas quedaban exentas de todos los
impuestos de la exportación en Ecuador, México y Uruguay o de algunos impuestos
en Colombia. Además, la mayoría de los países de América Latina estudiados
concedían créditos oficiales a la agricultura, en forma de asignaciones obligatorias
o tasas de interés real negativas.
En varios países latinos se concedieron exenciones de impuestos por
razones de equidad, sobre todo en los impuestos directos, como los impuestos
territoriales y a la renta. En Ecuador, México y Uruguay se eximió de impuesto
territorial a los pequeños propietarios, y en Ecuador se concedió exención a la renta
8
FAO. “La Tributación Agrícola en los Países en Desarrollo.” (Examen de casos seleccionados).
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Roma, 1993. Pág. 18.
Ediciones FAO 1993.
9. 9
de los pequeños productores. En México todos los pequeños productores estaban
exentos de todos los impuestos, y en el Uruguay de la mayoría de los impuestos.
Las exenciones fiscales eran la forma predominante de incentivos al sector.
Los hechos en Venezuela.
En Venezuela, el sector ha tenido un tratamiento preferencial en el impuesto
a la renta en los últimos 16 años, desde la Reforma a la Ley de ISLR de 1986
donde se prevé en su artículo 14, numeral 1, la posibilidad de que el Ejecutivo
Nacional otorgue una exoneración, y establece un régimen de rentas presuntas en
el artículo 48, otorga una rebaja al impuesto en el artículo 81, y en el artículo 107
establece una exención sometida al término de 10 años.
Se promulga en 1988 el Decreto # 2.268 que obliga a los productores
primarios a requerir de la administración tributaria el beneficio de la exoneración
condicionado al cumplimiento de algunos deberes formales.
En la Ley de ISLR de 1991, se declaran exentos los enriquecimientos netos
que obtengan los productores agrícolas, pecuarios, pesqueros o forestales
derivados de la actividad a nivel primario, previsto en el numeral 9 del artículo 12 y
artículo 36; en consecuencia se eliminan las rebajas de impuesto y el régimen de
renta presunta. En la Ley de ISLR de 1993 no hay cambios.
En la Ley de ISLR de 1994 vigente a partir del 1 de Junio de 1994, se
elimina la exención, se establece una rebaja de impuesto de 40 U.T (unidades
tributarias) a las personas naturales dedicados exclusivamente a la actividad
primaria y cuyo enriquecimiento no exceda de 2.250 U.T por año: artículo 63,
parágrafo cuarto. No se prevé posibilidad de exonerarlos. Crea una rebaja por
10. 10
nuevas inversiones del 20% en el artículo 58, parágrafo cuarto.
Se promulga la Ley de Reforma de la Ley de Impuesto sobre la Renta el 18
de Diciembre de 1995, la cual dispone en su artículo 12, numeral 13, que los
productores agrícolas, pecuarios, pesqueros o forestales están exentos de
impuesto por los enriquecimientos provenientes de estas actividades a nivel
primario. No distingue entre ningún tipo de productor con más o menos
enriquecimiento. El artículo 96 de la misma Ley consagra una exención en cuanto
al tributo establecido por la revalorización de activos y, sin embargo, persiste el
incentivo del 20% de rebajas sobre inversiones nuevas, inexplicablemente, porque
no hubo renta gravable desde esta Ley hacia adelante para descargar las nuevas
inversiones. Finalmente el legislador ordena su aplicabilidad a partir del 1 de junio
de 1994, un año y más de cinco meses anteriores a la publicación de la norma,
obviando totalmente la aplicabilidad de la Ley anterior de 1994 en todos sus
aspectos.
Vigente esta última hasta Octubre de 1999, se vuelve a reformar para dar
entrada al Régimen de Renta Mundial el 22 de Octubre de 1999 en gaceta Oficial #
36.568 eliminando las exenciones a la actividad primaria. En adelante, cualquier
ejercicio económico de empresas agropecuarias o productores primarios que
comenzare bajo el imperio de aquella reforma, es decir, después del 31 de Octubre
de 1999 quedaba gravado por el ISLR De allí la afirmación de que cualquier
ejercicio que cierre operaciones en el 2000 era gravable.
Rápidamente, en Mayo del 2.000 se crea el Decreto # 838 de exoneración a
la renta de la actividad primaria. Con duración de 4 años y vigente desde el mismo
ejercicio en curso (2000) hasta el 31-12-2003, obliga a los productores que quieran
disfrutar del beneficio a presentar recaudos y justificar su condición de “productores
primarios”, a fin de evitar el pago de impuesto a cambio de una obligatoria
11. 11
reinversión en la unidad de producción de la totalidad del impuesto calculado y
dejado de pagar. Sopena de perder el beneficio de exoneración.9
Este beneficio
posteriormente fue extendido dos veces hasta el 31 de Diciembre del 2006, y
recientemente derogado el 7 de Febrero de 2007 para ser sustituido por un nuevo
beneficio de exoneración, de Impuesto sobre la Renta con aplicación hasta el 31 de
Diciembre del 2008. (Este nuevo beneficio, con el mismo contenido legal del
anterior, fue publicado el 7-2-2007 en el Decreto 5.165)
Justificación.
Es evidente que se ha venido a menos el patrimonio del productor primario
en Venezuela al excluir los productos primarios de la ley del IVA, se trata de una
exención ilusoria pues no deja oportunidad alguna para que este recupere los
créditos fiscales habidos en cada compra, ya que al estar exentos sus productos no
puede incorporar el impuesto y originar el débito fiscal. El escenario 2003-2006,
durante el cual estuvo gravada la carne y los animales permitió la recuperación de
algunos créditos fiscales, hoy día ya todo vuelve a estar exento de IVA y a los
productores de nuevo se les prohíbe facturar sus débitos fiscales, mas siguen
pagando créditos fiscales que engrosan sus costes.
No existe una fuente de información permanente para los pequeños
productores del campo que proporcione una guía para la administración del IVA; las
distancias geográficas, el nivel cultural del productor campesino y terrateniente en
general, las condiciones actuales de la vialidad rural y el abandono del sector por
parte de los medios de comunicación, han hecho fácil el camino a la exclusión de
9
El Estado pretende que el productor venezolano cumpla deberes formales y pague impuesto sobre la
renta, sin ni siquiera este saber calcular su renta. Sin posibilidad de asesorarse con calidad porque los
profesionales especialistas en la materia no se forman para asistir y revisar o crear un grupo de registros
contables donde participan activos biológicos que merecen todo un tratamiento distinto en la
Contabilidad. A la vez los profesionales del campo se quedan cortos en su preparación contable y
administrativa, sin mencionar las dificultades que enfrentan a la hora de gerenciar.
12. 12
los productos primarios de la Ley de IVA, fundamentado en la poca organización de
los registros contables y administrativos. Motivo por el cual es necesario idear un
sistema de tributación indirecta para el productor que no implique la administración
de este impuesto.
Por la misma razón, y añadiendo la falta de confianza en que el productor
del campo pudiera responder fielmente por las declaraciones de impuesto sobre la
renta y el ajuste de sus activos por inflación, se pretende crear un sistema para
presumir la renta gravable con base a una apreciación de valores de registro o
catastrales sin prestar atención al grado de productividad de cada fundo, hato o
parcela, lo que en cuanto a impuestos directos, configuraría un sistema altamente
regresivo debido a la baja rentabilidad de los “fundos” y en consecuencia la limitada
disponibilidad de recursos para cubrir un impuesto proporcional basado en el valor
inmobiliario de cada finca. Premisa que infiere el estudio de las técnicas de
producción en el agro venezolano para demostrar que las rentas presuntas pueden
fracasar en una agricultura tan heterogénea como la venezolana, en la que la
extensión de los fundos no guarda relación de proporcionalidad con la
productividad en absoluto, como han fracasado en otros países.10
Por estas razones, entre otras, se cree que el sector pudiera avanzar hacia
una mejora en su organización, útil para el productor particularmente y para el
Estado, en función de la utilidad que representaría un banco de datos ordenados y
coherentes para orientar a los productores menos favorecidos a imitar
técnicamente a los productores más favorecidos e incrementar su rentabilidad y ser
más productivos en pro de un posible desarrollo agrícola y en consecuencia una
mayor capacidad de contribuir fiscalmente. La organización de estos datos debe
10
En Argentina se introdujo un impuesto territorial en 1975 y fracasó debido a dos razones:
la primera el trato desigual a la agricultura en comparación con otros sectores de la economía; y
segundo porque es sumamente complejo establecer la capacidad potencial de un fundo, los
requisitos son muy técnicos, numerosos y poco prácticos.
13. 13
estar en manos de los productores mismos a través de sus gremios o asesores
especializados en ello; y fijar como fin la administración de los tributos en el futuro
para que la intervención fiscalizadora del SENIAT, que protagoniza un cambio en el
control de la información financiera del Estado, sirva de apoyo en pro del desarrollo
administrativo del sector.
Se pretende realizar esta investigación basada en datos reales, recientes, de
fuente directa y veraz, por lo que se cree que pueda servir de apoyo a futuras
investigaciones y a la consecución misma de un esquema nuevo de tributación
para el sector rural. Puede ir más allá, incorporando conceptos para la creación de
normas de registro contable para el agro venezolano, área en la cual germinaría
buena parte del problema de registrar consistentemente el giro financiero de los
productores primarios.
Bases legales.
Constitución de la República de Venezuela, artículo 223: “El sistema
tributario procurará la justa distribución de las cargas según la capacidad
económica del contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la
protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida del pueblo.”
Código Orgánico Tributario Gaceta Oficial de la República de Venezuela
Nro. 4.727 Extraordinario del 27 de Mayo de 1994, artículo 68: “Las exenciones y
exoneraciones pueden ser derogadas o modificadas por ley posterior aunque
estuvieren fundadas en determinadas condiciones de hecho”. En su artículo 70: “
Las normas tributarias punitivas tendrán efecto retroactivo cuando supriman hechos
punibles o infracciones legales o establezcan sanciones más benignas.” Y en su
artículo 44: “Ninguna disposición legislativa tendrá efecto retroactivo, excepto
cuando imponga menor pena. Las leyes de procedimiento se aplicarán desde el
14. 14
momento mismo de entrar en vigencia, aún en los procesos que se hallaren en
curso; pero en los procesos penales las pruebas ya evacuadas, se estimarán en
cuanto beneficien al reo, conforme a la ley vigente para la fecha en que se
promovieron”.
Ley vigente de Impuesto sobre la Renta, Gaceta Oficial de la República de
Venezuela Nro. 5.023 del 18 de Diciembre de 1.995, artículo 12, numeral 13: Están
exentos de impuesto:
(..)13) Los productores agrícolas, pecuarios, pesqueros o forestales, por los
enriquecimientos netos provenientes de estas actividades a nivel primario(…)”
Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y Ventas al Mayor, Gaceta Oficial de la
República de Venezuela Nro. 4.727 Extraordinario del 27 de Mayo de 1.994,
reformada en fecha 14de Septiembre de 1.994 según Gaceta Oficial Nro. 4.793
Extraordinario del 28 de Septiembre de 1.994, reformada últimamente según
Gaceta Oficial 38.632 del 26 de Febrero de 2007 en su artículo 18: “Están exentas
del impuesto previsto en este Decreto las transferencias de los bienes siguientes:
1.- Los alimentos y productos para el consumo humano que se mencionan a
continuación: a.- Las carnes en estado natural, congeladas, saladas o en
salmuera; b.- Mortadela, salchicha y jamón endiablado; c.- Los productos del
reino vegetal en su estado natural; d.- Arroz; e.- Harinas de cereales, incluidas
las sémolas; f.- Pan y pastas alimenticias; g.- Huevos de gallina; h.- Atún y
sardinas enlatados o envasados; i.- Leche pasteurizada y en polvo, leche
modificada o humanizada y en sus fórmulas infantiles, incluidas las de soya; j.-
Queso blanco; k.- Margarina y mantequilla; l.- Sal común; m.- Azúcar y
papelón; n.- Café tostado, molido o en grano; o.- Aceite comestible; p.- (…).
2.- Los animales vivos destinados a matadero
3.- Los alimentos concentrados para animales y las materias primas para su
elaboración.
15. 15
4.- Los medicamentos y los principios activos para su fabricación, incluidas las
vacunas, sueros, plasmas y las sustancias humanas o animales, preparadas para
uso terapéutico o profiláctico…(…)”
desarrollar
La ley de ISLR de 1999
La Ley de IVA del 2003
La Ley de IVA del 2007
Los Decretos de exoneración del 2000, 2004, 2007
Análisis de datos preliminares.
En un estudio preliminar simple en los Estados Financieros de 96 productores
primarios del centro occidente del Venezuela (90% dedicados a la ganadería semi-
intensiva)11
, se revisaron los cierres contables de 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, y
después de analizar las relaciones existentes entre sus Activos Totales, su Ingreso
Bruto, Costes de Producción, extensión explotada, impuesto al consumo suntuario y
ventas al mayor cancelado, unidades producidas y valor catastral del fundo, se
obtuvieron los siguientes resultados como promedio de los períodos estudiados:
El 85% de los fundos tiene una rentabilidad inferior al 8%.
El 96% de los fundos tiene una rentabilidad inferior a 13%.
En todas las empresas se cancela IVA por insumos y servicios.
En el 69% de las empresas el 51% del total de los insumos distintos a la mano de
obra está sujeto a IVA
De las 96 fincas, el 80% son de más de 500 hectáreas en producción y el 5% es
menor a 50 hectáreas, y se observa que de las 96 fincas solo el 3% supera el 14%
de rentabilidad.
11
Fuente: Información Clasificada. Agroinformática, C.A. (Escritorio de Contabilidad Agropecuaria). San
Cristóbal. Edo.Táchira, Venezuela.
16. 16
En el 77% de las empresas el impuesto cancelado (IVA) incluyendo el impuesto
cancelado por compra de activos, ocupa el 9,9% del gasto total de producción y el
22,5% de la ganancia neta. Es decir el 22,5% de la renta neta.
Conclusiones preliminares.
Hay distancia entre la intención de beneficio del IVA y lo que ocurre realmente;
existe una proporción de la renta que va al fisco en ocasión del impuesto al consumo
que antes no afectaba a los productores; y no hay relación de proporcionalidad entre la
productividad de la tierra y su extensión.
Existe un alto riesgo de que la política fiscal actual venezolana para el sector
primario, lesione la seguridad alimentaria del pueblo venezolano.
Existe un problema ignorado por el Estado, la infraestructura de fiscalización
actual no es suficiente para 360.000 fincas venezolanas, las ventajas de una
supervisión objetiva y permanente no podrán disfrutarlas todas las empresas y
productores, de lo que se trata realmente es de reglamentar con bases y
fundamentos legítimos un sistema tributario para el sector primario venezolano, en
el que se beneficie, bien mediante la creación de exenciones o exoneraciones al
productor rural, o bien a través de un sistema de impuestos directos e indirectos
acorde con su capacidad de contribuir, ergo un modelo de percepción en la fuente
para el IVA como el caso Chileno, un régimen simplificado de tributación que no
requiera auditorias ni grandes desarrollos organizacionales como el RISE (régimen
impositivo simplificado ecuatoriano) que se intentó en el Ecuador. Este es un
sector determinante en el desarrollo económico del país, se trata de cumplir el
principio de protección de la economía nacional y la búsqueda de elevar el nivel de
vida del pueblo, tal y como reza el artículo 223 de nuestra Carta Magna:
“El sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas según
17. 17
la capacidad económica del contribuyente, atendiendo al principio de la
progresividad, así como la protección de la economía nacional y la
elevación del nivel de vida del pueblo”.
El esquema actual, lesiona al productor rural y más aún de materializarse el
sistema de impuestos pensado en la presunción de la renta por vía de proporciones
del valor catastral de los fundos venezolanos; se trata de un elemento altamente
regresivo en nuestro medio porque la productividad de las fincas venezolanas no
tiene relación con la extensión que se explota.
Avalamos la premisa de que las rentas presuntas y los impuestos
patrimoniales incentivan la productividad en los improductivos ya que así pueden
lograr renta suficiente para cubrir su impuesto, pero eso funciona en economías
desarrolladas donde la macro-planificación agrícola es una prioridad del Estado,
donde no siempre se produce lo que el productor quiere, sino lo que el Estado
necesita; que no es precisamente lo que Venezuela ha demostrado después de la
aparición del petróleo.
Opinamos a favor de la eliminación de las exenciones a los productos
agrícolas del IVA si esta fuere la única manera de oponer los créditos fiscales en la
ausencia de alguna figura de reintegro de los mismos.
El sector primario venezolano no debe ser pechado en las mismas
dimensiones que los demás contribuyentes, porque tiene mucho menos capacidad
de contribuir con las cargas públicas por lo antes expuesto. Debe promoverse la
creación de un esquema tributario para el campo, basado en su capacidad de
contribuir. Para ello hay que analizar las características de los registros y las
dimensiones del sacrificio económico en cada empresa de los últimos 10 años por
los menos y así poder definir la capacidad contributiva para crear los tributos
18. 18
adecuados según la relevancia social de cada rubro explotado, si no es así,
inevitablemente el síndrome de la evasión fiscal coparía la escena al igual que en
los otros sectores productivos de la economía en los últimos 30 años.
El sector necesita ser gravado, necesita impuestos, necesita un sistema
tributario que lo organice, profesionales que a través de la investigación y análisis
aporten las ideas necesarias para promover un cambio profundo de conciencia y
cultura del productor venezolano ante la obligación tributaria; pero previo a eso
necesita un marco técnico que produzca las normas y defina políticas en los
registros contables para homologar la información de las empresas agropecuarias,
con miras a la organización administrativa y gerencial del sector, la cual es muy
precaria actualmente. El tema de los registros es muy relevante en este sentido, la
contabilidad especializada a la actividad primaria y el manejo de activos biológicos,
agotamientos, costes por absorción y manejo de inventarios, lotes y unidades
animales parece un relato de ciencia ficción en algunas regiones del país.
Los venezolanos no tienen seguridad alimentaria garantizada
permanentemente, todavía Venezuela depende de una agricultura de puertos, si
su sector primario no se protege al máximo, existe un riesgo social muy alto “la
alimentación del venezolano puede verse afectada en momentos de crisis
petrolera”, cuando no exista suficientes recursos para importar las proteínas
básicas. Por eso debe ser favorecido con orden y justicia. Los benéficos fiscales
quizá eran los únicos que quedaban en el campo, si van a desaparecer, al menos
el productor tiene que conocer a que se enfrenta, como organizarse y como tributar
de acuerdo con sus limitaciones y potencial.
Para lograr este esquema o sistema de tributación general a la actividad
agropecuaria hay que demostrar primero si los grandes empresarios del campo
están afectados por los tributos actuales o lo estarán en adelante por las normas
vigentes; habrá que caracterizar esas unidades de producción por sus niveles de
rentabilidad, de beneficio neto, y por rubro explotado. Los grandes productores,
19. 19
siendo la minoría, representan más del 68% de la producción nacional; son ellos
los que han sentido y manifestado la disminución de la calidad de vida y en manos
de quien está la seguridad alimentaria del Venezuela.
Aplicar la NIC 41 en la empresa ganadera venezolana tal cual está escrita
posiblemente podría promover inestabilidad financiera, tributaria y jurídica en las
explotaciones ganaderas, parece razonable intentar revisiones en la norma que
produzcan cambios radicales referentes a la obligación de actualizar el valor de los
activos biológicos al “fair value” registrando las diferencias de valor contra los
costes históricos a la cuenta de ganancias y pérdidas del ejercicio en que surjan.
Es posible que dadas las diferencias sustancialmente relevantes entre las
economías desarrolladas y las economías en desarrollo, exista la posibilidad de
revisar la norma para tratar de producir un apoyo técnico para los países en
desventaja económica que no pueden manejar el pago de impuestos 2 a 3 años
por adelantado o el pago de impuestos en exceso. O quizá pensar en una revisión
parcial que permita la opcionalidad dentro de la adopción de la NIC 41
particularmente, para que se pueda utilizar una cuenta de patrimonio y diferir los
ingresos no realizados hasta el momento que sean líquidos o exigibles.
Producir cambios en la ley tributaria en este sentido, como lo han hecho
otros países donde se adoptado la NIC 41, es una necesidad.
20. 20
BIBLIOGRAFÍA
Acero De La Cruz, R; Garcia Martínez, A; Rodriguez Alcaide, J. Contabilidad Ganadera: teoría y
prácticas. Servicio de Publicaciones de la Universidad de Córdoba, Facultad de Veterinaria de la
Universidad de Córdoba. Volumen II. Córdoba, España, 2000.
AECA (Asociacion española de contabilidad y auditoria de cuentas). Contabilidad de Gestión
Medioambiental. Comisión de Principios de Contabilidad de Gestión. Documento 13. Ortega
ediciones gráficas. AECA, Madrid. España. 1996.
AECA (Asociacion española de contabilidad y auditoria de cuentas). Contabilidad de Gestión en las
Empresas Vitivinicolas. Comisión de Principios de Contabilidad de Gestión. Documento 19.
Ortega Ediciones Gráficas. AECA, Madrid. España. 1999.
AECA (Asociacion española de contabilidad y auditoria de cuentas). La Contabilidad de Gestión en las
Empresas Agrarias. Comisión de Principios de Contabilidad de Gestión. Documento 20, Serie:
Principios de Contabilidad de Gestión. AECA, Madrid. España. 1999.
Agribusiness Special Committee, Auditing Standards Division & American Institute Of Certified Public
Accountants. Accounting by Agricultural Producers and Agricultural Cooperatives., University of
Michigan. 1981. Books on demand Ann Arbor, Michigan, USA. printed in 1997.
Agroinformatica C.A. San Cristóbal, Venezuela. (ref. de 13 de Mayo de 2005). Disponible en Web:
www.agroinformatica.com.ve
Aguilar V., Alfredo. Administración Agropecuaria. 4ta edición. Editorial Limusa, S.A. de C.V. México.
1989. p. 577-579.
Alonso, R. Análisis y Planificación Estratégica de la Empresa Agraria. Revista Partida Doble 68, p 27-31.
Madrid, España. 1996
Alvarez Cardona, A, y Sánchez Zapata, B.Costes y Métodos de Costeo. Aplicación y Análisis para el
Sector Agropecuario.Ediciones Fodun. Santa Fé de Bogotá, Colombia. 1998.
Arciniega N, Cecilia C. La Contabilidad en la Empresa Agropecuaria de Bovinos .Editorial Trillas.
UNAM, México. 1990.
Argilés Bosh, Josep y Garcia B, Josep: Cost stickiness revisited: Empirical application for farms.
Documents de Treball de la Facultad de Ciencies Economiques I Empresarials. Col-lecció
d´Economia. Departament de Comptabilitat Universitat de Barcelona. España. 2007.
Argilés Bosh, Josep M. Análisis del Comportamiento de los Resultados en “Full” y “Direct“ costing.
Revista: 203547 Economics Working Paper, Universitat Pompeu Fabra Cuadernos de Economía
y Ciencia Empresarial,
Número: 606 Páginas, Barcelona, España. 2002.
Argilés, Josep M. “Accounting information and the prediction of farm non-viability”. European Accounting
Association, published by Routledge Journals, Taylor & Francis Ltd on behalf of the EAA. The
European Accounting Review 2001, 10:1, 73-105.
Argilés, Josep M, y Slof, Eric J. “New Opportunities for farm accounting”. European Accounting
Association. Ruthless Journals, Taylor & Francis Ltd on behalf of the EAA. European Accounting
Review 2001, 10:2, p. 361-383.
Asociación Española De Contabilidad Y Administración De Empresas. España. (ref. de 31 de Enero de
2005). Disponible en Web: www.aeca.es.
Australian Accounting Standards Board. Self-Generating and Regenerating Assets. Accounting Standard
AASB 1037.1998. www.aasb.com.au.
21. 21
Australian Accounting Standards Board. Australian Accounting Standard 141 (AASB141). Melbourne,
Australia. July 2004. www.aasb.com.au.
BalestriniI, M. Como se Elabora el Proyecto de Investigación. B.L.Consultores. Caracas. Venezuela,
1996.
Ballestero, Enrique. Contabilidad Agraria.. 4ta. edición. 28001 Madrid, España. Ediciones Mundi Prensa.
1988.
Bemergui H, et al. “Tratamiento Fiscal de las actividades agrarias en el Impuesto sobre la Renta”.
Asociación Venezolana de Derecho Tributario. Documento publicado en Revista de Derecho
Tributario Nro. 70. A.V.D.T. Caracas, Venezuela. 1996.
Caba Perez, Maria del C. y Caba Pérez, Elisa I: NIC 41: Agricultura. Revista Partida Doble, num. 197,
páginas 58 a 71, Marzo 2008.
Cairns, David. The Use of Fair Value in IFRS. Accounting in Europe Vol 3, 2006.
Cardona Álvarez, Alberto Y Sánchez Zapata, Blanca E. Costes y Métodos de Costeo: aplicación y
análisis para el sector agropecuario. Ediciones Fodun. Universidad Nacional de Colombia. Santa
Fé de Bogotá. Colombia. 1998.
Carvallo, Gastón. Proceso Histórico de la Agricultura Venezolana. Fondo editorial Tropycos
Cendes, serie agricultura y sociedad. Caracas, Venezuela. 1991.
Comité Internacional De Principios Contables. Internacional Accounting Standard 41. (Norma
Internacional de Contabilidad para la Agricultura – 41). IAS 41 (PS-41). IASB, United Kingdom,
Copyright IASC. February, 2001.
Consejo Tecnico De La Contabilidad Publica: Impacto de las NIIF en la Determinación de las Cargas
Tributarias. Revista Internacional Legis de Contabilidad & Auditoria, num. 27, Julio-Septiembre.
Colombia 2006.
Elad, Charles. “Fair Value Accounting in the Agricultural Sector: Some Implications for International
Accounting Harmonization”. European Accounting Association. European Accounting Review,
2004. Vol 13, No. 4. p. 621-641.
Elad, Charles. “Fair Value Accounting and Fair trade: an análysis of the role of internacional accounting
Standard N° 41 in social conflict”. Socio economic review, vol 5, p 755-777, October 11, 2007
Evans, Lyall. Our Clientes 2017. Chartered Accountants Journal, Pág. 4. New Zealand, May 2007.
Federación De Colegios De Contadores Públicos De Venezuela. (ref. de 23 de Febrero de 2004).
Disponible en Web: www.fccpv.org, y en www.fccpv.org.ve .
Federacion De Colegios De Contadores Publicos De Venezuela. Definición de Pequeñas y Medianas
Entidades. Boletín de Adopción VEN-NIF N°1 (BA VEN-NIF 1). Comité permanente de principios
de contabilidad. Noviembre 2007. (www.fccpv.org.ve).
Federación De Colegios De Contadores Públicos De Venezuela. Los Principios de Contabilidad y las
Normas y Procedimientos de Auditoria de Aceptación General en Venezuela y Otras
Publicaciones Técnicas. Tercera edición. Caracas, Venezuela Fondo Editorial del Contador
Público. 1999. 445 p.
Financial Guidelines For Agricultural Producers. Menomonee, Wisconsin.USA. (ref. de 1 de Marzo de
2005). Disponible en Web: www.ffsc.org.
Food Agreement Organization-Fao. Agricultural Taxation in Malaysia. Roma, Italia. 1992.
Food Agreement Organization-Fao. Agricultural Taxation in the Philippines. Rome, Italia. 1992.
Food Agreement Organization-Fao. Agricultural taxation under structural adjustment: economic and
social development paper 128. Roma, Italia. 1994.
Food Agreement Organization-Fao. La Tributación Agrícola en Colombia. Roma, Italia. 1993.
22. 22
Food Agreement Organization-Fao. La Tributación Agrícola para los Países en Desarrollo: examen
de casos seleccionados. Roma, Italia. 1993.
Food Agreement Organization-Fao. Tributación y Gasto Público Agrícola en Uruguay. Roma, Italia.
1993.
Food Agreement Organization-Fao. Tributación y Gasto Público Agrícola en Chile. Roma, Italia.
1993.
Fuentes J., Arteaga G., Lovera L. Manual para la Administración y Planificación de Fincas. Unidad
Coordinadora de Proyectos Conjuntos de la Universidad del Zulia. Maracaibo, Venezuela. 1998.
Garcia Benau, María A, Y Zorio Grima, Ana: el Camino hacia el Valor Razonable. Revista de
Contabilidad, vol 5, num. 9, páginas 57-88. Enero-Junio 2002.
Garita Segura, Juan C, Y Morales Abarca, Fernando: Contabilización de Actividades Agropecuarias:
Enfoque del Siglo XXI. Revista Agropecuaria Tropical, num. 35, páginas 95-100. 2005.
Georges, Lejet, y Patrick, Arnold: Comptabilité Agricole. 3ra edición. Lavoisier Tec France, Doc. 1993.
Gutierrez Viguera, Manuel. Contabilidad de Empresas Agrícolas. Revista Técnica Contable. Páginas 25-
37. Enero 2006.
Guzmán Pérez, Eduardo. La Vaca Productiva: Fertilidad y Reproducción en el Trópico. Espasande SRL.
Editores. Caracas, Venezuela. 1987.
Hervas Oliver, José L: Contabilidad, Inflación y Revalorizaciones: Un tema pendiente en relación al Fair
Value. Revista Técnica Contable, num. 654, páginas 4-12, Junio 2003.
Hitz, Joerg-Markus. The Decisión Usefulness of Fair Value Accounting. A Theoretical Perspective.
European Accounting Association. European Accounting Review, 2007. Vol 16, No. 2. p. 323-
362
Horno Bueno, María P: La Armonización Contable basada en las NIC/NIIF y las Empresas Agrícolas
Españolas. Ayala Calvo y grupo de investigadores FEDRA, 2007.
IASB Committee. Proposed International Accounting Standard Agriculture: Exposure Draft 65, -issued for
comment. IAS, United Kingdom. 2000.
Institute Of Chartered Accountants Of New Zeland: ICANZ. Agriculture- Exposure Draft 90. (ref. de 11 de
Marzo de 2005). Disponible en Web : www.icanz.co.nz . 2002.
International Accounting Standard Committee. Proposed International Accounting Exposure Draft 65:
comment letters to Exposure Draft 65. London. (ref. de 10 de Abril de 2000). Disponible en Web:
www.iasb.org.uk. 1999.
International Valuation Guidance. Valuation for Agricultural Properties. (ref. de 12 de Abril de 2005).
Disponible en Web : www.ivsg.org note 10, 2003.
Juchau, Roger. Early Cost Accounting Ideas in Agriculture: The contributions of Arthur Young.
Accounting Business and Financial History 12:3, páginas 369-386, November 2002.
Julia Igual, Juan F. Y Server Izquierdo, Ricardo J. Contabilidad Agraria. Ediciones Pirámide S.A. Madrid.
España. 1993.
Kaplan, Robert y Coopers, Robin. Coste y Efecto: Como usar el ABC, el ABM y el ABB para mejorar la
Gestión, los Procesos y la Rentabilidad. Ediciones Gestión 2000 S.A. 2000.
Kenton K, Yee: Capitalization of Costs and Expected Earnings Growth. Eurpean Accounting Review. Vol
15, num. 4 páginas 565-583, 2006.
Ley De Impuesto Sobre La Renta. Según Gaceta Oficial Extraordinaria Número 5.390 del 22 de Octubre
de 1999. Venezuela.
Linck, Thierry. Agriculturas Y Campesinados De América Latina: Mutaciones y Recomposiciones.
Institut Francais de Recherche Scientifique pour le Développement en Coopération. Fondo
23. 23
de Cultura Económica. México. 1994.
Lindner, Andreas. The Review of Agricultural Accounting at the OECD. (Material Gráfico Proyectable).
Statistics Directorate at the OECD, Department of Trade and Agriculture for OECD countries.
1998.
Mallo, Carlos y Jiménez, Carlos. Contabilidad de Costos y Estrategia de Gestión. Prentice Hall. Madrid,
España. 2000.
McGrann, James M. Managerial Accounting for Farms nad Ranches.paper Issue at Depatrment of
Agricultural Economics. Texas A&M University, USA. 1998.
Markham, Gary. Accounting for Turbulent times. Special Reports Agribusiness. November 2007.
(www.accountantcymagazine.com)
Markus Hitz, Joerg. The Decisión Usefullness of Fair Value Accounting – a Theoretical Perspective.
European Accounting Review, Vol. 16 num. 2, páginas 323-362, 2007.
Martin Garcia, Manuel: Algunos Aspectos de la tributación de la Ganadería en España. Estudios
Agrosociales y Pesqueros, num. 188, páginas 165-186. España 2000.
Mazz, Addy. Tributos al Agro. Fundación de Cultura Universitaria. 1era. Edición. Uruguay. 1994.
Mendoza D., Gerardo.Contabilidad Pecuaria y Costos Ganaderos. Editorial Sin Límite, primera
edición. Mérida, Venezuela. 2007.
Nobes, C. Y Parker R. Comparative International Accounting. Pearson Education Limited, 8
th
edition.
England. 2004.
Ordoñez, Jorge. Impacto Financiero de los Tributos Indirectos en la Actividad Ganadera. I Jornadas de
Tributación Agrícola en Venezuela, Agroinformática CA. Maracaibo, Venezuela. 2004.
Pereira Goto, Napoleón. Fisioclimatología de los Animales Domésticos aplicada a la producción
animal en el trópico americano. Editorial América, C.A. Caracas. D.F. Venezuela. 1987.
Prato B., Nelson. Relaciones de Producción en la Agricultura Venezolana. Fondo editorial Tropycos
Cendes, serie agricultura y sociedad. Caracas, Venezuela. 1991.
Rees, William & Danbolt, Jo. An Experiment in Fair Value Accounitng. UK Investment Vehicles.
European Accounting Association. European Accounting Review, 2008. Vol 17, No. 2. p.
271-303.
Rhese, Carlos. Explotaciones Ganaderas y Agrícolas. Universidad de Buenos Aires. Editorial Difusión
SA. Sarandí. 10651 Buenos Aires. Argentina. 1968.
Rhese, Carlos. Manual de Contabilidad Agrícola Ganadera. Universidad de Buenos Aires. Editorial
Difusión SA. Sarandí. 10651 Buenos Aires. Argentina. 1970.
Rhese, Carlos. Manual de Costes de Producción Ganaderos. Universidad de Buenos Aires. Editorial
Difusión SA. Sarandí. 10651 Buenos Aires. Argentina. 1970.
Robin Dyt, Abdel K. Empirical Evidence Examining the Accounting Information Systems and Accounting
Reports of Small and Micro Business in Australia. Monash University. Small Enterprise Research
15, 2, 2007.
Rodriguez Barea, Javier. La aplicación del Valor Razonable en la actividad agrícola ganadera. La NIC
41. Revista Técnica Contable, num. 660, páginas 36 a 40, Enero 2004.
Rojas Gómez, Carlos. El Manejo Administrativo de la Hacienda. Editorial América. Caracas. 4ta. Edición.
Venezuela. 1987.
Ronald D, K. Farm Management: Planning, Control and Implementation. MacGraw Hill. USA. 1981.
Roberto Rudi, Enrique. La Resolución Técnica 22: Actividad Agropecuaria y La Contabilidad de Gestión.
Universidad Tecnológica Nacional. Inca editorial Cooperativa de trabajo Ltda. Mendoza,
Agentina. 2005
24. 24
Sabata Aliberch, Anna. Propuesta Metodológica para la Valoración de la Producción en Empresas
Ganaderas. Una Aplicación Práctica al Sector Ganadero Porcino. Universidad de Vic, Barcelona,
España 2007.
Sancho Calabuig, Javier. Tributación de Agricultores y Ganaderos. Editorial CISS, S.A. 2da. Edición,
Valencia, España. 1995.
Servicio Nacional Integrado De Administración Tributaria (Seniat). Efecto Fiscal de las Exenciones y
Exoneraciones a las rentas agrícolas en la Ley Venezolana de Impuesto sobre la Renta. Serie
ENSAYOS 2. Ministerio de Hacienda, Venezuela. 1995.
Servicio Nacional Integrado De Administración Tributaria. Venezuela (Seniat). (ref. de 12 de diciembre de
2002). Disponible en Web: www.SENIAT.gov.ve
Sidney, J. Y Everett, S. Farm Accounting and Business Analysis. Iowa State University. Press Ames,
Iowa. 2
nd
. Edition. USA. 1980.
System Office of Budget and Accounting. Livestock Accounting System Regulation 21.99.08. Texas
A&M University (http://sago.tamu.edu/soba/livestockvaluationtable.pdf ) June 3, 2002.
Uhring, Anne. Manual de Contabilidad para Organizaciones Agrícolas Editorial Trillas. México. 1988.
Van Dieren, Wouter. Taking Nature into Account: a report to the club of Rome. Copernicus editors. New
York. USA. XXXX ISBN 0-387-94533-4.
Villacorta Hernandez, Miguel A: Aplicación Práctica del Valor Razonable según las normas del IASB.
Revista Técnica Contable, num. 664, páginas 40-42. Mayo 2004.
Wheeling, Barbara. Agricultural Accounting: A case on Asset Valuation. University of Southern Colorado,
Hasan School of Business, Pueblo, Colorado, USA. 2000.
XXIV Conferencia Interamericana De Contabilidad: Impacto de la Norma Internacional de Contabilidad #
41 para la Agricultura (NIC 41) en el Uruguay. Noviembre 2001.
Zugaza Salazar, María E. Normas Internacionales de Contabilidad: NICs. Grupo editorial Quantor, S.A.
Madrid. España. 1996.